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Ordenanza para aprobación del Reglamento de Organización y Funciones, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho Administrativo

La presente es un modelo para aprobar el ROF en municipalidad distrital actualizada al 2024

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2023/2024

Subido el 08/07/2025

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PROYECTO DE ORDENANZA
ORDENANZA Nº……… -MDJM
Jesús María, ….. de Junio de 2024
ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
(ROF) Y LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS
MARIA APROBADO POR ORDENANZA N° 692-2023-MDJM, POR MODIFICACIÓN DE LA
ESTRUCTURA ORGÁNICA
El CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE JESUS MARIA
POR CUANTO: En Sesión Ordinaria N.º ….. de la fecha;
VISTO: El Informe N° 013-2024-MDJM/SG/OII de fecha 20 de mayo de 2024, de la Oficina de
Integridad Institucional, el Memorándum XX-2024-GPPDI-MDJM de fecha XX de mayo de
2024, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional; el Informe
XX-2024-OPIMGP-GPPDI-MDJM de fecha XX de junio de 2024, de la Oficina de
Planeamiento, Inversiones y Modernización de la Gestión Pública; el Informe XX-2024-
OGAJRC-MDJM de fecha XX de junio de 2024, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y
Registro Civil, el Proveído Nº XX-2024-MDJM-GM de fecha XX de junio de 2024, de la Gerencia
Municipal, el Dictamen N.º XX-2024-CDEPP de la Comisión de Economía, Planeamiento y
Presupuesto, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680,
concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N.º 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución
Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el inciso 3) del artículo 9º y el artículo 26º de la acotada norma, establece como atribución
del Concejo Municipal adoptar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno
local, administración municipal que debe adoptar una estructura gerencial sustentándose en
principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior.
Que, el artículo 28º de la referida norma legal, establece la estructura básica de los gobiernos
locales, la misma que comprende en el ámbito administrativo, a la Oficina General de Asesoría
Jurídica y Registro Civil, el Órgano de Control Institucional, la Procuraduría Pública Municipal y la
Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional; determinando que los
demás órganos de línea, apoyo y asesoría se establecen conforme lo determine cada Gobierno
Local.
Que, mediante Decreto Supremo 054-2018-PCM y sus modificatorias, se aprueban los
Lineamientos de Organización del Estado, en cuyo artículo considera los criterios para su
diseño organizacional, considerando entre los más importantes: a) Estrategia y prioridades
institucionales, y b) Bienes y servicios que presta, evaluando el nivel de cobertura y demanda,
para el caso de las municipalidades deberá aprobarse mediante Ordenanza Municipal.
Que, el artículo 43 de los mencionados Lineamientos establece que el Reglamento de
Organización y Funciones – ROF es el documento técnico normativo de gestión organizacional
que formaliza la estructura orgánica de la entidad, señalando que éste contiene las competencias
y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización,
así como sus relaciones de dependencia.
Que, el artículo 46 del mismo cuerpo normativo señala que se requiere la aprobación o
modificación de un ROF:”(…) a) Por modificación de la estructura orgánica, respecto al
incremento del número de unidades de organización por nivel organizacional o niveles
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PROYECTO DE ORDENANZA

ORDENANZA Nº……… -MDJM

Jesús María, ….. de Junio de 2024 ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA APROBADO POR ORDENANZA N° 692-2023-MDJM, POR MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA El CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE JESUS MARIA POR CUANTO: En Sesión Ordinaria N.º ….. de la fecha; VISTO: El Informe N° 013-2024-MDJM/SG/OII de fecha 20 de mayo de 2024, de la Oficina de Integridad Institucional, el Memorándum N° XX-2024-GPPDI-MDJM de fecha XX de mayo de 2024, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional; el Informe N° XX-2024-OPIMGP-GPPDI-MDJM de fecha XX de junio de 2024, de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización de la Gestión Pública; el Informe Nº XX-2024- OGAJRC-MDJM de fecha XX de junio de 2024, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Proveído Nº XX-2024-MDJM-GM de fecha XX de junio de 2024, de la Gerencia Municipal, el Dictamen N.º XX-2024-CDEPP de la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO : Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el inciso 3) del artículo 9º y el artículo 26º de la acotada norma, establece como atribución del Concejo Municipal adoptar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, administración municipal que debe adoptar una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Que, el artículo 28º de la referida norma legal, establece la estructura básica de los gobiernos locales, la misma que comprende en el ámbito administrativo, a la Oficina General de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Órgano de Control Institucional, la Procuraduría Pública Municipal y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional; determinando que los demás órganos de línea, apoyo y asesoría se establecen conforme lo determine cada Gobierno Local. Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modificatorias, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, en cuyo artículo 6º considera los criterios para su diseño organizacional, considerando entre los más importantes: a) Estrategia y prioridades institucionales, y b) Bienes y servicios que presta, evaluando el nivel de cobertura y demanda, para el caso de las municipalidades deberá aprobarse mediante Ordenanza Municipal. Que, el artículo 43 de los mencionados Lineamientos establece que el Reglamento de Organización y Funciones – ROF es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, señalando que éste contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia. Que, el artículo 46 del mismo cuerpo normativo señala que se requiere la aprobación o modificación de un ROF:”(…) a) Por modificación de la estructura orgánica, respecto al incremento del número de unidades de organización por nivel organizacional o niveles

organizacionales” b) Por modificación parcial. Este supuesto se da por la reasignación o modificación de funciones entre unidades de organización sin que se afecte la estructura orgánica o cuando la afectación de la estructura orgánica se debe a una disminución del número de unidades de organización por nivel organizacional. Que, con Ordenanza N° 692-2023-MDJM, publicada el 03 de agosto de 2023 en el Diario Oficial El Peruano y vigente desde el 04 de agosto de 2023, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Jesús María, documento de gestión institucional y de carácter técnico normativo, que establece la naturaleza, la estructura orgánica y funciones de cada unidad orgánica de esta Corporación Edil, así como los procesos principales para la ejecución del mismo. Que, el proyecto de Ordenanza que modifica el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Jesús María, aprobado por Ordenanza N° 692-2023-MDJM, por modificación de la estructura orgánica, es propuesto por la Oficina de Integridad Institucional mediante Informe N° 013-2024-MDJM/SG/OII, asimismo mediante Memorándum Nº XX-2024- OGPPDI/MDJM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional adiciona la propuesta de modificar funciones de ciertas unidades orgánicas, adjuntando y sustentando las propuestas en conjunto mediante el Informe N° XX-2024-OPIMGP-OGPPDI- MDJM elaborado por el Jefe de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Modernización de la Gestión Pública con el que se remite el Informe Técnico que sustenta la propuesta del mencionado proyecto. Que, el referido Informe Técnico señala, respecto de la Justificación de la Necesidad, que: “En primer término, la propuesta de modificación obedece a una estricta necesidad contemplada en el subnumeral 7.3.1. del numeral 7.1 del Art.° 7 de las disposiciones generales de la Directiva N° 001-2024-PCM/SIP, en el cual se establece que la Oficina de Integridad Institucional es la unidad de organización que depende directamente del titular de la entidad o de la máxima autoridad administrativa, según corresponda, para garantizar el alto nivel jerárquico y el adecuado empoderamiento para las funciones que debe realizar. Que, en cuanto al análisis de la Racionalidad, señala que: “La finalidad de la propuesta del proyecto de Ordenanza que modifica el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Jesús María, aprobado por Ordenanza N° 692-2023-MDJM, por modificación de la estructura orgánica se sustenta en lo establecido en la Directiva N° 001-2024- PCM/SIP, en donde se precisa que las entidades que cuentan con una estructura orgánica deberán de incorporar la función de integridad en cualquiera de las modalidades previstas en el numeral 7.3.1, 7.3.2 y 7.3.4 de dicha Directiva; por ende, para tal efecto habiéndose incorporado la Oficina de Integridad Institucional en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado mediante Ordenanza N° 692-2023-MDJM, bajo la modalidad del numeral 7.3.1., corresponde que esta oficina dependa jerárquicamente de la máxima autoridad administrativa; es decir, de Alcaldía, mas no de la Secretaría General como actualmente figura en el ROF y adicionalmente el presente informe propone la modificación de funciones alusivas a inversiones de ciertas unidades orgánicas, con el fin que la capacidad de las unidades de organización como Unidades Formuladoras y Unidades Ejecutoras de Inversiones no se encuentre como capacidad expresa en el ROF a solo algunas áreas, permitiendo que todas en general puedan desarrollar esta capacidad en concordancia con lo dictado en la normatividad del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe)” Que, respecto del análisis de Recursos Presupuestales, la referida unidad orgánica señala que los gastos que genere la propuesta del proyecto de Ordenanza que modifica el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Jesús María, aprobado por Ordenanza N° 692-2023-MDJM, por modificación de la estructura orgánica, se encuentran contemplados dentro de la programación del Presupuesto Institucional Modificado (PIM) de la Municipalidad, de acuerdo a la Ley N° 31953, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; concluyendo que la propuesta de modificación en mención ha sido elaborada en observancia de la normatividad vigente. Que, mediante Informe N°XX-2024-OGAJRC/MDJM, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil señala que de la revisión del texto del proyecto de Ordenanza que modifica el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Jesús María, aprobado por Ordenanza N° 692-2023-MDJM, por modificación de la estructura orgánica y modificación

PRIMERA.- Aprobar el anexo N.º 01 y el Anexo N.º 02 de modificación al Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Jesús María, aprobado mediante Ordenanza N.º 692-2023-MDJM. SEGUNDA.- Encargar a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación z REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.