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Análisis del Seguro Comercial: Tipos, Características y Evolución Reguladora, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho Privado

Una introducción al derecho comercial de los seguros, con enfoque en su naturaleza aleatoria, tipos y diferencias entre seguros mutual, social y de medicina prepagada. Además, se presenta una línea de tiempo de la evolución normativa del seguro en colombia, distinguiendo entre derecho público y privado.

Qué aprenderás

  • ¿Qué características distinguen a un contrato de seguro de otros tipos de contratos?
  • ¿Qué diferencias hay entre seguro mutual, seguro social y contrato de medicina prepagada?
  • ¿Cómo ha evolucionado legalmente el seguro en Colombia a lo largo del tiempo?

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2021/2022

Subido el 05/04/2022

john-jairo-peralta-lozano
john-jairo-peralta-lozano 🇨🇴

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¡No te pierdas las partes importantes!

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DERECHO COMERCIAL SEGUROS
LUSDEY PUELLO ELLES
JOHN JAIRO PERALTA LOZANO
TALLER
1. Por qué se afirma que el contrato de seguro es un contrato aleatorio
Se puede afirmar que esta característica se la da el hecho de que no es susceptible saber, es decir
no es seguro que el incidente o siniestro ocurra o saber cuándo va a ocurrir. Para aterrizar el tema
se compra un seguro de robo a un carro, pero al momento de adquirir el seguro no se sabe si el
carro va o no hacer robado por este hecho podemos afirmar que es aleatorio.
2. Elabore un cuadro comparativo en el cual establezca las diferencia similitudes entre
seguro mutual, seguro social y contrato de medicina prepagada.
COMPARATIVO
Seguro Mutual
Seguro social
Contrato de medicina prepagada
1. No existe distinción entre partes.
2. Grupo de personas que procuran
cubrir sus propios riesgos
3. Existe un administrador escogido
dentro de los mutuados
4. Vigiladas por la Superbancaria
1. Obligatorio
2. Aplicado a una clase social
(trabajadora)
3. Normas especiales
4. Los costos no son asumidos
solo por el asegurado
5. No creo vinculo contractual
1. Normas especiales
2. Servicios médicos preventivos
3. No se requiere que exista un
siniestro
4. No hay valor asegurado
5. El pago pro parte del
asegurador es una prestación
de servicios
3. Elabore una línea de tiempo que evidencie la evolución normativa del seguro en Colombia,
haciendo distinción entre si se trata de una norma de derecho publico de seguros o de
derecho privado de seguros
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¡Descarga Análisis del Seguro Comercial: Tipos, Características y Evolución Reguladora y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Derecho Privado solo en Docsity!

DERECHO COMERCIAL SEGUROS LUSDEY PUELLO ELLES JOHN JAIRO PERALTA LOZANO

TALLER

  1. Por qué se afirma que el contrato de seguro es un contrato aleatorio Se puede afirmar que esta característica se la da el hecho de que no es susceptible saber, es decir no es seguro que el incidente o siniestro ocurra o saber cuándo va a ocurrir. Para aterrizar el tema se compra un seguro de robo a un carro, pero al momento de adquirir el seguro no se sabe si el carro va o no hacer robado por este hecho podemos afirmar que es aleatorio.
  2. Elabore un cuadro comparativo en el cual establezca las diferencia similitudes entre seguro mutual, seguro social y contrato de medicina prepagada. COMPARATIVO Seguro Mutual Seguro social Contrato de medicina prepagada
  3. No existe distinción entre partes.
  4. Grupo de personas que procuran cubrir sus propios riesgos
  5. Existe un administrador escogido dentro de los mutuados
  6. Vigiladas por la Superbancaria
  7. Obligatorio
  8. Aplicado a una clase social (trabajadora)
  9. Normas especiales
  10. Los costos no son asumidos solo por el asegurado
  11. No creo vinculo contractual
  12. Normas especiales
  13. Servicios médicos preventivos
  14. No se requiere que exista un siniestro
  15. No hay valor asegurado
  16. El pago pro parte del asegurador es una prestación de servicios
  17. Elabore una línea de tiempo que evidencie la evolución normativa del seguro en Colombia, haciendo distinción entre si se trata de una norma de derecho publico de seguros o de derecho privado de seguros
DECRETO 663 DE 1993

Por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración.

LEY 45 DE 1923

Sobre establecimientos bancarios

e v o l u c i o n l e g i s l a t i v a

c o n t r a t o d e s e g u r o

l i n e a d e t i e m p o

D E R E C H O

P U B L I C O

D E R E C H O

P R I V A D O

LEY 105 DE 1927

Sobre compañia de Seguros LEY 225 DE 1938 Por la cual se provee al establecimiento del seguro de manejo y cumplimiento DECRETO 1348 DE 1939 DECRETO 2950 DE 1954 LEY 225 DE 1938 Por la cual se provee al establecimiento del seguro de manejo y cumplimiento DECRETO 1691 DE 1960 Por el cual se modifican: el régimen de inversiones admisibles y obligatorias de las compañías de seguros LEY 65 DE 1966 Por la cual se reglamenta la profesión de Agente Colocador de Seguros. DECRETO 837 DE 1967 LEY 45 DE 1990 Por la cual se expiden normas en materia de intermediación financiera LEY 35 DE 1993 Por la cual se dictan normas generales y se señalan en ellas los objetivos y criterios a los cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para regular las actividades financiera LEY 80 DE 1993 Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública LEY 69 DE 1993 Por la cual se establece el Seguro Agropecuario en Colombia, se crea el Fondo Nacional de Riesgos LEY 69 DE 1993 Por la cual se establece el Seguro Agropecuario en Colombia, se crea el Fondo Nacional de Riesgo LEY 389 DE 1997 Por la cual se modifican los artículos 1036 y 1046 del Código de Comercio.” LEY 510 DE 1999 el mercado público de valores, las Superintendencias Bancaria y de Valores y se conceden unas facultades LEY 491 DE 1999 Por la cual se establece el seguro ecológico, se modifica el Código Penal LEY 527 DE 1999 Por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones.

parte asegurada en el contrato de seguro, qué se considera que el asegurador extiende El amparo, consideración al cumplimiento de esta obligación específica llamada garantía.

  1. diferencia entre estos tipos de seguro se refiere a lo que ha denominado la pérdida total constructiva. En el Seguro marítimo está perfectamente definido por la ley el contenido y el concepto de pérdida total constructiva (art. 1735 del C. Co) es aquella perdió del interés asegurable qué signo es en los hechos o en la realidad física una pérdida total, sí es una pérdida total en la medida en que sea inevitable esa pérdida total en el futuro. Su aplicación al seguro terrestre se hace por analogía de normas y no de manera directa, siendo cómo es La regulación de la pérdida total constructiva.
  2. En el seguro Marítimo es admisible cuando no del salvamento por parte del asegurado a la compañía de seguros, esa mente en el caso de pérdida total constructiva. Mientras que en el seguro terrestre está abandonó no es posible si no existe un previo consentimiento de esta última.