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Contrato de Mantenimiento y Alquiler de Maquinaria para Gimnasios de Nobsa - Boyacá, Exámenes de Derecho

Documento que detalla el objeto, condiciones y especificaciones de un contrato entre el municipio de Nobsa y un contratista para el mantenimiento correctivo y preventivo de las maquinas de los gimnasios del municipio, además de la alquiler de un bulldozer para limpieza y nivelación de predios. El documento incluye información sobre el tipo de contrato, plazo de ejecución, forma de pago y requisitos para la celebración del contrato.

Tipo: Exámenes

2020/2021

Subido el 27/07/2021

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SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y
GESTIÓN DE VIVIENDA SOCIAL
CODIGO: SGC -
06
MODELO INTEGRADO DE PLANEACION Y
GESTION VERSION: 03
TIPO DE DOCUMENTO: ESTUDIOS DEL SECTOR
Y DEL MERCADO
FECHA: 25-03-
2020
Calle 6 No. 9 – 01 Parque Principal Palacio Municipal – Código Postal 152280
Teléfonos: 7773126 – 7773127
www.nobsa-boyaca.gov.co
ESTUDIO Y
DOCUMENTOS
PREVIOS
MODELO
INTEGRADO
DE
PLANEACION
Y GESTION
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ESTUDIO Y

DOCUMENTOS

PREVIOS

MODELO

INTEGRADO

DE

PLANEACION

Y GESTION

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VERSION: 03

TIPO DE DOCUMENTO: ESTUDIOS DEL SECTOR

Y DEL MERCADO

FECHA: 25-03-

2020

CONTROL, REVISIÓN Y APROBACIÓN

Elaboración: AGENTES DE CAMBIO

Original en: OFICINA DE CONTROL INTERNO

REVISIÓN APROBACIÓN

Nombre:

Secretaria de Gobierno y talento

humano

Comité de Calidad

Cargo: Líder de Calidad Directivo

Firma:

A.

No.

FECHA PROCESO DE ACTUALIZACIÓN

ACTUALIZAD

O POR

DD MM AA S A M Código Actualización

Fecha: Octubre de 2020.

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2020

considerar que con el uso de los equipos, maquinarias y herramientas los aprendices

podrán desarrollar conocimientos y aplicabilidad de lo aprendido en el manejo de los

mismos. Simultáneamente, son la base para la producción que se lleva a cabo con

procesos agroindustriales y de manera conjunta serán empleados para apoyar la

formación profesional integral, ampliar las posibilidades de generar proyectos con

tecnología actualizada, transferir paquetes tecnológicos basados en los equipos

disponibles en el Centro y garantizar que la Entidad cuente con instalaciones dotadas y

adecuadas para el desarrollo de las actividades de formación programadas que permiten

el buen desarrollo de los procesos misionales, así como el mantenimiento preventivo y/o

correctivo de los equipos del gimnasio es de gran importancia para asegurar el bienestar y

seguridad de los aprendices en el desarrollo de las actividades de cultura física que

desarrollan dentro de su proceso de formación integral, evitando de esta manera riesgos

de posibles accidentes por fallas de equipos y maquinaria defectuosa y las consecuentes

demandas contra la entidad que este tipo de hechos trae como consecuencia.

Que el Centro Atención Sector Agropecuario cuenta con los recursos presupuestales

suficientes para la presente contratación y ha cumplido con los trámites previos a la

autorización de acuerdo a las normas generales e internas de la Entidad.

Que dentro del Plan de Desarrollo NOBSA EN EL CAMINO DEL DESARROLLO (2020-

  1. señala:

PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL – PDM

LÍNEA ESTRATÉGICA

Camino a un Ambiente Sostenible

SECTOR DE

COMPETENCIA

AMBIENTAL

META DE PRODUCTO

1. OP-

Realizar estrategias para mantener limpios y libre de basuras

los sitios públicos y predios que han sido tomados como

botaderos de desechos.

¿Que razones fundamentales existen para que se dé la contratación?

 Se han elaborado y aprobado los estudios previos los cuales son necesarios para

poder suplir la necesidad presente, el cual debe ejecutarse durante el la vigencia 2020.

 Que existe certificado del Banco de Programas y Proyectos del Municipio de Nobsa.

