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derecho civl para los aluens que desean aprender em base a un apremio que tiene q ver los, Tesis de Derecho Civil

derecho civl es para alumnos que deseeen saber algo de derecho epanl

Tipo: Tesis

2022/2023

Subido el 08/03/2024

juan-garzon-26
juan-garzon-26 🇪🇨

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SEÑOR JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL,
MERCANTIL, LABORAL, INQUILINATO Y RELACIONES VECINALES;
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES
INFRACTORES COTACACHI
CUESACA GUANDINANGO JESSICA JULISSA dentro de la causa signada con el
numero 10332-2020-00661 comparezco ante su autoridad y manifiesto lo siguiente:
I
En virtud de que con fecha 24 de marzo del 2023 el demandado dentro de la presente
causa señor OSCAR EFRAIN PASTAS GUERRERO ha sido debidamente notificado
en cuanto al mandamiento de ejecución dictado el 11 de febrero del 2023 en el cual se
ordena el pago de la cantidad de: DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y
TRES DÓLARES CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($2.453.98 a la tarjeta
no. 1001-34175 del sistema de pensiones alimenticias (supa), perteneciente a la actora,
por concepto de pensiones alimenticias atrasadas, en el término de cinco días contados
desde su notificación, y toda vez que ha a la presente fecha no ha realizado pago alguno
en cuanto a su obligación, de conformidad a lo dispuesto en el art 137 de Código
Orgánico General De Procesos sustituido por la sentencia No. 012-17-SIN-CC de fecha
10 de mayo del 2017, emitida por la Corte Constitucional del Ecuador, con el objeto de
determinar las medidas de apremio aplicables en razón de las circunstancias que
generaron que el alimentante no cumpliera con el pago de sus obligaciones, para la cual
deberá contar con todos los medios que justifiquen dicho incumplimiento, solicito se
convoque a las partes procesales a la AUDIENCIA DE MEDIDAS DE APREMIO, para
lo cual se servirá señalar día y hora.
Notificaciones que me correspondan el sabre recibir en el correo electrónico
juanmiguels1991@gmail.com perteneciente a mi abogado defensor
DEBIDAMNTE AUTORIZADO FIRMO COMOABOGADO DEFENSOR
AB JUAN BENAVIDES
MAT. 10-2016-31

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SEÑOR JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL,

MERCANTIL, LABORAL, INQUILINATO Y RELACIONES VECINALES;

FAMILIA, MUJER, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y ADOLESCENTES

INFRACTORES COTACACHI

CUESACA GUANDINANGO JESSICA JULISSA dentro de la causa signada con el numero 10332-2020-00661 comparezco ante su autoridad y manifiesto lo siguiente: I En virtud de que con fecha 24 de marzo del 2023 el demandado dentro de la presente causa señor OSCAR EFRAIN PASTAS GUERRERO ha sido debidamente notificado en cuanto al mandamiento de ejecución dictado el 11 de febrero del 2023 en el cual se ordena el pago de la cantidad de: DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES DÓLARES CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($2.453.98 a la tarjeta no. 1001-34175 del sistema de pensiones alimenticias (supa), perteneciente a la actora, por concepto de pensiones alimenticias atrasadas, en el término de cinco días contados desde su notificación, y toda vez que ha a la presente fecha no ha realizado pago alguno en cuanto a su obligación, de conformidad a lo dispuesto en el art 137 de Código Orgánico General De Procesos sustituido por la sentencia No. 012-17-SIN-CC de fecha 10 de mayo del 2017, emitida por la Corte Constitucional del Ecuador, con el objeto de determinar las medidas de apremio aplicables en razón de las circunstancias que generaron que el alimentante no cumpliera con el pago de sus obligaciones, para la cual deberá contar con todos los medios que justifiquen dicho incumplimiento, solicito se convoque a las partes procesales a la AUDIENCIA DE MEDIDAS DE APREMIO, para lo cual se servirá señalar día y hora. Notificaciones que me correspondan el sabre recibir en el correo electrónico juanmiguels1991@gmail.com perteneciente a mi abogado defensor DEBIDAMNTE AUTORIZADO FIRMO COMOABOGADO DEFENSOR AB JUAN BENAVIDES MAT. 10-2016-