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CLAUSULAS DE GARANTIAS, Esquemas y mapas conceptuales de Derecho

Clausulas de garantías para contrato de arrendamiento

Tipo: Esquemas y mapas conceptuales

2022/2023

Subido el 23/10/2023

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GARANTIA SIN CODEUDORES: Las partes del presente Contrato entienden y
acuerdan que el Arrendatario no cuenta con deudores solidarios por lo cual el
Arrendatario ha constituido el CDT No. XXXX en el Banco Finandina S.A. por valor
de XXXX MDA/CTE ($XXX.oo), endosado en garantía a Fortis S.A.S., con el fin
de garantizar el cumplimiento del presente Contrato.
GARANTIA CON CODEUDORES: Las partes del presente Contrato entienden y
acuerdan que el Arrendatario adicional de los deudores solidarios ha constituido el CDT
No. XXXX en el Banco Finandina S.A. por valor de XXXX PESOS MDA/CTE ($XXXX.oo),
endosado en garantía a Fortis S.A.S., con el fin de garantizar el cumplimiento del presente
Contrato
DEUDORES SOLIDARIOS: XXXX .Los suscritos identificados anteriormente nos
declaramos deudores del ARRENDADOR en forma solidaria e indivisible junto con
el ARRENDATARIO indicado al inicio de este documento, de todas las cargas y
obligaciones contenidas en el presente contrato, tanto durante el término
inicialmente pactado como durante sus prórrogas o renovaciones expresas o
tácitas y hasta la restitución material del inmueble al ARRENDADOR.
Responderemos por el cumplimiento y pago por concepto de arrendamientos,
servicios públicos, indemnizaciones, daños en el inmueble, cuotas de
administración, cláusulas penales, gastos de cobranza, costas procesales y
cualquier otra derivada del contrato, las cuales podrán ser exigidas por el
ARRENDADOR a cualquiera de los obligados por la vía ejecutiva, sin necesidad
de requerimientos privados o judiciales, sin que por razón de esta solidaridad
asumamos el carácter de fiadores ni ARRENDATARIOS del inmueble objeto del
presente contrato; pues tal calidad la asume exclusivamente EL ARRENDATARIO
y sus respectivos causa habitantes. En caso de abandono del inmueble cualquiera
de los arrendatarios y/o deudores solidarios podrán hacer entrega válidamente del
inmueble al ARRENDADOR o a quien éste señale en la forma y términos
señalados en la cláusula Vigésima Primera de este documento. Para este
exclusivo efecto el ARRENDATARIO otorga poder amplio y suficiente a los
deudores solidarios en este mismo acto al suscribir el presente contrato.

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GARANTIA SIN CODEUDORES: Las partes del presente Contrato entienden y acuerdan que el Arrendatario no cuenta con deudores solidarios por lo cual el Arrendatario ha constituido el CDT No. XXXX en el Banco Finandina S.A. por valor de XXXX MDA/CTE ($XXX.oo), endosado en garantía a Fortis S.A.S., con el fin de garantizar el cumplimiento del presente Contrato. GARANTIA CON CODEUDORES: Las partes del presente Contrato entienden y acuerdan que el Arrendatario adicional de los deudores solidarios ha constituido el CDT No. XXXX en el Banco Finandina S.A. por valor de XXXX PESOS MDA/CTE ($XXXX.oo), endosado en garantía a Fortis S.A.S., con el fin de garantizar el cumplimiento del presente Contrato DEUDORES SOLIDARIOS : XXXX .Los suscritos identificados anteriormente nos declaramos deudores del ARRENDADOR en forma solidaria e indivisible junto con el ARRENDATARIO indicado al inicio de este documento, de todas las cargas y obligaciones contenidas en el presente contrato, tanto durante el término inicialmente pactado como durante sus prórrogas o renovaciones expresas o tácitas y hasta la restitución material del inmueble al ARRENDADOR. Responderemos por el cumplimiento y pago por concepto de arrendamientos, servicios públicos, indemnizaciones, daños en el inmueble, cuotas de administración, cláusulas penales, gastos de cobranza, costas procesales y cualquier otra derivada del contrato, las cuales podrán ser exigidas por el ARRENDADOR a cualquiera de los obligados por la vía ejecutiva, sin necesidad de requerimientos privados o judiciales, sin que por razón de esta solidaridad asumamos el carácter de fiadores ni ARRENDATARIOS del inmueble objeto del presente contrato; pues tal calidad la asume exclusivamente EL ARRENDATARIO y sus respectivos causa habitantes. En caso de abandono del inmueble cualquiera de los arrendatarios y/o deudores solidarios podrán hacer entrega válidamente del inmueble al ARRENDADOR o a quien éste señale en la forma y términos señalados en la cláusula Vigésima Primera de este documento. Para este exclusivo efecto el ARRENDATARIO otorga poder amplio y suficiente a los deudores solidarios en este mismo acto al suscribir el presente contrato.