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TALLER
- ¿Qué es el concepto de asociación?
Asociación es cualquier agrupación permanente de personas, para un mismo fin.
- ¿Cuáles son los elementos que configuran la noción de asociación?
Los elementos que configuran la noción de asociación son:
▲ Debe tratarse de una agrupación de personas,
▲ Se requiere que la agrupación de personas sea permanente,
▲ La agrupación debe perseguir unos fines comunes.
- ¿Cuál es el concepto de asociación profesional?
Es la agrupación de personas que tienen intereses comunes o que persiguen fines o propósitos idénticos o similares.
- ¿Mencione algunas asociaciones profesionales?
Son asociaciones profesionales: los sindicatos, las asociaciones gremiales agropecuarias, los colegios de abogados, las federaciones médicas, u odontológicas, y las asociaciones de industriales, de comerciantes o de consumidores.
- ¿Qué requieren las asociaciones profesionales para desarrollar los objetivos para los cuales fueron creadas?
Las asociaciones profesionales para desarrollar los objetivos para los cuales fueron creadas requieren obtener el reconocimiento de la correspondiente personería jurídica.
- ¿Cuál es la autoridad competente para otorgar el reconocimiento de la correspondiente personería jurídica para el caso concreto de los sindicatos, de las federaciones, confederaciones sindicales?
La autoridad competente para otorgar el reconocimiento de la personería jurídica es el ministerio de trabajo.
- ¿Qué entidad ejerce el control y la vigilancia sobre las asociaciones profesionales, con el fin de comprobar no solo el cumplimiento de sus objetivos, sino también el acatamiento de los respectivos estatutos?
La entidad que ejerce el control y la vigilancia es el ministerio del trabajo.
- ¿Qué es el derecho de asociación?
Es la facultad que el estado les reconoce a sus súbditos para organizarse en defensa de sus intereses comunes.
- ¿Qué normas de rango constitucional consagran el derecho de asociación?
Los artículos 38 y 39 de la constitución política.
- ¿Los trabajadores y empleadores requieren de intervención del estado para constituir un sindicato o asociación?
Los trabajadores y empleadores pueden asociarse en sindicatos.
- ¿Cómo pueden asociarse los sindicatos?
Los sindicatos pueden asociarse en federaciones.
- ¿Cómo pueden asociarse las federaciones?
Las federaciones pueden asociarse en confederaciones.
- ¿El derecho de asociación solo cobija a los trabajadores y empleadores?
No, el derecho de asociación cobija a todos los miembros de la sociedad que tengan algo en común.
- ¿Según el artículo 38 y 39 de la Constitución Política de Colombia como está concebido el derecho asociación?
Está concebido como la facultad que tiene todo elemento de la especie humana para poner sus bienes o su capacidad personal al servicio de una causa o fin común.
- ¿Cuáles son los objetivos que persigue el derecho de asociación?
Los objetivos que permite el derecho de asociación son:
✓ Fomentar el espíritu de sociabilidad y solidaridad del hombre.
✓ Favorecer el aporte de recursos a fondos comunes que permitan el desarrollo de actividades industriales, comerciales, profesionales, etc.
✓ Permitir que personas que desarrollan actividades o profesiones comunes o afines se agrupen e para prestar mejores servicios a la comunidad. O simplemente defender intereses comunes
✓ la organización de la clase obrera y la búsqueda para sus integrantes de mejores condiciones de vida y de trabajo.
- ¿La Constitución Política de Colombia consagra el derecho de asociación en los artículos 38 y 39 y como los garantiza?
La mejor forma de garantizar el derecho de asociación es la libertad que el mismo artículo 39 reconoce, el hecho que exista la libertad de asociación constituye ya una garantía de ese derecho.
- ¿Además de las normas de rango constitucional que consagra el derecho de asociación en general y el de asociación sindical que otras disposiciones del ordenamiento jurídico garantizan el ejercicio de este derecho?
Otras normas que garantizan el derecho de asociación son: el, código sustantivo del trabajo, y la ley 584 de 2000.
- ¿Cuáles son los actos atentatorios del empleador contra el derecho de asociación sindical?
