Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

PARENTESCO Y DEFINICION DE CADA UNO DE ELLOS, Apuntes de Derecho Civil

especifica los tipos de parentesco

Tipo: Apuntes

2021/2022

Subido el 07/02/2024

felipe-carrillo-8
felipe-carrillo-8 🇲🇽

2 documentos

1 / 3

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
MAYRA ALEJANDRA DE LUNA MONTES.
LICENCIATURA EN DERECHO.
TEMA: CONCEPTOS
“DERECHO FAMILIAR”
AGUASCALIENTES, AGS,
pf3

Vista previa parcial del texto

¡Descarga PARENTESCO Y DEFINICION DE CADA UNO DE ELLOS y más Apuntes en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

MAYRA ALEJANDRA DE LUNA MONTES.

LICENCIATURA EN DERECHO.

TEMA: CONCEPTOS

“DERECHO FAMILIAR”

AGUASCALIENTES, AGS,

DERECHO FAMILIAR

El derecho de familia o derecho familiar es la rama del derecho civil que estudia las normas y regulaciones que atañen a las relaciones personales y patrimoniales de todo núcleo familiar. Dicho de otro modo, es el derecho aplicado a los asuntos e intereses de la familia, comprendida como núcleo de la sociedad. PARENTESCO Se denomina parentesco aquella relación jurídica que existe entre dos personas vinculadas entre sí por el hecho de pertenecer al mismo tronco común (parentesco por consanguinidad), por matrimonio (parentesco por afinidad) o por adopción (parentesco adoptivo.) Como regla general, el parentesco no supone efectos jurídicos, y sólo dispondrá de estos últimos en aquellos aspectos a los que se refiera la ley, como la determinación del tutor, los órdenes sucesorios intestados, las circunstancias que puedan agravar o atenuar la responsabilidad penal. Parentesco por consanguinidad Se establece entre personas que poseen el mismo tronco común (padre, abuelo, bisabuelo, etc.). Dentro de la consanguinidad, el parentesco puede ser directo cuando las personas descienden las unas de las otras. En este sentido, conviene establecer una distinción entre la línea recta descendente (hijos, nietos, etc.) y la ascendente (padres, abuelos, etc.). Asimismo, puede ser colateral cuando las personas no descienden entre sí, sino de un ascendiente común, como es el caso de los hermanos La serie de grados (generaciones) forma la línea y para realizar el cómputo, se cuentan tantos grados como generaciones. Por ejemplo, para saber la distancia existente entre dos hermanos (dos grados), subiremos hasta el antepasado común y bajaremos hasta el sujeto de referencia. Parentesco por afinidad Es el que se origina por el matrimonio entre los parientes por consanguinidad y adoptivos de uno de los cónyuges con el otro consorte. Este parentesco con los familiares del cónyuge es considerado por la ley en algunos supuestos. Así, la ley señala las personas a las que no se puede adoptar, o prohíbe que el notario, su cónyuge y los parientes y afines puedan ser herederos de los testamentos que aquél autorice. Parentesco por adopción