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Orientación Universidad
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Carceles y derechos en latinoamerica, Monografías, Ensayos de Derecho Común

estado del arte para las carceles de latinoamerica

Tipo: Monografías, Ensayos

2020/2021

Subido el 19/10/2021

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TRABAJO DE INVESTIGACIÓN
DERECHO HUMANOS EN PENITENCIARIAS DE LATINOAMÉRICA PANAMÁ
MONICA ALEXANDRA AVENDAÑO
JEISSON STEVEN AYALA MARTI
YADDY ANDREA CANARÍA PEÑA
DANIELA INES ZULETA
INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA DE COLOMBIA
PROGRAMA DE DERECHO
BOGOTÁ, D.C.
SEPTIEMBRE, 2021
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TRABAJO DE INVESTIGACIÓN DERECHO HUMANOS EN PENITENCIARIAS DE LATINOAMÉRICA PANAMÁ MONICA ALEXANDRA AVENDAÑO JEISSON STEVEN AYALA MARTI YADDY ANDREA CANARÍA PEÑA DANIELA INES ZULETA INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA DE COLOMBIA PROGRAMA DE DERECHO BOGOTÁ, D.C. SEPTIEMBRE, 2021

Introducción La república de Panamá, ha evolucionado en su historia, cuenta con sistema democrático y representativo, configurando un sistema de normas que buscan conservar un equilibro social. El presente estado del arte se basa en profundizar las investigaciones de autores, que identificaron la problemática que aún sufren los centros penitenciarios en Latinoamérica, ahondando en las violaciones de los derechos humanos de los reclusos en las cárceles de la Republica de panamá para iniciar con la investigación determinamos algunas variables, las cuales nos permitirán evidenciar, cual es el sistema carcelario de panamá y la evolución en el tiempo hasta la presente época de pandemia. En panamá existen normas para castigar comportamientos antijurídicos, los trasgresores son detenidos, judicializados y sentenciados por la comisión de un delito, pero no existen un sistema que vigile y controle, que dichos centros cuentan con las garantías necesarias para que ese trasgresor logre redimir esa infracción de manera digna y pueda reintegrarse nuevamente a la sociedad. Ahora bien, para conocer la problemática, engranaremos las investigaciones de los autores, desarrollando la evolución del sistema penal acusatorio de panamá, las garantías constitucionales panameñas, los tratados sobre los derechos humanos ratificados por panamá y el tipo de derechos humanos quebrantados a los reclusos de centros carcelarios que están internos por la afectación producida a causa de la pandemia.

Como primera medida nos encontramos con las cárceles que incumplen en temas de rehabilitación, ya que no existen programas de resocialización efectivos para esta población y lo que vulnera lo descrito en su constitución, de igual manera el elevado número de reclusos y su aumento en los últimos años hacen del hacinamiento una de las principales razones por la que no se cumplen los principios mínimos de vida digna. Según el último censo realizado por el (Dirección del Sistema Nacional Integrado de Estadisticas Criminales , 2020), Instituto Nacional de Estadística, quien también se encarga de establecer mediante mediciones, la cantidad de reclusos en las diferentes cárceles de panamá y su nivel de ocupación, con el fin de mejorar la vida de reclusos y funcionarios. El número de privados de libertad es del 75% superior lo que hace que la detención preventiva se use sin responsabilidad. Por otro lado, el servicio de la salud es preocupante, lo que hace que la expansión de virus y epidemias se propaguen de manera indiscriminada, falta de recurso humano y medicamentos incrementan la vulneración de este Derecho. En cuanto al mínimo vital de agua es limitado y en muchas ocasiones no es potable, lo que claramente deteriora la salud de los internos. En ámbitos esenciales, se evidencia una deficiencia en el suministro de alimentos de calidad, es una clara violación de derechos humanos, puesto que el hambre y desnutrición es lo que se refleja en los censos ejecutados. Teniendo en cuenta las evidentes contradicciones constitucionales, analizamos los puntos de vista frente al papel que desempeña el Ministerio de Gobierno, en su página oficial, (Direccion General del Sistema Penitenciario en Panamá Pagina Oficial, 2020), En su último informe relata las falencias en el acceso al sistema de salud para los reclusos y la búsqueda de optimizar todos

los recursos en pro de una mejor calidad de vida para estas personas. Se denota fallas en la planificación, supervisión y funcionamiento de las cárceles en Panamá, lo anterior se debe a falta de personal, infraestructura, recursos del estado y falta de incorporación productiva a la sociedad entre muchas más variables. (Loayza, 2010), Asesor del Ministerio de Gobierno y Justicia de Panamá, evidencia en su informe el cual indica, que el sistema penitenciario de Panamá en su encuentra en un estado de crisis permanente. A pesar de haber promulgado leyes y reglamentos nacionales que, de ser implementados, se creería que habría una regulación por el respeto de los derechos humanos y una condición adecuada de vida para las personas privadas de libertad, el Estado panameño (Observatorio de Seguridad Ciudadana, 2018)contradictorio en cuanto a sus propias directrices, con una combinación de escasos recursos, una administración deficiente, y una presunta corrupción han conducido en parte a condiciones deplorables en donde los derechos de las personas privadas de libertad son violados rutinariamente. (Ley 55, 2003), En cuanto a la Constitución de Panamá, establece un sistema penitenciario fundado en los principios de seguridad y rehabilitación, y prohíbe el uso de medidas que lesionen la integridad física, mental, o moral de los presos. En el año 2003, la Asamblea Nacional aprobó una nueva ley penitenciaria, la Ley 55, la cual establece que "aparte de los derechos suspendidos o limitados por la condena de un interno, la personalidad jurídica de un interno es idéntica a la de una persona libre" conteniendo en los acopiamientos importantes diseñadas para proteger los derechos humanos de los internos de acuerdo con los estándares establecidos internacionalmente. A pesar del lenguaje prometedor de esta ley y de la expedición reciente de regulaciones, la mayoría de estas provisiones no se han implementado en el sistema penitenciario.

