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Universidad Católica De Santa Fe Brenda Dahmer LU: Sociología. Concepto. Giddens: La sociología es el estudio de la vida social humana, de los grupos y las sociedades. Amplitud de la sociología y su carácter residual. La sociología se dedica a observar y describir la realidad de una sociedad. Felipe Fucito: La sociología es una ciencia que procura describir, explicar y predecir los fenómenos sociales con la mayor objetividad posible. Sociología y Sentido común. Zygmud Bauman: La sociología es una actividad critica, en la medida en que se lleva a cabo una continua desconstrucción derivada de la percepción de la realidad social. Saber sociológico VS Sentido común.
- Discurso responsable.
- Tamaño del campo: Del que se extrae material para el juicio.
- Modo de explicar el porqué de la realidad.
- Evitar el carácter autoevidente. La sociología y el sentido común comparten campo de estudio y sus afirmaciones intentan descubrir una misma realidad. Sociología Jurídica. Abordaje sociológico del ordenamiento jurídico. A) Los comportamientos derivados de la imperatividad de las normas jurídicas. B) Las conductas humanas que tengan como consecuencia de la derogación o el nacimiento de normas jurídicas. C) Los comportamientos de grupos de personas desvinculadas del derecho con este. Educación Jurídica. Los agentes jurídicos son los sujetos que ponen en funcionamiento el ordenamiento jurídico. Sociología de la profesión jurídica. Autores: Bergoglio, Fucito, Bohmer,Kennedy entre otros y otras. Enseñanza del derecho. Concepción del derecho, la forma de enseñanza y el objetivo de la enseñanza.
- Concepción formalista.
- Concepción realista.
- Critical Legal Studies
Universidad Católica De Santa Fe Brenda Dahmer LU: Educación Legal.
- Proceso de internacionalización cultural.
- Socialización o Socialización primaria efectivo – emotiva, descontracturada y elemental.
- Educación Socialización secundaria institucionalizada, racional y especifica. DUNCAN KENNEDY: (Ver texto) Duncan Kennedy, profesor de Harvard es conocido como uno de los fundadores del movimiento de estudios jurídicos críticos en el pensamiento jurídico. Nació en el año 1917 y fallece en el año 1963. Critica al modelo vertical. En la facultad prepara a sus alumnos para que cumplan con criterios para una mejor formación. Hay jerarquías dentro de estas, profesor, alumno, y entre los propios estudiantes, años avanzados, ingresantes. Los alumnos empiezan a aprender normas y temas teóricos, así como incorporar nuevo vocabulario. Incorporan cuando dan su punto de vista, cuando no, y también al adecuar su forma de pensar. Diferencia 2 tipos de cosas: Frías: Aburridas y difíciles Calientes: Generan sentimientos y emociones. “Como alumnos debemos aprender de ambas para adaptarnos y poder otorgar una solución a cada caso planteado.” Las instituciones separan el aprendizaje teórico del práctico, esto genera incompetencia de parte del estudiante. Por ese motivo, al recibirse y salir al mundo real, parten a lugares conocidos, despachos que es donde aprenderán de alguien con más experiencia, es decir a la posición de alumno y continuara su ciclo. Fuerzan a los estudiantes a aceptar soluciones consideradas correctas, pero que a veces se presentan de forma aislada y con más complejidad. Las calificaciones se consideran una competencia, por la mejor calificación, la más alta será la que definirá que clase de profesional será el alumno. Pero es lo contrario una calificación no determina el tipo de profesional en el que se convertirá el alumno al graduarse. La facultad imparte una metodología que prepara a sus estudiantes para determinadas tareas, sin tener en cuenta las cualidades del alumno, hace que el estudiante a la hora de hacer frente al campo laboral, posee pocas opciones de en donde podrá ejercer esas actividades y conocimientos prácticos. Se los prepara para creer que son capaces solo para lo que el sistema o la institución los prepara. La consecuencia de esto es obtener abogados adaptados y condenados a trabajar adecuados al sistema.
Universidad Católica De Santa Fe Brenda Dahmer LU: Tesis. Las practicas sociales y culturales actuales no sirven mas que para profundizar las desigualdades y reproducir las estructuras de dominación. 2 (Dos) Clases / Tipos:
- Los que tienen el poder.
- Los que aspiran a tener el poder. ¿Qué es un proceso de socialización? Serie de practicas culturales que vamos aprendiendo en el tiempo que nos permite incluirnos adecuadamente en una comunidad.
- Primario: Donde encuadra la familia: Socialización genérica.
- Secundario: Donde encuadra la universidad: Socialización para cumplir un rol determinado. División social de las tareas. Aprendizaje cultural para poder incorporarnos en un determinado campo social. ¿Quiénes tienen el poder? Aquellos que dominan un campo (limitado y de lucha) determinado en el espacio social. Campo limitado: Participan en el un grupo determinado. Campo de lucha: Lucha del capital simbólico, que es el poder, la autoridad y la legitimidad. Limitado a determinas personas. Espacio social: Espacio donde quien tiene el dominio de el y quien no. ¿Qué relación tienen los campos entre sí? Si poseen relación entre si y a la vez son relativamente independientes. ¿Qué relación hay entre los individuos dentro del campo? Relación de “guerra” o de “lucha permanente” porque constantemente se esta en guerra/lucha entre el que tiene el poder y el que quiere tenerlo. Capital Simbólico. Es un “bien ideal” desde el punto de vista filosófico, un “bien” un “material” que representa una serie de adquisiciones, autoridad o posición de dominación dentro del campo. El que (+) más capital simbólico tiene dentro del campo, es el que tiene mas autoridad, legitimidad, prestigio, etc. Monopolio de decir “El derecho es” el poder máximo. 1 persona con poder, una sola persona está facultada para hablar sobre el Derecho, que es jurídico y que es antijuridico, que es lo justo y que es lo injusto. Dominio dentro del campo. Compuesto por 3.
- Capital Social: Relacional, “contactos”, relación con otros individuos, saberes importantes, formación académica.
Universidad Católica De Santa Fe Brenda Dahmer LU:
- Capital Económico: Obtención de dinero o bienes materiales; Factores de producción.
- Capital Cultural: Todos los conocimientos, información, estudios. Obtención del Capital Simbólico.
- Manera de obtener capital simbólico.
- Organiza la lucha dentro del campo.
- Reglamentación que no debe constar, no debe estar escrita. ¿C/U como se transforman en capital simbólico? Se transforman con una combinación de los 3 (tres). ES (Espacio Social) Los que TIENEN el poder. Los que ASPIRAN el poder. Habitus. “Habitus” Esta lucha está regida por una serie de reglas y cada campo comprende muchas instituciones además de agentes. Estas reglas pueden estar establecidas de manera taxativa, escritas, normativizadas o en forma de reglas tacitas de la costumbre. Lo importante es que son aceptadas por todos. Se compara como un Juego de Mesa: Porque en el tablero hay un conjunto de personas que compiten entre sí y se guían por reglas que todos aceptan. Esto para Pier Bordieu es el “Habitus” que hace referencia a las reglas que se van asimilando, convenciéndonos de lo útiles y necesarios que son dentro del campo la lucha de los agentes que es profundamente desigual. Cada uno tiene un status el cual depende de una determinada cantidad de Capital económico, cultural y social.
- Estabilidad del campo.
- Permite la pertenencia del status quo. Características del Habitus del Derecho. Dentro del Habitus del Derecho, dentro del campo jurídico permite la lucha, pero a la vez impide que se de cualquier cambio de estructura de raíz. Permite la lucha, pero a la vez impide que se de cualquier cambio de estructura de raíz. Permite la lucha y la existencia de distintos criterios sobre como se debe aplicar, pero siempre y cuando la lucha se de dentro de la estructura.
Universidad Católica De Santa Fe Brenda Dahmer LU: Ejemplo. Explicación: Yo, Brenda, como abogada quiero ser decana de la facultad ( Capital Simbólico ) y para obtenerlo voy a utilizar el resto de mis capitales (Título Universitario = Capital Cultural ) como soy del interior de la provincia no tengo capital social a diferencia de otro candidato que viva en la capital, sea más conocido en el ámbito universitario el otro candidato posee, capital social, cultural y económico. Una vez iniciada la lucha y solamente uno pueda ganar, se da a través de normas es decir el “Habitus”. Sabemos que hay una regla que dice que para ser decana de la universidad hay que tener una valoración suficiente y no hay discusión sobre ello. Estas reglas, si bien están establecidas, pero dejan un margen de maniobra, es decir, que dentro de las reglas hay cosas que se pueden hacer y cosas que no y conforme a ello se toman las decisiones. La sociología en el campo jurídico.
- Primer concepto. Independencia relativa de los externalismos. Esto quiere decir que es relativamente independiente de los demás campos sociales porque Bourdieu piensa que el campo jurídico no esta ligado al campo social absolutamente, no cree que el Derecho sea un reflejo de la sociedad ya que considera que tiene cierta libertad. Bourdieu no se ubica o no se sitúa entre los deterministas (Deterministas= Quienes creen que la sociedad determina el Derecho) Por lo que se entiende que la sociedad determina al Derecho en una sola parte. En parte también el propio Derecho se regula a si mismo. DETERMINISMO # FORMALISMO D _________________________________________________ F MEDIO PIERRE, BOURDIEU Determinismo: La sociedad regula totalmente al Derecho. Formalismo: El Derecho se regula absolutamente a sí mismo. La sociedad condiciona en parte al Derecho porque hay otros campos que influyen en el campo jurídico. Ejemplo: El campo económico que influye en el campo jurídico general. CAMPO ECONOMICO --------------- LUCHA ---------------------- CAMPO JURIDICO También hay una relación entre el campo social y el campo jurídico porque continuamente el campo jurídico necesita que la sociedad lo legitime, es decir, que la sociedad adhiera a los preceptos jurídicos porque si ocurre lo contrario y la sociedad no confía en el campo jurídico, el Derecho no puede regular nada.
Universidad Católica De Santa Fe Brenda Dahmer LU: Campo Jurídico esta limitado. Dentro del campo jurídico, solo están, solo compiten aquellos que tienen competencia jurídica (Solo están los abogados) se descalifican todos los Derechos, sentencias de equidad, que pueden tener las personas ajenas a las ciencias jurídicas. “No tienen nada que decir del campo jurídico porque no pertenecen a él”.
- En el campo jurídico el objeto de la lucha entre agentes es la búsqueda de obtención del monopolio del Derecho. El campo jurídico es el único que tiene la potestad de decir que es el Derecho. El capital simbólico permite a los miembros del campo jurídico decir que es el Derecho, que establece, que esta bien o que esta mal dentro de el, interpretar las normas y aplicarlas. Esto produce o desencadena que el Derecho es la herramienta para la Violencia Simbólica. Violencia Simbólica. Método a través del cual el Estado nos dice que está bien y que esta mal, y nos tenemos que que adherir a ello. Quien tiene (+) más capital simbólico en el campo jurídico ejerce el monopolio del derecho, este se ve dividido. Universidades Monopolizan la interpretación TEORICA Jueces Monopolizan la interpretación PRACTICA Abogados Monopolizan la aplicación DEL DERECHO Cuando existe un conflicto. El abogado lo primero que hace es diferenciar la visión vulgar del conflicto de la visión científica del mismo. El abogado hace hincapié en el perfil científico del conflicto. Diferencias Pierre, Bourdieu – Karl, Marx. Bourdieu reformula a Marx debido que opina que hay una denominación mucho mas profunda que la económica que es denominada la social-cultural. Esta modifica la política mundial desde ese momento y de ahí en más. Marx sostiene que el poder se encuentra en el burgués. Debian romper el habitus. La diferencia es que según Marx todo se desenvuelve a través del capital económico y Bourdieu “Le dice” / “Sostiene” que le faltan los otros 2 (dos) capitales económicos haciendo referencia al capital cultural y al capital social. VER FOTOCOPIA.
Universidad Católica De Santa Fe Brenda Dahmer LU: Introducción: Las epistemologías del sur. Boaventura de Sousa Santos. (Parte 2 – Parte 1 en fotocopia VER) Boaventura de Sousa Santos plantea el fracaso del paradigma de la modernidad. Debía dejarse sin efecto, había que superarlo. Esto tiene que ver con las promesas que la modernidad había hecho a la sociedad de las cuales la mayoría habían sido incumplidas. Cumplió si la promesa de Pero el resto de las promesas no porque se había empeorado drásticamente las situaciones que se vivían en la edad media no pudiendo dar respuestas a la situación actual. Esto sucedió porque se rompió la tensión entre los pilares de regulación y de emancipación. Si esta tensión entre ambos pilares hubiera permanecido constante la sociedad hubiera seguido evolucionando. Al principio de la modernidad esta tensión entre ambos pilares era constante por eso se produjeron grandes avances en la calidad de vida de las sociedades hasta el quiebre de la tensión entre los pilares mencionados. Es necesario que comprendamos en qué consisten ambos pilares. El Pilar de la regulación está conformado por una serie de normativas o regulaciones sociales (leyes, costumbre, etc.) la función del PR es mantener el estatus quo, es decir, hacer que las cosas permanezcan sustancialmente iguales. ¿Van a haber cambios? Si, porque el PR nos permite cambiar, pero estos cambios, están reglamentados, por lo que solo se puede ir cambiando a través de la regulación establecida, es decir, no hay cambios radicales, cambios drásticos: no hay revolución. En cambio, el PE es todo lo contrario, porque nos propone un horizonte utópico, esto es, radicalmente distinto al estatus quo del esquema del Pilar de regulación. Es un cambio que rompe el estatus quo de la estructura actual. Entonces, resumiendo, mientras la regulación garantiza el orden de la sociedad tal como existe en un momento y un lugar, la emancipación es la aspiración a un orden bueno en una sociedad buena en un futuro. Que nos decía Eduardo Galeano: la utopía está en el horizonte, me acerco 10 pasos, éste se aleja 10 pasos. Entonces para que sirve ir hacia la utopía hacia el horizonte: Sirve para caminar. La utopía nos obliga ir hacia adelante. Mientras el Pilar de la emancipación nos propone horizontes utópicos, el Pilar de la regulación va avanzando y va convirtiéndose paulatinamente en una utopía. Cuando el Pilar de la emancipación se convierte en una realidad pasa a ser Pilar de la regulación por lo que las sociedades deben buscar una nueva emancipación o utopía hacia la cual avanzar. La tesis de Boaventura de Sousa Santos parte de que ambos pilares que tienen que estar permanentemente en tensión, ya no lo están. Esto provocó la imposibilidad de la modernidad para cumplir con sus postulados. La pregunta es ¿Por qué se rompió la tensión? Porque hubo un desequilibrio interno en cada uno de los pilares que provocó el colapso del PE y la perdurabilidad exclusiva del Pilar de la regulación. Es decir que hoy tenemos un solo Pilar en pie. igualmente, el desequilibrio existió en ambos pilares. Vamos a determinar cómo operó esta ruptura. Los pilares se componen con 3 fuerzas cada uno.
Universidad Católica De Santa Fe Brenda Dahmer LU: En el PR (recordemos este Pilar ejerce una potencia que trata de mantener el status quo) hay fundamentalmente tres fuerzas que se equilibran. Que son reglas o reglamentaciones de tres tipos: a) Reglamentación del Estado; Es el derecho formal (derecho positivo, costumbre, doctrina, jurisprudencia etc.) b) Reglamentación del mercado; reglas de libre juego de la oferta y la demanda. c) Reglamentación de la comunidad. Hace referencia a las reglas culturales o tradiciones humanas. Quieren que las costumbres sigan idénticas por siempre si fuera posible. Por ejemplo, una abuela quisiera que culturalmente sus nietos fueran iguales a ella. No quiere que la cultura se modifique, pero son los nietos los que ejercen la ruptura. Para mantener entonces, el estatus quo tienen que equilibrarse estas 3 reglamentaciones. El crecimiento de estas reglamentaciones