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Contrato de Compraventa de un Vehículo Usado: Análisis del Derecho Civil en México, Apuntes de Derecho Mercantil Internacional

Contratos mercantiles y recursos de amparo.

Tipo: Apuntes

2019/2020

Subido el 15/06/2020

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eza-mauricio 🇲🇽

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EZAU GOMEZ MAURICIO DERECHO 803
Contrato de compraventa de un vehculo usado entre particulares
En la ciudad de En Sayula de Alemán, Estado de Veracruz a 24 de Mayo de 2020,
estando presentes la (el) C. Ezau Gomez Mauricio con N.I.F. GOMA3103HVZ y
domicilio en Sayula De Alemán, Ver. calle Hidalgo #80 , a quien en lo sucesivo y
para efectos del presente contrato se le denominará “EL VENDEDOR” y por la otra,
la (el) C. Jose Luis Pogan Perez con N.I.F. no .POPE324567HVZM y domicilio en
Acayucan Ver. calle de Independencia #456, a quien en adelante se le denominará
“EL COMPRADOR”, quienes de conformidad con lo previsto en los artículos del
Código Civil del Estado de Veracruz, conviene en celebrar el presente contrato de
compraventa al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
Primera.- “EL VENDEDOR” es actual propietario del vehículo Marca: Jetta
Classic modelo 2018, número de serie YKL56S placas Y-KM-002 número de
motor 324589Y123, de conformidad con la factura número 00500 expedida por WK
Motors. Minatitlan,a nombre de Ezau Gomez Mauricio.
Segunda.- Las partes manifiestan y reconocen tener la capacidad jurídica para
celebrar el presente contrato, en términos de los artículos 2181, 2182, 218 y demás
aplicables en el Código Civil para el Estado de Veracruz.
Por lo expuesto, con fundamento en las disposiciones legales antes citadas y por así
convenir a sus intereses es deseo y voluntad de las partes contratantes, comparecer a
celebrar el presente contrato sujetándose a las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA.- En base a lo dispuesto por los artículos 2181, 2182, 218 del Código
Civil del Estado de Veracruz, el C. Ezau Gomez Mauricio vende al C. Jose Luis
Pogan Perez quien adquiere para el vehículo descrito en la declaración Primera
del presente instrumento.
SEGUNDA.- “EL COMPRADOR” manifiesta su conformidad con las condiciones
físicas y mecánicas en las que se encuentra el vehículo al momento de la operación
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Contrato de compraventa de un vehículo usado entre particulares En la ciudad de En Sayula de Alemán, Estado de Veracruz a 24 de Mayo de 2020, estando presentes la (el) C. Ezau Gomez Mauricio con N.I.F. GOMA3103HVZ y domicilio en Sayula De Alemán, Ver. calle Hidalgo #80 , a quien en lo sucesivo y para efectos del presente contrato se le denominará “EL VENDEDOR” y por la otra, la (el) C. Jose Luis Pogan Perez con N.I.F. no .POPE324567HVZM y domicilio en Acayucan Ver. calle de Independencia #456, a quien en adelante se le denominará “EL COMPRADOR”, quienes de conformidad con lo previsto en los artículos del Código Civil del Estado de Veracruz, conviene en celebrar el presente contrato de compraventa al tenor de las siguientes: DECLARACIONES Primera.- “EL VENDEDOR” es actual propietario del vehículo Marca: Jetta Classic modelo 2018, número de serie YKL56S placas Y-KM-002 número de motor 324589Y123, de conformidad con la factura número 00500 expedida por WK Motors. Minatitlan,a nombre de Ezau Gomez Mauricio. Segunda.- Las partes manifiestan y reconocen tener la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato, en términos de los artículos 2181, 2182, 218 y demás aplicables en el Código Civil para el Estado de Veracruz. Por lo expuesto, con fundamento en las disposiciones legales antes citadas y por así convenir a sus intereses es deseo y voluntad de las partes contratantes, comparecer a celebrar el presente contrato sujetándose a las siguientes: CLAUSULAS PRIMERA.- En base a lo dispuesto por los artículos 2181, 2182, 218 del Código Civil del Estado de Veracruz, el C. Ezau Gomez Mauricio vende al C. Jose Luis Pogan Perez quien adquiere para sí el vehículo descrito en la declaración Primera del presente instrumento. SEGUNDA.- “EL COMPRADOR” manifiesta su conformidad con las condiciones físicas y mecánicas en las que se encuentra el vehículo al momento de la operación

de compraventa, por lo que a partir de la fecha de entrega del vehículo objeto de este contrato, los desperfectos que pudieran presentarse con posterioridad no darán lugar a reclamo alguno, ya que acepta comprar el vehículo usado en las condiciones que se encuentra. TERCERA.– El precio de compraventa del vehículo es de $ 87,000.00 M.N pesos, el cual será cubierto de la siguiente manera: en una solo exhibición y en efectivo. CUARTA.- “EL COMPRADOR”, manifiesta su aceptación en el valor del vehículo, y “EL VENDEDOR” la forma de pago expresa en la cláusula anterior. QUINTA.- “EL VENDEDOR” manifiesta que el vehículo objeto del presente contrato mismo que se describe en la Declaración PRIMERA, se encuentra dado de baja, libre de gravámenes y al corriente en el pago del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, derechos de control vehicular, así como con el pago del Impuesto sobra enajenación de automóviles, camiones y demás vehículos de motor usados, al efecto a la firma del presente contrato se entregan los siguientes comprobantes de pago recibo OVH del ultimo pago y Verifiacion Vehicular con folioi 12345, en todo caso “EL COMPRADOR” de conformidad con el artículo 11, de la Ley de Hacienda del Estado de Verecruz vigente, estará obligado solidariamente a cubrir las obligaciones que resulten con anterioridad a la fecha de la venta del vehículo. SEXTA.– “EL VENDEDOR” se compromete a hacer entrega del vehículo el día 24 de Mayo de 2020. SEPTIMA.– “EL VENDEDOR” con motivo de la celebración del presente contrato cede los derechos que se deriven de la adquisición del vehículo marca, año y caracteristicas ya antes mencionado en la DECLRACION primera, al “COMPRADOR” en todo lo que de hecho y por derecho le corresponda y éste adquiere las obligaciones inherentes. OCTAVA.- “EL COMPRADOR”, a partir de la fecha de entrega del vehículo, será responsable de mantener al corriente los impuestos y derechos de control vehicular que devengue el mismo. Igualmente, dentro los quince días siguientes a la fecha de entrega del vehículo, se obliga a realizar el trámite de cambio de propietario ante autoridad fiscal correspondiente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25 B de la Ley de Hacienda del Estado de Veracruz y responder de los daños y perjuicios que se ocasionen por el mal uso o manejo que se le de al vehículo.