Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

caso dilema ético profesional, Apuntes de Liderazgo y Gestión de Equipo

caso de dilema ético profesional

Tipo: Apuntes

2020/2021

Subido el 07/12/2023

natalia-lomelin
natalia-lomelin 🇲🇽

1 documento

1 / 9

Toggle sidebar

Esta página no es visible en la vista previa

¡No te pierdas las partes importantes!

bg1
1
UNIVERSIDAD ANÁHUAC MÉXICO
MATERIA: DILEMAS ÉTICOS PROFESIONALES
“TRABAJO FINAL”
PROFESOR: JUAN PABLO QUIÑONES PEÑA
ALUMNOS:
Ana Karen González Padilla
Carolina Ros Ruiz
Kenia Ivette Bibiano Flores
Camila Garrido
Natalia Lomelín
Hugo Jiménez
Vanessa Pienda
ID:
00392755
00340410
00480759
FECHA: LUNES 8 DE MAYO DEL 2023
pf3
pf4
pf5
pf8
pf9

Vista previa parcial del texto

¡Descarga caso dilema ético profesional y más Apuntes en PDF de Liderazgo y Gestión de Equipo solo en Docsity!

UNIVERSIDAD ANÁHUAC MÉXICO

MATERIA: DILEMAS ÉTICOS PROFESIONALES

“TRABAJO FINAL”

PROFESOR: JUAN PABLO QUIÑONES PEÑA

ALUMNOS:

Ana Karen González Padilla Carolina Ros Ruiz Kenia Ivette Bibiano Flores Camila Garrido Natalia Lomelín Hugo Jiménez Vanessa Pienda ID : 00392755 00340410 00480759 FECHA: LUNES 8 DE MAYO DEL 2023

PERIODO ACTIVO: 202310

INTRODUCCIÓN:

El mobbing laboral, también conocido como acoso laboral se ha convertido en una preocupación en los últimos años debido a su impacto en la salud y el bienestar de los trabajadores. Este comportamiento repetitivo y prolongado tiene como objetivo intimidar, avergonzar, discriminar y marginar a la víctima. El mobbing puede tener varias causas, como problemas de comunicación, rivalidad personal, envidia, competencia, inseguridad laboral, diferencias culturales y más. También puede ser el resultado de prácticas laborales abusivas, como abuso de poder, falta de ética laboral, discriminación, violencia en el lugar de trabajo y falta de respeto. Esta práctica puede afectar a las víctimas y su lugar de trabajo y puede tener graves consecuencias psicológicas, sociales y económicas. En este trabajo se analizará un caso de mobbing laboral con el propósito de entender mejor el fenómeno del acoso laboral y sus consecuencias, se profundizará en la situación específica del trabajador afectado, con esto se propondrá una propuesta de intervención El caso nos habla sobre un hombre de 40 años, con licenciatura concluida y más de 10 años como servidor público el cual fue víctima de un acoso laboral el cual se derivó en el 2006. A pesar de que su perfil profesional no era adecuado para el área en la que se encontraba, aceptó brindar apoyo a cambio de ser reasignado posteriormente a una posición más apropiada. Después de un año de cumplir con su encomienda, pidió ser ubicado en un área adecuada, pero le fue negado, continuó así durante varios años, pero la jefa siempre le daba rodeos a la situación y le otorgaba más y más trabajo. No se le daba importancia a las quejas y opiniones que tenía el hombre, se le otorgaban trabajos no éticos como vigilar a los compañeros, a lo cual él se negaba, tampoco se le daba autorización de ir a capacitaciones y si es que iba debería recompensar ese tiempo, hubieron muchas situaciones similares. Cabe mencionar que el hombre siempre buscó la manera de solucionar el problema y hablar frente a frente con su jefa, pero esta no le dio importancia en ningún momento. Los ataques de la jefa eran contra quien manifestaba su desacuerdo. A pesar de que se realizaron reuniones con los superiores, no se tomaron medidas efectivas para solucionar el problema. La

2. LEY FEDERAL DEL TRABAJO:

A. Artículo 2o.- Las normas del trabajo tienden a conseguir el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social, así como propiciar el trabajo digno o decente en todas las relaciones laborales. Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo. El trabajo digno o decente también incluye el respeto irrestricto a los derechos colectivos de los trabajadores, tales como la libertad de asociación, autonomía, el derecho de huelga y de contratación colectiva. Artículo reformado DOF 30-11- En este caso, hubo varias ocasiones en el cual no se otorgó un trabajo digno ya que se le exigían mucho más tareas de las debidas incluso cuando no era el puesto de trabajo para el cual estaba especializado. Igualmente, eran necesarias las capacitaciones para poder mejorar en el área. Por otra parte, se le exigió más horas de trabajo de lo estipulado sin remuneración alguna. B. Artículo 3o.- El trabajo es un derecho y un deber social. No es artículo de comercio, y exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta, así como el reconocimiento a las diferencias entre hombres y mujeres para obtener su igualdad ante la ley. Debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida digna y la salud para las y los trabajadores y sus familiares dependientes. Artículo 3o. Bis.- Para efectos de esta Ley se entiende por: a) Hostigamiento, el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas. Párrafo reformado DOF 01-05- En este caso, hubo un ámbito laboral estresante y ejerce poder al momento de que se hicieran actividades que no tenían nada que ver con el trabajo como

