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Condiciones de las Mujeres Reclusas y sus Hijos en México, Diapositivas de Trabajo Social

SISTEMA PENITENCIARIO EN MEXICO

Tipo: Diapositivas

2019/2020

Subido el 11/08/2020

karinita05
karinita05 🇲🇽

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Karina Stephany Contreras Pérez
Instituto Mexicano de Psicooncología
Plantel: Tlalpan
Carrera: Lic. en Trabajo Social
Grupo: 25
Materia: Enfoque Gestalt
Profesora: María de Lourdes Calzada
29 de julio del 2020
PROYECTO FINAL
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¡Descarga Condiciones de las Mujeres Reclusas y sus Hijos en México y más Diapositivas en PDF de Trabajo Social solo en Docsity!

Karina Stephany Contreras Pérez

Instituto Mexicano de Psicooncología

Plantel: Tlalpan

Carrera: Lic. en Trabajo Social

Grupo: 25

Materia: Enfoque Gestalt

Profesora: María de Lourdes Calzada

29 de julio del 2020

PROYECTO FINAL

SISTEMA

PENITENCIARIO

N O M B R E D E L M O D E R A D O R

F E C H A

Sistema Penitenciario es el término con el que se designan a las instituciones o al sistema establecido para el cumplimiento de las penas previstas en las sentencias judiciales; especialmente las penas de reclusión, cuyo propósito, en el derecho penal contemporáneo y el derecho penitenciario, es la reinserción social del condenado. “El sistema penitenciario es el cúmulo de disposiciones legales en las que se establecen las penas, delitos y procesos; además de designar a las autoridades estatales encargadas de su ejecución y administración.” (INEGI. Estadísticas sobre el sistema penitenciario estatal en México p.p. 4 )

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) señala que deben existir diversos tipos de establecimientos de reclusión, como son las penitenciarias, los hospitales psiquiátricos para delincuentes, hospitales de reclusos, centros de observación, instituciones abiertas, colonias y campamentos penales, instituciones de alta seguridad, establecimiento especial para jóvenes, establecimientos preventivos, establecimientos para sanciones administrativas y arrestos y establecimiento para menores infractores. Sin embargo, muchas de estas reglas mínimas establecidas por la ONU , no son aplicadas en la nación.

De acuerdo al sistema penitenciario de la CDMX, existe una población de personas privadas de la

libertad de :

De los cuales:

Los problemas que se presentan en un centro penitenciario. Recientemente, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó su Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria relativo a la situación observada en el año 2019 , siendo éste el instrumento propio que se emite para llevar a cabo la observancia del sistema penitenciario del país, bajo la perspectiva de derechos humanos, verificando las condiciones, dentro de las cuales viven las personas que se encuentran internas en los centros penitenciarios de México. queda claro que las instituciones penitenciarias estudiadas proveen a los detenidos de cada vez menos bienes básicos, como ropa, cobijas y zapatos. De hecho, el último sondeo demuestra que las familias deben aportar cada vez más cosas a los internos para suplir las deficiencias de los centros penitenciarios. La tendencia al deterioro se confirma con la opinión de los reclusos acerca de la calidad de los alimentos: en 2006 , 44 % dijo que la alimentación recibida era «mala» o «muy mala», mientras que en 2002 el porcentaje era de 39 %. Con respecto a la atención médica en las cárceles del Distrito Federal, quienes dijeron que no era adecuada representaban 20 % del total en la primera encuesta y 35 % en la segunda. En cuanto a los medicamentos, 59 % señaló que se los pide a la familia. En las cárceles del Estado de México, el porcentaje de quienes calificaron la atención médica de «mala» o «muy mala» se incrementó de 15 % a 23 % entre la primera y la segunda encuesta.

“La percepción de seguridad dentro de la cárcel es limitada. La mayoría de los presos dijo sentirse más seguro antes de ingresar a prisión, 57 % manifestó que sufrió un robo al menos en una ocasión y 12 % dijo que fue golpeado cuanto menos una vez en los últimos seis meses. Estas últimas cifras se han incrementado ligeramente.” Existen evidencias que señalan que a medida que un gobierno impone mecanismos de control más represivos, aumentan los indicadores de arbitrariedad y delito, violencia institucional y no disminuyen los niveles de inseguridad. Los ejemplos de la región dan cuenta que este tipo de intervenciones solo han conseguido llenar los establecimientos penitenciarios donde suelen surgir círculos viciosos que propician la reincidencia delictiva. En el caso de México, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) concuerda que, a mayor uso y duración de la cárcel, mayor violencia en la población interna sin que hayan alcanzado los fines para los cuales se creó dicha pena.

La cruda realidad en las cárceles nos refleja que no sólo limitan al ser humano el derecho de libertad individual, sino también, el deterioro de la calidad de vida del interno, en la mayoría de los penales el hacinamiento es un grave problema, y las malas condiciones de salud, alimentación, servicios básicos y recreación, sin duda para lograr reinsertar al individuo a la sociedad se debe apegar a lo dispuesto por los artículos 1 y 18 , 20 , 21 de la Constitución Política Federal y toda persona debe llevar un tratamiento eficiente, individual y respetar en todo momento la dignidad del reo.

