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Esta Cartilla fue revisada y actualizada por la Unidad de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, dependiente de la Secretaría de Marina, junto con el Centro Nacional de Derechos Humanos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. MÉXICO, 2016
Primera edición: diciembre, 2016 ISBN: 978-607-729-303- D. R. © Secretaría de Marina Armada de México Heroica Escuela Naval Militar Núm. 861, Los Cipreses, Coyoacán, C. P. 04830, Ciudad de México. D. R. © Comisión Nacional de los Derechos Humanos Periférico Sur 3469, esquina Luis Cabrera, Col. San Jerónimo Lídice, C. P. 10200, Ciudad de México. Impreso en México. Cartilla de Derechos Humanos para el personal de la Secretaría de Marina , se terminó de imprimir en diciembre de 2016 en los talleres de Trigeminum, S. A. de C. V., Campesinos núm. 223-J, colonia Granjas Esmeralda, C. P. 09810, Delegación Iztapalapa, Ciudad de México. El tiraje consta de 100,000 ejemplares. Número de identificación: SEGS/CART/
Este documento fue elaborado a partir del marco normativo de actuación de la Secretaría de Marina Armada de México.
Promover el respeto de los derechos humanos
en el actuar del personal de la Secretaría de Ma-
rina Armada de México ante la sociedad, para
evitar hechos o actos que puedan vulnerar tales
derechos.
Esta cartilla es una herramienta de
consulta inmediata para que sepas:
¿Qué son los Derechos Humanos? ¿Cómo protegerlos cuando desarrolles operacio- nes o cualquier acto del servicio? ¿Cuáles son las consecuencias de su violación? OBJETIVO
Son las prerrogativas y libertades fundamen-
tales que tienen todas las personas, relacionadas
con su dignidad como seres humanos.
Están protegidos por la Constitución , trata-
dos internacionales y leyes nacionales.
Su respeto y el acato a la legalidad por parte
de los servidores públicos legitima el actuar del
Estado mexicano y dignifica a todas las personas.
Violarlos trae consecuencias para el Estado
mexicano y tú incurres en responsabilidad penal,
administrativa y/o disciplinaria.
Una violación grave a estos derechos puede ser
investigada y castigada en cualquier momento,
sin importar cuántos años hayan pasado.
Como todas las personas, tú también
gozas de estos Derechos.
Los Derechos Humanos: I. ASPECTOS ESENCIALES
II. PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN MÉXICO
Todos estamos obligados a promover, respetar,
proteger y garantizar los Derechos Humanos.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos
( CNDH ):
- Es un organismo autónomo que investiga
presuntas violaciones a estos derechos.
- Si determina que hubo violación, podrá emitir una
recomendación a la Institución, a fin de que se repare
el daño a los afectados, se sancione a los respon-
sables y se tomen medidas para no repetir actos
similares.
Es importante que toda información que se otor-
gue a petición de la CNDH esté sustentada, sea ve-
rídica y se rinda en el tiempo solicitado.
NO ESTÁS OBLIGADO A OBEDECER ÓRDENES CUANDO
IMPLIQUEN: UN DELITO, UNA VIOLACIÓN A DERECHOS
HUMANOS O INFRINJAN LA DISCIPLINA NAVAL
Son violaciones a Derechos Humanos, que se
pueden cometer de forma individual o de manera
conjunta, entre otras, las siguientes :
ESTANDO FRANCO: uniformado o no, si uti- lizas tu investidura o recursos de la SEMAR, puedes cometer violaciones a Derechos Humanos, delitos e infringir la disciplina naval.
• TORTURA Y TRATOS CRUELES, INHUMANOS
O DEGRADANTES
• DESAPARICIÓN FORZADA
• PRIVACIÓN DE LA VIDA
• VIOLENCIA SEXUAL
• CATEOS ILEGALES
• DETENCIÓN ARBITRARIA
• RETENCIÓN ILEGAL
• INCOMUNICACIÓN
• AMENAZAS
• INTIMIDACIÓN
• ROBO
• DISCRIMINACIÓN
• INTERVENCIÓN DE COMUNICACIONES
• VIOLACIONES AL DERECHO A
III. LA PROTECCIÓN DE LA SALUD VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS
TORTURA Y TRATOS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES
_- La misión se cumple si acatas la ley.
- Respeta la dignidad personal._ Acto realizado intencionalmente por cualquier autoridad o servidor público al ocasionar a una persona penas o sufri- mientos físicos, psicológicos o sexua- les con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como casti- go personal, pena, medida preventiva (para que haga o deje de hacer algo), o cualquier otro fin tendiente a anular la personalidad de la víctima. Quien cometa o presencie estos he- chos sin dar parte, será investigado y, en su caso, sancionado. LOS DERECHOS HUMANOS SON DE TODAS LAS PERSONAS
VIOLENTA:
La integridad personal y la dignidad
PRIVACIÓN ARBITRARIA DE LA VIDA
Causar la muerte intencionalmente a una persona. VIOLENCIA SEXUAL Es cualquier acto que degrada o daña el cuerpo y/o la sexualidad de las personas y que, por tanto, atenta contra su libertad, dignidad e integridad física a través de la coacción. La coacción puede abarcar:
- Uso de grados variables de fuerza.
- Intimidación psicológica.
- Extorsión.
- Amenazas (por ejemplo, de daño físico a la persona o a un familiar cercano, etcétera). También puede haber violencia sexual si la persona no está en condiciones de dar su consentimiento, por ejemplo, cuando está ebria, bajo los efectos de un estupefaciente, dormida o tiene al- guna discapacidad mental. Constituye violencia sexual:
- Desnudez forzada.
