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RESUMEN DE UNA PARTE DEL LIBRO SOCIOLOGIA Y CRITICA DEL DERECHO
Tipo: Apuntes
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Quien haya estudiado derecho en la tradición civilista, en América Latina o en Europa continental, no puede menos que sorprenderse con la cantidad de estudios interdisciplinarios que existen en Estados Unidos sobre el derecho.
Los realistas abogaron por el uso de las ciencias sociales y en particular por la investigación empírica, cómo instrumentos para la explicación objetiva de los procesos jurídicos, de tal manera que se pusiera en evidencia la manera como el derecho logra o no determinar las conductas sociales.
Los realistas diseñaron una propuesta crítica y científica la vez. Dicho en términos más generales, los realistas debieron enfrentar la tensión entre el análisis empírico de la realidad social (saber) y la valoración política de las instituciones estatales y del derecho (crítica).
Es por eso que, a partir de las ideas originales del realismo, fueron surgiendo dos tendencias diferentes; una destinada a mostrar, con ayuda de las ciencias sociales, las conexiones que el derecho mantiene con la realidad social, y otra encaminada a mostrar, a partir de la filosofía y la teoría política, las deficiencias del derecho oficial.
El movimiento Law and Economics
El nacimiento de law and economics (en adelante LE) tuvo lugar en la década de los 60’s cuando el premio Nobel de economía Roland Coase publicó su célebre ensayo “The problems of social cost” (1960) y Guido Calabresi publicó sus textos sobre el análisis económico de la responsabilidad jurídica (Calabresi 1970).
Esta primera generación de autores, incómoda con el activismo judicial de la llamada corte Warren, y en general con el intervencionismo del estado en el mercado, estuvo empeñada en convertir al derecho en una ciencia neutral, predecible y dotada de los métodos y de la racionalidad propios de la economía, que permitiera a los jueces tomar decisiones fundadas en la eficiencia y no en los valores morales o políticos. (Posner, 1995).
La práctica del derecho, dice Coase , debe estar guiada por el principio de eficiencia. Los jueces, por ejemplo no deben pensar tanto en cuál es la decisión que según ellos es más justa, sino en cuál es la que más produce un resultado eficiente y, de esta manera protege mejor los derechos de todos.
El debate crítico-jurídico y socio-jurídico, pasó por una fuerte crisis en Estados Unidos a finales de los años 80. Los CLS (Critical Legal Studies) se desintegraron como movimiento y L&S empezó a cuestionar de manera radical, la manera como había operado durante la última década. No obstante las dos vertientes -crítica y socio jurídica- que venían desde el realismo, se mantuvieron vivas y bien diferenciadas.
En medio de los más fuertes ataques de los críticos contra la investigación socio-jurídica, a finales de los años 80, hubo un debate teórico muy importante dentro del movimiento L&S sobre la relación entre investigación y crítica. Esta reorientación revivió el viejo propósito y debate de Los realistas de principios del siglo XX, de lograr una sociología jurídica empirista y crítica a la vez. Este debate dio lugar a la reorientación del movimiento L&S a favor del estudio de la percepción del derecho por parte de los actores sociales -en lugar del estudio de las instituciones- y a favor de un mayor compromiso crítico (Sarat y Silbey, 1988). De allí surgieron los llamados estudios de conciencia jurídica.
Así como el movimiento L&S tuvo su crisis a finales de la década de los 80, los críticos también tuvieron su propia crisis, y de ella salieron menos bien librados que los primeros. La amplísima diversidad interdisciplinaria y la falta de cohesión doctrinaria (Boyle, 1985; Gordon, 1998) explican en buena parte, la pérdida de vitalidad del movimiento CLS desde los inicios de 1990 y su final división en varios grupos.
La interpretación más común y aceptada de la célebre decisión judicial Brown vs Board of education - Así como de los fallos posteriores de la corte Warren que extendieron la desegregación racial a otros ámbitos de la vida social distintos a la educación -Tiende a señalar que en ella se establece una versión del principio de igualdad- contenido en la decimocuarta enmienda de la Constitución de los Estados Unidos- conforme a la cual a las autoridades públicas, les está Vedado hacer diferenciaciones basadas en la raza de las personas al momento de distribuir beneficios o de imponer cargas sociales.
La teoría crítica racial fue creada por un grupo de académicos de izquierda (casi todos ellos negros) cuyo propósito fundamental consiste en interrogar y cuestionar las dinámicas mediante las cuales el poder racial es construido, representado y difundido en la sociedad estadounidense contemporánea, y en examinar críticamente cuál es el papel del derecho en esas dinámicas.
Los críticos raciales difícilmente comparten una metodología o una línea doctrinaria homogénea. Aun así, han coincidido en dos intereses fundamentales. El primero tiene que ver con resolver la pregunta acerca de cómo un régimen de supremacía racial Blanca a logrado instalarse y perpetuarse en Estados Unidos -subordinando a las minorías afrodescendientes- y como el derecho ha influido en la preservación de ese estado de cosas. Y el segundo consiste en modificar la relación existente entre el régimen de subordinación racial y los fundamentos jurídicos que lo soportan.
BIBLIOGRAFIA SOCIOLOGIA Y CRÍTICA DEL DERECHO AUTOR: MAURICIO GARCIA VILLEGAS EDITORIAL: FONTAMARA