dentro de un tiempo razonable a todos los detenidos que necesitan atención. Falta de profesionalismo en el personal penitenciario. De igual manera informan que existen tensiones entre la administración civil de los centros y la policía, lo cual socava la comunicación y la coordinación entre ambos. Además, los sueldos bajos y las condiciones pobres de trabajo parecen desalentar a los guardias civiles y policías a que cumplan a cabalidad sus deberes. En cuanto a maltratos físicos y mentales los detenidos se quejan en gran parte de ser abusados tanto física como verbalmente por los guardias. El uso de la fuerza parece basarse en los caprichos de éstos, e incluye frecuentemente el uso excesivo de métodos extremos de control, incluyendo el uso de rociadores irritantes, el lanzamiento de bombas lacrimógenas en las celdas y también el maltrato físico Desafortunadamente la información indicada por ellos sugiere que los recursos económicos de un detenido a menudo pueden determinar el nivel de comodidad que éste puede obtener, consiguiendo mejores celdas dentro de la institución a la cual están asignados, o de igual forma comprando su traslado a un mejor centro penitenciario. Estas irregularidades también afectan los programas de rehabilitación, que tienen espacios limitados, ya que se cree que éstos son comúnmente asignados preferencialmente a detenidos que pueden pagar para ser admitidos. (Blanco, 2020), La columnista, Eugenia Rodríguez Blanco en el blog del CIEPS, publicado el 20 de abril del año en curso, por el Centro de Estudios Políticos y Sociales AIP – Panamá, aduce que: “Entre las peores vergüenzas que desnuda esta pandemia, están las condiciones de vida de las personas privadas de libertad (…) Sin embargo, en las cárceles panameñas, como de manera generalizada en toda América Latina, el hacinamiento, las malas condiciones de las

infraestructuras, las deficientes condiciones de higiene y salubridad, los servicios de salud mínimos e inadecuados y las violencias de diverso tipo son una constante y suponen una vulneración a los derechos humanos más básicos (Carranza, 2012; CIDH, 2011). Estas condiciones de vida en el encierro se hacen aún más críticas o se recrudecen en estos tiempos de pandemia. (…) La población penitenciaria no solo es más vulnerable al contagio o infección del virus, incluyendo a los trabajadores y trabajadoras de dichos centros, sino que además es especialmente vulnerable a la violación de derechos humanos”. La autora hace una crítica general a los centros carcelarios de América Latina, resaltando las pésimas condiciones de los privados de la libertad y en especial la vulnerabilidad por la que están atravesando en tiempos de pandemia; cuando en su escrito resalta la crisis carcelaria hace alusión al poco interés que se le ha dado en épocas de Covid-9. (Embajada de los Estados Unidos de Panamá Página Oficial, 2017), En el informe de los derechos humanos del 2017 en la página oficial de servicio al ciudadano de la Embajada de los Estados Unidos de Panamá, analizaron las condiciones de las cárceles y las describieron así: “Las condiciones carcelarias siguieron siendo duras, primordialmente a causa del hacinamiento, de la falta de custodios carcelarios, la falta de servicios médicos adecuados y por condiciones sanitarias inadecuadas. No había instalaciones de detención privadas. En las cárceles de adultos los reclusos se quejaban del limitado tiempo que pasaban fuera de sus celdas y del acceso limitado para los familiares. Durante el año el Ministerio de Salud realizó campañas de vacunación en la mayoría de las cárceles. Los reclusos recibieron vacunas contra el tétano, la difteria, la influenza, el sarampión, la rubéola y la varicela. La hipertensión, la diabetes, la dermatitis, el VIH/SIDA, la tuberculosis y las enfermedades respiratorias eran las enfermedades más comunes entre la población penitenciaria”

González, director del Sistema Penitenciario, informó que a la fecha se mantienen 13 reos con coronavirus, en las diversas cárceles del país. A la fecha solo tienen seis casos activos” Teniendo en el artículo publicado se hace necesario, analizar muy bien los resultados con el fin de no agravar las condiciones de vida de las personas privadas de la libertad, y advierte la CIDH que de aplicarse medidas que restrinjan los derechos de los internos, estas deben ir acompañadas de programas que garanticen el derecho a la integridad personal para que no se agravien las condiciones de vida al interior de la prisión. Adicional el enfoque se convierte irreal puesto que el ponderado sugerido por el autor demostraría que los grandes focos de infección estarían en los centros carcelarios y de eso ya se logró una recuperación casi del 100% cuando vemos estos datos, preocupa aún más, puesto de la actual pandemia aun se ha han establecido medidas de contención eficaces y la realidad es que la población carcelaria sigue en aumento. Conclusiones Las investigaciones de las fuentes de opinión tanto critica, como cuantitativa de entidades o columnistas evidenciaron que el sistema penitenciario panameño se encuentra en una crisis permanente, la mayoría de las ocasiones, la corrupción y la falta de presupuesto hace que los derechos humanos sean tomados en vano en un sistema redondo donde solo el que puede llegar a pagarlos y posteriormente tener el acceso a estos. En conclusión y con este primer análisis, lo que se quiere demostrar es a rasgos generales algunas de las falencias del sistema penitenciario panameño y lo que motiva la vulneración de los derechos humanos. A lo largo de este trabajo de investigación nos enfocaremos y estudiaremos a profundidad cada uno de los temas expuestos.

BIBLIOGRAFÍA

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