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El presente reglamento tiene como finalidad establecer y mantener la observancia de los principios éticos, responsabilidades y buenas prácticas en las actividades de investigación realizadas en la universidad católica los ángeles de chimbote (uladech). Establece los lineamientos, normativa, sanciones e infracciones a los investigadores, así como instaurar el cumplimiento diligente de los principios éticos, responsabilidades y las buenas prácticas en las actividades de investigación que realicen los docentes investigadores, estudiantes, egresados y los actores institucionales que participan en las actividades de investigación de la universidad. El reglamento ha sido aprobado y actualizado por el consejo universitario de la uladech en varias resoluciones durante el año 2023.
Tipo: Esquemas y mapas conceptuales
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¡No te pierdas las partes importantes!
a. Todas las investigaciones que involucren la participación de animales deben garantizar su bienestar y minimizar su sufrimiento en la aplicación estricta de protocolos de experimentación correspondiente. b. Todos los procedimiento, técnicas o protocolos que serán utilizados, deberán ser descritos y sometidos a revisión y aprobación por el Comité de Ética en Investigación. c. Se debe garantizar que todos los animales capturados en su medio natural sean transportados con condiciones adecuadas para su especie. d. Para el alojamiento de animales se debe proporcionar áreas seguras y adecuadas, libres de agentes biológicos o químicos que pudiera provocarles daño. e. La manipulación realizada debe realizarse a través de medidas de bioseguridad para evitar riesgos de daño y contaminación hacia las personas, así también, impedir el estrés o perjuicio de los animales. f. Se deberá realizar el sacrifico de un espécimen solo cuando sea estrictamente necesario y evite un mayor sufrimiento. Usar el método de eutanasia inmediata según los protocolos establecidos por la Ley para la protección y bienes de los animales domésticos y animales silvestres domesticados. Tomar en cuenta las recomendaciones del Grupo Internacional de Nuffield: Reemplazo, reducción y refinamiento en las investigaciones con animales Artículo 9. Plantas a. Priorizar las medidas de protección de la diversidad biológica, recursos genéticos y procesos biológicos, con respeto a la normativa nacional e internacional. b. En caso la investigación lo requiera, se debe presentar las autorizaciones para la extracción de plantas otorgadas por las organizaciones correspondientes. Artículo 10. Medio ambiente a. Las actividades de investigación realizadas deben garantizar no afectar al ecosistema contribuyendo de esta manera a la protección del medio ambiente. b. En caso se requiera, se debe cumplir con la presentación de las autorizaciones para investigación científica según la normativa vigente
Artículo 11. Actividades científicas Las actividades científicas se encuentran involucradas directamente con el proceso de investigación científica considerando sus etapas de formulación, ejecución, comunicación de resultados e interacción entre investigadores.
Artículo 12. Prácticas de la actividad científica Las practicas imprescindibles que se deben tener en cuenta son: a. Durante la producción, recopilación de información y tratamiento de resultados de la investigación debe primar un criterio objetivo sin influencia de intereses políticos, económicos, personales o de filiación institucional. b. El investigador debe ser responsable frente a las consecuencias e implicancias, para los participantes y la sociedad, por el desarrollo de la investigación y difusión de resultados. c. Las evaluaciones o revisiones de todo proyecto de investigación o informe final deben realizarse con imparcialidad, objetividad y de ser necesario con declaración de posibles conflictos de interés. d. Todo tipo de asignación de fondos concursables o incentivos a la investigación deben realizarse bajo un proceso riguroso de revisión y valoración de méritos de la propuesta de investigación. e. No debe producirse faltas deontológicas por incorrecciones de fabricación, falsificación, plagio o inclusión de un autor que no ha contribuido de forma sustancial en la investigación, en caso se tenga sospechas fundadas se deberá realizar la denuncia por conducta indebida y comunicar inmediatamente a las autoridades correspondientes. f. Todos los trabajos de investigación deberán cumplir lo establecido en el presente reglamento, así como el Reglamento de la Propiedad Intelectual de la universidad. g. Todas las actividades realizadas o planificadas por el investigador deben tener como prioridad evitar situaciones lesivas a personas, animales, medio ambiente o plantas. h. Todas las actividades realizadas o planificadas por el investigador deben realizarse con rigor científico para asegurar la fiabilidad, validez y credibilidad de sus procedimientos, métodos, datos y fuentes. i. El investigador deberá actuar con estricta confidencialidad sobre la información obtenida de los participantes garantizando el anonimato de los mismos. j. Los investigadores deberán aplicar los principios éticos y buenas prácticas de integridad de forma activa y estricta en todo proceso de investigación.
b. La no consumación de la infracción. c. Colaboración voluntaria para el esclarecimiento de lo acontecido. d. Corregir y resarcir la infracción realizada. Artículo 17. Factores agravantes Se podrá considerar los siguientes factores agravantes: a. No mostrar interés ni participación en los requerimientos para la investigación de lo acontecido. b. Intentar o realizar un soborno para evitar la sanción o investigación de la infracción. c. Realizar la infracción de forma deliberada y mal intencionada. d. Eliminar u ocultar información que pruebe la infracción. e. Reincidir en la infracción cometida. Artículo 18. Procedimiento Al llegar al Comité de Ética en Investigación un caso de posible infracción, su presidente deberá solicitar, si lo considera necesario, información adicional a los involucrados y el comité en pleno realizar la deliberación. Después de la determinación por parte del Comité de Ética en Investigación sobre la presencia de una infracción cometida y habiendo decidido sobre la sanción que corresponde, el presidente del Comité deberá enviar su informe al Vicerrector de Investigación para que a su vez sea presentado en el Consejo Universitario para su ejecución. El proceso desde que llega el informe de posible infracción hasta la determinación del mismo, no deberá superar los treinta (30) días calendarios. Además, él o los investigadores involucrados deberán ser informados por el Vicerrectorado de Investigación, vía correo electrónico, sobre la determinación de la infracción cometida y sanción correspondiente.
Artículo 19. Comité de Ética El Comité de Ética en Investigación vela por el cumplimiento de buenas prácticas e integridad científica de las actividades de investigación siendo la medida para asegurar la observancia del presente reglamento en los actores involucrados en la investigación.
b. Que exprese su deseo de renunciar al comité por motivos de fuerza mayor por lo que deberá presentar un documento dirigido al Vicerrectorado de Investigación explicando las causas de su decisión. c. En caso haya cometido de forma comprobada una falta en su calidad de docente según lo expresado en el Reglamento Docente de la universidad. Artículo 28. Evaluación del Comité de Ética en Investigación El Comité de Ética en Investigación elaborará un manual con los procedimientos que se debe realizar para la evaluación de las investigaciones realizadas en la universidad.
Artículo 29. Presentación de los proyectos de investigación Todos los proyectos de investigación deberán ser presentados al Comité de Ética en Investigación, adjuntando: a. Documento del proyecto de investigación en formato digital editable. b. En el caso de proyectos para optar grado o título profesional deberán adjuntar documento de presentación del asesor designado. c. En el caso de proyectos de investigación institucionales deberán adjuntar documento de presentación del Líder del Grupo de Investigación que está desarrollando el estudio. d. Para los proyectos que involucren manejo de drogas o productos terapéuticos se deberá adjuntar documento que sustente que los responsables de la investigación cuenten con preparación y experiencia en su manejo y uso. Artículo 30. Revisión, evaluación y aprobación de proyectos de investigación a) El presidente del Comité de Ética designará a uno de sus miembros para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 29 del presente reglamento. En caso presente observaciones será devuelto para la respectiva subsanación. b) El Comité de Ética deberá asignar un código de identificación a cada proyecto aceptado, el cual será exclusivo del mismo. a. En la reunión del Comité de Ética, el presidente presentará el proyecto para su revisión, evaluación y dictamen. En caso el tema lo requiera, se designará revisores especializados pertenecientes a la universidad. b. El dictamen dado por el Comité de Ética deberá estar descrito en un Informe dirigido al autor del proyecto de investigación, cuya conclusión podrá ser una de las siguientes categorías:
Título de la investigación:……………………………………………………………………………… Investigador/es:…………………………………………………………………………………………… Proyecto: Seguimiento: Informe: Items Fuente Si cumple No cumple No aplica al estudio Principio de respeto y protección de los derechos de los intervinientes Respeta, guarda la confidencialidad y la privacidad de los participantes (o fuentes) del estudio en todos los productos de la investigación científica Base de datos (apéndice) (INFORME) Presenta el documento (solicitud) de acceso a la organización (u otro) para el recojo de información/datos. Documento de autorización (INFORME) Principio de beneficencia y no maleficencia Se declara el cuidado, en todo momento, para disminuir posibles efectos adversos y maximizar los beneficios de los participantes o involucrados en la investigación científica. Principios éticos de la investigación (PROYECTO) Principio de justicia Declara las precauciones necesarias para evitar sesgos en la investigación Declaración jurada PROYECTO Declara las limitaciones en la investigación. Análisis de resultados (INFORME) Principio de Integridad y honestidad: Cuida el rigor científico en el recojo de datos Instrumento con propiedades métricas (validación y confiabilidad) PROYECTO
Respeta a la propiedad intelectual con los estándares indicados en la norma de propiedad intelectual Resultado de turnitin (INFORME) Se declaran conflictos de interés (en caso de presente) que pudieran afectar el curso del estudio o la comunicación de sus resultados. Declaración jurada de interés (INFORME) Principio Libre participación por propia voluntad Se solicita expresamente el consentimiento informado del participante y se informa que cualquier duda de la investigación será absuelta. Formato de consentimiento informado y/o Asentimiento informado sin datos del participante del estudio. (PROYECTO) Principio del cuidado del medio ambiente: Se declaran daños, riesgos y beneficios potenciales que puede afectar a los animales, las plantas, medio ambiente o a la biodiversidad involucrados en la investigación. Declaración jurada (INFORME)
La finalidad de este protocolo es informarle sobre el proyecto de investigación y solicitarle su consentimiento. De aceptar, el investigador y usted se quedarán con una copia. La presente investigación en Salud se titula:
___________________________________ y es dirigido por___________________________, investigador de la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote. El propósito de la investigación es:
Para ello, se le invita a participar en una encuesta que le tomará _____ minutos de su tiempo. Su participación en la investigación es completamente voluntaria y anónima. Usted puede decidir interrumpirla en cualquier momento, sin que ello le genere ningún perjuicio. Si tuviera alguna inquietud y/o duda sobre la investigación, puede formularla cuando crea conveniente. Al concluir la investigación, usted será informado de los resultados a través de ______________________________. Si desea, también podrá escribir al correo __________________ para recibir mayor información. Asimismo, para consultas sobre aspectos éticos, puede comunicarse con el Comité de Ética de la Investigación de la universidad Católica los Ángeles de Chimbote. Si está de acuerdo con los puntos anteriores, complete sus datos a continuación: Nombre:
Fecha:
Correo electrónico:
Firma del participante:
Firma del investigador (o encargado de recoger información): _________________
(Ciencias de la Salud) Estimado/a participante Le pedimos su apoyo en la realización de una investigación conducida por …………………………………… , que es parte de la Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote. La investigación, denominada ……………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………