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Resolución sobre concurso de méritos especial para docentes en zonas de conflicto armado -, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho Constitucional

Una resolución del ministerio de educación nacional de colombia que define las zonas en las que se aplicará un concurso de méritos especial para la provisión de cargos docentes y directivos docentes en instituciones educativas ubicadas en zonas afectadas por el conflicto armado. La resolución se basa en los programas de desarrollo con enfoque territorial (pdet) establecidos por el decreto ley 893 de 2017 y el decreto ley 882 de 2017 que regula el concurso de méritos especial. Se detallan los 125 municipios pertenecientes a 23 entidades territoriales certificadas en educación donde se aplicará este concurso y los criterios para su implementación. Además, se establece que estas plantas de cargos especiales tendrán una vigencia de 10 años, al igual que los pdet, y luego pasarán a formar parte de la planta global de cada entidad territorial.

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2019/2020

Subido el 19/02/2024

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MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
RESOLUCIÓN No.
0
4972
(
22 MAR 2016
-
«Por la cual
se
definen las zonas
con
Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial
(PDET) dispuestas por el Decreto Ley 893 de 2017 en que se aplicará la planta
exclusiva de cargos docentes y directivos docentes y el concurso de méritos de carácter
especial establecido por el Decreto Ley 882 de 2017»
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Decreto Ley 882 de 2017
y
el Decreto
1578 de 2017, y
CONSIDERANDO
Que por medio del Decreto Ley 882 de 2017
«Por el cual
se
adoptan normas sobre la
organización y prestación del servicio educativo estatal
y
el ejercicio de la profesión
docente
en zonas afectadas por el conflicto armado»,
se estableció que mediante un
concurso de méritos de carácter especial se realizará la provisión de vacancias deficutivas
pertenecientes a la planta de cargos destinada exclusivamente a la prestación del servicio
educativo en instituciones educativas ubicadas en las zonas afectadas por el conflicto
armado precisadas mediante reglamentación que expida el Ministerio de Educación
Nacional de conformidad con los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial
(PDET).
Que el parágrafo 1 del articulo 1 del Decreto Ley 882 de 2017, dispone que:
«El Ministerio
de Educación Nacional definirá las zonas en las cuales se adelantará el
concurso de
méritos de carácter especial de que trata el presente articulo, con base en la prionzación
de municipios que realice
e/
Gobierno nacional para implementar los Planes de Desarrollo
con Enfoque Territorial (PDET). Para la definición de las zonas, el Ministerio de Educación
deberá limitarse exclusivamente a aquellos municipios en los que existan dificultades
para la provisión de planta en razón a la falta de ofeila de docentes profesionales».
Que el articulo 2 del referido Decreto Ley 882 de 2017 establece, sobre la organización
de las plantas de cargos para zonas afectadas por el conflicto, que:
«Dentro de la planta
de cargos docentes y directivos docentes de las entidades territoriales certificadas, previa
viabilidad técnica y financiera del Ministerio de Educación y análisis del comportamiento
histórico de la matrícula, se definirá una planta de cargos destinada exclusivamente a la
prestación del servicio educativo en instituciones educativas ubicadas en las zonas
afectadas por el conflicto armado que
se
definan de conformidad con el parágrafo 1 del
articulo anterior».
Que el Decreto Ley 893 de 2017
«Por el cual se crean los Programas de Desarrollo con
En foque Territorial
-
PDET»,
definió en su articulo 3, los 170 municipios en los cuales se
desarrollarán los 16 Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) y dispuso
en su articulo 1 que «los PDET se formularán por una sola vez y tendrán una vigencia de
diez (10) años. Serán coordinados por la Agencia de Renovación de! Territorio (ART),
en
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¡Descarga Resolución sobre concurso de méritos especial para docentes en zonas de conflicto armado - y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Derecho Constitucional solo en Docsity!

E

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

RESOLUCIÓN No. 0 4972

( 22 MAR 2016^ -

«Por la cual se definen las zonas con Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial

(PDET) dispuestas por el Decreto Ley 893 de 2017 en que se aplicará la planta exclusiva de cargos docentes y directivos docentes y el concurso de méritos de carácter especial establecido por el Decreto Ley 882 de 2017»

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Decreto Ley 882 de 2017 y el Decreto
1578 de 2017, y
CONSIDERANDO
Que por medio del Decreto Ley 882 de 2017 «Por el cual se adoptan normas sobre la
organización y prestación del servicio educativo estatal y el ejercicio de la profesión
docente en zonas afectadas por el conflicto armado», se estableció que mediante un
concurso de méritos de carácter especial se realizará la provisión de vacancias deficutivas
pertenecientes a la planta de cargos destinada exclusivamente a la prestación del servicio
educativo en instituciones educativas ubicadas en las zonas afectadas por el conflicto
armado precisadas mediante reglamentación que expida el Ministerio de Educación
Nacional de conformidad con los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial
(PDET).
Que el parágrafo 1 del articulo 1 del Decreto Ley 882 de 2017, dispone que: «El Ministerio
de Educación Nacional definirá las zonas en las cuales se adelantará el concurso de

méritos de carácter especial de que trata el presente articulo, con base en la prionzación de municipios que realice e/ Gobierno nacional para implementar los Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET). Para la definición de las zonas, el Ministerio de Educación deberá limitarse exclusivamente a aquellos municipios en los que existan dificultades para la provisión de planta en razón a la falta de ofeila de docentes profesionales».

Que el articulo 2 del referido Decreto Ley 882 de 2017 establece, sobre la organización
de las plantas de cargos para zonas afectadas por el conflicto, que: «Dentro de la planta

de cargos docentes y directivos docentes de las entidades territoriales certificadas, previa viabilidad técnica y financiera del Ministerio de Educación y análisis del comportamiento histórico de la matrícula, se definirá una planta de cargos destinada exclusivamente a la prestación del servicio educativo en instituciones educativas ubicadas en las zonas

afectadas por el conflicto armado que se definan de conformidad con el parágrafo 1 del

articulo anterior».

Que el Decreto Ley 893 de 2017 «Por el cual se crean los Programas de Desarrollo con
En foque Territorial - PDET», definió en su articulo 3, los 170 municipios en los cuales se
desarrollarán los 16 Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) y dispuso

en su articulo 1 que «los PDET se formularán por una sola vez y tendrán una vigencia de

diez (10) años. Serán coordinados por la Agencia de Renovación de! Territorio (ART), en

Lb],

RESOLUCIÓN NÚMERO (^) 04 9 7 2^ Hoja N.

Continuación de la Resolución: «Porla cual se definen las zonas con Prcgramas de Desarrollo con Enfoq'ue
Territorial (PDET) dispuestas por el Decreto Ley 893 de 2017 en que se aplicará la planta exclusiva de
cargos docentes y directivos docentes y el concurso de méritos de carácter especial establecido por el
Decreto Ley 882 de 2017»
ejercicio de las funciones que le son propias de conformidad con lo dispuesto en el
Decreto Ley 2366 de 2015, modificado por el Decreto Ley 2096 de 2016».
Que en consecuencia de lo anterior, se expidió el Decreto 1578 de 2017, «Por el cual se
reglamenta el Decreto Ley 882 de 2017y se adiciona el Decreto 1075 de 2015, Único
Reglamentario del Sector Educación, en relación con el concurso de méritos para ed
ingreso al sistema especial de carrera docente en zonas afectadas por el conflicto,
priorizadas y reglamentadas por el Ministerio de Educación Nacional», el cual se adicionó
el Capitulo 6 al TItulo 1, Parte 4, Libro 2 del Decreto 1075 de 2015.
Que el Decreto 1578 de 2017, adiciona el Capitulo 6 al Titulo 1, Parte 4, Libro 2 del

Decreto 1075 de 2015 que en su articulo 2.4.1.6.2.2. establece que: (^) «(..) Las entidades

territoriales certificadas en donde se encuentren los municipios definidos por el Ministerio
de Educación Nacional, conforme a lo establecido en el articulo 2 de! Decreto Ley 882 de
2017, así como en el articulo anterior, deberán determinar las instituciones educativas
estatales y sedes rurales para la provisión de los empleos del sistema especial de carrera
docente, a través del concurso de méritos regulado mediante el Decreto Ley 882 de 2017
y las disposiciones del presente capitulo. »
Que en virtud de los derechos para los grupos étnicos determinados por la constitución
politica, y los definidos por convenios internacionales que hacen parte del bloque de
constitucionalidad, se enmarca una diferencia en la atención educativa estatal de la
población indígena, que se encuentra dispuesta por la Ley 115 de 1994 y los Decretos
Nos. 804 de 1995, 2500 de 2010 y 1953 de 2014, además de la Sentencia C-208 de 2007
y sus normas reglamentarias, al igual que en la atención educativa estatal de la población
afrocolombiana, negra, palenquera y raizal, que se encuentra definida en la Ley 70 de
1993, Ley 115 de 1994, el Decreto 804 de 1995, el Decreto 3323 de 2005 y la Sentencia
C-666 de 2016.
Que en cumplimiento de lo anterior, se hace necesario que el Ministerio de Educación
Nacional defina los municipios-en los cuales se proveerán los cargos rurales de docentes
y directivos docentes mediante el concurso de méritos de carácter especial definido en el
Decreto Ley 882 de 2017 y reglamentado por el Decreto 1578 dé 2017.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Articulo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto definir las zonas en que se
proveerán cargos en vacancia definitiva por una sola vez, en la planta de cargos exclusiva
de docentes y directivos docentes, mediante concurso de méritos de carácter especial,
establecido por el Decreto Ley 882 de 2017, y reglamentado por el Decreto 1578 de 2017.
Articulo 2. Ámbito de Aplicación. la presente resolución aplica a las Entidades
Territoriales Certificadas en Educación en las que se identifiquen y autoricen Zonas
Priorizadas para la lmplementación de Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial
(PDET), a la Comisión Nacional.del Servicio Civil y al Ministerio de Educación Nacional.
Articulo 3. Criterios para definir las zonas en que se aplicará el concurso de méritos
de carácter especial y que tendrán una planta de cargos exclusiva. El Ministerio de
Educación Nacional definirá las zonas de que trata la presente resolución, a partir de las
zonas y municipios prionzados en el articulo 3 del Decreto Ley 893 de 2017, y siguiendo
los criterios que se describen a continuación:
RESOLUCIÓN NÚMERO Hoja N°. 4
Continuación de la Resolución: «Por la cual se definen las zonas con Programas de Desarrollo con En foque
Temtorial (PDET) dispuestas por el Decreto Ley 893 de 2017 en que se aplicará la planta exclusiva de

caios docentes y directivos (^) docentes y el concurso de (^) méritos de carácter especial establecido (^) por el

Decreto Ley 882 de 2017»
ENTIDAD TERRITORIAL CERTIFICADA EN
EDUCACIÓN MUNICIPIO
MORALES
SAN JACINTO
SAN JUAN NEPOMUCENO
SAN PABLO
SANTA ROSA DEL SUR
SIMITÍ
DEPARTAMENTO DE CAQUETÁ
ALBANIA
BELÉN DE LOS ANDAQUIES
CARTAGENA DEL CHAIRA
CURILLO
EL DONCELLO
EL PAUJIL
LA MONTAÑITA
MILÁN
MORELIA
PUERTO RICO

SAN (^) JosÉ DEL FRAGUA

SAN VICENTE DEL CAGUÁN
SOLANO
SOLITA
VALPARAISO
DEPARTAMENTO DEL CAUCA
ARGELIA
BALBOA
CAJIBIO
CORINTO
EL TAMBO
MERCADERES
MORALES
PIENDAMÓ
SANTANDER DE QUILICHAO
DEPARTAMENTO DE CESAR
AGUSTÍN CODAZZI
BECERRIL
LA JAGUA DE IBIRICO
LA PAZ
II1ANAU RE
SAN DIEGO
MUNICIPIO DE CIÉNAGA CIÉNAGA
DEPARTAMENTO DE CÓRDOBA
MONTELIBANO
PUERTO LIBERTADOR
TI ERRALTA
VALENCIA
MUNICIPIO DE FLORENCIA FLORENCIA
DEPARTAMENTO DEL GUAVIARE
CALAMAR
EL RETORNO

RESOLUCIÓN NÚMERO Hoja N°. 5

Continuación de la Resolución: (^) «Po4rla cual se definen las zonas con Pro temas de Desarrollo con En foque Territorial (^) (PDET) dispuestas por el Decreto Ley 893 de 2017 en que se aplicará (^) la planta exclusiva de cargos docentes y directivos docentes y el concurso (^) de méritos de carácter especial establecidos por el Decreto Ley 882 de 2017»

ENTIDAD TERRITORIAL CERTIFICADA EN EDUCACIÓN -^ MUNICIPIO MI RAFLORES SAN JOSÉ DEL GUAVIARE DEPARTAMENTO DEL HUILA ALGECIRAS

DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA
DIBULLA
FONSECA
SAN JUAN DEL CESAR
DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA
ARACATACA

FUNDACIóN

DEPARTAMENTO DEL META
LA MACARENA
LA URIBE

MAPI Rl PÁN MESETAS PUERTO CONCORDIA PUERTO LLERAS PUERTO RICO VISTAHERMOSA

DEPARTAMENTO DE NARIÑO
CUMBITARA
EL ROSARIO
FRANCISCO PIZARRO
LEIVA
_OS ANDES
MOSQUERA
POLICARPA
DEPARTAMENTO DE NORTE DE
SANTANDER
CONVENCIÓN
EL CARMEN
EL TARRA
HACARÍ
SAN CALIXTO
SARDI NATA
TEORAMA
TIBÚ
DEPARTAMENTO DEL PUTUMAYO
MOCOA
ORITO
PUERTO ASÍS
PUERTO CAICEDO
PUERTO GUZMÁN
PUERTO LEGUÍZAMO
SAN MIGUEL
VALLE DEL GUAMUEZ
VI LLAGARZÓN
MUNICIPIO DE SANTA MARTA DISTRITO DE SANTA MARTA
DEPARTAMENTO DE SUCRE
COLOSO
LOS PALMITOS
OVEJAS
TOLÚ VIEJO

RESOLUCIÓN NÚMERO 0 49 72^ Hoja N. Z

Continuación de la Resolución: «Por la cual se definen las zonas con Programas de Desarrollo con En foque Territorial (PDET) dispuestas por el Decreto Ley 893 de 2017 en que se aplicará la planta exclusiva (^) de cargos docentes y directivos docentes ye! concurso (^) de méiitos (^) de carácter especial establecidos por e! Decreto Ley 882 de 2017»

Artículo (^) 6. Traslados y permutas de educadores estatales de las plantas de cargos objeto de¡ concurso reglamentado por el Decreto (^) 1578 de 2017. Los educadores de que trata el Decreto Ley 882 de 2017y la presente resolución podrán, mediante cualquier figura de traslado de las contempladas en los Capítulos 1 y 2) Titulo 5, Parte 4, Libro 2 del Decreto 1075 de 20151 ocupar cargos del sistema especial de carrera docente en otros lugares de¡ país o de la misma Entidad Territorial Certificada en Educación, siempre y cuando se trate de cargos que pertenecen a plantas exclusivas de municipios pnonzados para implementar Programas de Desarrollo (^) con Enfoque Temtonal (PDET).

Parágrafo. Los docentes y directivos docentes con derechos de (^) carrera que se venían desempeñando en los establecimientos educativos estatales que conforman las zonas de que trata la presente Resolución y que pertenecen a la planta global de la Entidad Territorial Certificada en Educación, se regirán por lo establecido en los Capítulos 1 y 2, Titulo 5, Parte 4, Libro 2 de¡ Decreto 1075 de 2015.

Artículo 7. VigencIa. (^) La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL

22 MAR 2018

ETH GIHA TOVAR

Aprabó: Helga Homgndaz - (^) Viceministra de Edación Praescelar. Básica y Media (E) Liliana Maria Zapata Bustamante - Secretaria General Rovicó: Maria Gloria Caicedo $anchez - Subdirectora de Recursos Humanos del Sector.- Martha Lude Tn#lo Calderón - Jete Oficina Asesore Juridica Eliana Gonzalez Berrera - Gno NomtalMdad Oficina Asesore Jurdica. Ivonne Marcela Rwiifrez De Arcos Gnpo NormatMded Oficina Asesore ,)uddic& Etaboró Renan Cakerón MorOles- Amor Subdtrecdón de Recursos Humanos de] Sector israel Perláa Vaco - Asesor Subdlmcrlón de Recursos Humaps de¡ Sector Lesney Jesús Castaneda - (^) Recursos Humanos del Sector

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