Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

Derechos humanos en prisiones de Panamá durante COVID-19, Monografías, Ensayos de Derecho Común

El análisis de la vulneración de derechos humanos en el sistema penitenciario de Panamá durante la pandemia de COVID-19. Se examinan los mecanismos de protección adoptados por el país, las barreras sanitarias y la aplicación de garantías inalienables para las personas privadas de libertad. Se resalta la falta de acceso a servicios de salud y la sobrepoblación en las cárceles, entre otras preocupaciones.

Qué aprenderás

  • Qué barreras sanitarias han sido identificadas como principales en el contexto de la pandemia?
  • Cómo se han aplicado las garantías inalienables para las personas privadas de libertad durante la pandemia de COVID-19?

Tipo: Monografías, Ensayos

2020/2021

Subido el 19/10/2021

macape-airanac
macape-airanac 🇨🇴

5 documentos

1 / 8

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
Análisis de resultados
A partir de la recopilación de información obtenida, logramos evidenciar que tanto
para los autores, artículos de prensa y documentos de estudio, entre otros, se evidencia en
gran medida la vulneración de los derechos humanos en el sistema penitenciario de la
republica de panamá, la presente investigación demostrara que, en época de pandemia, la
crisis agudizo el trato digno para los reclusos.
Conforme a lo anterior analizaremos los resultados en la aplicación de los
mecanismos de protección adoptados por panamá, en cuanto contexto civil y político, los
derechos humanos engranados a proteger un trato justo a todos los individuos, se encuentra
vinculada en el orden constitucional, no obstante, identificamos inicialmente, el limitado
acceso que tienen los reclusos para elevar denuncias ante el comité o la corte
interamericana de derechos humanos, puesto que entre los años 2010 a 2021, tan solo se
reconocen tres sentencias emitidas por la CIDH, las cuales obligan al estado a garantizar
un trato digno.
En segundo lugar, dentro de los instrumentos internacionales con los que cuentan
las personas que son víctimas de violaciones en sus garantías constitucionales, a pesar de
que como consecuencia a sus acciones se encuentren recluidos en una cárcel o
penitenciaria, solo se conocen los escasos y deficientes tramites que ejecutan las entidades
internas.
Como variable determinante durante el primer pico de la pandemia, se consideró
como principal barrera sanitaria, el hacinamiento, en centros donde la sobrepoblación
haciende rápidamente, internados dentro de una infraestructura deteriorada, ayudo a elevar
los casos aceleradamente y los descensos en ese periodo.
pf3
pf4
pf5
pf8

Vista previa parcial del texto

¡Descarga Derechos humanos en prisiones de Panamá durante COVID-19 y más Monografías, Ensayos en PDF de Derecho Común solo en Docsity!

Análisis de resultados A partir de la recopilación de información obtenida, logramos evidenciar que tanto para los autores, artículos de prensa y documentos de estudio, entre otros, se evidencia en gran medida la vulneración de los derechos humanos en el sistema penitenciario de la republica de panamá, la presente investigación demostrara que, en época de pandemia, la crisis agudizo el trato digno para los reclusos. Conforme a lo anterior analizaremos los resultados en la aplicación de los mecanismos de protección adoptados por panamá, en cuanto contexto civil y político, los derechos humanos engranados a proteger un trato justo a todos los individuos, se encuentra vinculada en el orden constitucional, no obstante, identificamos inicialmente, el limitado acceso que tienen los reclusos para elevar denuncias ante el comité o la corte interamericana de derechos humanos, puesto que entre los años 2010 a 2021, tan solo se reconocen tres sentencias emitidas por la CIDH, las cuales obligan al estado a garantizar un trato digno. En segundo lugar, dentro de los instrumentos internacionales con los que cuentan las personas que son víctimas de violaciones en sus garantías constitucionales, a pesar de que como consecuencia a sus acciones se encuentren recluidos en una cárcel o penitenciaria, solo se conocen los escasos y deficientes tramites que ejecutan las entidades internas. Como variable determinante durante el primer pico de la pandemia, se consideró como principal barrera sanitaria, el hacinamiento, en centros donde la sobrepoblación haciende rápidamente, internados dentro de una infraestructura deteriorada, ayudo a elevar los casos aceleradamente y los descensos en ese periodo.

Ahora bien, en cuanto la aplicación de garantías inalienables con las que cuentan las personas que se hallan privadas de la libertad en la época de pandemia quedaron más que mancillados. En el último periodo el acceso al sisma de salud fue nulo, toda vez que las condiciones de instalaciones de todas las cárceles de panamá son indignas, efectivamente no se cuenta con un mecanismo sanitario medianamente bueno, no existen suficientes áreas de higiene y más de desinfección, factores que conducen la degradación del recluso y al potencial peligro de contagio y propagación del virus. El informe realizado por (Open Society Justice Initiative, 2020), resalta “ En el contexto de la pandemia de COVID-19, el servicio de salud debe asesorar activamente sobre las medidas de higiene y limpieza necesarias para proteger la salud de los reclusos, a la luz de las recomendaciones emitidas por los organismos internacionales ”, en esta investigación, se confronto la respuesta de los centros penitenciarios en panamá durante la pandemia, pero con tan limitados recursos, escasamente se suministraron tapabocas y flyers o posters para sensibilizar sobre el virus, pero su efectividad fue insuficiente. Ahora bien en cuanto al cumplimiento de las directrices de las naciones unidas por parte del estado panameño, encontramos que durante el 2020 el sistema penitenciario focalizo sus esfuerzos para rebajar penas a personas mayores de 60 años o con patologías crónicas que pudieran afectar sus sistema inmune a causa del virus, así lo estableció el (Informe de Situación Reporte No 15 - Covid-19, 2002), de la Organización Panamericana de la Salud. Con base en lo anterior, podemos evidenciar que estas medidas, no aliviaron el impacto en los índices de mortalidad y letalidad que causo el virus, puesto que esos planes de acción, no disminuyeron el hacinamiento. Este seguirá siendo un factor negativo en las garantías supranacionales de los internados en las cárceles de panamá.

primordialmente en el trato a los sujetos privados de la libertad en tiempos de pandemia con el Covid-19 a lo largo del año 2020 y parte del 2021 ha sido un tema que ha llamado bastante la atención en varios países latinoamericanos. Si bien se han logrado avances considerables en materia de derechos humanos en los últimos años, la adopción de tratados internacionales es de gran importancia para garantizar la protección de los mismos y adecuar la legislación interna a los compromisos asumidos por Panamá, cumplir con el derecho internacional. En este sentido, Panamá ha ratificado siete de los ocho principales tratados de derechos humanos de Naciones Unidas, la convención sobre los derechos del niño; el pacto internacional de derechos civiles y políticos; el pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales; y la convención sobre la tortura, la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial, la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y varias convenciones americanas para la protección de los derechos humanos. En el país se han promulgado muchas leyes destinadas a esta protección, que intentan incorporar compromisos internacionales en la materia a la legislación nacional. El Estado de Panamá continúa implementando políticas encaminadas a dar cumplimiento a la Ley N ° 55 del 30 de julio de 2003, que regula el sistema penitenciario y adopta estándares modernos y humanos para tratar a las personas privadas de libertad; en este sentido, construyó nuevos pabellones, centros de salud para centros penitenciarios como La Joya y La Joyita para mantener la mayor población carcelaria. Además de la ley de reducción y exención de multas laborales, para las que se acondicionaron dos salas para la realización de audiencias, el imputado participa en las

audiencias e implementan el plan de detención, a través de cintas de video de los centros penitenciarios de La Joya y La Joyita. Sin embargo, cabe señalar que aún existe hacinamiento en las cárceles, las últimas estadísticas de la Dirección General del Sistema Penitenciario muestran que la población carcelaria en el país es de 10.804, la cual solo tiene una capacidad máxima para 7. personas privadas de libertad; además, las cárceles han sido atendidas y los presos condenados fueron parcialmente puestos en cuarentena; de igual forma continuaron las quejas por los deficientes servicios médicos , recursos y suministros de las recientemente construidas "Joya y Joyita" (Vivanco, 2020). Sin acceso a las condiciones, relaciones y ambiente que imposibilitan a algunas personas, los detenidos son sujetos de derechos. Como se establece en el artículo 4 de la Ley Penal (55/2003), esto es lo que dice el marco internacional de derechos humanos y lo que dice la legislación nacional; la libertad es el único derecho que se encuentra suspendido o restringido; de lo contrario, su estatus legal es el mismo que el de una persona libre. Sin embargo, en las cárceles panameñas, como es comúnmente en América Latina, el hacinamiento como la infraestructura y el saneamiento son deficiente, mínimos e inadecuados, añadiendo los diferentes tipos de violencia que se presentan en estos centros, son un problema derechos humanos básicos. Durante la pandemia estas condiciones de vida se vuelven más críticas o peores. Igualmente es constante la preocupación del hacinamiento de las cárceles panameñas. El número de presos en Panamá es de aproximadamente 17.800. Según datos del gobierno, hasta el 4 de junio, 665 prisioneros habían sido infectados con el coronavirus, en la prisión de San Diego en Veraguas, 313 de los 500 detenidos dieron positivo al coronavirus, uno de ellos murió. Respecto a este último, la Dirección General del Sistema

Para asegurar las medidas de protección señaladas por las diferentes organizaciones de la salud y de igual forma garantizar el artículo 109 de la Constitución de la República panameña en sus cárceles, se realizaron todos los ajustes, ya que aclararon que velar por la salud de la población es una función básica del Estado. Como parte de la comunidad, las personas tienen derecho a promover, proteger, mantener, restaurar la salud, y tienen la obligación de mantener la salud, que se entiende como salud física y mental completa. Debido a los constantes cambios sociales, políticos, económicos y administrativos, la reforma penitenciaria se encuentra en un proceso continuo. Por lo tanto, el desarrollo y mantenimiento de instituciones penales menos dañinas también es un proceso continuo. La experiencia y la historia han demostrado que los esfuerzos por reformar las cárceles realmente pueden dar sus frutos. Varios países de América Latina han comenzado a realizar reformas estructurales y coordinadas a las cárceles, en algunos casos han tenido un impacto positivo. Se necesita trabajar bastante para defender los derechos humanos, construir una comunidad segura y promover la justicia social.

Bibliografía Open Society Justice Initiative, 2020: , (Open Society Justice Initiative, 2020), Informe de Situación Reporte No 15 - Covid-19, 2002: , (Informe de Situación Reporte No 15 - Covid-19, 2002), (Montoya, 2020: , (Montoya, 2020), Vivanco, 2020: , (Vivanco, 2020), (Rodríguez Blanco, 2020: , (Rodríguez Blanco, 2020),