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Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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¡No te pierdas las partes importantes!
Art.1º.- El presente documento denominado Reglamento Institucional, del Centro de Instrucción Acuática INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PAUL MÜLLER , constituye un conjunto de normas y procedimientos de las acciones técnico pedagógicas y administrativas enmarcadas en la misión y visión institucional, la cual está promovida por una persona jurídica, establece su naturaleza, principios, fines, objetivos, desarrollo institucional, desarrollo académico y es de cumplimiento obligatorio por los diferentes actores de la comunidad educativa.
desarrollo. f) Contribuir a la elaboración y ejecución de proyectos de desarrollo institucional y a la comunidad. g) Fomentar y practicar valores éticos-morales, cívico-patrióticos y de identificación nacional.
Art.6º.- Son fines específicos del Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller”:
a) Formar, capacitar y actualizar a la Gente de Mar con valores, que desarrollen competencias profesionales que respondan a las características y demandas del mercado local, regional, nacional e internacional en los cursos pertinentes y alineados a las normas de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas. b) Crear y desarrollar sistemas, métodos y tecnologías adecuadas para brindar asistencia técnica a las instituciones que lo requieran. c) Generar proyectos que conlleven a una mejora de los servicios educativos, conforme a las normas vigentes. d) Celebrar convenios, con Instituciones Educativas, Universidades y empresas Marítimas en beneficio de los estudiantes.
DE LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES DEL CENTRO DE INSTRUCCIÓN ACUÁTICA “PAUL MÜLLER”:
Art.7º.- Son objetivos del Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller”:
a) Formar, capacitar y actualizar a la Gente de Mar con énfasis en habilidades blandas y logren complementar su formación no solo como profesional o tripulante sino también como persona y así atender las necesidades del desarrollo de la Marina Mercante Nacional. b) Contribuir a la permanente actualización de todo el personal que labora en la institución. c) Programar, desarrollar, ejecutar, supervisar y evaluar acciones académicas, administrativas y de producción de bienes y/o servicios. d) Desarrollar acciones referidas a la investigación científica y tecnológica apropiadas a los cursos autorizados. e) Promover el desarrollo de las Empresas Marítima en nuestra nación de acuerdo a las normas vigentes. f) Realizar acciones tendientes al incremento, renovación conservación, mantenimiento y reparación de sus instalaciones y equipos. g) Desarrollar acciones de proyección social y cultural.
DE LA DEFINICIÓN DEL REGLAMENTO INSTITUCIONAL DEL CENTRO DE INSTRUCCIÓN ACUÁTICA “PAUL MÜLLER”:
Art.8º.- El Reglamento Institucional es el instrumento de gestión que regula la organización y funcionamiento de la institución, conteniendo un conjunto de normas sustantivas y procedimentales, en el cual se establece
responsabilidades, pautas y procedimientos que orienta una comunicación adecuada con la comunidad educativa, de cumplimiento obligatorio para el personal que tenga una relación con el Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller”, se encuentra bajo permanente supervisión y actualización por parte del Consejo Directivo.
Art.9º.- El presente reglamento se aplica para todos los agentes que forman parte de la Comunidad Educativa del Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller”, como son personal directivo, personal docente, personal administrativo y estudiantes, y demás miembros de los Órganos de Asesoramiento, bajo cualquier régimen laboral o relación con el Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller”, en lo que les corresponda.
Art.10º.- El Reglamento Institucional es de cumplimiento obligatorio para el personal que forma parte de la Comunidad Educativa en lo que le corresponda.
Art.11º.- El Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller” proyecta sus acciones preferentemente a la comunidad de su entorno y busca relacionarse con todas sus organizaciones educativas, empresariales, municipales y sociales, considerando el mundo globalizado actual.
Art.12º.- Son fines del Reglamento Institucional:
a) Lograr el compromiso de todos los agentes relacionados con el Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller” con la calidad educativa, en camino hacia la excelencia. b) Lograr el reconocimiento de la comunidad cercana al Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller”. c) Lograr el reconocimiento de las autoridades de su jurisdicción. d) Lograr el reconocimiento local, regional, nacional e internacional.
Art.13º.- Son objetivos del Reglamento Institucional:
a) Orientar a los agentes de la comunidad educativa hacia la excelencia educativa. b) Cumplir con los fines y objetivos del Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller”
Art. 14º.- Las normas contenidas en el presente Reglamento institucional, alcanza a:
La autonomía académica consiste en contextualizar el plan de estudios de cada programa de estudios, considerando las necesidades locales, regionales, nacionales e internacionales, presentes y futuras, donde los planes de estudios respetan los contenidos establecidos del Modelo Autoridad Marítima, de la Organización Marítima Internacional y de acuerdo a las normas de competencia que se establecen en el Convenio de Formación, Titulación y Guardia de la Gente de Mar.
La supervisión, monitoreo y evaluación interna lo determina el Centro de Instrucción Acuática Paul Müller. El Centro de Instrucción Acuática Paul Müller especifica en el presente reglamento, las normas y procedimientos para la certificación y titulación, teniendo en cuenta los requisitos mínimos establecidos por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas. En cuanto a los convenios interinstitucionales, éstas se procederán de conformidad a las normas vigentes.
Respecto a la autonomía económica se regirá de acuerdo al artículo 110 de la Ley 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017- MINEDUD y a las normas establecidas para el sector privado en materia económica.
ARTICULACIÓN
Art.18º.- El Centro de Instrucción Acuática Paul Müller se articula con otros Centros de Instrucción Acuática y con su entorno social económico y cultural de acuerdo con la Ley General de Educación.
Art.19º.- El Consejo Directivo normará y realizará las acciones pertinentes para la articulación con las Instituciones Educativas, para esto será importante la permanente actualización de la página web institucional.
COOPERACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL
Art.20º.- El Consejo Directivo normará y realizará las acciones pertinentes para efectuar convenios de cooperación nacional e internacional, con entidades públicas o privadas.
Art.21º.- La evaluación educativa es el proceso integral permanente y sistemático que permite identificar el nivel aprendizaje del estudiante en relación a las competencias que debe lograr. La evaluación está basado en criterios e indicadores de logro que valoran el dominio de competencias propias del quehacer profesional. Tiene una finalidad formativa, para obtener información, análisis y reflexión sobre la construcción de los aprendizajes del estudiante. Permite tomar decisiones sobre ajustes a realizar en los procesos de aprendizaje, así como en los elementos y contenidos del plan de estudios
Art.22º.- El sistema de calificación es vigesimal y la nota mínima aprobatoria para los cursos es trece (13). La fracción 0,5 o más se considera como una unidad a favor del estudiante.
Art.23º.- Los indicadores de logros de las capacidades constituyen los parámetros de comparación que permiten valorar la información recogida sobre el objeto de evaluación, que constituye los resultados del aprendizaje.
Art.24°.- Las técnicas son procedimientos que nos permiten captar conductas, conocimientos, habilidades, actitudes, valores y logros que exteriorizan los educandos.
Las empleadas son:
Art.25°.- Los alumnos serán evaluados permanentemente, dependiendo de la naturaleza del curso. Art.26°.- La evaluación es por competencias, tomando en cuenta los criterios de evaluación. Los instrumentos que se toman en cuenta son: Participación en clases, prácticas calificadas y/o exámenes. Además en el mismo registro se lleva el control de Asistencia a clases.
Art. 27°.- El instructor está obligado a comunicar a los alumnos, el nivel de logro alcanzado y establecer, de ser necesario, las propuestas de mejora que se deben adoptar para el logro de la competencia.
Art. 28°.- Al concluir la evaluación por resultados (última semana de clase) el docente debe entregar el registro con la nota final de cada estudiante. Los casilleros no deben estar vacíos y se debe cuidar de no presentar manchas, ni enmendaduras.
Art. 29°.- Está terminantemente prohibido hacer modificaciones de las notas en los registros, sin previa autorización de la Dirección Académica.
Art.30º.- Cuando el Instructor detecte deficiencias o dificultades de aprendizaje en los estudiantes deberá realizar actividades de recuperación, que comprenderá
Art. 38 - La emisión del certificado será de acuerdo al modelo único que exige la Dirección General de Capitanías y Guardacostas. Siendo registrado por el Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller”.
Art. 39°.- Para solicitar la rectificación de nombres o apellidos en los certificados, el estudiante seguirá el siguiente procedimiento:
1.- Solicitud dirigida al Centro de Instrucción Acuática Paul Müller 2.- Documento que acredite el nombre o apellido a ser ratificado.