- Amenazas verbales, insultos y burlas sexuales.
- Tocamientos de carácter sexual.
- Toma de fotografías o videos de carácter sexual.
- Introducción del pene del agresor ya sea en la vagina, la boca o el ano, o de cualquier otra parte del cuerpo u objeto en la vagina, o el ano de cualquier hombre o mujer.
VIOLENTA:
- Derecho a la vida.
- Impide el pleno, libre y efectivo ejercicio de los Derechos Humanos. NO A LA VIOLENCIA
CATEOS ILEGALES
Es la introducción de autoridades a un domicilio, departa-
mento, vivienda o cualquier otro inmueble de propiedad
privada, sin la correspondiente orden girada por un Juez.
Sigue siendo un cateo ilegal aun si se produce en au-
sencia de ocupantes del inmueble, con engaño o violen-
cia, o aun con permiso de la persona autorizada para
darlo.
DETENCIÓN ARBITRARIA
Es la detención de una persona sin que exista: 1) una
orden de un juez, 2) una orden de un Agente del Minis-
terio Público o, 3) flagrancia, esto es, en el momento
en que se está cometiendo el delito, o inmediatamente
después de que fue cometido, si hubo una persecución
ininterrumpida.
RETENCIÓN ILEGAL
Las personas detenidas deben ser puestas a disposi-
ción del Ministerio Público sin demora.
La retención se actualiza cuando la persona deteni-
da es trasladada a otros lugares distintos a la sede de
la autoridad ministerial o judicial.
INCOMUNICACIÓN
Impedir a un detenido el contacto o comunicación con
cualquier persona.
AMENAZAS
Hacer saber a una persona que se le causará un daño en
su integridad física o psicológica, en sus bienes, su honor,
sus derechos o los de alguien con quien esté relacionado.
INTIMIDACIÓN
Tipo de violencia física o psicológica cometida por una
autoridad con el ánimo de causar miedo a cualquier per-
III. VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS
IV. CONSECUENCIAS DE UNA VIOLACIÓN A DERECHOS HUMANOS
Es importante que recordemos que, como servidor
público, puedes incurrir en diversos tipos de respon-
sabilidades originadas por la misma causa o hecho.
Quien comete una violación a derechos humanos
puede incurrir en responsabilidad penal , adminis-
trativa y/o disciplinaria; independientemente de la
responsabilidad institucional que la CNDH determine
para la institución a la que pertenezca.
DERECHOS
HUMANOS
PROCESOS A LOS QUE PUEDES QUEDAR SUJETO:
DISCIPLINA
MILITAR
ADMINIS- TRATIVO PENAL
V. DETENCIÓN
¿CUÁNDO PROCEDE LA DETENCIÓN?
Siempre que se realice en auxilio de las autoridades ci- viles cuando exista:
**- Una orden escrita dictada por un Juez competente.
- Una orden escrita girada por el Agente del Ministerio Público en caso urgente, o
- Cuando la persona está cometiendo un delito o inme - diatamente después de haberlo cometido, si existe una persecución ininterrumpida, esto es, en flagrancia.**
¿CÓMO ACTUAR AL MOMENTO DE DETENER A
UNA PERSONA?
**- Identifícate como personal perteneciente a la Armada de México.
- En caso de que haya una orden escrita, girada por un Juez o Agente del Ministerio Público, deberás mostrarla a la persona detenida.
- Debes comunicarle inmediatamente los derechos que le asisten.
- Respeta y protege la vida e integridad física y psico - lógica de la persona y procura evitar que se lastime a sí misma o a terceros.
- Procura la atención médica que sea posible a las personas heridas o enfermas.**
DERECHOS QUE DEBES DAR A CONOCER
AL MOMENTO DE LA DETENCIÓN
INFORMA A LA PERSONA DETENIDA LO SIGUIENTE:
**- Usted tiene el derecho a ser informado de los hechos que motivaron su detención.
- Tiene derecho a guardar silencio.
- Tiene derecho a declarar. Si decide hacerlo, debe estar asistido de su defensor ante la autoridad competente.
- Tiene derecho a ser asistido por un defensor, si no quiere o no puede hacerlo, le será designado un defensor público.
- Tiene derecho a hacer del conocimiento de un familiar o de la persona que desee, los hechos de su detención y el lugar de custodia en que se halle en cada momento.
- Usted es considerado inocente desde este momento hasta que la autoridad jurisdiccional de- termine lo contrario.
- En caso de ser extranjero, tiene derecho a que el consulado de su país sea notificado de su detención y a recibir asistencia consular.
- Tiene derecho a un traductor o intérprete, el cual le será pro- porcionado por el Estado.**
- Tiene derecho a ser presentado ante el Ministerio Público o ante el Juez de control, según sea el caso, inmediatamente después de ser detenido o aprehen- dido. V. DETENCIÓN TUS DEBERES: **- Informar al detenido sus derechos.
- Deberás videograbar y/o fotografiar el mo- mento en que le leas los derechos al deteni- do, para dejar debida constancia.**
¿CÓMO PROTEGER A NIÑAS,
NIÑOS Y ADOLESCENTES,
PERSONAS ENFERMAS, ADULTAS
MAYORES, CON DISCAPACIDAD
Y MUJERES EMBARAZADAS,
DURANTE LA DETENCIÓN?
ESTÁS OBLIGADO A BRINDAR PROTECCIÓN
ESPECIAL A LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
PARTICULARMENTE DURANTE LAS OPERACIONES
QUE SE REALICEN, POR LO TANTO: