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Orientación Universidad
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filosofía de la educación en República Dominicana, Monografías, Ensayos de Historia y Filosofía

historia, El racionalismo Hostosiano, Bases filosóficas de la educación dominicana Principios y fines de la educación Dominicana ley general 66-67

Tipo: Monografías, Ensayos

2019/2020
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Nombre
Yireny del Rosario de Jesús
Matricula
2017-3101518
Asignatura
Historia y filosofía de la educación dominicana
Tema
Filosofía de la educación en República Dominicana
Facilitadora
Jacqueline Paulino
Tarea # 4
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Nombre Yireny del Rosario de Jesús Matricula 2017- Asignatura Historia y filosofía de la educación dominicana Tema Filosofía de la educación en República Dominicana Facilitadora Jacqueline Paulino

Tarea # 4

Filosofía de la educación en república dominicana

Historia:

En base al mejoramiento de la enseñanza, Hostos reaccionó ante la impresión católica que ofrecía la instrucción y fundó en el año 1880, la primera Escuela Normal, con la autorización del gobierno de turno, así como también el Instituto Profesional. En la Escuela Normal se forjaría una pléyade de maestros que iluminados por las nuevas ideas, tendrían la alta misión de difundir la cultura. A partir de éste hecho, por primera vez en la historia del país la educación habría de hacerse por canales naturales, adoptando la enseñanza a las necesidades de los estudiantes, haciendo agradable la tarea de aprender, porque los conocimientos se iban dando en forma evolutiva, satisfaciendo el hombre de saber sin provocar indignación, abriendo ventanas en la conciencia para que la razón fuera ensanchando los horizontes de la reflexión y la claridad del juicios trajera como la ultima consecuencia la asimilación de lo verdadero. Hostos implanto una pedagogía científica en contra de la corriente tradicionales de memorizar y aceptar, como verdadero e indiscutible, hechos que no eran demostrables, porque no resistían el análisis de una mente inquisidora. Las verdades que no se demuestran son dogmas, conclusiones que se imponen.

Filosofía de La Educación En Rep. Dom.

Prof. Sugeiri Jimenez

Para el año de 1879, fecha en que llega Eugenio María de Hostos a Santo Domingo, la educación estaba atravesando por una situación poco satisfactoria o mejor dicho desastrosa, desde el puno de vista cualitativo como cuantitativo. Las causas son de naturaleza diversa, pero se destacan fundamentalmente la política económica y el pensamiento escolástico de la época. En aquellos tiempos solo contábamos con centro educativos en las principales ciudades del país (Santo Domingo, Santiago, La Vaga entre otros) donde se impartían los primeros rudimentos de la enseñanza. Existían además algunos Colegios de Particulares. La Universidad se hallaba cerrada desde los días de la ocupación haitiana. La educación no estaba orientada conforme a un plan uniforme y científico, aunque existían maestros de gran valor y erudición, su labor se limitaba casi exclusivamente a la enseñanza litería.

Filosofía Educativa: Siendo de origen puertorriqueño, Eugenio María de Hostos, a quien también se le llamó el Ciudadano de América, contribuyó grandemente en la educación dominicana. El insigne educador, fundó en el país la Escuela Normal Preparatoria en el año 1880, dando origen a las Escuelas Normales en la República Dominicana. Además del área pedagógica se destacó como político, sociólogo, moralista y escritor.

Principios y Fines de la Educación:

Nuestro prócer mayagüezano promovía una pedagogía basada en la ciencia, en la razón científica, altamente inspirada en los valores morales como la responsabilidad, el deber y la defensa por los derechos, una pedagogía tomando en consideración las experiencias del alumno y su motivación y enfocada en el proceso de atender para entender. Para Hostos la atención tenía una importancia capital en el proceso de aprendizaje. Para él, el fin de la educación es social por lo que la educación es una empresa social. Pamela 15- Paula 15-0725. Katerine 15- Yocairy 15- Alvaro Torres 10-

Eugenio María de Hostos.

Estado de la Educación en Santo Domingo a la llegada de Hostos.