Art.40º.- Se considerara abandono de estudios cuando los estudiantes dejan de asistir sin solicitar licencia durante la mitad de tiempo que dura el curso en forma consecutiva o por acumulación del 30% o más de inasistencias de clases, conlleva a la desaprobación por inasistencia (DPI)
Art.41º.- Documentos oficiales de información de uso interno:
a) Registro de evaluación y asistencia. b) Libro de Registro de Certificados
Art.42º.- Los documentos oficiales de información de uso externo e interno para el registro y archivo de los resultados de la evaluación tienen formato oficial y se remiten a la Dirección de Control de Actividades Acuáticas, que pertenece a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, en versión impresa, siendo los documentos siguientes:
a) Registro de evaluación y asistencia. b) Reporte mensual de los certificados emitidos según el Libro de registro de Certificados. c) Otros que determine las autoridades pertinentes.
Art.43º.- Los cursos que ofrece el Centro de Instrucción Acuática Paul Müller y están
autorizados por DICAPI, están conformados por:
Para Pesca del: MAM 001 al MAM 010 B Especializado de Pesca para Oficiales : MAM - 011 Actualización de Pesca para Oficiales: MAM- 012 Para personal de Marina Mercante del : MAM- 015 al MAM- 033 Para la Categoría de Patrones (actualización): BAS- 001 Para la Categoría de Motorista : MOT- 480, MOT- 540 Para la Categoría de Bahía Para la Categoría de Náutica Recreativa Organización Marítima Internacional (OMI.) Categoría del personal de Marina Mercante Nacional en el ámbito Fluvial: MAF – 001 al MAF-021.
CAPÍTULO IV
INVESTIGACIÓN E INNOVACIONES
Art.44º.- El Centro de instrucción Acuática “Paul Müller” promueve la investigación aplicada y la innovación, orientada a la identificación de oportunidades de desarrollo local, regional, nacional e internacional, así como la aplicación de tecnologías. Todos los instructores desarrollarán actividades de investigación tecnológica como parte de carga horaria académica
Art.45º.- Implementación del Intranet En la actualidad existe demanda de la información por parte de los alumnos en tener a tiempo real los resultados académicos, entre otros requerimientos de información. Nuestra Institución recientemente está implementando un sistema académico, para posteriormente brindar el servicio por intranet. La señal de Internet es por Fibra óptica, esta tecnología nos permitirá realizar las tareas académicas con flexibilidad consiguiendo alimentar nuestra red informática a tiempo real.
Art.46º.- Las acciones de supervisión en el Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller” es un proceso que se ejecuta con fines de asesoramiento, acompañamiento y orientación a la formación integral, para identificar debilidades y adoptar decisiones oportunas que permitan corregirlas para lograr el mejoramiento de la calidad y eficiencia del servicio educativo que se ofrece.
Art.47º.- Las acciones de supervisión en el Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller” deben promover a la auto evaluación de la institución.
Art.48º.- Las acciones de supervisión y evaluación institucional, se desarrolla con el propósito que se cumplan todas las actividades académicas programadas
Art.53º.- El Consejo Institucional evaluará el diagnostico, la propuesta pedagógica y la propuesta de gestión, en concordancia con las políticas sectoriales, de la región y del Proyecto Educativo Nacional que comprende la Visión y Misión Institucional.
ÓRGANO DE DIRECCIÓN
Art 54º.- DIRECCIÓN GENERAL Nombre Puesto : DIRECTOR GENERAL – Ubicación: SEDE PRINCIPAL. Dependencia Orgánica : Alta Dirección Dependencia Superior : -------------
OBJETIVO: El Director General es la máxima autoridad académica, administrativa y el representante legal de la Institución educativa. Es responsable de la gestión en los ámbitos pedagógico, institucional y administrativo. Es el responsable de adecuar, ejecutar y administrar la Institución en los diferentes aspectos de gestión educativa, en el desarrollo de actividades técnico pedagógico y acciones administrativas, conforme el marco normativo que orienta toda gestión pedagógica e institucional, teniendo en cuenta el proceso de mejoramiento de la calidad de educación en forma íntegra a fin de asegurar la calidad del servicio educativo.
Según lo especificado en el Manual de Puestos y Perfiles.
