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resumen sobre como realizar consolidación de estados contables
Tipo: Resúmenes
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¡No te pierdas las partes importantes!
Las empresas son personas jurídicas con capacidad de adquirir derechos y contraer obligaciones, constituyendo una unidad comercial y productiva.
Existen redes de compañías integradas comercial y productivamente (o no) cuyo rasgo distintivo es la unidad de decisión grupo empresario. Estás pueden ser de integración vertical (empresas que se dedican a diferentes etapas de un mismo proceso productivo como si fuera una sola compañía) u horizontal (las empresas producen productos y servicios similares).
Es importante contar con estados contables del grupo en su conjunto.
La LSC establece que las sociedades controlantes, deberán presentar sus EECC consolidados como información complementaria.
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Corresponde al 80% de los valores que arrojan los
La RT 4 y la RT 21 , establecen la obligatoriedad de consolidar EECC y la RT 8 en la presentación como estados complementarios en casos de control o control conjunto.
A través de los EECC Consolidados se presenta la situación patrimonial, financiera y los resultados del grupo económico como si fuese un ente único
- Métodos de consolidación
Controlante SA posee el 80% de Controlada SA.
Controlante SA Controlada SA Activos C y B 20000 18000 C x C 23000 14000 Inversiones 17600 (80% del PN de controlada SA)
Pasivos Deudas 19000 18000 PN Capital 10000 10000 Rdos no Asig
Rdo Ejercicio
Controlante SA
Controlada SA (*)
Eliminaciones Consolidado
Activos C y B 20000 14400 34400 C x C 23000 11200 34200 Inversiones 17600 - -17600 - BU 14000 6400 20400 TOTAL A 74600 32000 -17600 89000
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Estado de resultados
El resultado por las inversiones en sociedades controladas es sustituido por las partidas de los estados de resultados de las controladas.
En el estado de resultados consolidado debe segregarse la porción del resultado atribuible a la participación minoritaria computada luego de los ajustes y eliminaciones.
El resultado de las inversiones en sociedades en las que se ejerce control conjunto se reemplaza por las partidas del estado de resultados de la sociedad en la que se ejerce control conjunto, en la proporción que le corresponda a la controlante.
Estado de flujo de efectivo
Al estado de flujo de efectivo de la sociedad controlante deberá adicionarse la totalidad de los flujos de efectivo de las sociedades controladas, previa eliminación de los movimientos de efectivo entre sociedades miembros del grupo económico, de acuerdo con el método de consolidación total.
También deberá consolidarse los estados de flujo de efectivo de las sociedades bajo control conjunto. En este caso deberán adicionarse los flujos de efectivo en la proporción que corresponda a la sociedad controlante.
Es necesario que los EECC consolidados se preparen con criterios contables similares y las fechas de cierre de ESP, ER y el EFE coincidan. Si están sujetos a NC diferentes, se deben realizar los ajustes necesarios en los estados de las compañías controladas para que proceda a la consolidación.
RT 21 :
Fecha de cierre y período de los estados contables que se consolidan
Podrá optarse por la utilización de los EECC de la controlada cuando la diferencia entre ambos sea menor a tres meses, o la fecha de cierre de los EECC de la controlada sea anterior a la de la controlante. Registrando ajustes para reflejar efectos de:
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Moneda a emplear
Los EECC deben expresarse en moneda de poder adquisitivo de la fecha a la cual corresponden moneda de cierre.
Los EECC emitidos originalmente en otra moneda deben ser convertidos previamente a moneda argentina.
Normas contables a emplear
Los estados contables de todos los integrantes del ente consolidado deben ser preparados aplicando las mismas normas contables en cuanto a:
En caso que existieran errores contables significativos en los estados contables a consolidar, la sociedad controlante deberá ajustarlos previamente a las eliminaciones, para evitar su traslado a los estados contables individuales y consolidados.
Si las normas contables aplicadas por las sociedades del grupo difieren entre sí, la controlante deberá ajustar las utilizadas por las controladas para uniformarlas con las propias.
Una vez que los EECC a consolidar hayan sido homogeneizados, deberán sumarse las partidas de los mismos.
Se requieren realizar ajustes para presentar la información del grupo como si se tratara de un único ente.
Estos ajustes son depuraciones de partidas para evitar duplicaciones.
RT 21: Método de consolidación
▲ Eliminaciones de saldos activos y pasivos
Los créditos y deudas entre miembros del ente consolidado deben eliminarse totalmente.
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EECC Controlada SA
EECC Controlante
A 500 Ingresos 120 A 1500 Ingresos 320 P 400 Egresos 80 Inversión Controlante 90 Egresos 160 PN 100 Resultado 40 P 800 Rdo Controlada 36 PN 790 Resultado 196
Controlante SA tiene 90% de Controlada SA.
En este caso en el A de controlante se incorpora el 90% de la participación en el patrimonio de controlada SA y en el ESP el 90% de la parte que le corresponden de estos.
Controlante Controlada Eliminación Consolidado A 1500 500 2000 Inversiones 90 - P 800 400 1200 Part. minoritaria 10 10 PN 790 100 -90 790
Controlante Controlada Eliminación Consolidado Ingresos 320 120 440 Egresos 160 80 240 Rdo Controlada 36 - Part Minoritaria 4 4 Resultado 196 40 -40 196
En el consolidado, Controlante SA incorpora el 100% de los activos, pasivos y resultados de Controlada SA y luego deduce el 10% que no es de su propiedad.