vigilar a otros colaboradores, el exceso de horas extras y eludir al perjudicado con los comentarios hacia su jefa de las mejoras y sobre su asignación en el puesto correcto e igual, se cuestionó la calidad del desempeño del empleado aun con pruebas de que él estaba haciendo lo correcto tratando de dañar su imagen personal y laboral. E igual, tuvo hostigamiento laboral ya que tenían indicaciones otros colaboradores que se le informará a la jefa que hacía y donde estaba,etc. C. Artículo 48.- El trabajador podrá solicitar ante la Autoridad Conciliadora, o ante el Tribunal si no existe arreglo conciliatorio, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario, a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago, observando previamente las disposiciones relativas al procedimiento de conciliación previsto en el artículo 684-A y subsiguientes. Artículo adicionado DOF 01-05- D. Artículo 56 .- Los trabajadores podrán desempeñar labores o tareas conexas o complementarias a su labor principal, por lo cual podrán recibir la compensación salarial correspondiente. Artículo adicionado DOF 30-11- Se le exigen horas extras por hostigar al sujeto y cuando se le reclamó el pago por sus horas extras, se le fue negado llegando a despedirlo. E. Artículo 132 .- Son obligaciones de los patrones: I.- Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a sus empresas o establecimientos. III.- Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, debiendo darlos de buena calidad, en buen estado y reponerlos tan luego como dejen de ser eficientes, siempre que aquéllos no se hayan comprometido a usar herramienta propia. El patrón no podrá exigir indemnización alguna por el desgaste natural que sufran los útiles, instrumentos y materiales de trabajo. Fracción reformada DOF 28-04- F. Artículo 133. - Queda prohibido a los patrones o a sus representantes: XIII:Permitir o tolerar actos de hostigamiento y/o acoso sexual en el centro de trabajo. Fracción reformada DOF 31-12-1974, 30-11-

Las consecuencias del mobbing laboral también pueden extenderse a la vida personal de la víctima. Puede experimentar dificultades para relacionarse con amigos y familiares, así como para mantener relaciones de pareja. La víctima puede sentirse aislada y tener dificultades para confiar en los demás. El acoso laboral por parte de un superior puede tener graves consecuencias psicológicas y sociales para la persona afectada. Aquí te presento algunas de las posibles formas en que esto puede afectar a la persona:

1. Estrés y ansiedad: El acoso laboral puede generar un alto nivel de estrés y ansiedad en la

persona afectada, lo que puede tener un impacto negativo en su salud física y mental. La persona puede sentirse constantemente en alerta y preocupada por las interacciones con el superior acosador y puede tener dificultades para dormir, comer y concentrarse.

2. Depresión: El acoso laboral también puede llevar a la persona a sentirse aislada y

desesperada, lo que puede resultar en depresión. La persona puede perder el interés en las actividades que antes disfrutaba y puede tener dificultades para relacionarse con amigos y familiares.

3. Baja autoestima: El acoso laboral puede hacer que la persona se sienta menos valiosa y menos

capaz, lo que puede dañar su autoestima y autoconfianza. Esto puede tener un impacto negativo en su capacidad para realizar su trabajo de manera efectiva y puede dificultar su progreso profesional.

4. Aislamiento social: La persona afectada por el acoso laboral puede sentirse aislada y sola, lo

que puede llevar a problemas de salud mental y física. La persona puede tener dificultades para relacionarse con sus compañeros de trabajo y para participar en actividades sociales fuera del trabajo. En general, el acoso laboral puede tener un impacto muy negativo en la salud y el bienestar de la persona afectada. Es importante buscar apoyo y ayuda si se está experimentando acoso laboral en el lugar de trabajo. Hablar con un terapeuta o consejero puede ser útil para manejar las emociones y desarrollar estrategias para manejar la situación. Además, es importante considerar hablar con un abogado o un representante sindical para obtener asesoramiento legal y protección en el lugar de trabajo.

PROPUESTA DE INTERVENCIÓN:

En caso de un despido injustificado y acusación falsa de robo, existen varias opciones que se pueden considerar para buscar una solución. A continuación, se presentan algunas posibles acciones que se pueden tomar:

  1. Hablar con el empleador: Lo primero que se debe hacer es hablar con el empleador para intentar resolver el problema de manera informal. Es posible que se pueda llegar a un acuerdo o aclarar cualquier malentendido que pueda haber llevado al despido injustificado y la acusación falsa de robo.
  2. Buscar asesoramiento legal: Si el diálogo con el empleador no conduce a una solución satisfactoria, se puede buscar asesoramiento legal. Un abogado puede evaluar el caso y ayudar a determinar si hay una base para tomar medidas legales. En algunos casos, puede ser posible presentar una demanda por despido injustificado y/o difamación.
  3. Presentar una queja a la autoridad laboral: En algunos países, se puede presentar una queja ante la autoridad laboral correspondiente para resolver disputas laborales. La autoridad laboral puede ayudar a mediar en el conflicto y llegar a una solución justa.
  4. Buscar apoyo de organizaciones laborales: Las organizaciones laborales pueden proporcionar apoyo y asesoramiento a los trabajadores en caso de despido injustificado y acusaciones falsas. También pueden ayudar a los trabajadores a conocer sus derechos y opciones legales. Cabe mencionar que la legislación laboral mexicana establece que en caso de que ocurra un despido injustificado, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social apoya y acompaña a los empleados en la resolución de cualquier caso que se interponga en el respeto a sus derechos laborales. A través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), la STPS ofrece de forma gratuita y personalizada servicios de orientación y asesoría legal, conciliación y representación jurídica para cualquier trabajador que lo necesite. CONCLUSIONES En conclusión, el acoso laboral o mobbing es un problema cada vez más frecuente en el ámbito laboral, con graves consecuencias para la salud física y psicológica de los afectados, así como para su capacidad para desempeñar eficazmente su trabajo. El caso analizado demuestra cómo la falta de ética laboral y la discriminación por parte de los superiores puede llevar a los trabajadores a ser víctimas de acoso laboral y, en última instancia, a ser despedidos injustamente.