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Teoría de las categorias sociologicas
Tipo: Apuntes
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§ 1. Debe entenderse por “dominación”, de acuerdo con la definición ya dada (cap. I,§ 16), la probabilidad de encontrar obediencia dentro de un grupo determinado para mandatos específicos (o para toda clase de mandatos). No es, por tanto, toda especie de probabilidad de ejercer “poder” o “influjo” sobre otros hombres. En el caso concreto esta dominación (“autoridad”), en el sentido indicado, puede descansar en los más diversos motivos de sumisión: desde la habituación inconsciente hasta lo que son consideraciones puramente racionales con arreglo a fines. Un determinado mínimo de voluntad de obediencia, o sea de interés (externo o interno) en obedecer, es esencial en toda relación auténtica de autoridad. No toda dominación se sirve del medio económico. Y todavía menos tiene toda dominación fines económicos. Pero toda dominación sobre una pluralidad de hombres requiere de un modo normal (no absolutamente siempre) un cuadro administrativo (ver cap. I § 12); es decir, la probabilidad, en la que se puede confiar, de que se dará una actividad , dirigida a la ejecución de sus ordenaciones generales y mandatos concretos, por parte de un grupo de hombres cuya obediencia se espera. Este cuadro administrativo puede estar ligado a la obediencia de su señor (o señores) por la costumbre, de un modo puramente afectivo, por intereses materiales o por motivos ideales (con arreglo a valores). La naturaleza de estos motivos determina en gran medida el tipo de dominación. Motivos puramente materiales y racionales con arreglo a fines como vínculo entre el imperante y su cuadro implican aquí, como en todas partes, una relación relativamente frágil. Por regla general se le añaden otros motivos: afectivos o racionales con arreglo a valores. En casos fuera de lo normal pueden éstos ser los decisivos. En lo cotidiano domina la costumbre y con ella intereses materiales , utilitarios, tanto en ésta como en cualquiera otra relación. Pero la costumbre y la situación de intereses , no menos que los motivos puramente afectivos y de valor (racionales con arreglo a valores), no pueden representar los fundamentos en que la dominación confía. Normalmente se les añade otro factor: la creencia en la legitimidad. De acuerdo con la experiencia ninguna dominación se contenta voluntariamente con tener como probabilidades de su persistencia motivos puramente materiales, afectivos o racionales con arreglo a valores. Antes bien, todas procuran despertar y fomentar la creencia en su “legitimidad”. Según sea la clase de legitimidad pretendida es fundamentalmente diferente tanto el tipo de la obediencia, como el del cuadro administrativo destinado a garantizarla, como el carácter que toma el ejercicio de la dominación. Y también sus efectos. Por eso, parece adecuado distinguir las clases de
dominación según sus pretensiones típicas de legitimidad. Para ello es conveniente partir de relaciones modernas y conocidas.
terminología; otros (por ejemplo, Hall, Enthusiasmus und Bussgewalt , “Entusiasmo y poder expiatorio”) destacaron ciertas consecuencias importantes.
Advertencia preliminar : partimos aquí intencionalmente de la forma de administración específicamente moderna , para poderla contrastar después con las otras.
§3. La dominación legal descansa en la validez de las siguientes ideas, entrelazadas entre si:
a) un ámbito de deberes y servicios objetivamente limitado en virtud de una distribución de funciones. b) con la atribución de los poderes necesarios para su realización, y c) con fijación estricta de los medios coactivos eventualmente admisibles y el supuesto previo de su aplicación. Una actividad establecida de esa suerte se llama “magistratura” o “autoridad” ( Behörde ).
“Autoridades” en este sentido existen, lo mismo que en el “estado” y la “iglesia”, en las grandes explotaciones privadas, ejércitos y partidos. Una “magistratura” en el sentido de esta terminología es el presidente electivo de la república (o el gabinete ministerial, o los “diputados por elección”). Estas categorías no nos interesan, sin embargo, ahora. No toda “magistratura” posee en igual sentido “poderes de mando”; pero esta separación no interesa aquí.
