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Orientación Universidad
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tipos de descentralización, Apuntes de Derecho Administrativo

territorial, por colaboración entre otros

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 23/10/2021

linda-rojas
linda-rojas 🇨🇴

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Conceptos, principios y elementos del Estado
UNIDAD DIDÁCTICA
1
Tipos de descentralización
Descentralización
especializada o por servicios
Descentralización
territorial
Descentralización por
colaboración
Idea clave:
transferencia de
competencias o funciones
y recursos, a una persona
pública de carácter técnico
o especializado.
Idea clave:
transferencia de
competencias o funciones
y recursos a una persona
pública que ejerce su juris-
dicción sobre una sección
del territorio del estado.
Idea clave:
transferencia de
competencias o funciones
de la administración a par-
ticulares para las ejerzan en
nombre de ella.
Definición:
es aquel pro-
ceso mediante el cual se
conceden competencias
o funciones y recursos a
entidades que se crean,
“por ley o por autorización
de esta” (Const., 1991, art.
210), con el fin de realizar
una actividad especializada.
Definición:
es aquel pro-
ceso mediante el cual se
otorgan competencias o
funciones administrativas
y recursos a las entidades
territoriales, para que las
ejerzan en su propio nom-
bre y bajo su propia res-
ponsabilidad brindándoles
cierta autonomía para que
se manejen por sí mismas).
Definición:
es aquel proce-
so mediante el cual un de-
terminado tipo de entidad
privada, nacida de la libre
iniciativa de los particula-
res, en razón del conoci-
miento y la experiencia por
ella acumulados, es investi-
da por ley de determinadas
funciones públicas, bajo la
consideración de que su
cumplimiento resulta más
eficiente en cabeza suya
que en cabeza de una enti-
dad estatal (Corte Consti-
tucional, C-909, 2007).
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Conceptos, principios y elementos del Estado

Tipos de descentralización

Descentralización

especializada o por servicios

Descentralización

territorial

Descentralización por

colaboración

Idea clave: transferencia de competencias o funciones y recursos, a una persona pública de carácter técnico o especializado.

Idea clave: transferencia de competencias o funciones y recursos a una persona pública que ejerce su juris- dicción sobre una sección del territorio del estado.

Idea clave: transferencia de competencias o funciones de la administración a par- ticulares para las ejerzan en nombre de ella.

Definición: es aquel pro- ceso mediante el cual se conceden competencias o funciones y recursos a entidades que se crean, “por ley o por autorización de esta” (Const., 1991, art. 210), con el fin de realizar una actividad especializada.

Definición: es aquel pro- ceso mediante el cual se otorgan competencias o funciones administrativas y recursos a las entidades territoriales, para que las ejerzan en su propio nom- bre y bajo su propia res- ponsabilidad brindándoles cierta autonomía para que se manejen por sí mismas).

Definición: es aquel proce- so mediante el cual un de- terminado tipo de entidad privada, nacida de la libre iniciativa de los particula- res, en razón del conoci- miento y la experiencia por ella acumulados, es investi- da por ley de determinadas funciones públicas, bajo la consideración de que su cumplimiento resulta más eficiente en cabeza suya que en cabeza de una enti- dad estatal (Corte Consti- tucional, C-909, 2007).

Conceptos, principios y elementos del Estado

Descentralización

especializada o por servicios

Descentralización

territorial

Descentralización por

colaboración

Principales características:

a) Encuentra su origen en la necesidad de especiali- zación y tecnificación por parte del Estado, para el ejercicio de sus competen- cias y funciones.

b) Se designan algunas responsabilidades esta- tales a entidades creadas exclusivamente para que las ejerzan de manera más técnica y especializada (ej., un establecimiento público como la Escuela Superior de Administración Públi- ca (ESAP), que fue creada esencialmente, para ca- pacitar a los funcionarios públicos).

Principales características:

a) Aspectos políticos: implica el mayor grado de participación de la comu- nidad en la toma de deci- siones (elección popular de gobernadores y alcaldes, mecanismos de participa- ción ciudadana).

b) Aspectos adminis- trativos: comprende las transferencias, traslado de competencias o funciones y recursos a las entidades territoriales. c) Aspectos fiscales: au- tonomía de las entidades territoriales para tomar decisiones respecto a sus finanzas (ingresos y gastos) y participar en las rentas nacionales.

Principales características: a) La regulación, el control, la vigilancia y la orientación de la función administrati- va corresponderá en todo momento, dentro del marco legal a la autoridad o en- tidad pública titular de la función. b) El titular puede reasumir la competencia en cualquier momento c) La atribución de funcio- nes administrativas se da a través de acto adminis- trativo, y acompañada de convenio, de ser el caso. d) La atribución de fun- ciones administrativas a particulares debe hacerse delimitando expresamente la función atribuida, crite- rios materiales, espaciales, temporales, circunstancia- les, procedimentales o cual- quiera que resulte útiles para precisar el campo de acción de los particula- res (Corte Constitucional, C-866, 1999). (Ley 489, 1998, art. 110).