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Importancia de la Eficacia de los Derechos Fundamentales en la Sentencia T406 del 92, Diapositivas de Criminología

Este documento analiza la sentencia t406 del tribunal administrativo de bolívar de 1992, en la que se discute la importancia de garantizar la eficacia de los derechos humanos, especialmente los derechos económicos, sociales y culturales. El texto hace referencia a un caso específico en el que las empresas públicas iniciaron la construcción de un servicio de alcantarillado en el barrio vista hermosa de cartagena, pero no terminaron la obra, lo que provocó el vertimiento de aguas negras y problemas de salud pública. La comunidad presentó peticiones para que las empresas terminasen la obra o implementasen medidas para proteger la salud pública, pero no obtuvo respuesta positiva, por lo que la cuestión fue llevada al tribunal. El documento discute la importancia de los derechos fundamentales y cómo se relacionan con el estado social de derecho, enfatizando la importancia de los operadores de justicia, especialmente los jueces, en garantizar el respeto y la salvaguarda de estos derechos.

Qué aprenderás

  • ¿Cómo se relacionan los derechos fundamentales con el estado social de derecho?
  • ¿Qué derechos se discuten en este documento?

Tipo: Diapositivas

2019/2020

Subido el 19/10/2020

john-alexander-carlos-rojas
john-alexander-carlos-rojas 🇨🇴

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Presentado a: Prof. Jorge Arley Villamil
Presentado por: John Alexander Carlos Rojas
UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA.
FACULTAD DE DERECHO
DERECHOS HUMANOS
Grupo 157
ANALISIS DE LA SENTENCIA T406 DEL 92
Magistrado ponente Dr. Ciro Angarita Barón
Peticionario: José Rodríguez R.
Procedencia: Tribunal administrativo de Bolívar.
En el año 1991 se dio inicio a la construcción del servicio de alcantarillado para el barrio
Vista Hermosa en la ciudad de Cartagena por parte de las empresas públicas. De igual manera
en hechos aun no claros si por el afán de dar por inaugurada una obra inconclusa se puso en
funcionamiento la misma, provocando el desbordamiento de aguas negras en diferentes
puntos de la comunidad.
De igual manera la comunidad ha elevado diversas peticiones con el fin de solicitar a las
Empresas Públicas terminar con la obra, subsanar los problemas que se vienen presentando
con el vertimiento de las aguas; al no obtener respuesta positiva, esta petición es elevada ante
el Tribunal, con la pretensión principal que sea ordenada a las Empresas Pública la
terminación de la obra o la implementación de medidas tendientes a proteger la salud pública
de la comunidad.
Por lo anterior la Sala de Revisión considera que es de vital importancia un pronunciamiento
de fondo necesario para darle alcance a los derechos sociales, económicos y culturales
realizando una analogía especifica que le permita esbozar su estrecha relación con los
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Presentado por: John Alexander Carlos Rojas UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA. FACULTAD DE DERECHO DERECHOS HUMANOS Grupo 157 ANALISIS DE LA SENTENCIA T406 DEL 92 Magistrado ponente Dr. Ciro Angarita Barón Peticionario: José Rodríguez R. Procedencia: Tribunal administrativo de Bolívar. En el año 1991 se dio inicio a la construcción del servicio de alcantarillado para el barrio Vista Hermosa en la ciudad de Cartagena por parte de las empresas públicas. De igual manera en hechos aun no claros si por el afán de dar por inaugurada una obra inconclusa se puso en funcionamiento la misma, provocando el desbordamiento de aguas negras en diferentes puntos de la comunidad. De igual manera la comunidad ha elevado diversas peticiones con el fin de solicitar a las Empresas Públicas terminar con la obra, subsanar los problemas que se vienen presentando con el vertimiento de las aguas; al no obtener respuesta positiva, esta petición es elevada ante el Tribunal, con la pretensión principal que sea ordenada a las Empresas Pública la terminación de la obra o la implementación de medidas tendientes a proteger la salud pública de la comunidad. Por lo anterior la Sala de Revisión considera que es de vital importancia un pronunciamiento de fondo necesario para darle alcance a los derechos sociales, económicos y culturales realizando una analogía especifica que le permita esbozar su estrecha relación con los

Presentado por: John Alexander Carlos Rojas UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA. FACULTAD DE DERECHO DERECHOS HUMANOS Grupo 157 derechos fundamentales, enfocados en dos ejes específicos, “alcance del estado social de derecho y delimitación de los derechos fundamentales”. Entendido como el monstro marino esbozado en el Leviatán de Hobbes, como aquella figura que le entrego parte de la libertad con el objetivo para el caso específico de garantizar los estándares mínimos de salario, educación, salud y habitación, bajo la premisa de un derecho y no terminarla pro convertirla en una herramienta mediática utilizada para servilismos e incluso caridad. Es por lo anterior, que es necesario matizar sobre la importancia que juega la norma fundamental establecida en nuestro estado social de derecho “constitución política”, en donde claramente se desarrolla en su articulado en la parte dogmática los principios de la organización del estado y por sobre todo los derechos fundamentales, situación que deja claramente estipulado su aplicación y no su interpretación. Estos principios relacionados anteriormente en la parte dogmática permiten entender claramente la naturaleza organizativa y política del Estado, regulando las relaciones entre los gobernantes y el gobernador, claramente explicados en el contrato social de Juan Jacobo Rousseau y los demás autores contractualitas, quienes hacer especial hincapié en el cómo funcionan esta clase de relaciones. Así mismo, en esta norma de normas, se enfatiza claramente en la importancia que tienen los operadores de justicia, especialmente los jueces, en la garantía de la eficacia de los derechos fundamentales, entendiendo que de manera ineludible y prioritaria el juez a través

Presentado por: John Alexander Carlos Rojas UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA. FACULTAD DE DERECHO DERECHOS HUMANOS Grupo 157 De igual manera, la alta corte ha expresado claramente que algunos derechos no aparecen expresamente considerados como fundamentales, son embargo, bajo el principio de conexidad con otros derechos de esencia fundamental, son de obligatoria protección.