Los actos atentatorios contra el derecho de asociación son:
▲ Obstruir o dificultar la afiliación de su personal a una organización sindical.
▲ Despedir, suspender o modificar las condiciones de trabajo de los trabajadores en razón de sus actividades encaminadas a la fundación de las organizaciones sindicales.
▲ Negarse a negociar con las organizaciones sindicales que presentan sus peticiones de acuerdo con los procedimientos legales.
✓ Dos de los miembros de la comisión estatutaria de reclamos que designen los sindicatos, federaciones o confederaciones sindicales, por el mismo periodo dela junta directiva.
✓ Los servidores públicos, con excepción de quienes ejercen jurisdicción de autoridad civil o política o cargos de direccionamiento o administración.
- ¿Cómo se demuestra o se prueba, para todos los efectos legales y procesales, la calidad de fuero sindical?
R. Se demuestra con la copia del certificado de inscripción de la junta directiva, o con la copia de la comunicación enviada al empleador sobre la integración de la respectiva junta.
- ¿Qué servidores públicos están excluidos del fuero sindical?
R/ Los servidores públicos que ejercen jurisdicción, autoridad civil o política, o cargos de dirección o administración.
- ¿Quiénes ejercen jurisdicción, autoridad civil o política y cargos de dirección o administración en el sector público?
R/ los que ostentan la calidad de empleados públicos (alcaldes, gobernadores, gerentes, directores, o presidentes de entidades de la administración publica, los jueces y magistrados)
- Respondan si es cierto o no, “los empleados públicos tienen el derecho a constituir sus sindicatos sin intervención del estado, de inscribir las correspondientes actas de constitución que les otorgan reconocimiento jurídico y, en consecuencia, tendrán legalmente unos representantes sindicales a los cuales no se puede negar que el constituyente de 1991 reconoció: “ el fuero y las demás garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión”
R/ No, es cierto.
- ¿los sindicatos de empleados públicos pueden presentar pliego de peticiones y celebrar convenciones colectivas?
R/ No pueden.
- ¿los empleados públicos pueden declarar y hacer huelga?
R/ No pueden.
- ¿los sindicatos de los trabajadores oficiales tienen todas las atribuciones de los otros sindicatos y sus pliegos de peticiones se tramitaran en los mimos términos que los demás, aun cuando no pueden declarar o hacer huelga?
R/ Si.
- ¿Qué se entiende por organizaciones sindicales mixtas?
R/ las organizaciones sindicales mixtas están conformadas por trabajadores de diversas profesiones, disimiles o inconexas. Se hace referencia a ello cuando los constituyen empleados públicos y trabajadores oficiales.
- ¿Qué debe existir para que un trabajador amparado por fuero sindical pueda ser despedido?
R/ Debe existir justa causa previamente calificada por el juez.
- ¿la ley a impuesto limitaciones o restricciones al derecho de asociaciones, cuáles son esos casos donde los limita?
R/ los limita en los siguientes casos:
- Altos empleados (gerentes, sub gerentes, administradores, jefes de personal, directores de departamento, etc.)
- Sanciones impuestas al trabajador por el mismo sindicato.
- No puede ser a la vez miembro de varios sindicatos de la misma clase o actividad.
- Los miembros de la fuerza publica
- Diga si es cierto o no sobre lo que se manifiesta a continuación: ¿el derecho de asociación sindical o mejor la sindicalización, es una facultará que se le concede al individuo y no una imposición, una obligación o un deber, es así que la sindicalización es facultativa, es decir, de que se trata de un derecho, en consecuencia y salvo los casos vistos no existe ni la prohibición de sindicalizarse, ni la obligación de hacerlo, o la desafiliación de esas asociaciones?
R/ Si, es cierto
- ¿las formas universalmente adoptadas por la clase asalariada para organizarse y luchar por la defensa de sus intereses comunes, como han sido constituidas tradicionalmente?
R/ como sindicatos, federaciones, y confederaciones.
- ¿por ser los sindicatos la base de la organización sindical, integrados exclusivamente por personas físicas, naturales como se les considera dentro de la escala de la pirámide sindical?
R/ asociaciones de primer grado
- ¿las federaciones se hallan constituidas exclusivamente por personas jurídicas (sindicatos), razón por la cual dentro de la escala jerárquica de la pirámide sindical como se denominan estas asociaciones?
