






Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Los mejores documentos en venta realizados por estudiantes que han terminado sus estudios
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Descubre las mejores universidades de tu país según los usuarios de Docsity
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
se presenta el ejercicio con las respectiva respuesta
Tipo: Ejercicios
1 / 12
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!
continuación sucesiones Requisitos para testar
D ) OBJETO LÍCITO art 1502 1517 El contenido, en este caso es la manifestación de la voluntad debe ser lícita, la consecuencia acarrea la nulidad absoluta Ejm: una mercancía de coca Cobro de una deuda de un préstamo ilegl E) CAUSA LICITA ART 1524 Motivación de una persona para hacer testamento, purs liberalidad= se me da la gana Ilegalidad cuando dispone una asignación se compre un niño La condición de comprar venganza Masa herencial 416.000. Mitad legitimaria 208.000. Asignatario Mitad legitimaria Mitad de libre disposición Parte sobrante 121.440.
Totales Esteban 29.714.285. 1
Henry 29.714.285. 1
Diego 29.714.285. 1
Carolina 29.714.285. 1
Rosa 29.714.285. 1
Carolina 29.714.285. 1
Andrea 29.714.285. 1
Karen 29.714.285. 1
Rosa Eulogia
Yesenia Gerardo
Andrés 10.000.000 10.000. Fernando 10.000.000 12.480. Luis 12.480.000 40.480. Establecimie 40.480.000 40.480.
Asignatario Mitad legitimaria Mitad de libre disposición Parte sobrante
Totales Tulio 50.000.000 6.250.000 56.250. Julio 50.000.000 25.000.000 66.250.000 6.250.000 147.500. Juana 50.000.000 66.250.000 6.250.000 122.500. Magola 50.000.000 6.250.000 56.250. Claudia Patricia
Carolina 10.000.000 10.000. Augusto 20.000.000 20.000. Lina Pepe Oscar
¿Cuál es el valor de la asignación de Pepe? 12.500. EJERCICIO 3 480.000. Asignatario Mitad legitimaria 240.000. Mitad de libre disposición Parte sobrante
Totales Gustavo 48.000.000 8.000.000 7.300.000 63.300. francisco 48.000.000 48.000.000 7.300.000 103.300. javier 48.000.000 27.333.333, 33
liliana 48.000.000 7.300.000 55.300. alberto 48.000.000 48.000. german nieto 8.000.000 8.000. luz nieta 12.000.000 12.000. gina,nina y dina
Pobres es un estado de beneficencia
miguel 27.333.333, 33
dario 27.333.333, 33
asignacion fallida primer hijo de alba/no existe: 14.400. María porque no se sabe a cual María 4.800. gato:10.000. Valores efectivamente pagados de la LD= 128.800. Valores de asignaciones proyectadas por el testador que fueron fallidas: 29.200. Total valores proyectados por el testador 158.000.000 a este valor se le resta el valor de libre disposición que es 240.000.
Agregaciones Hijo de Óscar : 30.000. Gato: 15.000. Valores efectivamente pagados de la LD= 77. Valores de asignaciones proyectadas por el testador que fueron fallidas: 45. Total valores proyectados por el testador 122. a este valor se le resta el valor de libre disposición que es 178. UNIDAD IV LA HERENCIA sinónimo de patrimonio en sentido objetivo. Y hace alusión a los 7 derecho reales establecidos en el código civil. Por eso hablar de herencia como derecho real sería hablar en sentido subjetivo Patrimonio en sentido objetivo Derecho real en sentido subjetivo Herencia en sentido objetivo Universidad jurídica compuesta por el patrimonio transmisible del causante, la universalidad jurídica no es una universidad real, varios bienes que se han armado , son bienes independientes Transmisible no todo patrimonio se transmite a los herederos Cuando el causante viene el unión marital de hecho el patrimonio del causante puede estar integrado también en la sociedad conyugal o puede estar integrado en la sociedad patrimonial es imprescindible en el proceso de liquidación a la liquidación de esas sociedades de la sociedad patrimonial o conyugal, se sabrá cuál será el 50% de gananciales del causante se suma a los bienes propios que haya tenido, bienes que no ingresaron a la sociedad patrimonial y eso se denomina patrimonio herencial DURACIÓN Masa hereditaria: su duración, de un momento en que empieza se llama iniciación : surge piso jure ( de pleno derecho) cuando se da la muerte del causante DELACIÓN Llamamiento que hace la ley a los asignatarios para que manifiesten si aceptan o repudian, cuando muere el causante surge la Sociedad conyugal ART 180 y 1774 por el mero hecho del matrimonio surge la sociedad conyugal slsvo no se conozca la sociedad conyugal ejm medio oriente. La sociedad patrimonial en el art 2 de la ley 54 de 1990 precisa 2 años de esta unión marital de hecho , sino pasan estos años hay sociedad marital de hecho pero no hay sociedad patrimonial. Precisa los dos años pero surge con retroactivad… pero surge apartir de efectos retroactivos ejm inicio enero de 2020. A 2022 .. pero se dirá que tendrá en cuenta desde el 2020. Las capitulaciones es indispensable que antes de la boda las firmen
1 año de separación física definitiva TERMINACIÓN: será una terminación ideal depende si se va por la vía judicial o si se va por la vida notarial Judicial cuando se da la sentencia probatoria de la partición aunque aveces la sentencia probatoria de la partición se puede llamarse sentencia de la adjudicación ● Partición: intervienen 2 o más interesados ejm: entre 3 hijos y un acreedor etc ● Adjudicación: cuando sólo existe un único interesado cuando sólo hay un hijo hay que adjudicar el 100% ● JUEZ COMPETENTE Territorial: último domicilio en el que vivió el causante Domicilio : vocación de permanencia Residencia: no hay intención de quedarse de forma definitiva. Factor objetivo: Cuantía Aquo
ajena no recae sobre efectos hereditarios distintos. Esa venta solo de referirá a la casa de la abuela no a la finca de la abuela el objeto se limita así: A vende en favor de B todos los derechos y acciones herenciales que le correspondan o puedan corresponderle en la sucesión de "C" sobre el siguiente bien inmueble y se lo describe como cuerpo cierto. Se puede tomar como una estrategia se quiere que se adjudique una casa Riesgo: no obliga al partidor, no puede ser oponible, no está obligado a respetarlo, puede suceder que en la partición adjudique derechos sobre un bien distinto. Comprador demostrar que es un contrato onoroso conmutativo para aplicar la lesión enorme Bien baldío aquellos bienes que carezcan de historia registral, no tiene matrícula inmobiliaria. Si tuviera matrícula inmobiliaria se presume baldío si no hay antecedentes de derechos reales. Al presumirse baldío no permite contrato particulares, los bienes baldíos se adquiere bajo la ocupación T-488/
3. Forma es la adquisición por usucapión ( prescripción adquisitiva de dominio Un tercero o coheredero se haga dueño de ese derecho real, posesión+ tiempo… animus corpus, aprehensión material de la cosa … Si hay justo título: 5 años para la prescripción, 3 años si son bienes muebles No hay justo título: 10 años si son bienes muebles e inmuebles 4. Adquisición por acrecimiento art 1206-1214. Ficcion legal en virtud de la cual, la cuota de un legatarios que falta pasa a incrementar la cuota de quién a sido llamado conjuntamente sobre el mismo objeto. Ejm testamento Julián: se dispuso de una casa se adjudique a 3 personas, Tomás, Julián y José. No dijo en qué proporción se sobreentiende que es 33,3% y ⅓ El acrecimiento se da cuando tomas falta, la cuota de Tomás a incrementar la cuota de quién ha sido llamado conjuntamente sobre el mismo objeto incrementa la cuota de Julia y de José, no se llama incrementar sino Acrece, Julia y José se llevarán por derecho de cuota del 50% REQUISITOS DEL ACRECIMIENTO
Y si es posmuerto? Al morir después tomar tiene un derecho adquirido NO aplica acrecimektno porque estaba vivo sino TRASMISION. La única posibilidad los hijos de Tomás podrán participar y prevalecen sobre el acrecimiento