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CONTABILIDADES ESPECIALES ACTIVIDAD 2
Tipo: Ejercicios
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Como primera medida es importante aclarar y diferenciar estos dos conceptos, ya que, si bien se encuentran relacionados, cada uno surge de diferentes ramas, las ESAL como figura civil y modelo de constitución y el RTE como clasificación y beneficio tributario. Las Entidades sin ánimo de lucro son “ personas jurídicas diferentes de las personas que las conforman (asociados) que pueden ejercer derechos, contraer obligaciones, y estar representadas legal, judicial y extrajudicialmente en virtud del desarrollo y ejecución de las actividades propias de su objeto. Esa entidad, como su nombre lo indica, no persigue ánimo de lucro, es decir, no pretende el reparto, entre los asociados, de las utilidades que se generen en desarrollo de su objetivo social, sino que busca engrandecer su propio patrimonio, para el cumplimiento de sus metas y objetivos que, por lo general, son de beneficio social, bien sea encaminado hacia un grupo determinado de personas o hacia la comunidad en general.”^1 ; es decir que una ESAL se caracteriza por:
Dentro de los requisitos para pertenecer al RTE mencionamos que las ESAL que soliciten la calificación deberán ejercer por lo menos una de las actividades establecidas en el Art. 359 del E.T., estas actividades son de interés general que beneficia a la comunidad ya sea de manera económica, social, intelectual o cultural. A continuación, citamos algunas de ellas, recalcando que los contribuyentes deben remitirse a esta normatividad para analizar cada caso: “1. Educación: a) Educación inicial, como uno de los componentes de la atención integral de la primera infancia. b) Educación formal: conformada por los niveles de preescolar, básica y media. c) Educación superior, en sus diferentes niveles: técnico profesional, tecnológico y profesional universitario. d) Educación para el trabajo y desarrollo humano.
_2. Salud.
_8. Promoción y apoyo a las actividades deportivas definidas por la Ley 181 de 1995, mediante las políticas públicas y las entidades competentes.
Los contribuyentes que presenten la solicitud deberán realizar los siguientes pasos:
EL beneficio fiscal más importante es que si la entidad reinvierte la totalidad del excedente neto y cumple unas condiciones adicionales, este tendrá el carácter de exento del impuesto a la renta (tarifa 0%)^6 .Para el debido cumplimiento de los requisitos que establece la ley para ser beneficiario de la exención, el representante legal y revisor fiscal o contador público deberán certificarlo. Sin embargo, Las ESAL que son calificadas en el RTE tributarán el impuesto sobre la renta con una tarifa del 20% entre otros cuando: a) una parte del excedente no haya sido reinvertido en las actividades meritorias y/o objeto social, y b) existan costos y gastos que no cumplan los requisitos generales para su deducción. Se podrá perder la calificación al RTE en varios casos como cuando la remuneración a los directores o gastos no relacionados con el objeto social de la ESAL superen un porcentaje del 30% del gasto total anual. Adicionalmente, aquellos contribuyentes que efectuaron donaciones a entidades calificadas en el RTE podrán tomar como descuento tributario en renta el 25% del valor donado en el año gravable^7 , para que proceda este descuento se requiere^8 : ✓ Certificación dirigida a la donante firmada por el representante legal, revisor fiscal y/o contador público. ✓ La entidad beneficiaria de la donación reúna los requisitos establecido en el Art 125-1. (Estar legalmente constituida, estar calificada en el RTE antes de efectuar la donación, presentar la declaración de renta y/o ingresos patrimonio cuando aplique, manejar en establecimientos financieros los ingresos de las donaciones)
✓ La DIAN dispuso del aplicativo web especial para realizar la solicitud de calificación al RTE. ✓ Los contribuyentes del RTE deberán actualizar cada año la calidad a este régimen. ✓ Los contribuyentes que fueron excluidos del RTE podrán solicitar nuevamente la calificación en el año siguiente a aquel en el cual fue excluido. ✓ La obligación de presentar la memoria económica solo aplica para aquellos contribuyentes calificados por la DIAN en el RTE. ✓ Los contribuyentes calificados en el RTE están obligados a determinar la renta por comparación patrimonial.^9 ✓ Los beneficios tributarios aplican sobre el impuesto sobre la renta, para efectos de IVA el RTE no goza de exenciones.
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