Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

Los derechos humanos de los ciudadanos, Apuntes de Psicología Educacional

Nombran cada derecho del ser humano

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 11/04/2021

stalin-marcillo
stalin-marcillo 🇪🇨

2

(1)

5 documentos

1 / 4

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE CIENCIAS PSICOLÓGICAS
ASIGNATURA: PSICOLOA, ÉTICA Y DERECHOS HUMANOS
Grupo: #4
Semestre: III
Paralelo: PSI-S-NO-3-7
Ciclo I
INTEGRANTES:
ANDRADE SOLORZANO INÉS MERCEDES.
BOHÓRQUEZ BUSTAMANTE DALIDA ELOISA.
FABRE MARTÍNEZ DANIELA IVANNA.
QUINDE LARA DAYANNA JENNIFFER.
MAZÓN LÓPEZ ALBERTO MARTIN.
TORRES NARANJO JOSELYNE CRISTINA.
VIEJO ERAS JULISSA VIOLETA.
DOCENTE:
José Antonio Rodas
Periodo lectivo:
2020
pf3
pf4

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Los derechos humanos de los ciudadanos y más Apuntes en PDF de Psicología Educacional solo en Docsity!

UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

FACULTAD DE CIENCIAS PSICOLÓGICAS

ASIGNATURA: PSICOLOGÍA, ÉTICA Y DERECHOS HUMANOS

Grupo:

Semestre: III

Paralelo: PSI-S-NO-3- Ciclo I

INTEGRANTES:

ANDRADE SOLORZANO INÉS MERCEDES.

BOHÓRQUEZ BUSTAMANTE DALIDA ELOISA.

FABRE MARTÍNEZ DANIELA IVANNA.

QUINDE LARA DAYANNA JENNIFFER.

MAZÓN LÓPEZ ALBERTO MARTIN.

TORRES NARANJO JOSELYNE CRISTINA.

VIEJO ERAS JULISSA VIOLETA.

DOCENTE:

José Antonio Rodas

Periodo lectivo: 2020

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS

HUMANOS

Educación Artículo 26

  1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estu- dios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
  2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los dere- chos humanos y a las libertades funda- mentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
  3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos

LEY ECUATORIANA

CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR

Educación

Art. 26.- La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo. Art. 27.- La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura física, la iniciativa 28 individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar. La educación es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la construcción de un país soberano, y constituye un eje estratégico para el desarrollo nacional. Art. 28.- La educación responderá al interés público y no estará al servicio de intereses individuales y corporativos. Se garantizará el acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna y la obligatoriedad en el nivel inicial, básico y bachillerato o su equivalente. Es derecho de toda persona y comunidad interactuar entre culturas y participar en una sociedad que aprende. El Estado promoverá el diálogo intercultural en sus múltiples

Art. 7.- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

LEY ECUATORIANA

CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR

Principios de aplicación de los derechos

Art. 11.- EI ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios: Códigos

1. Los derechos se podrán ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva ante las autoridades competentes; estas autoridades garantizarán su cumplimiento. 2. Todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio- económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que te nga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación. El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad.