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SE RELACIONA TODOS LOS PRINCIPIOS, CLASES DE PROCESOS ETC.
Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones
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¡No te pierdas las partes importantes!
se despende otros principios:
que sea mas favorable para el trabajador
la valoración que haga el juez.
favorable, es decir en el mismo tiempo existen dos normas laborales o dos interpretaciones que regulan la misma situación fáctica, en este caso el aplicador deberá escoger la norma mas favorable a las pretensiones del trabajador. Articulo 21
favorable de cada norma)
menoscaben la situación del trabajador, caso en el cual seguirá vigente las leyes anteriores.
cualquier pacto o arreglo que contrarié este principio será ineficaz. Art. 53 C.N.
trabajador, pues no podría ser obligado infinitivamente contra su voluntad. Si el trabajador ha llevado el desempeño exigido no se le puede remover.
incorporan los contratos, con el fin de evadir las obligaciones laborales. Siempre que exista prestación personal del servicio, subordinación y salario estaremos encampo de un contrato de trabajo. Art. 53 CN, art 23 CST
Los principios del derecho laboral sirven para:
Heterónomas o Estatales: Impuestas por la ley en sentido amplio Articulo 53 y 93 de la constitución
Autónomas o paraestatales: Lo acuerdan las partes
Derecho de trabajo es un derecho social Persona natural presta un servicio a:
alcalde o defensor de familia, siempre y cuando el oficio no vulnere su integridad física.
artísticos, culturales, deportivos y recreativos. Art 35 CIA
Con el tiempo se ha tratado de asimilar el contrato de trabajo con algunas figuras contractuales como:
trabajo.
asumen todos los socios, pero en el trabajo el trabajador no puede asumir perdidas.
vocación de permanencia en el tiempo, es solo por el negocio para el cual se acordó.
Consensual, bilateral, oneroso, conmutativo, tracto sucesivo, principal y autónomo.
Articulo 23 CST
escrito y firmado por las partes:
presunción en cuanto a que las señoras que ayudan en los domicilios, se presume que los 15 primeros días son de prueba. Máximo 60 días
pacte exclusividad. Art 25
comercial etc. Ej. Soy socio y gerente de Mc Donald`s
Ligado al principio de estabilidad laboral, que busca evitar que el empleador arbitrariamente finalice en contrato de trabajo unilateralmente El CST consagra cuatro formas de contrato de trabajo
Están determinado por el factor tiempo
Estas e prorrogan automáticamente, razón por la cual si el empleador no desea que el trabajador siga laborando debe hacérselo saber en un tiempo no inferior a 30 días antes de que finalice el contrato, además deberá liquidar las prestaciones sociales.
tanto.
causa, el empleador deberá indemnizar.
Contenido del RIT Este debe tener dos capítulos importantes:
suspensiones y sanciones. Para imponer alguna sanción disciplinaria el patrono deberá oír tanto al trabajador como a dos representantes del sindicato a que este pertenezca
trabajadores
SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO art 51 CST
Requisitos:
suspensión del trabajo.
u otras diferentes a la voluntad del empleador Requisitos:
del país 180 días.
primera vez puede ser suspendido hasta por 8 días y si es segunda vez puede ser por 2 meses.
Reanudación art 52: Cuando la causa de la suspensión ha cesado se debe avisar al trabajador por un medio de comunicación idóneo que puede regresar a su puesto de trabajo. Este deberá regresar dentro de los 3 días, so pena de que el empleador termine el contrato por justa causa. Así es cuando media las causales 1, 2, 3 y 7.
Efectos de la suspensión: Se interrumpe para el trabajador la obligación de prestar servicios y la del empleador la de pagar salario, además este tiempo no se computa para efectos de liquidar las vacaciones, cesantías y jubilación.
JORNADAS DE TRABAJO art 158 Es el tiempo en el que el trabajador esta en sumisión del empleador. En los casos del teletrabajo hay una sumisión indirecta.
Clases:
mayor salario, pues se paga el 35% mas de la hora de trabajo, ya que implica mayor desgaste
Nadie esta obligado a trabajar horas extras, salvo:
sacar los productos.
Legislación de menores – ley de infancia y adolescencia
Trabajos por turnos En los establecimientos en los cuales funcionan de manera permanente, se puede dividir los labores por turnos, para que se trabaje 48 horas, 40 horas sin que represente trabajo suplementario, siempre que el promedio de horas laboradas en 3 semanas no supere 8 horas diarias, ni 48 semanales. Se da una clase de compensación
Excepciones a la jornada máxima laboral
de trabajo
Actividades recreativas ley 50/
jornadas de 48 horas semanales, se debe otorgar 2 horas a la semana para actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación. Se debe cumplir 104 horas al año
Contraprestación directa del servicio. Características
Clases
tienen relación directa con la jornada ordinaria de trabajo(el que pactan las partes). Puede ser fijo o variable dependiendo lo que se pacte.
¿Cuando se paga?
se causo el derecho.
de cambio de la fecha de pago.
Trabajo igual salario igual Trabajo igual en cuanto a turno, cargo y condiciones de eficiencia debe haber salario igual
Deducciones retenciones y embargos sobre salario El trabajador debe autorizar al empleador para que deduzca de su salario partidas con una destinación expresa, el empleador puede disponer sobre el salario de trabajador para hacer las deducciones y retenciones que autoriza la ley ej. Aportes a la SS, cuotas sindicales, también se puede disponer del salario por orden judicial, en este caso hay un limite hasta un máximo del 50% si la causa de la obligación es una pensión alimenticia o por deudas con cooperativas, si son mas deudas la orden del juez es que se descuente la quinta parte de lo que excede del salario del trabajador descontado el valor del salario mínimo
Salario mínimo Mínima retribución que debe recibir un trabajador por la prestación de servicio.
partes por medio de un decreto, si no se ponen de acuerdo, el Gobierno decide y dicta el Decreto de incremento de salario mínimo.
la bonanza cafetera de los 70’ cuando el salario mínimo rural supero el salario mínimo urbano.
Auxilio de cesantías Consiste en el pago en dinero de un mes de salario por cada año de servicio y proporcional por fracción menor de un año, se causa día a día y solo es exigible una vez termine el contrato salvo en algunos casos como:
una deuda sobre un inmueble
El empleador cumple su obligación liquidando a 31 de Diciembre y consignando antes del 15 de febrero de cada año el auxilio de cesantías causado en el año inmediatamente anterior, en el fondo de cesantías que haya elegido libremente el trabajador.
día de mora.
causales son:
empleador el revelar los secretos. Como los tres casos tienen carácter de delito para que la perdida sea efectiva o real es necesario que hay una sentencia penal condenatoria para que se pierda el derecho, mientras ocurre la sentencia el empleador está autorizado para retener el pago del valor de las cesantías que tenga en su poder, y las que están consignadas en un fondo de cesantías debe indicarle al fondo que se abstenga de pagarlas hasta que la justicia penal decida.
salario variable se toma lo devengado en el ultimo año
Se pagar en el mes de Enero de cada año el 12% anual sobre el valor de auxilio de cesantías causado en el año inmediatamente anterior, por tiempo menor de un año de vigencia de contrato de trabajo los intereses se agravarían proporcionales al tiempo de ese contrato. Si vencido el mes de enero no paga los intereses a las cesantías la sanción es pagar el doble del valor. Se dan directamente al trabajador
La obligación del empleador pagar cada semestre quince días de salario al trabajador que haya laborado el semestre de una manera total, trabajó menos debe pagarse proporcionalmente al número de días laborados en ese semestre, aplica la noción de último salario el que no ha tenido variación en los últimos meses pagados a la fecha de la prima de servicio y debe agregarse como en el auxilio de cesantías el auxilio legal de transporte. es una prestación especial
Implica que el empleador debe darle al trabajador(a), que devengue hasta dos salarios mínimos de salarios ordinario calzado y vestuario apropiado para la función que desempeñe y debe pagar al máximo 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre. Es decir 3 dotaciones anuales puede entregárselas las 3 al comenzar el contrato.