R/ asociaciones de segundo grado
- Las confederaciones agrupan a federaciones y a otras organizaciones sindicales de ámbito de influencia generalmente regional o nacional. ¿dentro de la escala jerárquica de la pirámide aludida, como son consideradas?
R/ asociaciones de tercer grado
- Si tiene en cuenta que tanto las federaciones como as confederaciones se hallan constituidas exclusivamente por personas, jurídicas, esto es, por asociaciones sindicales ¿cómo pueden ser consideradas?
R/ asociaciones de asociaciones.
- ¿Qué traduce la palabra sindicato?
R/ Traduce: abogado, procurador, representante, justicia.
- ¿defina que es el sindicato?
R/ es una asociación de trabajadores para proteger sus intereses.
- ¿solo pueden ser miembros de un sindicato, los trabajadores mayores de catorce años?
R/ sí.
- ¿Quién pretenda formar parte de un sindicato debe ejercer alguna actividad laboral de la cual derive parte fundamental de sus ingresos?
R/ Si.
- ¿puede el trabajador afiliarse, a la vez, a dos o más sindicatos de la misma clase o actividad?
R/ No.
- De la reunión inicial de constitución de un sindicato, los fundadores suscribirán un acta de fundación ¿Qué debe expresar dicha acta?
R/ Debe expresar:
Los nombres de los fundadores, sus documentos de identidad, la actividad que ejerzan, el nombre y objeto de la asociación.
- ¿en qué momento debe discutirse y aprobarse los estatutos de la asociación y designarse al personal directivo?
R/ en la reunión inicial de constitución o en la sucesiva a ella.
- Además de las condiciones que se exigen en los estatutos para ser miembro de la junta directiva de un sindicato es indispensable ser miembro de la respectiva organización sindical. ¿si falta la condición o el requisito de ser miembro de la respectiva organización sindical que generaría?
R/ invalida la elección.
- ¿la junta directiva de un sindicato puede estar conformada en su mayoría por personas extranjeras?
R/ en ningún caso.
- ¿Quiénes tienen el encargo primordial de realizar gestiones conducentes a la obtención del reconocimiento de la personería jurídica de la respectiva asociación?
R/ el presidente y secretario provisional.
- Realizada la asamblea de constitución, el sindicato de trabajadores debe comunicarlo por escrito. ¿a quienes debe comunicarlo?
R/ al empleador y al inspector del trabajo y al alcalde del lugar de constitución del sindicato.
- ¿qué se entiende por estatuto o estatutos?
R/ Son la serie o conjunto de disposiciones jurídicas, de origen convencional, de obligatorio acatamiento para los miembros de una entidad pública o privada destinados a garantizar el normal funcionamiento de esta.
- ¿los estatutos de los sindicatos por lo menos que debe contener?
R/ Debe contener por lo menos:
R/ es contar con el reconocimiento legal otorgado por la autoridad competente para hacerlo esto es ser sujeto de derechos y obligaciones.
- ¿a partir de cuándo una organización sindical de trabajadores, goza de personalidad jurídica?
R/ a partir de la fecha de la asamblea de constitución.
- Una vez realizada la asamblea de constitución, el sindicato deberá presentar ante el ministerio de trabajo, solicitud escrita de la inscripción en el registro sindical, acompañado de varios documentos ¿cuál es el termino para que el sindicato presente la solitud escrita de inscripción en el registro sindical?
R/ dentro de los siguientes cinco días hábiles a la fecha de realización de la asamblea de constitución.
- ¿Cuáles documentos deben acompañar la respectiva solicitud de inscripción en el registro sindica?
R/ los siguientes:
- Copia del acta de fundación, suscrita por los asistentes.
- Copia del acta de elección de la junta directiva,
- Copia del acta de asamblea en la que hayan sido aprobadas los estatutos
- Un Ejemplar de los estatutos del sindicato, autenticados por el secretario de la junta directiva.
- Nómina de la junta directiva,
- Nomina completa del personal de afiliado con su correspondiente documento de identidad.
- ¿recibida la solicitud de inscripción en el registro sindical, cual es el término máximo e improrrogable de cual dispone el ministerio de trabajo, contados a partir de la fecha de presentación para administrar, formular objeciones o negar la inscripción en el registro sindical?
R/ 15 días hábiles a partir de su presentación.
- ¿en caso de que la solicitud de inscripción en el registro sindical no reúna el requisito que debe hacer el ministerio del trabajo?
R/ debe formular por escrito a los interesados las objeciones a que haya lugar, para que se efectúen las correcciones del caso.
- ¿una vez corregida la solicitud de inscripción en el registro sindical y a partir de la fecha de su presentación corregida, cual es el término del cual dispone el ministerio del trabajo para resolverla?
R/ diez días hábiles después de su presentación.
- ¿Cuál es la consecuencia si se vencen los términos con los que cuenta el ministerio del trabajo para pronunciarse sobre la solicitud de inscripción en el registro sindical ya corregida?
R/ la organización sindical queda automáticamente inscrita en el registro sindical.
- ¿mencione las únicas causales para negar la inscripción en el registro sindical?
R/ Las causales son:
- ser los estatutos contrarios a la constitución y la ley,
- ¿por mandato expreso de la ley en una misma empresa no pueden coexistir dos o más sindicatos de empresa, de darse el caso como se resolvería?
R/ subsistiría el que tenga mayor número de afiliados.
- ¿si se presenta una coexistencia entre un sindicato de empresa y uno gremial o uno de industria, a quien le correspondería la representación de los trabajadores para los efectos de la contratación colectiva?
R/ al sindicato que agrupe a la mayoría de los trabajadores de la empresa.
- ¿si se presenta una coexistencia entre un sindicato de empresa y uno gremial o uno de industria, a quien le correspondería la representación de los trabajadores para los efectos de la contratación colectiva en caso de que ninguno agrupe a la mayoría de los trabajadores de la empresa.
R/ la representación corresponderá conjuntamente a todos ellos.
- ¿Qué ocurre si en una empresa donde coexisten varios sindicatos, existe un solo sindicato gremial que tiene afiliado el 75% o más de los trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad de la empresa y este sindicado presenta su pliego de peticiones?
R/ deberá discutirse solo con él, y el acuerdo a que se llegue formara un capítulo especial de la respectiva convención.
- ¿Además de la importantísima función de representación, que otras facultades o funciones tienen los sindicatos?
R/ las otras funciones son:
- Estudiar las características de la respectiva profesión y los salarios prestaciones, horarios de trabajo, sistemas de protección o de prevención de accidentes y demás condiciones de trabajo referentes a sus asociados para procurar su mejoramiento y su defensa.
- Propulsar el acercamiento de empleadores y trabajadores sobre la bases de justicia, de mutuo respeto y de subordinación a la ley, y colaborar en el perfeccionamiento de los métodos peculiares de la respectiva actividad y en incremento de la economía general.
- Promover la educación técnica y general de sus miembros
- Prestar socorro a sus afiliados en caso de desocupación, enfermedad, invalides o calamidad.
- Promover la creación y fomentar el desarrollo de cooperativas, cajas de ahorro, préstamos y auxilios mutuos, escuelas, bibliotecas, institutos técnicos o de habilitación profesional, oficinas de colocación, hospitales, campos de experimentación o de deportes, y demás organismo adecuados a los fines profesionales, culturales, de solidaridad, y previsión contemplado en los estatutos.
- Servir de intermediarios para la adquisición y distribución entre sus afiliados de artículos de consumo, materias primas, y elementos de trabajo a precio de costo.
- Asesorar a sus afilados en la defensa de los derechos emanados del contrato de trabajo o de la actividad profesional correspondiente y representarlos antes las autoridades administrativas, ante los empleadores y ante terceros,
- Representar en juicio ante cualquiera autoridad u organismo los intereses económicos comunes o generales de los agremiados o de la profesión respectiva y representar esos mismos intereses ante los empleadores y ante terceros,
- Celebrar convenciones colectivas de trabajo y contratos sindicales. Garantizar el cumplimiento por sus afiliados y ejercer los derechos que de ellos nazcan.
- ¿Qué les está prohibido a los sindicatos?