¿Cuánto cuesta mantener a un reo en México? “Al hacer un comparativo, el gasto por reo es mayor al que invierte la UNAM por cada alumno de bachillerato, pues la máxima casa de estudios gastó 115 pesos por día, es decir, 42 mil 249 pesos anuales por cada

estudiante, según su presupuesto de 2014 .” (La transformación del Sistema Penitenciario Federal. en el apartado

de diagnóstico)

En el Sistema Penitenciario Federal se eroga aproximadamente 140 pesos diarios en mantener a un reo y solventar los gastos por salarios de los custodios, alimentos, medicinas, uniformes, energía eléctrica, combustibles, trabajos de mantenimiento de los inmuebles, materiales para la industria penitenciaria, labores educativas, artísticas, deportivas y culturales.

Dentro de las recomendaciones internacionales se encuentran las Reglas de las Naciones Unidas para el

tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes “Reglas de

Bangkok”. Estas reglas fueron creadas para otorgar lineamientos a los Estados sobre el correcto tratamiento

de las mujeres y sus hijos. Las Reglas de Bangkok mencionan que las reclusas deben tener instalaciones

apropiadas para ellas, artículos necesarios para satisfacer sus necesidades de higiene personal, servicios de

atención médica y acceso a una alimentación apropiada. Además, como punto principal debe existir una

perspectiva de género para poder garantizar los derechos a las mujeres y evitar tratos indebidos. Respecto a

los niños, las reglas establecen que su permanencia en la cárcel debe estar sujeta al interés superior del

menor; en el caso de que el niño permanezca con su madre es necesario garantizarle una buena

alimentación, servicios de salud, espacios especiales para estar con su madre, entre otras cosas.

(Comisión Nacional de los Derechos Humanos México, Informe Especial De La Comisión Nacional De Los Derechos Humanos Sobre Las Condiciones De Hijas E Hijos De Las Mujeres Privadas De La Libertad En Los Centros De Reclusión De La República Mexicana , consultado el 7 de junio del 2017 , http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Informes/Especiales/InformeEspecial_ 20161125 .pdf, 2 - 4 )

Dicho lo anterior, es notable, que las mujeres reclusas optan por tener hijos en prisión debido a las diferentes condiciones que se les otorgan, para ellas es un tiempo en el que están bien cuidadas, sin riesgo ha sufrir violencia dentro de la prisión, sin embargo la consecuencia, desde mi punto de vista es grave, pues los niños crecen después de cierta edad sin su madre, y a pesar de tener un “mejor” espacio para desarrollarse dentro de prisión (en comparación a las otras reclusas) crecen en un ambiente que no es el mas cálido ni apropiado para un menor. De acuerdo con el Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatales 2015 , en el año 2014 había 549 menores de 6 años viviendo con su madre en los centros penitenciarios en el país. (INEGI. Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatales 2015. Recuperado de http://www.beta.inegi.org.mx/proyectos/censosgobierno/estatal/cngspspe/ 2015 /. Consultado en mayo de 2017 .) Del total, 247 niños tenían menos de un año, 126 un año, 94 niños tenían la edad de 2 años, 53 tenían 3 años, 16 cuatros años y 13 niños tenían cinco años. La gráfica 1 muestra el número de menores viviendo con sus madres en los centros penitenciarios de cada estado.

Como puede analizarse los centros penitenciarios del Distrito Federal (ahora Ciudad de México) tienen más cantidad de menores de 6 años viviendo con sus madres que cualquier otra entidad. Le siguen Veracruz, Guerrero, Tamaulipas, Estado de México y Chiapas; con 105 , 52 , 51 , 41 , 32 y 31 respectivamente. Asimismo, se puede notar que el grupo de los niños menores de un año representa 44. 9 % del total de los menores viviendo en centros penitenciarios con sus madres y el resto se reparte entre los grupos de edades más avanzadas. Lo anterior se relaciona también con la legislación aplicable ya que, como se analizará más adelante, los menores pueden estar con su madre hasta los tres años. Además, se observó la presencia de menores de edad en 51 centros de reclusión, sin embargo, sólo se permite que estén con sus madres hasta determinada edad, dependiendo del establecimiento, que puede ser entre 6 meses y seis años de edad, aunque en algunos lugares como Acapulco de Juárez y Chilpancingo de los Bravo (en Guerrero) los menores estaban hasta 8 y 12 años. 9 Es decir, en los casos en los que los niños viven con sus mamás hasta los 8 y 12 años, o bien, son separados de ellas antes de los tres años, se vulnera la legislación vigente: la Ley Nacional de Ejecución Penal. (Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Íbidem. p. 17 )

¿Cómo es el desarrollo psicosocial de los hijos de mujeres reclusas?

Hay madres y padres que relatan en entrevistas a medios de comunicación que sus hijos viven en la

cárcel pensando que esa es su casa. Pero hay otros niños que sienten temor, ansiedad; muchos dejan

de hablar, lloran pidiendo retornar a sus hogares o se vuelven muy rebeldes.

Para la psicóloga clínica en Terapia Familiar Sistémica, Silvana Salazar, las secuelas para un menor que

vive al interior de un recinto penitenciario, si bien dependen de cada caso y el contexto familiar, en su

mayoría son de consideración. Hace referencia a un “sufrimiento psicológico”.

Los menores experimentan un “deterioro mental, apatía, trastornos psiquiátricos, como ataques de

pánico, depresión, paranoia y experimentan sensación de impotencia, (además de) mayor dependencia

e introversión, pudiendo (esto) perjudicar en su capacidad de decisión”, señala. Todo ello como

consecuencia de que deben soportar personalidades variadas y muchos de estos menores “forman su

personalidad en base a lo que aprenden de otros”