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Delitos en Procreación Asistida y Inseminación Artificial en Michoacán, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho Penal

En este ensayo se presentan los cinco artículos del código penal de michoacán que regulan la procreación asistida y la inseminación artificial. Se explicará el contenido de cada artículo y su significado legal. El documento aborda temas como el uso ilegal de óvulos o espermatozoides, la inseminación artificial sin consentimiento, la punibilidad para agentes cualificados y la persecución por querella.

Qué aprenderás

  • ¿Qué artículos del Código Penal de Michoacán regulan la procreación asistida y la inseminación artificial?
  • ¿Qué penas se imponen a quienes utilizan óvulos o espermatozoides sin el consentimiento de los donantes?

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2020/2021

Subido el 02/06/2022

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INTRODUCCIÓN
A continuación, en este presente ensayo se dará a conocer el tipo penal
Procreación Asistida e Inseminación Artificial” en el cual se encuentran cinco artículos
implementados en este:
Art.147 Disposición ilícita de óvulos o esperma
Art.148 inseminación artificial
Art. 149 procreación asistida
Art. 150 punibilidad para agentes cualificados
Art. 151 persecución por querella
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¡Descarga Delitos en Procreación Asistida y Inseminación Artificial en Michoacán y más Guías, Proyectos, Investigaciones en PDF de Derecho Penal solo en Docsity!

INTRODUCCIÓN

A continuación, en este presente ensayo se dará a conocer el tipo penal “Procreación Asistida e Inseminación Artificial” en el cual se encuentran cinco artículos implementados en este:  Art.147 Disposición ilícita de óvulos o esperma  Art.148 inseminación artificial  Art. 149 procreación asistida  Art. 150 punibilidad para agentes cualificados  Art. 151 persecución por querella

En el código penal del estado de Michoacán en el título segundo capítulo único se encuentra este, a continuación, mencionó los artículos que este contiene y los explicaré a como los entendí: Art.147 Disposición ilícita de óvulos o esperma. Este consiste en qué las personas que utilicen óvulos o espermas para otras finalidades diferentes a las que los donantes dieron su consentimiento pues se les impondrá de dos a cinco años de prisión y de cincuenta a cuatrocientos días de multa. Un ejemplo de ese podría ser que los del laboratorio utilicen otras sustancias químicas que no le hacen ningún bien al esperma y al final no se conciba el producto. Art.148 inseminación artificial. Primero partiré sobre que una inseminación artificial es cuando la mujer se somete a un tratamiento médico en donde a través de una pequeña intervención médica que hace un especialista logran hacer que la mujer quede embarazada y que por algún motivo de manera natural o relación sexual no es posible embarazarse. Este articulo básicamente nos dice que a quien realice inseminación artificial a las mujeres mayores de 18 años sin su consentimiento o a mujeres menores de edad con consentimiento o en mujeres que tengan alguna discapacidad de comprenderlo se les impondrá de 3 a 6 años de prisión. Y también menciona que si la inseminación se realiza con violencia o de está resulta un embarazo se le impondrá de 4 a 12 años de prisión. Un ejemplo fácil es suponer que el novio o el esposo quiere que la mujer se embarace, pero ella por motivos personales no quiere y entonces pasa el tiempo y la mujer va con un especialista para una operación estética entra al quirófano y lógicamente cómo está anestesiada pues le practican la inseminación artificial y no se da cuenta de lo que le hicieron y ahí caeríamos en el supuesto de que no hubo voluntad de la mujer.

CONCLUSIÓN

Para finalizar, este tema es muy complejo porque son varios los supuestos mediante los cuales se puede practicar una reproducción asistida. Además, dentro del concepto de reproducción asistida podrá incluirse cualquier otra técnica artificial que nacida en el futuro se dirija a lograr la fecundación de la mujer. Entendí que dentro de los supuestos de reproducción asistida encontramos la inseminación artificial como técnica más usual, que consiste en introducir semen de varón en los genitales internos de la mujer mediante instrumentos adecuados y procurar la fecundación del óvulo en el útero de esta. La inseminación artificial constituye, por tanto, una posibilidad de lograr el embarazo en una mujer mediante esta técnica de reproducción asistida. Al tratarse la inseminación artificial de una técnica de reproducción asistida, su realización constituye, en principio, un método licito que se aplica en los supuestos de esterilidad considerada como una enfermedad. Ahora bien, la intervención penal se concreta en el supuesto en que la reproducción asistida sea no consentida, y, en concreto, tal conducta se recoge como típica en los artículos anteriores. La conducta típica se refiere a la aplicación a una mujer de una de las técnicas de reproducción asistida, incluyendo la inseminación artificial, la fecundación, transferencia de embriones, y la transferencia de pre embriones obtenidos de otra mujer, sin su consentimiento.