A esto hay que añadir:
§5. La administración burocrática pura, o sea, la administración burocrático-monocrática, atenida al expediente, es a tenor de toda la experiencia la forma más racional de ejercerse una dominación; y lo es en los sentidos siguientes: en precisión, continuidad, disciplina, rigor y confianza; calculabilidad, por tanto, para el soberano y los interesados; intensidad y extensión en el servicio; aplicabilidad formalmente universal a toda suerte de tareas; y susceptibilidad técnica de perfección para alcanzar el óptimo en sus resultados. El desarrollo de las formas “modernas” de asociaciones en toda clase de terrenos (estado,
iglesia, ejército, partido, explotación económica, asociación de interesados, uniones, fundaciones y cualesquiera otras que pudieran citarse) coincide totalmente con el desarrollo e incremento creciente de la administración burocrática : su aparición es, por ejemplo, el germen del estado moderno occidental. A pesar de todos los ejemplos en contrario, sean éstos de representaciones colegiadas de interesados, comités parlamentarios, dictaduras de “consejos”, funcionarios honorarios o jueces no profesionales (y sobre todo, a pesar de los denuestos contra la “santa burocracia”), no debe uno dejarse engañar y perder de vista que todo trabajo continuado se realiza por funcionarios en sus oficinas. Toda nuestra vida cotidiana está tejida dentro de ese marco. Pues si la administración burocrática es en general -caeteris paribus - la más racional desde el punto de vista técnico-formal, hoy es, además, sencillamente inseparable de las necesidades de la administración de masas (personales o materiales). Se tiene que elegir entre la burocratización y el dilettantismo de la administración; y el gran instrumento de la superioridad de la administración burocrática es éste: el saber profesional especializado , cuyo carácter imprescindible está condicionado por los caracteres de la técnica y economía modernas de la producción de bienes, siendo completamente indiferente que tal producción sea en la forma capitalista o en la socialista. (Esta última, de querer alcanzar iguales resultados técnicos, daría lugar a un extraordinario incremento de la burocracia profesional). Y lo mismo que los dominados sólo pueden defenderse normalmente de una dominación burocrática existente mediante la creación de una contraorganización propia, igualmente sometida a la burocratización, así también el aparato burocrático mismo está ligado a la continuidad de su propio funcionamiento por intereses compulsivos tanto materiales como objetivos, es decir, ideales. Sin ese aparato, en una sociedad que separa a los funcionarios, empleados y trabajadores de los medios administrativos, y que requiere de modo indispensable la disciplina y la formación profesional , cesaría toda posibilidad de existencia par todos con excepción de los que todavía están en posesión de los medios de abastecimiento (campesinos). La burocracia continúa funcionando para la revolución triunfante o el enemigo en ocupación, lo mismo que lo hacía con el gobierno hasta ese momento legal. La cuestión es siempre ésta: ¿ quién domina el aparato burocrático existente? Y siempre esa dominación tiene ciertas limitaciones para el no profesional: el consejero profesional impone las más de las veces a la larga su voluntad al ministro no profesional. La necesidad de una administración más permanente, rigurosa, intensiva y calculable , tal como la creó -no solamente él, pero ciertamente y de modo innegable, él ante todo- el capitalismo (sin la que no puede subsistir y que todo socialismo racional tendrá que aceptar e incrementar), determina el carácter fatal de la burocracia como médula de toda administración de masas. Sólo el pequeño instituto (político, hierocrático, económico, etc.), podría prescindir ampliamente de ella. De igual manera que el capitalismo en el estadio actual de su desarrollo fomenta la burocracia -aunque uno y otra provengan históricamente de distintas raíces- asimismo, porque desde el punto de vista fiscal aporta los necesarios medios en dinero , constituye el fundamento económico más racional sobre el que puede subsistir aquélla en su forma también más racional. Junto a los supuestos fiscales existen para la burocracia condiciones esenciales de carácter técnico en los medios de comunicación. Su precisión exige el ferrocarril, el teléfono, el telégrafo, y está ligada a éstos de modo creciente. En esto ninguna alteración podría introducir un orden socialista. El problema radicaría (ver cap. II, §12) en si éste sería capaz de crear condiciones parecidas para una administración racional , que en este caso significaría una administración burocrática rígida, sometida a reglas aún más rigurosamente formales que las existentes en el orden capitalista. En caso contrario, nos encontraríamos de nuevo con una de aquellas grandes irracionalidades: la antinomia entre la racionalidad formal y material que tantas veces ha de constatar la sociología.
creyéndose en ella en méritos de esa santidad. El señor o los señores están determinados en virtud de reglas tradicionalmente recibidas. La , en el caso más sencillo, es primariamente una determinada por una comunidad de educación. El soberano no es un , sino un señor personal, su cuadro administrativo no está constituido por sino por , los dominados no son de la asociación sino: 1) (§ 7 a, o 2). Las relaciones del cuadro administrativo para con el soberano no se determinan por el deber objetivo del cargo sino por la fidelidad personal del servidor. No se obedece a disposiciones estatuidas, sino a la persona llamada por la tradición o por el soberano tradicionalmente determinado: y los mandatos de esta persona son legítimos de dos maneras: a ) en parte por la fuerza de la tradición que señala inequívocamente el contenido de los ordenamientos, así como su amplitud y sentido tal como son creídos, y cuya conmoción por causa de una transgresión de los límites tradicionales podría ser peligrosa para la propia situac ión tradicional del imperante; b) en parte por arbitrio libre el señor, al cual la tradición le demarca el ámbito correspondiente. Este arbitrio tradicional descansa primeramente en la limitación, por principio, de la obediencia por piedad. Existe por consiguiente el doble reino: a) de la acción del imperante materialmente vinculada por la tradición. b) de la acción del imperante materialmente libre de tradición, Dentro de este último el soberano puede dispensar su otorgando o retirando su gracia libérrima por inclinaciones o antipatías personales o por decisión puramente personal., particularmente también la comprada mediante regalos -la fuente de los o surge, contra la persona del señor (o de los servidores) que desatendió los límites tradicionales del poder, pero no contra el sistema como tal ( ). En el tipo puro de dominación tradicional es imposible la deliberada, por declaración, de nuevos principios jurídicos o administrativos. Nuevas creaciones efectivas sólo pueden ser legitimadas por considerarse válidas de antaño y ser reconocidas por la tradicional. Sólo cuentan como elementos de orientación en la declaración del derecho los testimonios de la tradición:.
§ 7. El imperante domina 1) sin. o 2) con cuadro administrativo. Sobre el primer caso, ver § 7 a número 1. El cuadro administrativo típi co puede ser reclutado de modo: a ) tradicional, por lazos de de los vinculados al señor (): ) pertenecientes al linaje, ) esclavos, ) funcionarios domésticos, , en particular: ) clientes, ) colonos, ) libertos; b) (): a) por relaciones personales de confianza ( libres de toda clase), ) por pacto deñor legitimado como tal (vasallos), fidelidad con el se ) funcionarios que entran libremente en la relación de piedad.
Con respecto a a) ) Es un principio administrativo frecuente de las dominaciones tradicionales el de otorgar los puestos más importantes a los pertenecientes al mismo linaje del imperante.
a) ) Esclavos y (a libertos se encuentran frecuentemente en las dominaciones patrimoniales hasta en las posiciones más elevadas (por ejemplo: no es cosa rara Grandes Visires que fueron esclavos). a) ) Los funcionarios domésticos típicos: senescal (gran lacayo), mariscal (palafrenero), camarero, gentilhombre de boca. mayordomo (jefe de la servidumbre y eventualmente de los vasallos) , se encuentran en Europa por doquier. En Oriente tiene especial importancia el gran eunuco (guardia del harén) , entre los reyezuelos negros el verdugo. por todas partes el médico de cabecera. el astrólogo y cargos semejantes. a) ) La clientela del rey fue en China como en Egipto la fuente de la burocracia patrimonial. a) ) Todo el Oriente conoció los ejércitos de colonos, y también existieron en la dominación de la nobleza romana ( Todavía en el Oriente islámico moderno se dieron los ejércitos de esclavos : Con respecto a b) a) El sistema de es específico de todo patrimonialísmo y motivo frecuente de las (ver el concepto al final de este parágrafo) b ) ) Sobre los ‘b) ) La surgió en los estados patrimoniales primeramente con los funcionarios de , Pero estos funcionarios, como se verá en seguida, eran ante todo servidores personales de los soberanos.
Al cuadro administrativo de la dominación tradicional en su tipo puro le faltó: a) la e ) el nombramiento regulado por libre contrato y el ascenso regrilado, d ) la formación profesional (como norma) e ) (a menudo) el sueldo fijo y más frecuentemente el sueldo pagado en dinero. Con respecto a a) en lugar de la competencia objetiva fija esta la concurrencia de las delegaciones y plenos poderes entre sí, otorgados por los señores a su arbitrio, al principio para un momento dado, pero luego convertidos en duraderos y finalmente estereotipados por la tradición, y determinada especialmente por la competencia por las probabilidades de emolumentos a disposición tanto de los delegados como de los señores al reclamar como suyas determinadas actividades; a través de tales intereses se constituyeron con frecuencia por vez primera las competencias objetivas, dando así lugar a la existencia de Todos los delegados investidos con competencias permanentes son al principio funcionarios domésticos del señor; su competencia no domestica (), es una competencia agregada a su función doméstica por afinidades objetivas de actividad, bastante superficiales a menudo, o por puro arbitrio del señor, y luego estereotipada por la tradición. Al principio junto a los funcionarios domésticos sólo existieron comisionados ad hoc.
La ausencia del concepto de “competencia” se desprende fácilmente del examen de la lista de los títulos de los funcionarios del antiguo Oriente. Es imposible - con raras excepciones- poder descubrir una esfera objetiva de actividad racionalmente delimitada al estilo de nuestras “competencias” permanentes. El hecho de la limitación de competencias permanentes de facto en virtud de la concurrencia y compromisos entre los intereses por los emolumentos se observa especialmente en la Edad Media. La acción de esta circunstancia ha sido muy rica en consecuencias. Los intereses por emolumentos de los poderosos tribunales de la corona y del no menos poderoso estamento nacional de los abogados dieron lugar en Inglaterra a que el imperio del derecho romano y canónico fuera en parte frustrado y en parte limitado. La limitación irracional , que encontramos en todas las épocas, de numerosas competencias , quedó estereotipada merced a la demarcación existente de las esferas de intereses en emolumentos.
Debe entenderse por gerontocracia la situación en que, en la medida en que existe una autoridad en la asociación, ésta se ejerce por los más viejos (originariamente según el sentido literal de la palabra: los mayores en años), en cuanto son los mejores conocedores de la sagrada tradición. Con frecuencia existe en asociaciones que no son primariamente económicas o familiares. Se llama patriarcalismo a la situación en que dentro de una asociación, las más de las veces primariamente económica y familiar , ejerce la dominación (normalmente) una sola persona de acuerdo con determinadas reglas hereditarias fijas. No es rara la coexistencia de gerontocracia y patriarcalismo. Lo decisivo es que el poder de los gerontes como el de los patriarcas, en el tipo pura, está orientado por la idea mantenida por los dominados (“compañeros”) de que esta dominación es un derecho propio tradicional del imperante, pero se ejerce, “materialmente”, como un derecho preeminente entre iguales y en su interés , y no es, por tanto, de libre apropiación por aquél. Para este tipo es lo determinante la carencia total de un cuadro administrativo personal (patrimonial) del imperante. Este es tanto más dependiente de la voluntad de obediencia de sus iguales, cuanto que carece de un “cuadro” administrativo. Los compañeros son todavía sus “iguales” y no sus “súbditos”. Pero son “compañeros” por la fuerza de la tradición y no “miembros” por disposición legal. Deben obediencia al imperante , peno no a normas positivas estatuidas. Y, desde luego, únicamente según tradición. El imperante, por su parte, está rigurosamente vinculado por esta tradición. Sobre las formas de gerontocracia , infra. El patriarcalismo originario le es afín porque la dominación sólo obliga dentro de la casa; en lo demás, su acción - como entre los jeques árabes - es sólo ejemplar, o sea del tipo de la influencia carismática, por ejemplo; o por el consejo y otros medios de influencia.
La forma sultanstista del patrimonialismo es a veces en su apariencia externa -en realidad nunca- plenamente tradicionalista. Sin embargo, no está racionalizada , sino desarrollada en ella en extremo la esfera del arbitrio libre y de la gracia. Pero esto se distingue de toda forma de dominación racional.
probabilidades económicas están apropiados por el cuadro administrativo. La apropiación -como en todos los casos semejantes (cap.II, § 19)- puede ser: a) la de una asociación o categoría de personas señaladas con determinadas características, o b) la de un individuo, y en este caso sólo vitalicia o hereditaria o de libre propiedad.
La dominación estamental significa también : a) Limitación permanente de la libre selección del cuadro administrativo por parte del soberano, en virtud de apropiación de los cargos o poderes políticos a) por una asociación ) por una capa estamentalmente calificada (cap.IV) b) Frecuentemente, además - y esto debe valer aquí como “tipo” -, significa, asimismo: a) apropiación de los cargos, y también (eventualmente) de las probabilidades lucrativas que su posesión procura. ) apropiación medios administrativos materiales y de los ) apropiación de los poderes políticos por los miembros individuales del cuadro administrativo.
Históricamente se nos muestran estos dos casos: 1) o que los apropiantes procedan de un cuadro administrativo anterior que no tenía carácter estamental o 2) que éstos no hayan pertenecido a ese cuadro antes de la apropiación. El poseedor estamental de poderes políticos apropiados sufraga los costos de la administración con sus propios medios administrativos apropiados en forma indivisa. Los poseedores de poderes de mando militares o los miembros de un ejército estamental se equipan ellos mismos , y eventualmente a los contingentes reclutados patrimonialmente, o a su vez en forma estamental (ejército estamental); o también la provisión de los medios administrativos y del cuadro administrativo por el almacén o caja del soberano puede ser objeto de apropiación, a cambio de servicios determinados, por parte de una empresa lucrativa, como ocurrió particularmente (aunque no sólo) en los ejércitos mercenarios de Europa en los siglos XVI y XVII (ejército capitalista). En los casos de luna apropiación estamental completa el poder total suele dividirse regularmente entre el señor y los miembros del cuadro administrativo apropiantes en virtud de su derecho propio; o puede existir también poderes propios, regulados por ordenanzas particulares del señor o por compromisos especiales con los apropiantes.
Caso 1: Ejemplo, cargos cortesanos de un señor apropiados como feudos; caso 2, ejemplo, señores territoriales que por privilegios señorial o por usurpación (las más de la veces lo primero es la legalización de lo último.) se apropiaron derechos políticos.
La apropiación por parte de los individuos puede descansar en:
de la usurpación o como retribución o medio lucrativo por servicios políticos; y lo mismo que en Occidente en otras partes.
§ 8. El servidor patrimonial puede obtener su sostén: a) por manutención en la mesa del señor. b) por asignaciones (predominantemente en especie) sobre las existencias del señor en dinero y bienes, c) mediante “tierras de servicio” ( Dienstland ), d) mediante apropiación de probabilidades de rentas, derechos o tributos, e) mediante feudo ( Lehen ).
Las formas de sostenimiento b ) hasta d ) deben llamarse prebendas cuando se confieren de un modo renovado, con apropiación individual pero nunca hereditaria, y se encuentran reguladas tradicionalmente en su amplitud ( b y c ) o en su jurisdicción ( Sprengel ) ( d ); y se llama prebendalismo a la existencia de una administración mantenida principalmente en esta forma. En ella puede existir un ascenso por edad o por servicios objetivamente estimables y puede exigirse la cualificación estamental y, por lo tanto, el honor estamental (véase para el concepto de “estamento” el cap. IV). Llámanse feudos los poderes políticos de mando apropiados cuando se confieren principalmente por contrato a individuos cualificados y cuando los recíprocos derechos y obligaciones están orientados en principio por conceptos de honor estamental y militar. La existencia de un cuadro administrativo mantenido principalmente con feudos se llama “feudalismo de feudo” ( Lehenfeudalismus ). Feudos y prebendas militares se mezclan hasta ser a veces indistinguibles (véase sobre esto, cap. IV: Estamento). En los casos d ) y e ), a veces también en el caso c ), el poseedor apropiante de los poderes de mando sufraga los gastos de la administración y eventualmente del equipo militar, en la forma ya explicada, con los medios de la prebenda o el feudo. Sus propias relaciones señoriales con los súbditos pueden entonces tomar carácter patrimonial (es decir, hacerse hereditarias, enajenables, divisibles).
extremo desarrollada: concesión de ingresos a cambio de la puesta en pie de contingentes militares y el pago de los gastos administrativos.
§9. La dominación patrimonial y especialmente la patrimonial-estamental trata -en caso del tipo puro- a todos los poderes de mando y derechos señoriales económicos a la manera de probabilidades económicas apropiadas de un modo privado. Lo cual no excluye que las distinga cualitativamente. Especialmente cuando apropia algunas de ellas como preeminentes en forma particularmente regulada. Y en especial cuando trata la apropiación de poderes judiciales y militares como fundamento jurídico de la posición estamental privilegiada de los apropiantes frente a la apropiación de probabilidades puramente económicas (de dominios, de tributos o de emolumentos), y cuando separa dentro de estas últimas las fundamentalmente patrimoniales de las fundamentalmente extrapatrimoniales (fiscales). Para nuestra terminología lo decisivo es el hecho de que en principio se trate a los derechos señoriales y a las probabilidades a ellos unidas como si fueran probabilidades privadas.
Von Below subraya, por ejemplo, con razón ( Der deutsche Staat des Mittelalters , “El Estado alemán de la Edad Media”) que particularmente la apropiación del señorío jurisdiccional recibió un tratamiento separado, siendo fuente de situaciones estamentales especiales, y que, en general, no puede afirmarse un carácter puramente patrimonial o puramente feudal en la asociación política medieval. Con todo, en la medida en que el señorío jurisdiccional y otros derechos de puro origen político fueron tratados en forma de derechos privados, parece justo, según nuestra terminología, hablar de una dominación “patrimonial”. El concepto mismo proviene (es decir, su construcción rigurosa ), como es sabido, de la obra de Haller: Restauration der Staatswissenschaften , “Restauración de las ciencias del Estado”. Un estado “patrimonial” con pureza absoluta , típico ideal, no se ha dado históricamente.
§ 9 a. La dominación tradicional opera sobre la naturaleza de la economía , por regla general, ante todo mediante un cierto fortalecimiento del sentir tradicional; con el máximo de rigor en las dominaciones gerontocráticas y patriarcales puras, las cuales no se apoyan en ningún cuadro administrativo propio de los señores que pueda encontrarse en oposición con los demás miembros de la asociación, y que, por tanto dependen en su propia legitimidad en forma extrema de la observancia de la tradición. Por lo demás, la acción sobre la economía depende
desarrollo del mercado o a sujetarlo deliberadamente a necesidades políticas; el predominio de la segunda puede obrar en sentido opuesto.
profesionales. Para ello es necesaria la existencia : 1) de una formación profesional: 2) de un motivo suficientemente fuerte; normalmente: concurrencia de varios poderes patrimoniales parciales dentro del mismo ámbito cultural, y 3) de un factor muy peculiar: la incorporación de asociaciones comunales urbanas a los poderes patrimoniales concurrentes como apoyo de su potencia financiera.
§ 10. Debe entenderse por “carisma” la cualidad, que pasa por extraordinaria (condicionada mágicamente en su origen, lo mismo si se trata de profetas que de hechiceros, árbitros, jefes de cacería o caudillos militares), de una personalidad, por cuya virtud se la considera en posesión de fuerzas sobrenaturales o sobrehumanas -o por lo menos específicamente extracotidianas y no asequibles a cualquier otro- o como enviados del dios, o como ejemplar y, en consecuencia, como jefe , caudillo, guía o líder. El modo como habría de valorarse “objetivamente” la cualidad en cuestión, sea desde un punto de vista ético, estético u otro cualquiera, es cosa del todo indiferente en lo que atañe a nuestro concepto, pues lo que importa es cómo se valora “por los dominados” carismáticos, por los “adeptos”.
El carisma de un “poseso” (cuyos frenesís se atribuían, al parecer sin razón, al uso de determinadas drogas; en el Bizancio medieval se mantenía un cierto número de éstos dotados con el carisma del frenesí bélico como una especie de instrumento de guerra), de un “chaman” (magos, en cuyos éxtasis, en el caso puro, se daba la posibilidad de ataques epileptoides como condición previa), la del fundador de los mormones (quizás, mas no con seguridad absoluta, un tipo refinado farsante) o la de un literato entregado a sus éxtasis demagógicos como Kurt Eisner, todos ellos se consideran por la sociología, exenta de valoraciones, en el mismo plano que el carisma de los que según apreciación corriente son “grandes” Héroes, Profetas y Salvadores.
1- Sobre la validez del carisma decide el reconocimiento -nacido de la entrega a la revelación, de la reverencia por el héroe, de la confianza en el jefe- por parte de los dominados: reconocimiento que se mantiene por “corroboración” de las supuestas calidades carismáticas -siempre originariamente por medio del prodigio. Ahora bien, el reconocimiento (en el carisma genuino) no es el fundamento de la legitimidad, sino un