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Análisis de Títulos de Crédito y Operaciones de Crédito en México, Apuntes de Derecho Civil

Se explica de manera bastante clara los pilares de los Contratos Civiles

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 16/04/2020

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Instituto Universitario del Centro de México.
Licenciatura en Derecho.
Quinto Cuatrimestre.
Títulos y operaciones de crédito.
Profesor: Lic. Julián Esquivel Martínez.
Alumno: Juan Carlos Mancera Herrera.
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¡Descarga Análisis de Títulos de Crédito y Operaciones de Crédito en México y más Apuntes en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

Instituto Universitario del Centro de México.

Licenciatura en Derecho.

Quinto Cuatrimestre.

Títulos y operaciones de crédito.

Profesor: Lic. Julián Esquivel Martínez.

Alumno: Juan Carlos Mancera Herrera.

Introducción.

En este ensayo, se analizará de manera profunda, en primer lugar, los títulos de crédito que emite el Estado Federal y en segundo la apertura de crédito, estos temas no sólo serán mencionados, sino que serán exhaustivamente analizados y explicados en el presente ensayo, lo cuál dejará como resultado, la adquisición de nuevos conocimientos (para no quedarnos atrasados, la situación actual por la que atravesamos no significa que no podamos aprender cosas nuevas). En primer lugar, como ya habíamos visto en los dos anteriores parciales, vimos que el Estado requiere recursos para poder cumplir con sus funciones. A esos recursos se les denomina Gasto Público. Este se recolecta a través de diversas formas, entre ellas están los impuestos y otras contribuciones que las personas (físicas y morales) deben pagar a la Federación, la venta del petróleo y gas natural, de la venta de bienes y servicios del cual el gobierno es dueño (CFE, Aeropuertos, etc.). Pero, y si todos estos recursos no son suficientes, ¿Qué puede hacer el Estado para obtener recursos para hacer frente a sus obligaciones financieras? La respuesta es la adquisición de deuda por parte del Estado. Existen diversas formas en las que el Estado puede adquirir deuda, las cuales estudiaremos a fondo en este ensayo. En el segundo tema estudiaremos como el crédito se estructura, como funciona y como los particulares pueden acceder a este. Pero ¿Qué es el crédito? Un crédito es una operación de financiación donde una persona llamada ‘acreedor’ (normalmente una entidad financiera), presta una cierta cifra monetaria a otro, llamado ‘deudor’, quien, a partir de ese momento, garantiza al acreedor que retornará esta cantidad solicitada en el tiempo previamente estipulado más una cantidad adicional, llamada ‘intereses’. Así, el crédito será la confianza que se tiene en la capacidad de cumplir y en la solvencia de un individuo, de saldar dicha obligación contraída. Llegado el caso de que el deudor no pudiera hacer frente al crédito que le fue concedido, el acreedor se encuentra en su derecho de comenzar acciones legales para poder recuperar el dinero que prestó al acreedor.