 Se requiere suplir la necesidad antes planteada, cuya responsabilidad exclusiva recae

en la Administración Municipal.

 Obedece al cumplimiento de los objetivos y metas del Plan de Desarrollo dentro del

Programa estratégico Transporte y sistema de movilidad eficiente.

 Es una estrategia del Plan de Desarrollo y Programa de Gobierno 2020-2023.

Así mismo con esta contratación se pretende agilizar los procesos gerenciales, misionales

y de apoyo, con sus respectivos procedimientos institucionales del cual se desprende la

satisfacción de las necesidades y expectativas de la comunidad para lograr los fines del

estado.

Es por ello que se contribuirán dichas metas con el cumplimiento del proyecto el cual es

ALQUILER DE BULLDOZER PARA LIMPIEZA Y NIVELACIÓN DE PREDIOS

ADSCRITOS A LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE NOBSA - BOYACÁ y se encuentra

registrado en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Municipal No.

2020154910058 del 23 de octubre de 2020.

2.2 PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES

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2020

El presente objeto a contratar se encuentra dentro del plan anual de adquisiciones del

municipio de Nobsa vigencia 2020.

3. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR CON SUS ESPECIFICACIONES

ESENCIALES Y LA IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR

3.1 OBJETO:

ALQUILER DE BULLDOZER PARA LIMPIEZA Y NIVELACIÓN DE PREDIOS ADSCRITOS

A LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO DE NOBSA – BOYACÁ.

3.2 ALCANCE:

Con la presente contratación se busca, mantener el buen funcionamiento de la

maquinaria y su optimo servicio reduciendo costos de operación y aumentando la

seguridad de la misma.

3.3 CLASIFICACIÓN UNSPC

Según lo establecido en la Codificación Estandarizada Internacional de Bienes y Servicios para

el Comercio Electrónico (UNSPSC de Naciones Unidas), y lo establecido en el numeral 2 del

Artículo 2.2.1.2.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015, los bienes y servicios a adquirir según en

tercer nivel del Clasificador de Bienes y Servicios, los bienes a adquirir son los siguientes:

IDENTIFICACIÓN DENTRO DEL CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS

CODIGO

CLASE

CODIGO

PRODUCTO

NOMBRE PRODUCTO

Servicio de alquiler o leasing de

maquinaria para construcción

3.4 CONDICIONES TÉCNICAS EXIGIDAS:

A fin de dar cumplimiento al objeto del contrato, el contratista deberá cumplir con cada uno

de los ítems que se relacionan en el siguiente cuadro con su descripción y cantidades:

ÍTEM DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD

1.1 Alquiler de Bulldozer D6 o similar Hora 32.

Los costos están calculados de acuerdo con los precios establecidos por cotizaciones y los

análisis de precios unitarios definidos por la entidad, los cuales se encuentran a

disposición, para que los interesados puedan consultarlos.

3.5 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA

El contratista se obliga a cumplir con el objeto del contrato en la forma y tiempo pactados

en este proceso, y con las especificaciones técnicas y económicas descritas en los

estudios de conveniencia y en la invitación:

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11. Mantener durante toda la ejecución del contrato la maquinaria en óptimas

condiciones de servicio.

12. El contratista deberá suministrar los lubricantes y combustibles necesarios para la

ejecución del contrato.

3.7 TIPO DE CONTRATO

SERVICIO

3.8 PLAZO:

El plazo de ejecución del contrato Será de UN (01) MES contado a partir de la suscripción

del acta de inicio.

3.9 VALOR TOTAL:

Para efectos de determinar el posible valor requerido para la celebración del contrato, se

realizó el respectivo Estudio del Sector y de Mercado (el cual se anexa y hace parte

integral del presente documento), de los precios del SERVICIO, a adquirir, para lo cual se

tomó como precio el valor de TRES (3) COTIZACIONES y en consecuencia el valor

estimado del suministro requerido es por la suma de CINCO MILLONES DOSCIENTOS

MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO PESOS M/CTE ($ 5.200.624). Este valor incluye los

impuestos que aplican para el caso , valor que incluirá todos los gastos directos e

indirectos, gravámenes, tributos y demás costos en que incurra EL CONTRATISTA por

causa u ocasión de la ejecución del contrato.

3.10. LUGAR DE EJECUCIÓN:

MUNICIPIO DE NOBSA

3.11. FORMA DE PAGO:

La Alcaldía de Nobsa, como CONTRATANTE pagará el valor del contrato al CONTRATISTA

de la siguiente forma: Sera Una Vez se Preste el Servicio y para esta se solicitara

constancia de cumplido a satisfacción por parte del supervisor del contrato, constancia de

pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral en salud, pensiones y riesgos

profesionales; pago de estampilla pro cultura, si con la cuenta no se acompañan los

documentos requeridos para el pago, será responsabilidad del CONTRATISTA y no tendrá

por ello derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza, dando

cumplimiento al Artículo 19 de la Ley 1150 de Julio 16 de 2007. DEL DERECHO DE

TURNO.

NOTA 1: En el valor se entienden incluidos los costos directos e indirectos que ocasione la

ejecución del contrato.

NOTA 2: El contratista deberá presentar la factura o la cuenta de cobro, según sea el caso,

constancia de pago de aportes a la seguridad social, parafiscales, riesgos profesionales y

demás documentos señalados para legalización de la cuenta de cobro por la Supervisión.

4. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA, JUSTIFICACIÓN Y

FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE LA SOPORTAN

La modalidad de selección para el presente proceso contractual corresponde a la

modalidad de Mínima cuantía de acuerdo al Decreto 1082 de 2015 en el Capítulo 2

“Disposiciones especiales del sistema de compras y contratación pública, Sección 1.

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Modalidades de selección, Subsección 5. Mínima Cuantía”. Contratación de Mínima

Cuantía.

Artículo 2.2.1.2.1.5.2. Procedimiento para la contratación de mínima cuantía. Las

siguientes reglas son aplicables a la contratación cuyo valor no excede del 10% de la

menor cuantía de la Entidad Estatal, independientemente de su objeto:

  1. La Entidad Estatal debe señalar en la invitación a participar en procesos de mínima

cuantía la información a la que se refieren los numerales 2, 3 y 4 del artículo

anterior, y la forma como el interesado debe acreditar su capacidad jurídica y la

experiencia mínima, si se exige esta última, y el cumplimiento de las condiciones

técnicas exigidas.

  1. La Entidad Estatal puede exigir una capacidad financiera mínima cuando no hace el

pago contra entrega a satisfacción de los bienes, obras o servicios. Si la Entidad

Estatal exige capacidad financiera debe indicar cómo hará la verificación

correspondiente.

  1. La invitación se hará por un término no inferior a un (1) día hábil. Si los interesados

formulan observaciones o comentarios a la invitación, estos serán contestados por

la Entidad Estatal antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

  1. La Entidad Estatal debe revisar las ofertas económicas y verificar que la de menor

precio cumple con las condiciones de la invitación. Si esta no cumple con las

condiciones de la invitación, la Entidad Estatal debe verificar el cumplimento de los

requisitos de la invitación de la oferta con el segundo mejor precio, y así

sucesivamente.

  1. La Entidad Estatal debe publicar el informe de evaluación durante un (1) día hábil.
  2. La Entidad Estatal debe aceptar la oferta de menor precio, siempre que cumpla con

las condiciones establecidas en la invitación a participar en procesos de mínima

cuantía. En la aceptación de la oferta, la Entidad Estatal debe informar al contratista

el nombre del supervisor del contrato.

  1. En caso de empate, la Entidad Estatal aceptará la oferta que haya sido presentada

primero en el tiempo.

  1. La oferta y su aceptación constituyen el contrato.

5. ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO

Para determinar el valor del presupuesto oficial el Municipio de Nobsa solicitó dos

cotizaciones, una vez allegadas las cotizaciones se determinó el valor de cada ítem de

acuerdo al promedio arrojado, teniendo lo siguiente:

DESCRIPCIÓN Cot1 Cot2 Cot3 Promedio

Bulldozer D6 o

similar $ 140,714 $ 134,000 $ 135,000 $ 136,

6. JUSTIFICACION DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN

IDENTIFICAR LA PROPUESTA MÁS FAVORABLE DE CONFORMIDAD CON LO

ESTABLECIDO EN LA NORMATIVIDAD VIGENTE

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 El objeto Social de la sociedad debe estar relacionado con el Objeto de la

presente contratación, de manera que le permita a la persona jurídica la

celebración y ejecución del contrato, teniendo en cuenta para estos efectos el

alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.

d. SI SE TRATA DE UN CONSORCIO O UNA UNIÓN TEMPORAL. Cada una de las

personas jurídicas que los integren deberá presentar su certificado de existencia y

representación legal expedido por la Cámara de Comercio dentro de los treinta (30)

días anteriores a la fecha de presentación de las propuestas renovado a 2020.

Adicionalmente, deberá adjuntarse el documento de constitución del Consorcio o Unión

Temporal, en el cual deberá indicarse al menos:

a) El objeto del consorcio o unión temporal, el cual deberá ser el mismo del

objeto a contratar.

b) Si la participación es a título de Consorcio o Unión Temporal y las reglas

básicas que regulan las relaciones entre sus integrantes.

c) El porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del Consorcio o

Unión Temporal en el mismo.

d) Si se trata de una Unión Temporal deberán indicarse, además, los términos y

extensión de la participación de sus integrantes en la propuesta y en la

ejecución del contrato; de lo contrario LA ENTIDAD considerará que la

propuesta fue presentada por un Consorcio.

e) La duración del Consorcio o de la Unión Temporal, contada a partir de la

fecha de cierre del proceso de contratación, no debe ser inferior al plazo de

vigencia del contrato y un año más. Lo anterior, sin perjuicio de que, con

posterioridad, los integrantes del Consorcio o Unión Temporal estén llamados

a responder por hechos u omisiones ocurridos durante la ejecución y

liquidación del Contrato.

f) La designación de la persona que tendrá la representación legal del

Consorcio o de la Unión Temporal, indicando expresamente sus facultades.

Igualmente, deberá designarse un suplente que lo reemplace en los casos de

ausencia temporal o definitiva.

Celebrado el contrato no podrá haber cesión del mismo entre quienes integran el

Consorcio o Unión Temporal ni a terceros, salvo que la Alcaldía Mayor de Nobsa sí lo

autorice.

Para el caso de los consorcios o las uniones temporales, los proponentes deben en su

propuesta expresar que durante el tiempo de ejecución del contrato ningún miembro

integrante de las mismas puede retirarse, cualquiera que fuera la modalidad de retiro sin el

previo y expreso consentimiento y aceptación de parte del MUNICIPIO DE NOBSA.

e. FOTOCOPIA DE LA CEDULA: El oferente, debe adjuntar la Fotocopia de la cédula

de ciudadanía o documento legalmente válido que lo identifique. La persona Jurídica

deberá allegar la copia del documento de identificación de su Representante Legal.

f. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS: Certificado de

Antecedentes Disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación de la

persona natural y de la persona jurídica; en caso de personas jurídicas se verificará el de la

persona jurídica y el del representante Legal de la Persona jurídica, para el caso de

consorcios o uniones temporales se verificará el de cada uno de las personas que integran

el Consorcio o la Unión Temporal.

g. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DE RESPONSABILIDAD FISCAL:

Certificado de Antecedentes de Responsabilidad Fiscal expedido por la Contraloría

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General de la República de la persona natural y de la persona jurídica; en caso de

personas jurídicas se verificará el de la persona jurídica y el del representante Legal de la

Persona jurídica, para el caso de consorcios o uniones temporales se verificará el de cada

uno de las personas que integran el Consorcio o la Unión Temporal.

h. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES: Certificado de Antecedentes

Penales expedido por la Policía Nacional de la persona natural; En caso de personas

jurídicas se verificará el del representante Legal de la Persona jurídica, para el caso de

consorcios o uniones temporales se verificará el de cada uno de las personas que integran

el Consorcio o la Unión Temporal.

i. SISTEMA REGISTRO NACIONAL DE MEDIDAS CORRECTIVAS RNMC

Certificado de Antecedentes de Medidas correctivas expedido por la Policía Nacional de la

persona natural; En caso de personas jurídicas se verificará el del representante Legal de

la Persona jurídica, para el caso de consorcios o uniones temporales se verificará el de

cada uno de las personas que integran el Consorcio o la Unión Temporal.

j. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO DE LA DIAN (RUT). EL PROPONENTE deberá

presentar copia de este documento. En el caso de las Uniones Temporales o consorcios,

todos los integrantes deberán cumplir con este requisito, presentando fotocopia de estos

documentos.

k. PAGO DE APORTES DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES.

De conformidad con lo consagrado en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, las personas

jurídicas, deberán acreditar el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas de

salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar,

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a

ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de

acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal durante un lapso

equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera

constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores

a la celebración del contrato. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6)

meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.

Para el caso de las personas naturales estas deberán manifestar que se encuentran al día

con el pago de aportes de seguridad social y que se mantendrá al día con los aportes de

seguridad social y parafiscales durante la vigencia del contrato.

6.2.2. ORGANIZACIÓN Y CAPACIDAD ADMINISTRATIVA: El proponente debe certificar

que cuenta con la capacidad administrativa suficiente para ejecutar el contrato.

6.2.3. CAPACIDAD TÉCNICA. Los proponentes deben presentar dentro de su propuesta

las condiciones técnicas de los servicios a prestar según formato, de conformidad a los

requerimientos de la Administración Municipal, establecidos en la presente invitación y

contar como mínimo con lo siguiente:

6.2.3.1. PERSONAL MINIMO REQUERIDO:

 UN Operador, con experiencia en el manejo de maquinaria (BULLDOZER), con

formación certificada en Maquinaria pesada.

Se debe anexar a la propuesta como mínimo, acta de grado, diploma o certificado donde

se verifique la formación académica del personal requerido y carta de intención, con

disponibilidad del 100%

6.2.3.1. EQUIPO MINIMO REQUERIDO:

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de las que estrictamente corresponden a la entidad. Por lo tanto, los precios que se

propongan deberán considerar tales conceptos.

NOTA 1: El oferente no podrá ofertar precios superiores a los establecidos en cada

ítem en el numeral 4 del presente estudio sopena de rechazo

Nota 2. Cada una de las sumas y multiplicaciones de la oferta económica no deben

contener errores superiores por exceso o por defecto del cero punto uno (0.1%) por

ciento del valor de cada operación, la entidad revisará cada una de las mencionadas

operaciones y de encontrar errores aritméticos superiores al cero punto uno (0.1%)

porciento, la oferta será rechazada.

Si el valor corregido es inferior al cero punto uno (0.1%) por ciento, la adjudicación

se efectuará por el valor corregido.

Por tal situación, dada la forma de contratación que se presenta para esta necesidad, es

decir, la modalidad de Mínima Cuantía, es preciso establecer, pues, como se determinará

la oferta de menos precio que, en cumplimiento al Artículo 2.2.1.2.1.5.2 del decreto 1082

de 2015, será la evaluada por la entidad.

 La propuesta económica debe presentarse en medio escrito.

 Los valores deberán ser expresados en moneda legal colombiana.

 Los precios contenidos en la propuesta y los que llegaren a pactarse en la

ejecución del contrato, no estarán sujetos a ajustes algunos.

 En el evento que se ofrezcan descuentos, estos no serán considerados para las

propuestas.

 Para que sean validadas las correcciones, tachaduras, borrones o enmendaduras

deberán acompañarse de la salvedad correspondiente mediante confirmación con

la firma del proponente. En caso contrario se tomarán como valido del texto original.

 Si se presentare diferencia entre el original de la propuesta y las copias escritas

prevalecerá el original escrito.

 Si existiere discrepancia entre cifras y textos se dará prelación a los textos.

PARÁGRAFO : Las propuestas que no sean objeto de evaluación se dejaran a disposición

de los interesados para su retiro definitivo; en todo caso si pasados quince (15) días

hábiles; no han sido reclamadas por el proponente se procederá a realizar la eliminación

definitiva de los soportes documentales; de la cual se dejara constancia escrita_._

6.5. CAUSALES DE RECHAZO DE OFERTAS

 Cuando la oferta económica supere el presupuesto oficial

 Cuando no cumpla las condiciones mínimas de participación.

 Cuando el oferente este incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad.

 Cuando las condiciones o especificaciones técnicas o económicas del

ofrecimiento no se ajusten a las condiciones que requiere la Entidad.

 Cuando el oferente sea una persona incapaz.

 Cuando el proponente presente documentos con información inexacta o que

no corresponda a la realidad.

 Cuando la Propuesta haya sido enviada por correo electrónico, fax, o se haya

presentado extemporáneamente

 Cuando no allegue la información solicitada por la Entidad con el objeto de

aclarar su Propuesta, o hacerlo en forma incompleta o extemporánea.

 Cuando el oferente presente más de una propuesta para este mismo proceso,

como representante de persona jurídica o como persona natural

6.6. CASUALES DE DECLARATORIA DE DESIERTO

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  1. Cuando todas las ofertas presentadas excedan el valor del presupuesto, o el valor

de la propuesta sea artificialmente bajo.

  1. Cuando no se presente ninguna oferta.
  2. Cuando a pesar de las medidas adoptadas dentro del proceso por la Entidad para

subsanar las falencias que sean subsanables ninguno de los oferentes cumpla con

los requisitos habilitantes.

6.7. CRITERIOS DE DESEMPATE

De conformidad con lo establecido en la normatividad vigente, en caso de empate, la

entidad estatal aceptará la oferta que haya sido presentada primero en el tiempo.

7. SOPORTE QUE PERMITE LA TIPIFICACION, ESTIMACION Y ASIGNACION DE

RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONOMICO

DEL CONTRATO

MATRIZ DE RIESGOS

Los riesgos son todas aquellas circunstancias que de presentarse durante el desarrollo y

ejecución del contrato tienen la potencialidad de alterar el equilibrio económico del

contrato.

Será previsible en la medida que el mismo sea identificable y cuantificable en condiciones

normales.

En este caso se estima cualitativa y cuantitativamente la probabilidad de impacto, y señalar

el sujeto contractual que soportara total o parcialmente la ocurrencia de la circunstancia

prevista. En caso de presentarse, a fin de preservar las condiciones iníciales del contrato.

Se tuvo en cuenta que no son riesgos previsibles: (ver documento conpes 3714 de

diciembre de 2011)

1. EL INCUMPLIMIENTO TOTAL O PARCIAL DE CONTRATO.

2. LOS HECHOS DERIVADOS DE LA RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL

3. LOS QUE CORRESPONDEN A LA TEORÍA DE LA IMPREVISIÓN.

4. LAS INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES SOBREVINIENTES

A continuación, se presenta de manera enunciativa la siguiente propuesta de clasificación,

para lo cual se debe realizar la estructuración de cada proceso contractual y el análisis de

sus particularidades para determinar la existencia, o no, de los riesgos propios de cada

proceso de selección:

1. Riesgos Económicos : Son aquellos que se derivan del comportamiento del mercado,

tales como la fluctuación de los precios de los insumos, desabastecimiento y especulación

de los mismos, entre otros.

Por ejemplo, es usual que en contratos que involucran la ejecución de actividades en cuya

estructura se ha definido un marco cambiario, se identifiquen alteraciones por el

comportamiento de la moneda o por circunstancias colaterales que imponen una incidencia

crítica. Así mismo, en los contratos de suministro de bienes o prestación de servicios,

donde no es posible llevar a cabo el objeto del contrato por desabastecimiento o

especulación dentro del mercado propio de los insumos. Su inclusión dependerá de la

posibilidad de previsión del mismo.

2. Riesgos Sociales o Políticos : son aquellos que se derivan por cambios de las políticas

gubernamentales que sean probables y previsibles, tales como cambios en la situación

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los temblores, inundaciones, lluvias, sequías, entre otros, siempre y cuando los mismos

puedan preverse.

7. Riesgos Ambientales : Se refiere a las obligaciones que emanan de las licencias

ambientales, de los planes de manejo ambiental, de las condiciones ambientales o

ecológicas exigidas y de la evolución de las tasas retributivas y de uso del agua. Por

ejemplo, cuando durante la ejecución del contrato se configuren pasivos ambientales

causados por mala gestión de la licencia ambiental y/o el plan de manejo ambiental o el

costo de las obligaciones ambientales resulte superior al estimado no siendo imputables a

las partes.

8. Riesgos Tecnológicos : Se refiere a eventuales fallos en las telecomunicaciones,

suspensión de servicios públicos, advenimiento de nuevos desarrollos tecnológicos o

estándares que deben ser tenidos en cuenta para la ejecución del contrato, así como la

obsolescencia tecnológica.

Los riesgos son todas aquellas circunstancias que de presentarse durante el desarrollo y

ejecución del contrato tienen la potencialidad de alterar el equilibrio económico del

contrato.

ANEXO FORMATO MATRIZ DE RIEGOS

8. GARANTÍAS DESTINADAS A AMPARAR LOS PERJUICIOS DE NATURALEZA

CONTRACTUAL O EXTRACONTRACTUAL DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO

DEL OFRECIMIENTO O DEL CONTRATO SEGÚN SEA EL CASO.

Las Entidades Estatales No están obligadas a exigir garantías en los Procesos de

Contratación de mínima cuantía, Si la Entidad Estatal decide exigir garantías en los

procesos de selección de mínima cuantía debe ser una consecuencia del Riesgo del

Proceso de Contratación y del sector económico al cual pertenecen los posibles oferentes.

El proponente deberá constituir a favor del ente territorial una garantía de seriedad bajo

cualquiera de las clases permitidas por el artículo 2.2.1.2.3.1.3 del decreto 1082 de 2015, a

saber:

De conformidad con lo establecido en la Decreto 1082 de 2015, Clases de garantías. Las

garantías que los oferentes o contratistas pueden otorgar para asegurar el cumplimiento de

sus obligaciones son:

a. Contrato de seguro contenido en una póliza.

b. Patrimonio autónomo.

c. Garantía Bancaria Las garantías deberán ser expedidas con estricta sujeción a los

requerimientos previstos en el mismo decreto 1082 de 2015 y lo dispuesto en el

Pliego

AMPARO PORCENTAJE VIGENCIA

Cumplimiento del contrato

Diez por ciento (10%) del valor

total del contrato.

Igual al plazo de ejecución del

contrato y un (1) meses más.

Calidad del servicio

Veinte por ciento (20%) del

valor total del contrato.

Igual al plazo de ejecución del

contrato y un (1) meses más.

Pago de salarios y

prestaciones sociales e

indemnizaciones

10% del Valor del Contrato.

Por el Plazo de ejecución del

contrato y Tres (03) Años más

contados a partir del acta de

recibo final

Calle 6 No. 9 – 01 Parque Principal Palacio Municipal – Código Postal 152280

Teléfonos: 7773126 – 7773127

SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y

GESTIÓN DE VIVIENDA SOCIAL

06

MODELO INTEGRADO DE PLANEACION Y

GESTION

VERSION: 03

TIPO DE DOCUMENTO: ESTUDIOS DEL SECTOR

Y DEL MERCADO

FECHA: 25-03-

2020

9. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO:

Se designa a la Secretaria de Infraestructura y Gestión de Vivienda Social del Municipio de

Nobsa – Boyacá o quien haga sus veces; quien deberá vigilar y verificar el cumplimiento

del objeto del contrato mediante la suscripción de las respectivas Certificaciones y Actas.

10. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL:

El Certificado de Disponibilidad Presupuestal que respalda la contratación del presente

Contrato es el N° 2020001150, del 9 de Octubre de 2020, con cargo al Rubro Presupuestal

N°. 233071702 denominado: Conservación, protección, restauración y aprovechamiento de

recursos naturales y del medio ambiente.

11. INDICAR SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADO POR UN

ACUERDO COMERCIAL O UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO VIGENTE PARA

EL ESTADO COLOMBIANO. REFERIR EL ACUERDO O TRATADO.

De acuerdo con el Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en procesos de

contratación M-MACPC-06 literal C publicado por Colombia Compra eficiente, las

Entidades Estatales no deben hacer este análisis para los Procesos de Contratación

adelantados por las modalidades de selección de contratación directa y de mínima cuantía.

Al respecto señala: “Las Entidades Estatales deben determinar en la etapa de planeación

si los Acuerdos Comerciales son aplicables al Proceso de Contratación que están

diseñando y en caso de que sean aplicables, cumplir con las obligaciones derivadas de los

mismos. Las Entidades Estatales no deben hacer este análisis para los Procesos de

Contratación adelantados por las modalidades de selección de contratación directa y de

mínima cuantía”.

12. DOCUMENTOS ADICIONALES :

Solicitud Certificado de Disponibilidad Presupuestal

Presupuesto Oficial

Certificado plan de desarrollo 2020-

CERTIFICADO B P Y P

______________________________________

ING. OSCAR FABIÁN RODRÍGUEZ S.

SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y GESTIÓN DE VIVIENDA SOCIAL

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