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Un convenio interinstitucional celebrado entre la corporación universitaria de sabaneta (unisabaneta) y la empresa sello legal s.a.s. Para la realización de prácticas empresariales por parte de los estudiantes de unisabaneta. El convenio establece las obligaciones y responsabilidades de ambas partes, así como las condiciones y duración de las prácticas. Además, aborda temas como la confidencialidad, el régimen disciplinario, la terminación anticipada del convenio y la resolución de conflictos. Relevante para los estudiantes de unisabaneta que buscan realizar sus prácticas empresariales, así como para las empresas que desean establecer convenios de cooperación con la universidad para recibir a estos estudiantes en práctica.
Tipo: Exámenes selectividad
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PRÁCTICAS Versión: 1 CONVENIO INTERINSTITUCIONAL DE PRÁCTICAS CELEBRADO ENTRE UNISABANETA Y SELLO LEGAL S.A.S****. Entre los suscritos, DENIS CONTRERAS POSADA, mayor de edad, identificada con cedula de ciudadanía Nº 43.60.4932 de la ciudad de Medellín, en su calidad de Decana de la Facultad de Derecho, ciencias sociales y humanas de la Corporación Universitaria de Sabaneta - UNISABANETA, debidamente facultada para tal efecto por el establecimiento privado dedicado a la educación superior, con personería jurídica 7184 de 2008 del Ministerio de Educación e identificada con el NIT 900253021-5, conforme a Resolución Rectoral No. 007 de agosto 15 de 2015; formaliza el presente convenio facultada conforme resolución rectoral 006 del 25 de julio del 2018, el cual será ejecutado por esta decanatura de UNISABANETA, y la otra parte CARLOS ANDRES HENAO MARIN con cedula de ciudadanía Nº 1.035.223.185 de Barbosa Antioquia, identificado como aparece al pie de su firma, quien obra en nombre y representación de SELLO LEGAL S.A.S quien para los efectos de este convenio se denominará el COOPERANTE , hemos acordado celebrar el presente convenio, el cual se regirá por las siguientes cláusulas, previas estas consideraciones:
Conocer, saber organizar y planificar los recursos individuales y colectivos disponibles para el ejercicio en sus distintas modalidades organizativas de la profesión de abogado. Exponer de forma oral y escrita hechos, y extraer argumentalmente consecuencias jurídicas, en atención al contexto y al destinatario al que vayan dirigidas, de acuerdo en su caso con las modalidades propias de cada ámbito procedimental. Realizar trabajos profesionales en equipos específicos e interdisciplinares. Desarrollar habilidades y destrezas interpersonales, que faciliten el ejercicio de la profesión de abogado en sus relaciones con los ciudadanos, con otros profesionales y con las instituciones. CLÁUSULA SEPTIMA - REGLAMENTO: El estudiante estará obligado a respetar las normas y reglamentos de la entidad Cooperante durante la práctica; corresponde al coordinador de la entidad cooperante velar por el cumplimiento de dichas disposiciones y al estudiante acatar las instrucciones correspondientes. CLÁUSULA OCTAVA - EXCLUSIONES: El estudiante quedará por fuera del convenio por: 1. incumplimiento del reglamento establecido. 2. Retiro del estudiante de la Corporación Universitaria de Sabaneta –UNISABANETA. CLÁUSULA NOVENA–RÉGIMEN DISCIPLINARIO: El estudiante en práctica se regirá por el régimen disciplinario de la Corporación Universitaria de Sabaneta -UNISABANETA; en consecuencia, el Cooperante; le informará a este sobre las presuntas faltas en las que incurra el estudiante. CLÁUSULA DECIMA - GRATUIDAD DEL SERVICIO. El presente convenio no genera ningún tipo de contraprestación entre las partes que lo suscriben, dado que se inspira en el ánimo de cooperación recíproca. Igualmente, no constituye documento para exigir entre las partes suma alguna a manera de indemnización de perjuicios, por el incumplimiento de las obligaciones a cargo de los estudiantes seleccionados para el consultorio. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. -DURACIÓN: El presente convenio tendrá una duración de 480 horas mínima, o 1 semestre académico o seis meses que corresponden al semestre en el que se realice la práctica empresarial, contadas a partir de la fecha de la firma del convenio, de acuerdo al reglamento estudiantil y de prácticas. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA – DOMICILO: Para todos los efectos del convenio se fija como domicilio la ciudad de Sabaneta. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA-TERMINACIÓN ANTICIPADA: Las partes en cualquier momento de común acuerdo podrán dar por terminado el presente convenio, sin que por ello se genere ningún tipo de indemnización a favor de las mismas y sin perjuicio a las personas que en ese momento lo estén desarrollando y su vigencia para éstas obrará hasta la finalización de las prácticas. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA - CONTROL Y VIGILANCIA: El control y vigilancia del presente acuerdo estará a cargo de las instituciones que intervienen en este convenio, conforme a la documentación y formatos establecidos para tales fines.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA – EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: Se excluye relación laboral entre el practicante y la entidad cooperante. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA –SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: en caso de suscitarse diferencias en relación con la ejecución o interpretación del presente convenio, ambas partes convienen en prever todos los medios para resolver por cualquier mecanismo alternativo de autocomposición las diferencias que surjan con ocasión de este convenio. CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA -. PERFECCIONAMIENTO: Para todos los efectos legales, el presente convenio se entiende perfeccionado con la firma de las partes. Para constancia se firma por quienes intervienen a los 23 días del mes de febrero de 2024.
DENIS CONTRERAS POSADA FIRMA DEL COOPERANTE DECANA CARLOS ANDRES HENAO MARIN