Art 55º.- DIRECCIÓN ACADÉMICA Nombre Puesto : DIRECTOR ACADÉMICO – Ubicación: SEDE PRINCIPAL. Dependencia Orgánica : Alta Dirección Dependencia Superior : Dirección General
OBJETIVO: El Director Académico es el encargado de implementar acciones técnico pedagógicas, programar, ejecutar, supervisar y evaluar el desarrollo de los programas promoviendo los valores éticos sociales y formación profesional, que fundamenten el desarrollo personal, social y profesional de los estudiantes, mediante la investigación y propuestas de estrategias que determine y orienten las capacidades, intereses, acciones de producción y prestación de servicios de los educandos en los diferentes programas académicos profesionales que oferte la institución. Además es el encargado del desarrollo técnico – pedagógica, depende de la Dirección General de la Institución.
Según lo especificado en el Manual de Puestos y Perfiles.
Art 56º.- BIBLIOTECA Nombre Puesto : BIBLIOTECARIO – Ubicación: SEDE PRINCIPAL. Dependencia Orgánica : Unidad Académica Dependencia Superior : Dirección Académica
OBJETIVO: El Encargado de Biblioteca es el responsable de toda la gestión de materiales de estudios (libros, revistas, folletos u otros), inherentes a los diversos programas de estudios.
Según lo especificado en el Manual de Puestos y Perfiles.
Art 57º.- DOCENTES Nombre Puesto : DOCENTES – Ubicación: SEDE PRINCIPAL. Dependencia Orgánica : Unidad Académica Dependencia Superior : Director Académico
OBJETIVO: Los docentes de Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller” son profesionales con nivel académico actualizado, responsabilidad, ética profesional, liderazgo y visión de futuro, capaces de tomar decisiones, resolver problemas y orientar su gestión a formar profesionales críticos y reflexivos para un mundo en constante cambio, enmarcados en el perfil de la gente de Mar. La labor docente implica el desempeño de funciones de enseñanza-aprendizaje, investigación, proyección social, capacitación, producción intelectual, promoción de la cultura, creación y promoción del arte, producción de bienes, prestación de servicios y otras de acuerdo con los principios y fines de la Institución.
FUNCIONES: Según lo especificado en el Manual de Puestos y Perfiles.
Art 58° - INSTRUCTORES Nombre Puesto : INSTRUCTORES – Ubicación: SEDE PRINCIPAL. Dependencia Orgánica : Unidad Académica Dependencia Superior : Director Académico
Los Instructores del Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller” son Oficiales de la Marina Mercante Peruana o profesionales y técnicos de Mar con nivel académico actualizado, responsabilidad, ética profesional, liderazgo y visión de futuro, con experiencia en el transporte Marítimo Nacional e Internacional, capaces de tomar decisiones, resolver problemas y orientar su gestión a formar profesionales
desplegar actividades novedosas para alcanzar la excelencia en nuestro quehacer institucional en las actividades educativas y de gestión. Nuestros pilares son: la medición y mejora continua de todas nuestras actividades y buscar la satisfacción de nuestro cliente.
Principios Claves Fomentar un ambiente de trabajo agradable, donde cada colaborador se sienta satisfecho, reconocido y sintonizado con la misión y visión del Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller”. Implementar iniciativas que promuevan un adecuado balance en la vida laboral – personal. Estructurar un programa de desarrollo del Talento en el Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller”, el cual permita a los colaboradores adquirir o potenciar habilidades.
Art.62º.- Sin perjuicio de lo normado, remarcando y aportando, los deberes del Personal Directivo son:
Art.63º.- Sin perjuicio de lo normado, remarcando y aportando, los derechos del Personal Directivo son:
Art.64º.- Sin perjuicio de lo normado, remarcando y aportando, los estímulos del Personal Directivo son:
a) El reconocimiento y estímulo será por su destacada labor institucional. b) Permiso por el día del maestro.
Art.65º.- Sin perjuicio de lo normado, remarcando y aportando, son deberes del Personal Docente e Instructores:
a) Cumplir con el Reglamento Institucional. b) Realizar con idoneidad y responsabilidad las funciones inherentes a la docencia. c) Velar por el bienestar del alumno. d) Reafirmar y respetar la línea axiológica del Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller”. e) Desempeñar con puntualidad, dedicación y eficiencia las actividades encomendadas. f) Perfeccionar y actualizar permanentemente sus conocimientos. g) Asistir a sesiones, reuniones, actos académicos, culturales, desfiles y otros que se realicen en el Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller” o fuera de él. h) Integrar las comisiones de trabajo y emitir los informes pedagógicos que se le soliciten. i) Cooperar con las acciones de mantenimiento y conservación de la infraestructura y bienes Institucionales. j) Ingresar al aula en horario exacto sin tolerancia. k) Asistir adecuadamente vestido. l) Practicar los valores éticos y morales, e identificándose con la Institución. m) Informar del estado de los servicios y bienes en el aula y talleres. n) Cumplir los plazos establecidos para el desarrollo académico.
Art.66º.- Sin perjuicio de lo normado, remarcando y aportando, los derechos del Personal Docente e Instructores son:
a) Elegir y ser elegido como representante docente ante el Consejo Institucional. b) Participar en comisiones de necesidad representativa institucional. c) Participar en la elaboración de los documentos institucionales, tales como el Reglamento Institucional, Manual de Puestos y Perfiles.
Art.67º.- Sin perjuicio de lo normado, remarcando y aportando, los estímulos del Personal Docente e Instructores son:
Art.71º.- Sin perjuicio de lo normado, remarcando y aportando, los derechos de los estudiantes son:
a) Ser tratado con respeto sin discriminación de ningún tipo, y ser informado de las normas que debe cumplir como estudiante. b) Durante la jornada académica tendrán diez (10) minutos de descanso en el horario fijado por la institución. c) Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de acciones extraordinarias. d) Organizarse a fin de colaborar activamente en la buena marcha institucional a través del delegado de aula elegido según normas. e) Elegir y ser elegido como representante ante el Consejo Institucional.
Art.72º.- Sin perjuicio de lo normado, remarcando y aportando, los deberes de los estudiantes son:
a) Cumplir con el horario establecido por la Institución en los turnos determinado por el Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller”. b) Cumplir las disposiciones normativas de la Institución establecidas en el Reglamento Institucional. c) Contribuir con la limpieza, mantenimiento y conservación de las aulas, talleres, laboratorios, biblioteca, equipos, mobiliarios, servicios higiénicos y demás instalaciones institucionales. d) No ingerir cualquier tipo de alimento en aulas y talleres. e) No usar el nombre ni el logotipo del Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller” en actividades no autorizadas por el Consejo Directivo y/o la Dirección General. f) Participar responsablemente en las actividades educativas e institucionales, planificadas y organizadas por la Institución. g) No propiciar actos reñidos con la moral y las buenas costumbres dentro y fuera del Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller”. h) Abstenerse de intervenir y desarrollar actividades político partidarias dentro del Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller”. i) Abstenerse de participar en actos reñidos con la moral y las buenas costumbres o que atenten contra la salud física y mental de los miembros de la comunidad educativa. j) Cultivar buenas relaciones interpersonales con los demás estudiantes y con el personal de la institución. k) Los estudiantes no deben retirarse de la institución durante su jornada académica, salvo permiso expreso del Jefe del Área Académica. l) Guardar respeto a las autoridades, personal docente e Instructores del Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller”, y a sus compañeros en general.
m) Practicar los valores éticos y morales.
Art.73°.- Sin perjuicio de lo normado, remarcando y aportando, los estímulos de los estudiantes son:
Son reconocidos con Resolución de felicitación y/o beca los siguientes:
a) Acciones de carácter social a favor de la comunidad. b) Acciones a favor de actividades productivas e institucionales. c) Acciones que conllevan la organización de actividades culturales, deportivas y sociales dentro de la institución d) Aquellas que conducen a la mejor marcha académica y o administrativa del Centro de Instrucción Acuática “Paul Müller”.
Art.74º.- Sin perjuicio de lo normado, remarcando y aportando, los mecanismos de protección a los estudiantes son:
a) El procedimiento para aplicar sanciones al estudiante según el Capítulo III éste se podrá iniciar con un informe escrito de un miembro de la comunidad educativa a la Jefatura inmediata, la que será elevada a la Dirección General con opinión escrita de la Jefatura correspondiente. b) Para el caso de asunto confidencial, este pasará directamente a la Dirección General para proceder según normas. c) El Consejo Directivo llevará un registro de estímulos y sanciones al estudiante, el que será renovado cada año.
Art.75º.- Las infracciones de los estudiantes son:
a) Leves: Llegar tarde a clases. Permanecer fuera del aula durante el desarrollo de las clases. No retornar inmediatamente a clases luego de concluido el receso diario. No estar vestido adecuadamente en aula.
b) Graves: