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Demanda de Juicio Sucesorio Agrario, Guías, Proyectos, Investigaciones de Derecho Agrario

Demanda de Juicio Sucesorio Agrario Intestamentado

Tipo: Guías, Proyectos, Investigaciones

2020/2021

Subido el 04/06/2021

davidddjh
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Centro de Estudios Superiores C.T.M
Justo Sierra O’Reilly
Licenciatura en Derecho
Demanda de Juicio Sucesorio
Lic. Puerto-Guadalupe Elizabeth Reyes
Chán.
Integrantes:
- Pérez Canché David Jhonatán
- Martín Dorante Jeshua
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¡Descarga Demanda de Juicio Sucesorio Agrario y más Guías, Proyectos, Investigaciones en PDF de Derecho Agrario solo en Docsity!

Centro de Estudios Superiores C.T.M

Justo Sierra O’Reilly

Licenciatura en Derecho

Demanda de Juicio Sucesorio

Lic. Puerto-Guadalupe Elizabeth Reyes

Chán.

Integrantes:

- Pérez Canché David Jhonatán

- Martín Dorante Jeshua

DEMANDA DE JUICIO

SUCESORIO

EXPEDIENTE NO.

NUCLEO EJIDAL: YAXKUKUL

MUNICIPIO: YAXKUKUL

ESTADO: YUCATÁN

MAGISTRADA LILIA OCHOA MUÑOZ DEL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO

DEL DISTRITO 3 4 DEL MUNICIPIO DE MÉRIDA YUCATÁN.

P R E S E N T E

C. JUANITA COOL CHI, Mexicana por nacimiento, mayor de edad legal por mi propio derecho y en mi carácter de madre del extinto ejidatario JOSÉ HU CHI, señalando para oír y recibir toda clase de notificaciones en el predio marcado con el número ochenta y siete, letra “F”, de la calle ciento quince de la colonia Azcorra de Mérida Yucatán, y autorizando para oír y recibir notificaciones a los Licenciados DAVID JHONATAN PÉREZ CANCHE Y JESHUA MARTÍN DORANTES , con cedula profesional 3456HA4 y 367IW respectivamente, ante usted, respetuosamente comparecemos y exponemos: Que por medio de este presente escrito y con fundamente en el artículo 18 fracción IV de la Ley Agraria Vigente, vengo a promover JUICIO SUCESORIO , respecto de los derechos que correspondieron al difunto ejidatario JOSÉ HU CHÍ , quien fue ejidatario del ejido de Yaxkukul, perteneciente al municipio de Yaxkukul Yucatán, tal y como se desprende del certificado parcelario número 0009873263 98. Así mismo se debe de hacer del conocimiento de mi pretensión a los integrantes del comisariado ejidal del que se citó en el rubro anterior, quienes tiene su domicilio en la calle diecinueve números trescientos veinte del municipio de Yaxkukul Yucatán. Hecho lo anterior, paso a narrar lo siguiente: P R E S T A C I O N E S: A) Se me reconozca la calidad de ejidataria con relación a los derechos que le correspondieron a mi difunto hijo JOSÉ HU CHÍ, quien fue hijo de la suscrita, mismo quien tenía reconocidos los derechos en términos de la Ley Agraria vigente. B) Una vez que haya causado estado la Sentencia Definitiva, se remita copia certificada de la misma, para su debida inscripción, ante el Registro agrario Nacional, cancelando el certificado 0009873263 y expidiendo un nuevo certificado en el cual la suscrita sea la titular. H E C H O S

  1. Mi difunto hijo JOSÉ HU CHÍ nació el 24 de abril de 1956, en el municipio de Yaxkukul Yucatán tal y como lo acredita el acta de nacimiento expedida por la Oficialía del registro civil

Yucatán con número 34, en la cual consta que el señor VICENTE HU NAL falleció el día 23 de enero del dos mil diecinueve

6. LA DOCUMENTAL PÚBLICA. - Consistente en el Certificado de Derechos Agrarios numero 0009873263988 expedido a favor del autor de la presente sucesión agraria, JOSÉ HU CHÍ. Prueba con la que demuestro los puntos de hecho del uno al cuatro. 7. LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES. Consistente en todo lo actuado dentro del presente juicio y que, evidentemente, me beneficie. Prueba con la cual pretendo demostrar los puntos de hechos del uno al cuatro 8. LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA. - Consistente en las deducciones lógico- jurídicas que haga Usted, ciudadano Magistrado partiendo de una presunción legal para conocer un hecho desconocido y partiendo de un hecho conocido para hallar la verdad que se busca. Pruebas que tienen como propósito demostrar los puntos del uno a cuatro de la presente demanda inicial. D E R E C H O Son aplicables el artículo 18 fracción VII de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios para que usted sea competente para conocer y fallar el presente juicio en términos de lo preceptuado. En cuanto al procedimiento son aplicables los artículos 163, 164, 167, 170, 178, 179, 180, 185, 186, 187 y demás relativos aplicables de la Ley Agraria vigente. En cuanto al fondo del asunto, son aplicables los 12, 14, 15, 16 y demás aplicables de la Ley Agraria vigente. P U N T O S P E T I T O R I O S PRIMERO. - Tenerme por presentado en tiempo y forma la presente, interponiendo juicio sucesorio agrario. SENGUNDO. - Tenerme por señalado el domicilio para recibir todo tipo de notificaciones que por ley me correspondan y por autorizado al profesionista nombrado para los efectos que se indican. TERCERO. - Señalar día y hora para que tenga verificativo la audiencia de ley, previa notificación que se realice a los integrantes del Comisariado Ejidal del Núcleo Ejidal del poblado señalado, a efecto de que comparezcan ante este Tribunal a manifestar lo que a su derecho convenga dentro de la presente sucesión agraria. CUARTO. - En el momento procesal oportuno se dicte sentencia definitiva en la cual se me reconozca mi calidad de ejidataria. QUINTO. - Previos los trámites de ley, se envié al Registro Agrario Nacional dicha sentencia a efecto que se haga la inscripción a mi nombre de los derechos agrarios y me sea expedida la constancia respectiva. SEXTO. - Autorice la devolución de mis documentos originales exhibidos por la suscrita dentro del presente juicio.

PROTESTO LO NECESARIO

Mérida Yucatán a 29 de marzo del 2021 ________________________

LEONARDO JOSÉ HUCHIM CANUL