derecho está en cuando completa los tres meses de cada periodo.
desempeña el trabajador(a).
obligado a proporcionar cuando la labor que desempeña el trabajador (a) implica un riesgo funcional propio.
siguiente periodo y debe aplazarlo para el otro.
ese momento, dentro del contrato de trabajo entonces se pagaría el valor promedio de lo que ha costado las dotaciones de trabajo a esa empresa.
se le aplica la indemnización moratoria. Esta no es automática
No es una prestación social, No es salario, es un auxilio de descanso. El derecho se causa cada vez que el trabajador cumple un año al servicio del empleador y corresponden 15 días hábiles, y se paga lo correspondiente a días calendarios. En algunas profesiones como rayos X y los profesionales dedicados a la lucha contra la tuberculosis se les concede 15 días cada 6 meses
Se entiende por días hábiles los días en que la persona labora, para determinar si el sábado es día hábil o no es día hábil, si la jornada correspondiente el día sábado físicamente se trabaja ese día o esa jornada se ha distribuido en los demás días de la semana, se considere que el sábado es día hábil, sino se esta en esos dos casos el sábado se considera como día no hábil. El pago cuando se disfruta vacaciones es el salario ordinario que esta devengando el día en que comienza a disfrutar vacaciones. Cuando hablamos de salario ordinario se excluye horas extras y dominicales trabajados.
La norma dice que de cada periodo es obligatorio disfrutar si quiera 6 días hábiles y el saldo lo puede acumular así: Para calcular el valor de las vacaciones no se utiliza el auxilio de transporte Trabajador ordinario: Puede acumular hasta 2 periodos. Trabajador Técnico, directivo o extranjero: puede acumular hasta 4 periodos
¿cuándo debe salir el trabajador a vacaciones?
antes la fecha que sale a vacaciones.
¿Porque se dice que las vacaciones prescriben 4 años después de su causación?
vacaciones solamente vencido ese año comienza a ser exigible. Por eso es que son 4 años después de la causación.
prescripción opera en contra de quien tiene el derecho y a favor del que tiene la obligación. En este caso es Extintiva.
no se puede firmar otro contrato de aprendizaje con la misma empresa ni con otra distinta, pero si el mismo estudiante se forma en un área distinta, puede también ser aprendiz en esa área Pago o apoyo de sostenibilidad: Fase lectiva: 50% del salario mínimo, Fase práctica: 75% del salario mínimo con todas sus prestaciones sociales, pero si la tasa de desempleo es menor al 10% deberá recibir el 100% del salario mínimo. Si el aprendiz es universitario dicho apoyo de sostenimiento no podrá ser inferior a un salario mínimo Afiliación a Seguridad Social: El aprendiz debe ser afiliado a seguridad social.
las aptitudes del trabajador, y por parte de éste, la conveniencia de las condiciones del trabajo.
y en todo caso no puede superas 2 meses
pueden prorrogarlo antes de vencerse el período inicialmente estipulado, sin que el tiempo total de la prueba pueda exceder dichos límites.
El trabajador gozara de todas la prestaciones en el periodo de prueba
La duración del contrato se entiende celebrado por el año escolar, salvo estipulación por tiempo menor. Para el efecto de los derechos de vacaciones y cesantía, se entiende que el trabajo del año escolar equivale a trabajo en un año del calendario. Las vacaciones reglamentarias del respectivo establecimiento dentro del año escolar serán remuneradas y excluyen las vacaciones legales, en cuanto aquéllas excedan de quince (15) días.
no existiera una justa causa para dar por terminado el contrato de trabajo es decir impida todo tipo de despido que no sea justificado Consecuencia en caso de despido: Cualquier terminación del contrato que no esté justificada va a obtener la consecuencia judicial del reintegro del trabajado. Derecho colombiano: Nunca ha existido, lo mas parecido era una norma que protegía a los trabajadores que llevaban más de 10 años al servicio de un mismo empleador, a pesar de no ser íntegramente absoluto es lo más parecido que hemos tenido, entonces a este trabajador tenía derecho a elegir dos opciones cuando era despedido sin justa causa 1. solicitar la indemnización o 2. solicitar el reintegro; esto es a discrecionalidad del juez. La ley quedo fuera de vigencia con la ley 50/
el tema es que el empleador debe pagar los perjuicios y daños causados por haber terminado ese contrato. Derecho colombiano: Es la que esta en el CST
ejemplo serían los cargos de libre nombramiento y remoción, es precaria porque yo puedo terminar en cualquier momento el vínculo con el trabajador sin que tenga que justificar la decisión y tampoco vamos a generar una indemnización por la decisión que se está tomando, es simplemente la discrecionalidad total del empleador. Derecho colombiano: Antes del CST, existía la Clausula de Reversión, consistía en un plazo presuntivo en el cual el empleador podía terminar el contrato en un termino de 6 meses, solo debía dar un preaviso igual al termino de pago de salarios.
situaciones mas frecuentes son:
acudir al ministerio de trabajo, sino se hace hay una presunción que consiste en que el despido se debió al embarazo o lactancia.
sindical (5 miembros principales y 5 miembros suplentes e la junta directiva del sindicato, 2 miembros principales y 2 miembros suplentes de la comisión de reclamo y los fundadores del sindicato) o fuero circunstancial (todos los
trabajadores de la empresa cuando se entra en proceso de negociación colectiva ), se debe acudir al juez laboral, demandar al trabajador y pedir que se levante el fuero sindical, sino se debe reintegrar reintegrara.
autorización del ministerio deberá: 1) reintegrar 2) indemnización 3) pagar salarios dejados de percibir
por lo que no hay mala fe, pero el empleador con base en la solidaridad debe seguir pagando cotizaciones en seguridad socia, para que la trabajadora reciba atención medica y licencia de maternidad.
entre si, sin embargo la sentencia las permite acumular por el efecto punitivo y no resarcitorio de la indemnización.
Reglas sobre el alcance de la protección reforzada de la maternidad y licencia en el ámbito laboral, varia en los diferentes contratos:
caso deberá:
equivalente a 60 días de salario + licencia de maternidad) + indemnización por despido sin justa causa)
licencia de maternidad.
contrato subsiste. Empleador deberá demostrar que no conocía pues hay una presunción de que si la despidió fue por la situación de embarazo
reintegro mas indemnización del articulo 239. Principio de no discriminación.
la situación, pues si es posible prorrogar el contrato lo ordenara cuando el objeto subsiste, pero si no es posible prorrogar el contrato debido a que no es posible continuar el objeto, terminara el contrato y el empleador quedara obligado por la seguridad social.
se mantiene el objeto del contrato se debe renovar, además por medio de acción de tutela podría buscar el pago de indemnización por despido sin justa causa (el pago de los salarios por los días que faltaron para terminar el contrato).
solo se ordenaría cotización por periodo de gestación
de gestación y si el objeto continua es procedente la renovación del contrato
determine si continua o no el objeto del contrato:
que obedecen al tiempo de lactancia.
objeto, se podrá dar por terminado el contrato, sin embargo el empleador quedara obligado a las cotizaciones por el periodo de gestación (principio de solidaridad)
contrato no desaparecería y se aplica el articulo 239 CST.
Reglas sobre el alcance de la protección reforzada en trabajadores con estado de discapacidad en el sector publico: SENTENCIA T- 148/
prejudicialidad no es requisito de despido
relación a ellas
inmoral
juez laboral
previamente se había despedido al trabajador, seria una terminación sin justa causa y da lugar a indemnización
estudio sobre el rendimiento del trabajador, así mismo una comparación del trabajador y sus compañeros que ejercen las mismas funciones
deficiencia) o para que mejore su rendimiento
estado de embriaguez no se considera vicio.
utiliza se llama y advierte, de seguir renuente se termina el contrato
protección
difícil ocurrencia, pues para decir que una persona es inepta es necesario:
Con la ley 797 de 2003 trae la posibilidad de que cuando el trabajador cumple los requisitos para pensionarse, tienen 30 días para solicitar la pensión, si en dicho termino no lo hace el empleador podrá tramitarlo Con la sentencia 1037 de 2003 dice la corte que con las altas tasas de desempleo no se puede dar el lujo de que alguien que ya se encuentra pensionado siga ocupando puestos de trabajado
enfermedad o lesión que lo incapacite para el trabajo, cuya curación no haya sido posible durante ciento ochenta (180) días. El despido por esta causa no podrá efectuarse sino al vencimiento de dicho lapso y no exime al {empleador} de las prestaciones e indemnizaciones legales y convencionales derivadas de la enfermedad. CUASAL QUEDO REVALUADA CON EL FUERO DE DISCAPACIDAD
TERMINACIÓN DEL CONTRATO CON JUSTAS CAUSAS POR PARTE DEL TRABAJADOR (DESPIDO INDIRECTO) ART. 62 B
promete al trabajador algunas condiciones que no se dan
O Los Miembros De Su Familia, Dentro O Fuera Del Servicio, O Inferidas Dentro Del Servicio Por Los Parientes, Representantes O Dependientes Del Empleador Con El Consentimiento O La Tolerancia De Éste. ( aquí entra los casos de acoso laboral)
Seguridad O Su Salud, Y Que El Empleador No Se Allane A Modificar.
impone una mayor carga para que no pueda ejecutar su labor
legales : Lo importante es la reiteración, no deben ser obligaciones graves.
lugares diversos de aquél para el cual se le contrató, a. no puedo afectar la dignidad del trabajador y b. no puedo causar un perjuicio al trabajador,
cuando se presente un cambio arbitrario que implique la vulneración de derechos fundamentales se incurriría en esta causal.
cumplimiento de mayores funciones o puede hacer un cambio de funciones, lo que no puede hacer es un cambio del objeto contractual.
falta grave calificada como tal en pactos o convenciones colectivas, fallos arbitrales, contratos individuales o reglamentos.
ejercer el derecho de defensa)
del ministerio de trabajo, la ley 50/90 estableció unos porcentajes de despidos mínimos para determinar cuando se entiende por despido colectivo, dentro de un termino de 6 meses:
indemnizaciones. Hay un solo caso en el que no es necesario pagar el total de las indemnizaciones y es cuando hay una crisis financiera en la empresa y su capital se encuentra disminuido en 1000 SMLMV, acá se podrá pagar las indemnizaciones entre 50 y 100%
Todo cambio de un patrón por otro, sea cual sea la causa, siempre y cuando subsista la identidad del establecimiento (no sufra variaciones esenciales en el giro esencial de sus actividades o negocios), la sola sustitución de patrono no suspende, extingue ni modifica el contrato de trabajo.
sustitución sean exigibles, si el nuevo empleador paga podrá repetir contra el antiguo,
cesantías por el tiempo servido y hasta la sustitución, como si se tratara de retiro voluntario, sin que ello indique termino del contrato, si así no fuere deberá entregar al nuevo empleador el valor total de todas las cesantías que fueren exigibles.
acuerdos no pueden afectar derechos de los trabajadores
trabajador a colaborar en mi proceso productivo Relaciones jurídicas existentes
delega la subordinación del trabajador a la empresa usuaria
empresa usuaria transgrede las fronteras de la subordinación dispuesto por la EST, en ese caso hay reconfiguración de las relaciones jurídicas
información de la seguridad social de sus trabajadores
Relaciones jurídicas existentes
régimen de compensación, y los estatutos de la cooperativa
reconfiguración de las relaciones existentes y la cooperativa terminara siendo un simple intermediario y quedaría obligado solidariamente. Historia A finales del siglo pasado y principios de este siglo, se aumentan las CTA debido a que sale mas económico que contratar con EST, sin embargo ello lleva a estado de precariedad a los trabajadores, en las negociaciones del TLC y por presiones directas de EEUU, se comienzan a regular estas y con el decreto 4588 del 2006 establecen la prohibición para que las cooperativas se comporten como EST y señalan tres requisitos para que puedan contratar con terceros:
subordinación
Régimen de responsabilidad
beneficiaria sea una empresa del Estado, el servidor publico que contrato con la cooperativa, a sabiendas que era una contratación ilegitima responderá con su patrimonio, además estará incurso en una falta grave.
