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Todo sobre la OEA. Resumen de lo que es la oea, sus dependencias, misión, visión, proposito y más sobre derecho internacional público.
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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¡No te pierdas las partes importantes!
Universidad del Rosario Derecho internacional Profesor: Hernando Sánchez Sánchez Estudiante: María Alejandra Aparicio León
LA OEA
Existen dos tipos de organizaciones internacionales, las ONG (organizaciones no
gubernamentales) y las OIG (Organizaciones Intergubernamentales). En este caso se hará
referencia a la segunda categoría ya que el presente texto se va a desarrollar en el marco de la
OEA.
Así bien, las organizaciones internacionales (OI) son inicialmente creadas por Estados, aunque
en algunos casos también pueden ser creadas por otras OI. Definiendo una OIG es: una
asociación de Estados caracterizada por poseer una constitución y unos órganos comunes con
una personalidad jurídica diferente a la de los E que la conforman. A la cual se le atribuyen o
transfieren unas competencias para que sean ejercidas por conjunto de sus órganos.
De este modo, es evidente que una OIG como lo es la OEA que fue fundada en virtud de un
acuerdo internacional con el fin de gestionar intereses, que tiene vocación de permanencia y que
además cuenta con reconocimiento internacional como sujeto de derecho, es el tipo de
organización ideal para tratar este tema, ya que, cumple con todos los requisitos de lo que es una
organización intergubernamental que usualmente son más tradicionales. A continuación se
presentan las características de esta:
En primera instancia, se define a la OEA como una organización internacional de carácter
regional, creada el 30 de Abril de 1948 en la Novena Conferencia Panamericana que se dio en
Bogotá por su precursora La Unión Internacional de Las Repúblicas Americanas y que entro en
vigencia el 13 de diciembre de 1951, obteniendo su sede en Columbia, Estados Unidos. Por lo
tanto se entiende que Colombia si es parte de esta organización al igual que otros 34 países más
que son miembros hoy en día.
La OEA cuenta con estrictos requisitos y procedimientos para ser un Estado miembro, cualquier
Estado independiente que desee entrar debe manifestarlo en una carta dirigida al Secretario
General evidenciando sus motivaciones e indicando que está dispuesto a ratificar la carta de la
organización así como a cumplir todas las obligaciones que entraña la condición de ser miembro.
Dice a carta de la OEA que por cada Estado nuevo los Estados miembros perderán calidad de ser
parte de la organización y por eso existen tan estrictos requisitos.
La Organización fue fundada con el objetivo de lograr en sus Estados Miembros, como lo
estipula el Artículo 1 de la Carta, "un orden de paz y de justicia, fomentar su solidaridad,
robustecer su colaboración y defender su soberanía, su integridad territorial y su independencia".
Por ello, en el momento de su creación esta se hizo con el fin de la solución pacífica de
controversias y como un instrumento para mantener la democracia en los países americanos. Así
mismo, los principios que rigen a esta organización y sus competencias se encuentran
positivizados en el Artículo número 3 de la primera parte de la Carta y estos son:
a) El derecho internacional es norma de conducta de los Estados en sus relaciones recíprocas.
b) El orden internacional está esencialmente constituido por el respeto a la personalidad, soberanía e
independencia de los Estados y por el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas de los tratados y de
otras fuentes del derecho internacional.
c) La buena fe debe regir las relaciones de los Estados entre sí.
d) La solidaridad de los Estados americanos y los altos fines que con ella se persiguen, requieren la
organización política de los mismos sobre la base del ejercicio efectivo de la democracia representativa.
e) Todo Estado tiene derecho a elegir, sin injerencias externas, su sistema político, económico y social, y a
organizarse en la forma que más le convenga, y tiene el deber de no intervenir en los asuntos de otro
Estado. Con sujeción a lo arriba dispuesto, los Estados americanos cooperarán ampliamente entre sí y con
independencia de la naturaleza de sus sistemas políticos, económicos y sociales.
f) La eliminación de la pobreza crítica es parte esencial de la promoción y consolidación de la democracia
representativa y constituye responsabilidad común y compartida de los Estados americanos.
g) Los Estados americanos condenan la guerra de agresión: la victoria no da derechos.
h) La agresión a un Estado americano constituye una agresión a todos los demás Estados americanos.
i) Las controversias de carácter internacional que surjan entre dos o más Estados americanos deben ser
resueltas por medio de procedimientos pacíficos.
j) La justicia y la seguridad sociales son bases de una paz duradera.
k) La cooperación económica es esencial para el bienestar y la prosperidad comunes de los pueblos del
Continente.
l) Los Estados americanos proclaman los derechos fundamentales de la persona humana sin hacer
distinción de raza, nacionalidad, credo o sexo.
m) La unidad espiritual del Continente se basa en el respeto de la personalidad cultural de los países
americanos y demanda su estrecha cooperación en las altas finalidades de la cultura humana.
n) La educación de los pueblos debe orientarse hacia la justicia, la libertad y la paz.
Por otro lado, encontramos entre los órganos de la OEA: 1) La asamblea general : es es el
órgano supremo de la Organización de los Estados Americanos y está compuesta por las delegaciones de todos los Estados Miembros, quienes tienen derecho a hacerse representar y a emitir su voto. La definición de los mecanismos, políticas, acciones y mandatos de la
Organización tienen su origen en la Asamblea General.
h. Establecer relaciones de cooperación, de acuerdo con lo que resuelva la Asamblea General o los consejos, con los Organismos Especializados y otros organismos nacionales e internacionales.
Las Conferencias Especializadas : son reuniones intergubernamentales para tratar asuntos técnicos especiales o para desarrollar determinados aspectos de la cooperación interamericana, y se celebran cuando lo resuelva la Asamblea General o la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, por iniciativa propia o a instancia de alguno de los consejos u Organismos Especializados.
Organismos Especializados: como organismos gubernamentales establecidos por acuerdos multilaterales, con determinadas funciones en materias técnicas de interés común para los Estados americanos. Disfrutan de amplia autonomía técnica, dentro del marco de las recomendaciones de la Asamblea General y de los Consejos, algunos de estos son: Organización panamericana de la salud, Instituto Iberoamericano del Niño, la Niña y Adolescentes, La comisión interamericana de Mujeres, entre otras.
Por último, la OEA sí cuenta con disposiciones de personalidad jurídica y retiro en su carta, por ende se han presentado casos de dicho orden.