Petrobonos. Los petrobonos son títulos de crédito que el Estado emite (con el fin de recaudar fondos) y que se encuentran respaldados por ciertos números de barriles de crudo, siendo estos instrumentos de deuda a mediano plazo (debido que el plazo de vencimiento es a tres años a partir de la emisión de estos). Este título de crédito tiene su marco jurídico en los artículos 25, 27 y 28 de la Carta Magna, dado que el primer artículo, al darle la rectoría de la economía al Estado, le otorga de igual forma la potestad para utilizar los instrumentos de deuda cuando este lo considere pertinente, en el segundo artículo (el 27 Constitucional), al tener el gobierno la propiedad exclusiva de todos los recursos naturales que se encuentre en el suelo y subsuelo, este puede decidir como serán usados esos recursos y por último en el tercer artículo citado (el 28 constitucional), en este se le entrega al Estado la rectoría en exclusiva de las empresas paraestatales y por ende el gobierno es que el marca las pautas del actuar de estas. Cuando el gobierno emite petrobonos, le compra a PEMEX cierto número de barriles de crudo (la cantidad que se compra se calcula a lo que el gobierno requiere, con el precio que tienen estos al momento de la compra), después de comprar los barriles de crudo, los petrobonos son colocados en el mercado bursátil mediante la figura de la subasta, aquí es cuando los inversores (estos pueden ser desde el ciudadano común hasta instituciones financieras), le colocan ofertas de compra de estos bonos al Estado, este las estudia con detenimiento y se los vende a quien le haya hecho mejor oferta. Al momento de que se vence el plazo de vencimiento (de tres años), PEMEX coloca en el mercado los barriles de petróleo que le compró el gobierno, realiza la venta de estos y con el producto de esta transacción, se liquida (es decir se le paga el valor de bonos más el rendimiento) a los tenedores de los petrobonos, con lo que se extingue la obligación que asumió el gobierno para con los inversores que adquirieron estos instrumentos de deuda, el rendimiento que estos logran tener dependen de dos factores, el primero el precio del barril de crudo en el mercado al momento del vencimiento y el otro factor es la paridad dólar-peso, es decir el precio en la que se encuentra esta moneda en el mercado cambiario mexicano al momento del vencimiento. El producto de la venta de estos bonos se le adjudica a un fideicomiso controlado por Nafinsa (Nacional Financiera), debido a la naturaleza de este título de crédito, cuyo objetivo es el financiamiento del Estado a proyectos productivos (objetivo por el cuál existe Nafinsa), a nombre de esta institución se emiten los bonos, a la vez que esta institución se encarga de la administración de los recursos que se obtuvieron por la

venta de los petrobonos. Este fideicomiso se creó mediante decreto presidencial y se público en el DOF el 04 de abril de 1977. Títulos de crédito bancarios y operaciones de crédito. Los títulos de crédito bancarios y operaciones de créditos crean un vínculo entre el deudor (quien adquirió la obligación financiera, es decir contrató el servicio de deuda) y el acreedor (por lo general una institución financiera, es el que otorgó el prestamos al deudor. Estos instrumentos de deuda, como se dijo en el párrafo anterior otorgan derechos y crean obligaciones, esta última existe a cierto plazo de tiempo y que el pago de esta se realizará en una cierta cantidad de plazos (en meses que van de 6 meses a 72 meses, dependiendo del tipo de crédito y de la institución que da este), durante estos plazos el acreedor no solo recupera la cantidad de dinero que otorgó en crédito (ya sea porque entrego el efectivo o por la mercancía que el deudor adquirió a través de este mecanismo), sino por los intereses que este instrumento creó (recordemos que este el objetivo de los créditos, el de ganar dinero mediante el servicio de otorgar deuda). Pero, que sucede cuando el acreedor tiene un número considerable de deudores que cayeron en la morosidad (es decir que están en incumplimiento de pago), cuando esto ocurre se crea una cartera vencida, lo cual es dañino para el acreedor, por lo cual recurre a la venta de estos títulos a una tercera persona. Cuando este acto jurídico (llamado reporto) ocurre, la persona que posee los títulos de crédito y que cederá la propiedad de estos a cambios de una cierta cantidad de dinero (esta fue acordada con anterioridad) se convierte en el reportado, mientras que la persona que adquirirá los derechos de estos títulos a cambio de cierta cantidad de efectivo, se le conocerá como reportador, todo esto se encuentra estipulado en el Artículo 259, Título Segundo de las Operaciones de Crédito, Capítulo I del Reporto, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. (Nota, a partir de aquí cuando me refiera a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, usaré las siglas LGTOC) La forma en que este acuerdo de partes queda formalizado debe ser por escrito, en este documento deben de estar los datos completos tanto del reportado como el del reportador (toda esta información permite que se pueda identificar de manera concreta a ambas partes), todo lo anterior se encuentra plasmado en LGTOC en su artículo 260. Los cambios en la propiedad de estos títulos como en el pago que se hace por estos últimos se encuentran regulados en el artículo 261 de la LGTOC, donde se indica que la persona que compra los títulos, el reportador se convertirá en el titular de derechos sobre estos títulos (lo cuál le otorga el derecho a cobrar esta deuda), mientras que el

de la financiación de obra pública) en este se le dio la potestad exclusiva a la SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público) de estos títulos (desde el momento de la emisión, hasta cuando son comprado por los accionistas), por lo cual esta institución del orden federal es la que controla todo lo relacionado con estos. Acciones de las sociedades anónimas bancarias. Las sociedades anónimas dentro del derecho mercantil, las sociedades anónimas existen cuando los socios que la conforman son titulares de cierto porcentaje de acciones (esta depende de la cantidad de dinero que estos hayan aportado en la conformación del capital social de la sociedad), por lo que, a su vez, los hacen titulares de obligación solo por la cantidad de acción que estos tengan. Estas sociedades tendrán una denominación legal (el nombre con la que se registro al momento de crear la empresa), según lo estipulado en el artículo 87 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, al final con la denominación S.A (abreviación de Sociedad Anónima) Las acciones, le otorga a su poseedor derechos en la sociedad, como el derecho a votar para la toma de decisiones en la empresa (cada acción que tenga el socio equivale a un voto) y el derecho a la participación en las utilidades que este genere (la proporción de esta participación, estas están legalmente definidas como “la forma en que se divide el capital social de una sociedad anónima y estas estarán representadas por títulos nominativos que servirán para acreditar y transmitir la calidad y los derechos de socio, y se regirán por las disposiciones relativas a valores literales, en lo que sea compatible con su naturaleza y no sea modificado por la presente Ley” (esto establecido en el artículo 111 de la Ley General de las Sociedad Mercantiles.) La única forma en la que el titular de las acciones sea liberado de estas (de los derechos y obligaciones que esto conllevan) cuando “el valor de estas esté totalmente cubierto, el accionista a su vez entregue a la sociedad la propiedad de las acciones” según acuerdo de la asamblea general extraordinaria.” Tomando en cuenta lo anterior, estas sociedades cuando se conforman en el sector bancario (que su actividad comercial estará enfocada en este rubro), el de ofrecer el servicio de banca (cuentas de ahorro, otorgamientos de créditos, inversiones en el mercado bursátil), por lo que los dueños de las acciones que constituyen esta sociedad, aparte de tener voz y voto en la toma de decisiones de esta, tendrán derecho a recibir parte de las utilidades del banco. Salvo las cajas de ahorros y las cooperativas de crédito, todas las demás entidades de crédito bancarias privadas deben revestir la forma de sociedad anónima. (todo esto por disposición de la CONDUSEF).

Diferencia entre operaciones bancarias y de crédito. Para poder saber las diferencias entre ambas operaciones, primero debemos de saber, en que consisten cada una de ellas en el marco del Derecho Mercantil. Las operaciones bancarias se pueden definir como toda actividad que el banco realiza con el fin de generar dinero, este se genera cuando la institución bancaria “vende” dinero a los usuarios, es decir le otorga recursos que esta misma dispone como resultado de la captación que tiene de otros usuarios, es decir el banco utiliza el dinero que la gente deposita en cuentas de ahorro para generar más dinero, esto funciona de la siguiente manera:  El banco utiliza los recursos que recibió por los clientes y lo utiliza para ofrecer el servicio de deuda a sus clientes, estos a su vez al momento de pagar esta deuda, no solo regresan al banco la cantidad que se les fue prestada, sino que pagarán al banco el costo por el servicio (intereses), con lo que cuál la institución financiera restituye los ahorradores su dinero (mas una pequeña ganancia) y lo que queda después se lo queda el banco en forma de utilidades. Las operaciones de crédito se dan cuando los particulares (los clientes que forman parte del banco) compran a las instituciones bancarias títulos de créditos conocidos como CEDES (Certificados de depósitos bancarios de dinero a plazo), este instrumento de deuda funciona de manera similar a los CETES y de igual manera su vencimiento es a corto plazo (estos plazos son a 90, 180 o 390 días) y el banco (que al igual que el Estado) utiliza los recursos que se recaudaron para actividades productivas (que en el caso del banco son los servicios activos como loa préstamos y el otorgamiento de créditos). Cuando los CEDES cumplen con su plazo de vencimiento, el banco paga al cliente además de la cantidad prestada, un porcentaje de interés (este depende del plazo que el cliente eligió). Habiendo entendido en que consisten ambas operaciones financieras, encontré que la diferencia primordial entre estas es, que mientras en el primer caso el banco mueve el dinero que tiene disponible (lo que esta depositado en cuentas de ahorro) para generar más dinero, en el segundo caso este usa títulos de crédito, para poder ofrecer sus servicios de banca.

pueda el acreditado presentarse ante establecimientos comerciales afiliados al creador de la tarjeta y haciendo uso de su crédito obtenga bienes o servicios que el establecimiento que los proporcione; el que cobrará al creador de la tarjeta, que a su vez enviará al acreditado un estado de cuenta mensual y le cobrará el importe de las disposiciones que haya realizado. Dentro de las principales características de la tarjeta de crédito están:  Equivale a dinero en efectivo en los establecimientos afiliados al sistema de tarjeta de crédito del banco o empresa emisor.  Posee un número de identificación personal y confidencial (NIP),  Proporciona dinero en efectivo en los cajeros automáticos, ventanillas del banco o negocios afiliados.  Tiene vigencia mínima de un año.

Conclusiones. En el ensayo, vimos como el Estado tiene herramientas para poder financiar sus actividades (mediante la deuda), para con esto evitar en la medida de lo posible tener que recurrir al financiamiento extranjero, debido a que esta es más complicada de usar, tanto porque esta debe ser aprobada por la Cámara de Diputados como porque estas deudas son a largo plazo, cuál la diferencia de los CETES, ya que al ser está deuda a corto plazo, paga una cantidad mucho más inferior, además estudiamos en que se utiliza el dinero que se obtuvo de la ventas de los títulos de crédito para la realización de actividades productivas. Estudiamos como es proceso para que se emita y se vendan estos títulos, esto con el fin de regular la cantidad de estos que se encuentran en el mercado bursátil, para mantener controlada la deuda (para poder mantener unas finanzas sanas y evitar desequilibrios en la balanza de pagos). Esto último es de vital importancia, ya que un desequilibrio en esta provocaría una crisis en el sistema bancario, lo cuál provocaría una inflación galopante y una depreciación de la moneda (lo cuál a vez provocará más inflación, lo cual hará que se cree un círculo vicioso, que arruinara la economía del país que la sufra). No solo el gobierno utiliza esta figura, el sistema bancario cuando lo requiere utiliza un título conocido como CEDE, el cuál al igual que los CETES vencen a corto plazo, los que compren este título a diferencia de los CETES, si generan intereses (porque es parte de una actividad especulativa). Además de estudiar este tema, estudiamos en que consiste la apertura de crédito (contrato mercantil entre acreditante y acreditando), donde se pone un plazo para pagar la deuda (esta se pagará, junto con los intereses que esta genero mes con mes) y donde se estipulará que cantidad de intereses y costos pagará el deudor, para pagar el servicio de deuda que utilizo a la apertura el crédito. Estudiamos en que consiste la tarjeta de crédito en el derecho mercantil, que es una forma de pago, donde el titular de esta podrá contraer deuda (aquí se establece un monto), y esta deuda será pagada (ya sea al mes siguiente o a meses diferidos ) más