El decreto 2025 del 2010 trae unos indicios de intermediación ilegal Si el ministerio se da cuenta que hay intermediación ilegal, puede entrar a negociar con la empresa beneficiaria, un acuerdo de formalización, esto lo trae la ley 1429 del 2010 consistente en una negociación que hace la empresa beneficiaria con el ministerio, con el propósito de que a cambio de otorgarle estabilidad laboral a los trabajadores de la cooperativa se les haga rebajas en las multas, es decir se contrata directamente a cambio de las multas.
Hay una empresa beneficiaria que terceriza su proceso productivo, en este contrato es al sindicato. Este es uno de las funciones del sindicato además de negociar convenciones colectivas, ellos pueden obtener contratos sindicales.
En el año 65 cuando nace el C.S.T estaban hechos para los sindicatos de empresa, hoy en día se da mas en los sindicatos gremiales o por industria, para evitar que los pertenecientes al sindicato tengan doble calificación, pues solo tendrían vinculo con el sindicato y no con la empresa. Este vinculo con el sindicato se llama afiliación y el afiliado obtiene un pago llamado compensación
Con la prohibición a los CTA, se liquidaron y volvieron sindicato pero no con el objetivo de negociar colectivamente, sino para contratar Régimen de responsabilidad es solidaria entre sindicato y empleador El origen del contrato sindical esta en el régimen laboral colectivo Al contrario de las CTA estos nacen con unas reglas mínimas las cuales pueden ser aumentadas por el sindicato (horarios de 8 horas, SMLMV, la SS lo paga el sindicato), no trae las prestaciones sociales, pero el sindicato puede otorgarlas El sindicato debe constituir una póliza que garantiza el derecho de los afiliados
ACOSO LABORAL- ley 1010/ Definición: Conducta desplegada por el sujeto activo que busca intimidar psicológicamente al trabajador y este sujeto activo puede ser el empleador, un compañero o un subalterno, el acoso es muy parecido al bullying, tiene casi los mismo elementos solo que los espacios son diferentes. Debe ser una agresión psicológica, pues si es física se regirá por las causales del articulo 62 Además debe ser consiente del agresor y debe ser persistente que busca aburrir al trabajador hasta que se vaya En la ley 1010 se le ordena a todo empleador modificar su reglamento interno de trabajo e incluir un capitulo destinado al acoso laboral El articulo 10 establece cuales son las sanciones al agresor, las cuales resultan muy frágiles toda vez que van desde pagar una multa que oscila entre 2 a 10 SMLMV para el empleador que lo tolera aun si el no lo realizo y si proviene de un compañero, seria no renovar el contrato Competencia: La ley 1010 y la resolución 652/ 2012 que es modificada por la resolución 1356 del 2012, no dice que debe existir un Comité De Convivencia Laboral y este comité debe tener representante de los trabajador y de los empleadores, en ese orden de ideas se debe seguir los siguientes pasos:
es menester que el comité de convivencia.
Esto se puede desde que falla el comité
publico (procuraduría) o a las salas jurisdiccional disciplinaria o seccionales del consejo superior de la judicatura El periodo de los comités será de dos años a partir de la comunicación de la elección Conductas generadoras de acoso: Burlas, comentarios regionalistas, sobre la ropa, sobre la vida sexual de las personas, poner carga adicional de trabajo, algo que la doctrina extranjera llama es hacer el vació, (todos van a Villeta y a esa persona no la invitan) Procedimiento:
ella y se tomara la decisión
Caducidad: Las acciones emanadas del acoso laboral caducan a los 6 meses posteriores a la ocurrencia de los hechos que dieron lugar.