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Historia del Derecho Civil: Romano, Medieval, Germánico y Moderno, Apuntes de Derecho Civil

Una visión general de la historia del derecho civil desde la etapa romana hasta la moderna. Se abordan las diferentes etapas, sus características y las influencias que han tenido en el desarrollo del derecho civil. Se incluyen las luchas entre el derecho romano y los derechos indígenas, germánicos y canónicos, así como el auge histórico del derecho civil y sus desarrollos modernos.

Qué aprenderás

  • ¿Cómo han evolucionado los sistemas de derecho civil en la era moderna?
  • ¿Cómo se desarrolló el Derecho Civil durante la etapa romana?
  • ¿Cómo se fusionaron el Derecho Romano y los derechos indígenas, germánicos y canónicos durante la Edad Media?

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 08/10/2019

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Contenido
Historia del derecho civil
Etapa romana
Etapa medioeval
Periodo germánico
El auge histórico del derecho civil
Desarrollos modernos del derecho civil
Historia del derecho civil
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¡Descarga Historia del Derecho Civil: Romano, Medieval, Germánico y Moderno y más Apuntes en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

Contenido

Historia del derecho civil

Etapa romana

Etapa medioeval

Periodo germánico

El auge histórico del derecho civil

Desarrollos modernos del derecho civil

Historia del derecho civil

La identificación material entre los Códigos y el Derecho Civil resulta, hoy en día, inaceptable de forma mayoritaria por evidentes razones. Por importantes que puedan ser los Códigos Civiles, es obvio que el Derecho Civil no quedó petrificado en ellos, sino que la legislación posterior y las coordenadas sociales en general han diversificado su contenido, cuando no han roto algunos de los principios básicos en que se asentaba la regulación codificada. Ante ello, abandonando la identificación material, la doctrina contemporánea procura acercarse a la noción de Derecho Civil desde otras bases, aunque se encuentre dividida en dos planteamientos diversos que se presentan como antitéticos: planteamiento historicista y planteamiento racionalista o apriorístico. Los defensores del primero de ellos mantienen el apego o la inherencia del Derecho civil a la evolución histórica, con lo que, acentúan su característica de mutabilidad, de cambio o de cambio evolutivo.

Al contrario, los seguidores del planteamiento apriorístico o racionalista puro, hacen hincapié en la nota de permanencia del Derecho civil desde una perspectiva metahistórica, aunque desde luego no lleguen hasta el extremo de negar la contingencia histórica de la mayor parte de las instituciones civiles. La contraposición referida está dirigida a realzar las diversas posibilidades de la conceptuación del Derecho civil en términos teóricos. En realidad, doctrinalmente hablando, resulta sumamente difícil encontrar manifestaciones puras y radicales de ambas posturas, lo normal son las posiciones intermedias y sumamente matizadas. Lo que pretenden subrayar los aprioristas no es la existencia permanente (siempre con las mismas características) de un conjunto normativo llamado “Derecho civil”, sino la conexión de las históricas formas del mismo con principios que normalmente se reconocen como tributarios del Derecho natural. A su vez, los historicistas subrayan el aspecto más inmediato de la mutabilidad y evolución de las instituciones jurídicas, sin que ello implique el desconocimiento o negación de las relaciones de las mismas con los presupuestos o principios del denominado Derecho natural.

Etapa romana

ellos estaban los anglosajones de Inglaterra, los francos de Alemania occidental y el norte de Francia, los borgoñones, los visigodos del sur de Francia y España y los lombardos de Italia. Aunque las tradiciones del derecho romano perduraron durante algún tiempo, las costumbres germánicas prevalecieron en la mayoría de las regiones. En la Edad Media, estas costumbres experimentaron un crecimiento vigoroso en un esfuerzo por satisfacer las complejas necesidades derivadas del desarrollo del feudalismo y la caballería, el crecimiento de las ciudades, la colonización oriental, el aumento del comercio y una cultura cada vez más refinada. Entre las muchas hebras que entraron en el tejido del complejo patrón de la ley medieval, las costumbres de los comerciantes y la ley canónica de la Iglesia Católica Romana fueron de especial importancia. Fue principalmente a través de la ley canónica que los conceptos e ideas de la antigua Roma continuaron haciendo sentir su presencia incluso cuando, en general,La ley romana misma había sido olvidada. A finales del siglo XI, el derecho romano fue redescubierto e hizo el tema del estudio y la enseñanza aprendidos por los estudiosos en el norte de Italia, especialmente en Bolonia. Con la creciente demanda de jueces y administradores entrenados, primero por las ciudades-repúblicas italianas y luego por los príncipes en otras localidades, los estudiantes acudieron a Bolonia desde toda Europa, hasta el estudio y la enseñanza del derecho fueron adquiridos gradualmente por las universidades locales. Como resultado de este proceso, la ley romana penetró en la administración de justicia al norte de los Alpes, especialmente en Alemania y los Países Bajos, donde la influencia de la ley romana se hizo particularmente fuerte.

Desarrollos modernos del derecho civil

En la última parte del siglo XX y hasta el siglo XXI, los sistemas de derecho civil sufrieron modificaciones sustanciales como resultado de las fuentes cambiantes de la ley en los estados regulatorios, burocráticos modernos. Prácticamente todos

los sistemas de derecho civil modernos han hecho un uso cada vez mayor del derecho legal no codificado para regular amplias áreas de la vida social y económica.

Dicha legislación generalmente cae fuera del alcance de los códigos civiles tradicionales, incluso cuando aborda cuestiones relacionadas con contratos o delitos, áreas de la ley que tradicionalmente se regían por los códigos. Además, debido a que gran parte de la ley estatutaria moderna es administrada por agencias reguladoras, carece del marco conceptual sistemáticamente integrado característico de los códigos de ley civil, que fueron moldeados por las tradiciones legales y culturales. La ley estatutaria contemporánea tiende a reflejar el papel mucho más amplio del estado en la sociedad moderna, incluso en las áreas tradicionalmente consideradas como parte de la ley “privada”. Además, tanto el derecho constitucional como el derecho internacional. Han reflejado una preocupación más amplia por los derechos fundamentales en formas que también hacen que el derecho civil sea más público en su orientación. Tales desarrollos en el derecho moderno han tenido importantes implicaciones para el contenido y alcance tradicional del derecho civil. La influencia y la prominencia de los códigos clásicos han retrocedido, ya que muchos sistemas legales basados en códigos ahora dependen de áreas extensas de “legislación especial” no codificada, así como de la jurisprudencia de los tribunales nacionales y supranacionales. Las divisiones tradicionales de las áreas del derecho dentro de los códigos civiles se han vuelto cada vez más inciertas a medida que la ley aborda nuevos problemas, como la protección del consumidor. Y el derecho deportivo, que no fueron contemplados por las categorías legales anteriores. Las preocupaciones de derecho público se han extendido en casi todas las áreas del derecho civil: los principios de igualdad de trato, por ejemplo, han transformado completamente las disposiciones de derecho civil patriarcales de los códigos civiles en todas partes.

Bibliografía

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