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Derecho de acción en el procedimiento civil colombiano mapa conceptual, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho Civil

Mapa conceptual sobre el derecho de acción

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2020/2021

Subido el 01/04/2021

alexandra-botina
alexandra-botina 🇨🇴

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¡Descarga Derecho de acción en el procedimiento civil colombiano mapa conceptual y más Esquemas y mapas conceptuales en PDF de Derecho Civil solo en Docsity!

A. DERECHO DE ACCIÓN Está íntimamente ligado al d fundamt de acceso a la justicia (art 229 CN) pues la persona para poder poner en movimiento el aparato del estado lo logra mediante el ejercicio del d de acción. La acción es el d a la jurisdicción, es decir el d de acudir ante un juez para que le resuelva un conflicto juridico. Es poner en movimiento el aparato judicial. Todas las personas tienen d de acción. 2” Elemento Subjetivo: - sujeto activo: dte. - sujeto pasivo: estado en cabeza del juez (porque el estado es el que soporta mi petición) Elemento Objetivo: Pretensión Es el interés que le asiste al dte al ejercitar este d y en este sentido lo que se quiere es que se declare sentencia definitiva (el objeto, lo que se quiere) Causa: Hechos La pretensión siempre se ha de fundar en una "causa petendi" que corresponden a los hechos que constituyen, modifican o transforman la relación jurídico procesal y que a la postre han de ser objeto de prueba para obtener la decisión favorable. Causa = "causa patendi" (causa de la petición) que corresponden a los hechos (que fundamentan la petición). Es toda manifestación de voluntad del dte en virlud de la cual se expresa lo que se quiere, es decir, lo que se busca con el ejercicio del d de acción. La pretensión entonces es la intencionalidad del dte. Esta juega un papel importante en la actuación procesal, pues ella permite fijar el interés que le asiste al de y de paso, delimita la actividad jurisdiccional en la medida en que la decisión que debe adoptar el juez debe estar sujeta al principio de la congruencia entre lo pedido y lo fallado - No pueden haber fallos ultrapetila (por más de lo pedido "que le page más”) ni extrapetita (por fuera de lo pedido "sino pidió intereses de mora y el juez se los reconoce") EJEMPLOS. *Proceso Declarativo: 1. Que se declare terminado el contrato por la mora 2, Que se restituya el bien inmueble. *Proceso Ejecutivo: 1. Que se libre mandamiento ejecutivo de pago. 2. Que se libre mandamiento ejecutivo de pago por el capital. 3. Que se pague los intereses de plazo de tal fecha a tal fecha 4. Que se pague el interes de mora desde el vencimiento hasta el día que se cumpla completamente la oblig