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Capacidad Económica: Principio Básico del Sistema Tributario, Monografías, Ensayos de Gestión Tributaria

Este documento analiza la capacidad económica como principio fundamental del sistema tributario, abordando temas como la justicia material, el beneficio, la solidaridad, la universalidad de igualdad y la equidad. Se examinan los indicadores de capacidad, como riqueza, tarifas bajas, rentas presuntas, renta, utilidades personales y corporativas, y consumo, y se discuten las seis reglas básicas para su verificación. Además, se explora la importancia de la capacidad económica para la efectividad de los criterios tributarios y su relación con la forma de constitución de las operaciones.

Tipo: Monografías, Ensayos

2021/2022

Subido el 01/12/2022

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RESEÑA ACADEMICA
Yandry Alejandra Ortiz Vásquez
Darcy Yuranny Castro Cruz
Miguel Antonio Villarraga Hernández
Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional “ITFIP”
Facultad de Economía, Administración y Contaduría
Tecnología en Gestión Contable y Financiera
Espinal-Tolima
2022
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¡Descarga Capacidad Económica: Principio Básico del Sistema Tributario y más Monografías, Ensayos en PDF de Gestión Tributaria solo en Docsity!

RESEÑA ACADEMICA

Yandry Alejandra Ortiz Vásquez Darcy Yuranny Castro Cruz

Miguel Antonio Villarraga Hernández

Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional “ITFIP” Facultad de Economía, Administración y Contaduría Tecnología en Gestión Contable y Financiera Espinal-Tolima 2022

ANALISI DEL TITULO

Título: CAPACIDAD ECONOMICA COMO PRINCIPIO DEL SISTEMA TRIBUTARIO En el texto se habla de la capacidad económica fundamento principal en la carga tributaria en donde, toma la facultad de capacidad contributiva que tiene dos sentidos el primero es como criterio material de justicia tributaria puesto que se habla del desarrollo social y económico además, de las normas tributarias de rango constitucional que se constituye por criterios para examinar el sistema tributario que la justicia material exige no solo principios sino criterios para lograr una imposición igualitaria y socialmente justa y que deben ser cumplidos en el mayor grado posible y el segundo como medida de la imposición individual es decir, de la forma del pago de los tributos. Por otro lado, el principio de capacidad económica ha originado que no sea acordemente reconocido como principio autónomo, sino más bien como un principio subsidiario de la igualdad. De lo anterior resulta necesario decir que estamos de acuerdo con el título CAPACIDAD ECONÓMICA COMO PRINCIPIO DEL SISTEMA TRIBUTARIO con lo tratado en el texto dado que menciona temas esenciales con respecto a la capacidad económica, sus beneficios y sus diferentes principios que van de la mano a comprender la naturaleza de la carga tributaria es decir, de los impuestos que es una parte fundamental para saber el indicador por excelencia de la capacidad económica y subsidiariamente, la riqueza y el consumo que son las formas jurídicas en donde se gravan las transacciones a las operaciones que transmiten riqueza.

ANALISIS

Los principios constituyen una condición de justicia formal, justicia material en donde se exigen principios y criterios para lograr una imposición igualitaria y socialmente justa, además desde la perspectiva económica el análisis no es menos complejo por lo cual se tiene en cuenta aspectos tales como el tipo de capacidad que debe atenderse y si se prefiere la exactitud individual por actividades u operaciones por una parte, la estructura tributaria mezcla los tres indicadores de capacidad, en donde el primer indicador es el de riqueza que de hay se derivan dos, las tarifas bajas y las rentas presuntivas, por segundo indicador la renta en donde deriva el indicador de las utilidades personales y corporativas y por tercer indicador el de consumo en efecto grabando todo tipo de bienes y servicios. sin embargo la capacidad económica es un principio fundamental del sistema tributario por lo cual al estar de manera correcta plasmado en la constitución el legislador puede diseñar el impuesto para poder aplicarlo y así explicar su esencia, eso sí con ayuda de un intérprete el cual aporta con palabras adecuadas a mostrar cuales son las herramientas para brindar una adecuada implementación. Por otro lado la capacidad económica tiene seis reglas básicas que contribuyen a reconocer criterios claves para su verificación como lo es la primera regla la del mínimo exento y no confiscatoriedad el cual trata de que existe un piso no gravado y reconocido como mínimo existencial, por segunda regla se tiene la capacidad neta en donde trata del patrimonio neto y renta neta en donde mide la capacidad contributiva que es justa entre el patrimonio y renta bruta, por tercera regla tenemos la capacidad real o presunta que es la práctica por limitaciones o simplificaciones que se han ido admitiendo como alternativas, por cuarta regla tenemos la temporalidad la cual plantea que los impuestos sobre el patrimonio y renta se toma de base el calendario y una fórmula simplificadora, por quinta regla se tiene la capacidad global o independiente por cada impuesto que trata de haber un impuesto único y por lo cual se impone una ponderación equilibrada y para finalizar tenemos la sexta regla la capacidad contributiva en

los bienes inmuebles sobre la base de la tierra y la diferenciación de la fuente de la renta y su producto que es en efecto gravar las fuentes y no sus rentas que se asocia al patrimonio y no sobre la renta. Para concluir en la capacidad económica hay diversos indicadores que permiten determinar su excelencia, además tiene incidencia en la forma de constitución de las operaciones por razones de eficiencia y medición, por ello la corte constitucional concreta que la carga tributaria debe indagar a profundidad la capacidad económica y reconociendo la condición del legislador en la incorporación de las diversas situaciones o eventos presentados.

BIBLIOGRAFÍA

Piza Rodriguez, J. R. (s.f.). CAPACIDAD ECONÓMICA COMO PRINCIPIO DEL SISTEMA TRIBUTARIO. Obtenido de https://drive.google.com/file/d/1ep4- jNn14JrXttJGxlQxAJdcZDG9Iohq/view