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Seguridad social y nomina, liquidación, vacaciones
Tipo: Ejercicios
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Nombre: Karen Pedroza vega
1. Freddy Ferrer es subgerente de la empresa Picarocas Ltda devengando un salario de $ 2.500.000, comisiones de $ 300.000, bonificación constitutiva de salario por valor de $ 400.000, estando clasificado en nivel de riesgo tipo 2 por la actividad económica de la empresa. DETERINAR: I. Salario Base de Cotización del trabajador. El articulo 127,128 y 130 determinan los elementos propios del salario del cual se extrae lo denominado Ingreso Base de Cotización (IBC), que es lo que se aporta. Así mismo el salario se compone de unos elementos que se determinan según el tipo de contracto y con base a la realidad de caso. De esta manera podemos determinar. Que en este caso el salario base está comprendido por: Salario básico = $ 2.500. Comisiones = $ 300. Bonificación = $ 400. Total, Salario Base De Cotización = $ 3.200.000. II. Valor de aportes a Salud del trabajador. por parte de la ley 100 de 1993 una repartición de la carga de cotización al sistema entre el trabajador, correspondiéndole al empleador, ya que se debe aportar el12,5% del ingreso mensual del trabajador. Correspondiéndole al empleador asumir el 8,5% y el trabajador el 4% que se deduce del salario a pagar. Dado lo anterior primero determinamos el ingreso base de cotización (IBC) a salud, que es el mismo salario base de cotización.
Del ingreso base de cotización (IBC) el trabajador debe aportar no más el 4% de lo devengado lo cual se deduce del salario a devengar, determinándose por la siguiente formula: IBC x Aporte (4%) = aporte asumido por el trabajador. IBC ($: 3.200.000) x aporte (4%)= $ 128. Aporte trabajador (4%) = $ 128. Total, aporte a salud del trabajador (4%) 128. III. Valor de aportes a Pensiones del trabajador. según la ley 100 de 1993, inciso 1° articulo 26. Fondo de solidaridad pensional tiene por objeto subsidiar los aportes al régimen general de pensiones de los trabajadores asalariados o independientes del sector rural y urbano que carezcan de suficientes recursos para efectuar la totalidad del aporte. Según lo anterior en materia de los aportes a este fondo, se debe indicar que únicamente lo hacen aquellas personas que tengan un ingreso superior a 4 smlmv deben pagar un porcentaje adicional al IBC para cotizar pensiones, determinándose por el artículo 8° por la ley 797 de 2003 que modifico al artículo 27 de la ley 100 de 1993: Ingreso Porcentaje adicional IBC De 4 smlmv a 16 smlmv 1% De 16 smlmv a 17 smlmv 1.2% De 17 smlmv a 18smlmv 1.3% De 18 smlmv a 19 smlmv 1.6% De 19 smlmv a 20 smlmv 1.8% De 20 smlmv a mas 2%
Teniendo como base la tabla de aportes al sistema de seguridad social en pensiones y los porcentajes que le corresponde al trabajador y el empleador y teniendo claro cuál es el valor del ingreso base de cotización (IBC) del trabajador, podemos identificar que el empleador debe aportar 12% de lo devengado, lo cual se determina por la siguiente formula: IBC x aporte (12%)= aporte de pensiones asumido por el empleador IBC ($: 3.200.000) x aporte (12%)= $384. Total aporte a pensiones del empleador (12%) = $384.
2. Una empresa de 200 trabajadores, que no debe pagar el CREE, tiene una nómina mensual por valor de $ 400.000.000 de pesos mcte. DETERINAR: I. Aportes al SENA. Nomina x aporte (2%) = aporte al SENA asumido por el empleador. Nomina ($400.000) x aporte (2%)=$8.000. Total aporte SENA del empleador (2%) = $8.000. II. Aportes a ICBF. Nomina x aporte (3%)= aporte ICBF asumido por el empleador Nomina ($400.000) x aporte (3%)=$ 12.000. Total aporte ICBF del empleador (3%) = $12.000. III. Aportes a Caja de Compensación Familiar Nomina x aporte (4%) = aporte a caja de compensación familiar asumido por el empleador Nomina ($4.000.000) x aporte (4%)= $ 16.000.
Total, aporte C.C.F empleador (4%) = $16.000.
3. Pedro Martínez es contador contratista prestador de servicios devengando la suma de $ 5.000.000, estando clasificado en nivel 1 de riesgo. DETERINAR: I. Ingreso base de cotización. Teniendo claro cómo podemos determinar el valor del aporte a seguridad social a este caso ejempló, procedemos a indicar cuál es el IBC. Valor de honorarios mensual (VHM) x 40%)= IBC VHM $ 5.000.000 x 40%)= 2.000.000 que es el IBC Total IBC contratista = $2.000. II. Valor de aportes a Salud del contratista. IBC = 2.000. Aporte de salud (12.5%) = IBC x 12.5% Que en el caso IBC = $ 2.000.000 X 12.5%= aporte de salud del contratista Aporte de salud (12.5%) = $ 250.000. Total, aporte a salud del contratista (12.5%) = $250. III. Valor de aportes a Pensiones del contratista. IBC = $2.000. Aporte a pensiones (16%) = IBC x 16% Que en el caso.