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RESUMEN APUNTES RELACION OBLIGATORIA, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho Civil

Resumen del capitulo 6 del libro conceptos fundamentales del derecho civil de hans hattenhauer

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2023/2024

Subido el 20/02/2024

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TALLER RELACION OBLIGATORIA
Alumna: Leidy Becerra Orozco
Dentro del derecho existen distintas ramas que regulan ciertas áreas conforme a las
actuaciones del hombre, entre ellas encontramos el derecho privado, que es la suma de todas
las relaciones jurídicas entre particulares.
Aquí encontraremos al negocio jurídico que, es la manifestación de la voluntad destinada a
crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas, siendo esta ultima una relación
obligatoria donde existe un vínculo entre un acreedor y un deudor, obligándose a la prestación
de un objeto conforme al derecho.
Por consecuente, analógicamente la obligación es una atadura que será de carácter jurídico
porque obliga a todo lo que este sujeto a ella a realizar una prestación (acción) para con el
otro. Etimológicamente la obligatio es un deber o vinculo legal por el cual adeudamos hacer
una prestación conforme al derecho. Es nuestro derecho que el otro nos proporciones o nos
de uso de lo que le permitimos hacer o dejar de hacer (que nuestro derecho que nos devuelva
lo que los dejamos hacer).
Adicionalmente desde la teoría iusnaturalista todo hombre por naturaleza esta obligado al
servicio al prójimo y se encuentra atañido por la conciencia, que se entendía (para la época)
como el temor a un ser superior (Dios). De igual manera desde lo civil, la obligación radicará
“en el temor” a las leyes civiles y la autoridad. En esta relación jurídica de obligatoriedad
la persona conseguía poseer una determinada cantidad de la libertad de otra persona y
conforme a las leyes podía forzar a cumplirlo, en otras palabras, poseía el libre albedrio del
otro conforme a una norma del derecho.
Respecto a la deuda y la responsabilidad, desde el derecho privado alemán se definirán a la
deuda como la relación jurídica existente por si misma y que contiene un deber legal, siendo
autónoma y, a la responsabilidad como el sometimiento al poder de intervención (legal) al no
cumplir la obligación.
Finalmente, toda relación de obligatoriedad nace con la declaración de voluntades que se
condensa un contrato y este será deber para las partes conforme a lo pactado e implícitamente
dispuesto por la norma.
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TALLER RELACION OBLIGATORIA

Alumna: Leidy Becerra Orozco Dentro del derecho existen distintas ramas que regulan ciertas áreas conforme a las actuaciones del hombre, entre ellas encontramos el derecho privado , que es la suma de todas las relaciones jurídicas entre particulares. Aquí encontraremos al negocio jurídico que, es la manifestación de la voluntad destinada a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas, siendo esta ultima una relación obligatoria donde existe un vínculo entre un acreedor y un deudor, obligándose a la prestación de un objeto conforme al derecho. Por consecuente, analógicamente la obligación es una atadura que será de carácter jurídico porque obliga a todo lo que este sujeto a ella a realizar una prestación (acción) para con el otro. Etimológicamente la obligatio es un deber o vinculo legal por el cual adeudamos hacer una prestación conforme al derecho. Es nuestro derecho que el otro nos proporciones o nos de uso de lo que le permitimos hacer o dejar de hacer (que nuestro derecho que nos devuelva lo que los dejamos hacer). Adicionalmente desde la teoría iusnaturalista todo hombre por naturaleza esta obligado al servicio al prójimo y se encuentra atañido por la conciencia, que se entendía (para la época) como el temor a un ser superior (Dios). De igual manera desde lo civil, la obligación radicará “en el temor” a las leyes civiles y la autoridad. En esta relación jurídica de obligatoriedad la persona conseguía poseer una determinada cantidad de la libertad de otra persona y conforme a las leyes podía forzar a cumplirlo, en otras palabras, poseía el libre albedrio del otro conforme a una norma del derecho. Respecto a la deuda y la responsabilidad, desde el derecho privado alemán se definirán a la deuda como la relación jurídica existente por si misma y que contiene un deber legal, siendo autónoma y, a la responsabilidad como el sometimiento al poder de intervención (legal) al no cumplir la obligación. Finalmente, toda relación de obligatoriedad nace con la declaración de voluntades que se condensa un contrato y este será deber para las partes conforme a lo pactado e implícitamente dispuesto por la norma.

Referencias: Hattenhauer, H. (1987). Conceptos fundamentales del derecho civil. (Editorial Ariel S.A).