Acciones controlada 54 Acciones (valor llave) 16 Caja y Bancos/ Pasivo 70 Controlante SA posee el 90% de Controlada SA abonando 70$, el PN de controlada SA es de 60$.
Al cierre del primer ejercicio Controlada SA presentará la siguiente información
ESP A B Eliminación Consolidado BC 2,2 -0,7 1, ER Ventas 2,2 -2, CMV -1,5 1, U�lidad Bruta 0,7 -0, El grupo económico compra 1,5 por lo tanto sus BC valuados a costo histórico son 1,5. Esto implica eliminar de la valoración del stock los 7$ ya que son utilidades no trascendidas a terceros.
2.a. Valuación a Valores Corrientes
La RT 21 establece que en el caso que los activos contengan resultados no trascendidos a terceros se midan a VC basados en valores que pudieran negociarse entre terceros, no deberá procederse a la eliminación.
Cuando el VC fuese el CR puede suceder que existan diferencias entre los precios utilizados para las transacciones entre compañías y los que debieran abonarse a terceros, en este caso corresponde la eliminación la cual se hará:
Si consideramos las compañías como un grupo (A+B), el CR en su conjunto será de 1,25$ ya que las mercaderías ingresan a través de A. el grupo entonces, compró 150 u. a un costo de 1$, vendió 110 u a 200$ generando un Rdo Bruto de 90$ y mantiene un stock de 40 u a un costo de 40$ que medidos a VC ascienden a 50$ (40 u. por 1,25$ teniendo un RxT de 10$).
ESP A B Eliminación Consolidado BC 37,5 16 -3,5 50 ER Ventas 180 200 -180 200 CMV -120 -165 175 90 U�lidad Bruta 60 350 -50 90
RxT 7,5 1 1,5 10 Si se tratare de bienes que se valúen a su VNR, valuaría sus 30 u a 48$ (1,6 cada una) y B valuará sus 10 u a 20$ (2 c/u). Si se toma el grupo, tenemos que el valor de salida para el grupo es el de B por lo tanto las 40 u. quedará valuadas a 80$.
2.b. Compra y depreciaciones de BU
Si A compra una máquina de 1800$ y la vende a B en 1950$. Se trata de una maquina con capacidad de producir 1500 u. y luego se desafecto sin valor de recupero. Al cierre del ej. B había producido 300 u. por lo tanto deprecia 1950/1500x 300= 390$.
Si tomamos el grupo económico, el grupo estaría comprando una maquina por 1800$ y al cierre del ejercicio será de 1800/1500 x 300= 360$. El valor residual es 1440$.
ESP A B Eliminación Consolidado BU 1560 -120 1440 ER Ventas 1950 - CMV -1800 1800 U�lidad Bruta 150 - Depreciaciones 390 30 360
3. Eliminación de resultados no trascendidos a terceros Si A fuese propietaria del 100% de B, y A compra mercadería en 1500$ y vende 100% a B en 2000$.
▲ B mantiene el total en stock.
Se deberá realizar la siguiente eliminación:
ESP A B Eliminación Consolidado BC 2000 -500 1500 ER Ventas 2000 - CMV -1500 1500 U�lidad Bruta 500 - A+B compran mercaderías en 1500$ y aunque A las venda, ese resultado no trascendió a terceros por lo que se elimina.
▲ Si B vendiera el 50% de las mercaderías en 1200$.
ESP A B Eliminación Consolidado BC 1000 -250 750 ER Ventas 2000 1200 -2000 1200 CMV -1500 -1000 1750 - U�lidad Bruta 500 200 -250 450
CMV 1500/ Ventas 2000costo es el 75% del precio de venta, entonces rdo de la venta es 25%. La eliminación del rdo no trascendido será la siguiente: stock 1000 x 25% = 250 x 80% = 200.
Entonces, si A+B compran mercaderías en 1500 y venden el 50% en 1200 genera una utilidad de 450 de las cuales el 80% (360$) corresponden al grupo.
U�lidad del grupo económico 360 (2000-750x80%) 20% de u�lidad de A a B 100 (2000-1500x20%) Total del grupo económico 460
ESP A B Eliminación Consolidado BC 1000 -250 750 ER Ventas 2000 1200 -2000 1200 CMV -1500 -1000 1750 - U�lidad Bruta 500 200 -250 450 Part. minoritaria -40 - rdo final 410 El resultado es:
A+B compran mercaderías por 1500 y venden el 50$ en 1200. Generando utilidad de 450$ de los cuales 80% corresponden al grupo. El otro 50% de 750 fue vendido dentro del grupo a 1000 (50% de 2000) con una utilidad de 250, con un porcentaje que corresponde a la participación minoritaria siendo 50$ (20% de 250).
U�lidad del grupo económico 360 (1200-750x80%) 20% de u�lidad de A a B 50 (1000-750x20%) Total del grupo económico 410
Exposición de la participación minoritaria La porción del Patrimonio Neto de sociedades controladas de propiedad de terceros ajenos al grupo económico consolidante debe ser expuesta en el estado de situación patrimonial consolidado como un capítulo adicional entre el pasivo y el patrimonio neto, denominado Participación de terceros en Sociedades Controladas.
Sociedades controladas que no deben consolidarse Una sociedad controlada debe ser excluida de la consolidación cuando:
Requisitos para la aplicación del método