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El proceso jurídico iniciado cuando una persona presenta una demanda en un tribunal, incluyendo el proceso de notificación al demandado (emplazamiento), los tipos de emplazamientos y sus requisitos, y la etapa de pruebas en el juicio. Además, se detalla la contestación de la demanda, las características de la nulidad de actuaciones por defectos de emplazamiento, y las reglas generales de la etapa de prueba.
Tipo: Ejercicios
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¡No te pierdas las partes importantes!
Etapa Expositiva
1. ¿Qué es una demanda? Acto procesal por el cual una persona inicia un proceso jurisdiccional, planteando claramente sus pretensiones al juzgador y solicitándole que dicte una sentencia favorable a su favor. 2. ¿Qué personas se encuentran facultadas para presentar una demanda? Toda persona que esté en pleno goce de sus derechos civiles, por propio derecho o a través de su representante legal. 3. ¿Cuál es la forma y el contenido de una demanda? No existe requisitos de forma de una demanda, solo que en ella deben expresarse los elementos siguientes: Tribunal ante quien se promueve. Nombre del actor y domicilio para recibir notificaciones. Personas autorizadas para oír notificaciones. Clase de acción que se ejerce. Nombre y domicilio del demandado. Objetos reclamados. Hechos en el que el actor funda su petición. Fundamentos de derecho. Valor de lo demandado Firma del actor y de su abogado. 4. ¿Dónde debe presentarse una demanda? En la oficialía de partes del Tribunal Superior de Justicia. 5. ¿Qué es una prevención y cuándo puede realizarse? Es un error o irregularidad en la demanda y el juez la realiza señalando por escrito con toda precisión los defectos para que puedan ser subsanados. 6. ¿Cuáles son los efectos de la presentación de una demanda? Interrupción de la prescripción Señala el principio de instancia. Determina las prestaciones exigidas.
7. ¿Cuándo debe admitirse una demanda y cuáles son sus efectos? El juez admite la demanda cuando quedan satisfechos los requisitos que la ley exige a todos los escritos demanda, una vez admitida la demanda no puede modificarse y el juez ordena los emplazamientos y decreta medidas cautelares en caso de ser necesario. 8. ¿Qué es un emplazamiento? Acto procesal por el cual el juez realiza la primera notificación al demandado, haciéndolo conocedor de las pretensiones del actor, a fin de garantizar su derecho de audiencia y ejercicio de sus derechos. 9. ¿Qué tipos de emplazamiento contempla el Código adjetivo civil del Distrito Federal? Existe tres tipos: emplazamiento personal, emplazamiento por edictos y emplazamiento en el extranjero. 10. ¿Qué requisitos debe satisfacer un emplazamiento personal? Lo realiza un notificador del juzgado correspondiente. Debe ser efectuado en los tres días de haberse ordenado. Se realiza directamente al demandado en el domicilio designado. 11. ¿Qué requisitos debe satisfacer un emplazamiento por edictos? Se practica cuando se el actor manifiesta ignorar el domicilio de su contraparte. Antes de ordenar el emplazamiento el tribunal debe recabar información de dicho domicilio. Deben ser redactados de modo preciso y conciso. Deben publicarse tres veces de tres en tres días en el boletín judicial y el periódico local que indique el juez. 12. ¿Qué requisitos debe satisfacer un emplazamiento en el extranjero? Debe apegarse a los lineamientos del emplazamiento personal. Realizarse en formatos aceptados en el extranjero. Los funcionarios diplomáticos y agentes cónsules pueden ayudar a los jueces en la práctica de los emplazamientos en el extranjero.
hecho que presentan, y tratan de acreditar ante el juzgador la certeza de las pretensiones que conforme a la ley tiene la obligación de justificar.
3. ¿Cuáles son los seis aspectos básicos de la actividad probatoria? Fin: ya que sirve para que el juzgador se allegue de los elementos necesarios para analizar la veracidad de las afirmaciones de las partes. Necesidad: para delimitar cuales son las cuestiones planteadas dentro del proceso que tienen que ser probadas. Carga: para determinar a qué parte le corresponde y respecto a qué hechos debe aportar instrumentos probatorios. Pertinencia: para decidir cuál es el medio de prueba adecuado. Sujetos: para señalar quienes son las personas que deben intervenir en el desahogo de los instrumentos probatorios. Resultado: para determinar qué se logró acreditar con los medios de prueba desahogados ante el juzgador. 4. ¿En qué consiste la etapa de prueba dentro del juicio? Es la fase del proceso en la que las partes tiene la oportunidad de acreditar su dicho ante el juez, correspondiéndole al actor hacerlo respecto a los hechos constitutivos de su acción y al demandado con su defensa. 5. ¿Cuáles son las reglas generales que debe observar la etapa de la prueba? Es irrenunciable: nadie puede evitar que se lleve a cabo. Solo cuando las cuestiones controvertidas son de derecho y no de hecho el juez no debe abrir el juicio a prueba sino una audiencia de alegatos. Los hechos notorios no necesitan ser probados. El actor tiene que probar los hechos constitutivos de su acción y el demandado de su defensa. El demandado rebelde puede ofrecer pruebas tendientes a desvirtuar la procedencia de la acción. El que afirma está obligado a probar. Solo los hechos, usos y costumbres están sujetos a prueba, el derecho no. Es posible aportar cualquier instrumento probatorio que pueda producir convicción al juzgador. El juzgador puede valerse de cualquier persona para conocer la verdad. El tribunal está facultado para decretar diligencias probatorias.
6. ¿Cuáles son los periodos integrantes de la etapa de la prueba? Se integra por cuatro periodos: Ofrecimiento: las partes proponen al juzgador la recepción de los medios probatorios que estimen pertinentes. Admisión: periodo en el que el juzgador analiza los medios de prueba y determina si es factible su preparación y desahogo. Preparación: periodo en que se realizan las actividades necesarias para que los medios probatorios admitidos puedan ser desahogados. Práctica o desahogo: se lleva a cabo ante el juez de la causa en un acto público denominado audiencia de pruebas y alegatos. 7. ¿Cuáles son los lineamientos más importantes para solicitar la ampliación del periodo de ofrecimiento de pruebas? Procede cuando la prueba instrumental o testimonial tiene que desahogarse fuera del país. Hay que solicitarlo dentro del periodo de ofrecimiento de pruebas. Es necesario indicar nombres, apellidos y domicilios de los testigos. Debe designarse los archivos públicos donde se encuentren los documentos que hay que cotejar. 8. ¿Cuáles son los lineamientos más importantes de la actividad probatoria del juzgador? Inmediatez: debe recibir por sí mismo las declaraciones de forma estricta. Dirección procesal: debe dirigir los debates pudiendo interrumpir para pedir explicaciones y hacer preguntas. Exhaustividad: debe utilizar todos los medios que produzcan convicción. Respetar la ley o la moral analizando los instrumentos probatorios. Fijar atención en la Litis en cuanto a los puntos controvertidos. Admitir las pruebas ofrecidas. Ordenar la ampliación de diligencias probatorias si es necesario. 9. ¿Cuáles los de la actividad probatoria de las partes? Ofrecer los medios probatorios que consideren pertinentes. Colaborar con el tribunal para la preparación de los instrumentos probatorios. Intervenir en el desahogo de pruebas.
4. ¿Cuáles son las formas de alegar? Se pueden realizar de manera oral o escrita dependiendo del tipo de sistema jurídico y el tipo de proceso elegido. 5. ¿Qué lineamientos deben satisfacer los alegatos conforme a la legislación adjetiva del Distrito Federal? Expresarse en la audiencia de desahogo de pruebas y alegatos. Si las partes no expresan alegatos precluye su derecho. Primero expone el actor y luego el demandado. Tienen que ser verbales, breves y concisos. Deben evitarse palabras injuriosas. No son vinculativos para el juzgador. El ministerio Público lo presenta cuando interviene. 6. ¿Qué son las conclusiones de alegatos? Una vez concluida la etapa de alegatos el juez cita a las partes para dictar sentencia.