Friedrich Fröbel Principios pedagógicos

Naturalidad: Pestalozzi indicó que sólo la educación podía realizarse conforme a una ley (armonía con la Naturaleza). De este principio se deriva la necesidad de libertad en la educación del niño; es preciso que esté libre, para que pueda actuar a su modo en contacto con todo lo que le rodea (ambiente). -Formar personas, hombres y mujeres, libres, críticos y creativos, capaces de participar y constituir una sociedad libre, democrática y participativa, justa y solidaria; aptos para cuestionarla en forma permanente; que combinen el trabajo productivo, el servicio comunitario y la formación humanística, científica y tecnológica con el disfrute del acervo cultural de la humanidad, para contribuir al desarrollo nacional y a su propio desarrollo; -Formar ciudadanos amantes de su familia y de su Patria, conscientes de sus deberes, de sus derechos y de sus libertades, con un profundo sentido de responsabilidad y de respeto a la dignidad humana; Educar para el conocimiento de la dignidad y la igualdad de derechos entre hombres y mujeres; -Crear y fortalecer una conciencia de identidad de valoración e integración nacional, en un marco de convivencia internacional, enalteciendo los derechos humanos y las libertades fundamentales, -procurando la paz universal con base en el reconocimiento y respeto de los derechos de las naciones; -Formar para la comprensión, asimilación y desarrollo de los valores humanos y trascendentes: intelectuales, morales, éticos, estéticos y religiosos; -Formar recursos humanos calificados para estimular el desarrollo de la capacidad productiva nacional basada en la eficiencia y en la justicia social.

Art. 4.- La educación dominicana se fundamenta en los siguientes principios:

El racionalismo Hostosiano:

a. La educación es un derecho permanente e irrenunciable del ser humano. Para hacer efectivo su cumplimiento, cada persona tiene derecho a una educación integral que le permita el desarrollo de su propia individualidad y la realización de una actividad socialmente útil; adecuada a su vocación y dentro de las exigencias del interés nacional o local, sin ningún tipo de discriminación por razón de raza, de sexo, de credo, de posición económica y social o de cualquiera otra naturaleza;

Ya que Eugenio María De Hostos fue el más sobresaliente en la fundación de nuestro sistema educativo podemos decir que las bases de la educación dominicanas están sustentadas en muchas de las concepciones que el estableció como las antes vista que serian:

5. Ley general de educación 66-67, cuales son su alcance y objetivo

DEL OBJETO Y ALCANCE DE LA LEY

Art. 1.- La presente ley garantiza el derecho de todos los habitantes del país a la educación. Regula, en el campo educativo, la labor del Estado y de sus organismos descentralizados y la de los particulares que recibieren autorización o reconocimiento oficial a los estudios que imparten. Esta ley, además, encauza la participación de los distintos sectores en el proceso educativo nacional. Párrafo.- Los asuntos específicos relacionados con la Educación Superior de leyes especiales, complementarias a la presente ley. Art. 2.- A partir de la promulgación de la presente ley la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos se denominará Secretaría de Estado de Educación y Cultura. Art. 3.- Esta ley regula las atribuciones de la Secretaría de Estado de Educación y Cultura como representante del Estado en materia de la educación, de la cultura y del desarrollo científico y tecnológico del país en el ámbito de su jurisdicción.

6. Principios y fines de la educación Dominicana

Art. 4.- La educación dominicana se fundamenta en los siguientes principios: a) La educación es un derecho permanente e irrenunciable del ser humano. Para hacer efectivo su cumplimiento, cada persona tiene derecho a una educación integral que le permita el desarrollo de su propia individualidad y la realización de una actividad socialmente útil; adecuada a su vocación y dentro de las exigencias del interés nacional o local, sin ningún tipo de discriminación por razón de raza, de sexo, de credo, de Posición económica y social o de cualquiera otra naturaleza; b) Toda persona tiene derecho a participar de la vida cultural y a gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones;

c) La educación estará basada en el respeto a la vida, el respeto a los derechos fundamentales de la persona, al principio de convivencia democrática y a la búsqueda de la verdad y la solidaridad; d) La educación dominicana se nutre de la cultura nacional y de los más altos valares de la humanidad y está a su servicio para enriquecerlos; e) Todo el sistema educativo dominicano se fundamenta en los principios cristianos evidenciados por el libro del Evangelio que aparece en el Escudo Nacional y en el letra "Dios, Patria y Libertad"; f) El patrimonio histórico, cultural, científico y tecnológico universal, y el propio del país, son fundamentos de la educación nacional; g) La familia, primera responsable de la educación de sus hijos, tiene el deber y el derecho de educarlos. Libremente, decidirá el tipo y la forma de educación que desea para sus hijos; h) La educación, como medio del desarrollo individual y factor primordial del desarrollo social, es un servicio de interés público nacional, por lo que es una responsabilidad de todos. El Estado tiene el deber y la obligación de brindar igualdad de oportunidad de educación en cantidad y calidad, pudiendo ser ofrecida por entidades gubernamentales y no gubernamentales, con sujeción a los principios y normas establecidas en la presente ley; i) La educación dominicana se fundamenta en los valores cristianos, éticos, estéticos, comunitarios, patrióticos, participativos y democráticos en la perspectiva de armonizar las necesidades colectivas con las individuales; j) Es obligación del Estado, para hacer efectivo el principio de igualdad de oportunidades educativas para todas las personas, promover políticas y proveer los medios necesarios al desarrollo de la vida educativa, a través de apoyos de tipo social, económico y cultural a la familia y al educando, especialmente de proporcionar a los educandos las ayudas necesarias para superar las carencias de tipo familiar y socioeconómico; k) La libertad de educación es un principio fundamental del sistema educativo dominicano, de conformidad con las prescripciones de la Constitución;

libertades fundamentales, procurando la paz universal con base en el reconocimiento y respeto de los derechos de las naciones; e) Formar para la comprensión, asimilación y desarrollo de los valores humanos y trascendentes: intelectuales, morales, éticos, estéticos y religiosos; f) Formar recursos humanos calificados para estimular el desarrollo de la capacidad productiva nacional basada en la eficiencia y en la justicia social. Art. 6.- Para el cumplimiento de los anteriores principios y fines, la educación dominicana procurará los siguientes propósitos En el orden de la calidad de vida: a) Promover la conservación, el desarrollo y la difusión del patrimonio científico y tecnológico y de los valores culturales del país y sus regiones, así como los universales, de tal modo que se armonicen tradición e innovación; b) Promover en la población una conciencia de la protección y aprovechamiento racional de los recursos naturales, así como de la defensa de la calidad del ambiente y el equilibrio ecológico; En el orden de la democratización: c) Fomentar la igualdad en oportunidades de aprendizaje y la equidad en la prestación de servicios educacionales; d) Propiciar la colaboración y la confraternidad entre los dominicanos y el conocimiento y práctica de la democracia participativa como forma de convivencia, que permita a todos los ciudadanos ejercer el derecho y el deber de intervenir activamente en la toma de decisiones orientadas al bien común; e) Fomentar una actitud que favorezca la solidaridad y la cooperación internacional basada en un orden económico y político justo, convivencia pacífica y la comprensión entre los pueblos; En el orden pedagógico:

f) Fortalecer la interacción entre la vida educativa y la vida de la comunidad, así como el mejoramiento de la salud mental, moral y física de los estudiantes y la colectividad; g) Fortalecer los buenos hábitos personajes del aprendizaje, que permitan el dominio efectivo de los códigos culturales básicos, acceder a la información, pensar y expresarse con claridad, cuidarse a sí mismo y relacionarse armónicamente con los demás y con su medio ambiente; h) Fomentar la apropiación de los conocimientos y técnicas de acuerdo con el desarrollo bio-psicosocial de los educandos; i) Crear un ambiente de enseñanza y aprendizaje propicio para el desarrollo del talento en todas sus formas, de la creatividad en todas sus manifestaciones y de la inteligencia en todas sus, expresiones; j) Propiciar que el desarrollo de capacidades, actitudes y valores sean fomentados respetando las diferencias individuales y el talento particular de cada estudiante.

Bibliografía

  • Álvaro Torres Valentín, febrero (22, 2017). Consultado el 4/07/

tomado de:

  • https://prezi.com/xxthcxahw0ub/filosofia-de-la-educacion-en-rep-dom/
  • Ley general de la educación 66-67.consultdo el 4/7/2020 Tomado de: https://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic2_repdom_sc_anexo_7_sp.pdf