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ASME B30.22- RESUMEN, Resúmenes de Aprendizaje de Maquinaria

RESUMEN DE NORMA ASME B30.22 CONTIENE INFORMACIÓN RELEVANTE PARA ANALISIS DE MAQUNARIA DE IZAJE

Tipo: Resúmenes

2024/2025

Subido el 08/07/2025

luis-manuel-graterol
luis-manuel-graterol 🇦🇷

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NORMA ASME B30.22
TRADUCCION CAPITULO 22-2 – INSPECTION, TESTING AND MAINTENANCE
Sección 22-2.1: Inspección
22-2.1.1 General. El fabricante deberá suministrar información sobre operación y
mantenimiento
22-2.1.2 Inspección. Clasificación
(a) Inspección inicial. Antes de usar por primera vez, todas las grúas nuevas, alteradas o
modificadas deberán ser inspeccionadas por una persona designada para asegurar el
cumplimiento de las disposiciones de esta norma
(b) Inspección regular. El procedimiento de inspección para grúas que operan
regularmente, se divide en dos clasificaciones generales, basadas en los intervalos a
los cuales debería realizarse la inspección. Los intervalos a su vez, dependen de la
naturaleza de los componentes críticos de la grúa y del grado de exposición a
desgaste, deterioro o mal funcionamiento. Las dos clasificaciones generales se
designan aquí como “frecuente” y “periódica” con los respectivos intervalos entre
inspecciones, tal como se define más abajo:
(1) Inspección frecuente – a intervalos diarios o mensuales.
(2) Inspección periódica a intervalos de una a doce meses o como esté
específicamente recomendado por el fabricante
(c) Las inspecciones deben ser realizadas por personal designado
22-2.1.3 Inspección frecuente. Ítems tales como los siguientes, deberán ser inspeccionados
por defectos, a intervalos como los definidos en el párrafo 22-2.2.2 (b) (l), o como
específicamente indicados, incluyendo la observación durante la operación de desgaste o
daño que podría presentarse entre inspecciones regulares. Las condiciones tales como
aquellas listadas, deberán ser cuidadosamente examinadas y deberá tomarse una
determinación sobre si ellas constituyen un peligro:
(a) control de mecanismos por desajustes que interfieran con la operación adecuada
diariamente, cuando se usa;
(b) control de mecanismos por desgaste excesivo de componentes y contaminación por
lubricantes u otra materia extraña;
(c) dispositivos de seguridad por mal funcionamiento;
(d) todas las mangueras hidráulicas, particularmente aquellas que se doblan en la
operación normal de las funciones de la grúa, deberán ser inspeccionadas
visualmente una vez cada día de trabajo, cuando usada;
(e) ganchos y trabas por deformación, daño químico, rajaduras y desgaste. Referirse a la
norma ASME B30,10;
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NORMA ASME B30.

TRADUCCION CAPITULO 22-2 – INSPECTION, TESTING AND MAINTENANCE

Sección 22-2.1: Inspección 22-2.1.1 General. El fabricante deberá suministrar información sobre operación y mantenimiento 22-2.1.2 Inspección. Clasificación (a) Inspección inicial. Antes de usar por primera vez, todas las grúas nuevas, alteradas o modificadas deberán ser inspeccionadas por una persona designada para asegurar el cumplimiento de las disposiciones de esta norma (b) Inspección regular. El procedimiento de inspección para grúas que operan regularmente, se divide en dos clasificaciones generales, basadas en los intervalos a los cuales debería realizarse la inspección. Los intervalos a su vez, dependen de la naturaleza de los componentes críticos de la grúa y del grado de exposición a desgaste, deterioro o mal funcionamiento. Las dos clasificaciones generales se designan aquí como “frecuente” y “periódica” con los respectivos intervalos entre inspecciones, tal como se define más abajo: (1) Inspección frecuente – a intervalos diarios o mensuales. (2) Inspección periódica – a intervalos de una a doce meses o como esté específicamente recomendado por el fabricante (c) Las inspecciones deben ser realizadas por personal designado 22-2.1.3 Inspección frecuente. Ítems tales como los siguientes, deberán ser inspeccionados por defectos, a intervalos como los definidos en el párrafo 22-2.2.2 (b) (l), o como específicamente indicados, incluyendo la observación durante la operación de desgaste o daño que podría presentarse entre inspecciones regulares. Las condiciones tales como aquellas listadas, deberán ser cuidadosamente examinadas y deberá tomarse una determinación sobre si ellas constituyen un peligro: (a) control de mecanismos por desajustes que interfieran con la operación adecuada – diariamente, cuando se usa; (b) control de mecanismos por desgaste excesivo de componentes y contaminación por lubricantes u otra materia extraña; (c) dispositivos de seguridad por mal funcionamiento; (d) todas las mangueras hidráulicas, particularmente aquellas que se doblan en la operación normal de las funciones de la grúa, deberán ser inspeccionadas visualmente una vez cada día de trabajo, cuando usada; (e) ganchos y trabas por deformación, daño químico, rajaduras y desgaste. Referirse a la norma ASME B30,10;

(f) reenvíos de cables para cumplimentar las especificaciones del fabricante; (g) aparatos eléctricos por mal funcionamiento, signos de deterioro excesivo, suciedad o acumulación de humedad; (h) sistema hidráulico por adecuado nivel de aceite y pérdidas – diariamente; (i) neumáticos por presión de inflado recomendada, cortes y tuercas de rueda flojas; (j) pernos de conexión y dispositivos de traba por desgaste y daño. 22-2.1.4 Inspección periódica. La inspección completa de la grúa deberá realizarse a intervalos definidos en forma general en el párrafo 22-2.1.2 (b) dependiendo de la actividad, de la severidad del servicio y del entorno. Estas inspecciones deberán incluir los requerimientos del párrafo 22-21-2 y, además, ítems tales como lo que siguen. Las condiciones tales como aquellas listadas, deberán ser examinadas y deberá tomarse una determinación sobre si ellas constituyen un peligro: (a) miembros de la estructura de la grúa y del carrier, deformados, rotos, corroídos; (b) bulones flojos, particularmente los bulones de montaje; (c) poleas y tambores rajados o gastados; (d) elementos tales como pernos, cojinetes, ejes, engranajes, rodillos y dispositivos de traba, gastados, rajados o deformados; (e) desgaste excesivo en elementos del freno y del sistema de embrague, en las cintas y revestimientos; (f) ganchos inspeccionados por rajaduras; (g) dirección, frenos y dispositivos de traba por mal funcionamiento; (h) neumáticos dañados o excesivamente gastados; (i) Inspección de mangueras hidráulicas y neumáticas, conexiones y cañerías (1) evidencia de pérdidas en la superficie de las mangueras flexibles o en sus uniones con los extremos de los acoplamientos metálicos; (2) ampollamiento o deformación anormal de la cubierta exterior de las mangueras hidráulica o neumática; (3) pérdidas por las uniones roscadas o con abrazaderas que no puedan ser eliminadas, apretándolas en forma normal o por procedimientos recomendados; (4) evidencia de excesiva abrasión o estriado de la superficie exterior de la manguera, cañería rígida o conexión. Deberán tomarse medidas para eliminar la interferencia de los elementos en contacto o, de lo contrario, proteger los componentes. (j) Inspección de bombas y neumáticos hidráulicos y neumáticos (1) bulones o ajustadores flojos; (2) pérdidas por las juntas entre secciones; (3) pérdida de velocidad de operación; (4) fluido excesivamente caliente;

(a) Cada grúa nueva deberá ser ensayada por el fabricante, para verificar el cumplimiento de los requerimientos operacionales de esta sección, incluyendo funciones tales como las siguientes: (1) mecanismos de izaje y descenso de la carga; (2) mecanismos de izaje y descenso de la pluma; (3) mecanismos de extensión y retracción de la pluma; (4) mecanismos de giro; (5) mecanismos de traslación; (6) dispositivos de seguridad. (b) Cuando la grúa completa no es suministrada por un fabricante, estos ensayos deberán ser realizados en el ensamblaje final. (c) Los resultados de los ensayos operativos deberán estar disponibles. 22-2.2.1 Ensayos de carga (a) Antes del uso inicial: (1) Todas las grúas nuevas o modificadas deberán ser inspeccionadas y ensayadas con carga por, o bajo la dirección, de una persona designada. Un informe escrito del ensayo deberá ser preparado por una persona designada y ubicado en un archivo. Los ensayos de carga no deberán realizarse con menos del 100 % y no más del 110 % de la carga especificada, salvo otra recomendación del fabricante o de una persona calificada. (2) La necesidad de ensayar una grúa reparada, alterada o modificada deberá ser determinada por una persona calificada. Cuando el ensayo de carga es requerido, los ensayos deberán estar de acuerdo con el párrafo 22-2.2.2. (a) (i) (b) Si el ensayo de carga se realiza, deberá contemplar las siguientes operaciones como un requerimiento mínimo. (1) Levantar la carga de ensayo para asegurar que la misma está soportada por la grúa y mantenida por el(los) frenos de izaje. (2) Girar totalmente la grúa, si es aplicable. (3) Para el ensayo de carga, subir y bajar la pluma de la grúa dentro de los radios de trabajo permitidos. (4) Bajar la carga de ensayo, detenerla y mantenerla con el(los) frenos. Sección 22-2.3: Mantenimiento 22-2.3.1 Mantenimiento preventivo (a) Deberá establecerse un programa de mantenimiento preventivo basado en las recomendaciones del fabricante. Deberán conservarse registros fechados. (b) Si se recomienda el reemplazo de repuestos, deberán obtenerse del fabricante original del equipo o ser, al menos, de igual calidad.

22-2.3.2 Procedimiento (a) Antes de comenzar los ajustes y reparaciones de una grúa, deberán tomarse las siguientes precauciones, si son aplicables: (1) la grúa deberá ser ubicada donde provoque la menor interferencia con otros equipos u operaciones; (2) todos los controles deberán estar en la posición desconectado; (3) los sistemas de arranque no deberán estar operativos; (4) la pluma deberá estar bajada a nivel terreno, si es posible, o, de lo contrario, estar asegurada para evitar caídas; (5) antes de aflojar o retirar los componentes hidráulicos, se deberá descargar la presión del aceite hidráulico en todos los circuitos hidráulicos. (b) Se deberán instalar en los controles de la grúa, carteles de atención o de “fuera de servicio”. (c) Después de realizar los ajustes y reparaciones, la grúa no deberá retornar al servicio, hasta que todas las protecciones hayan sido reinstaladas, eliminado el aire atrapado en el sistema hidráulico (si es necesario), reactivados los sistemas de seguridad y retirado el equipo de mantenimiento. 22-2.3.3 Ajustes y reparaciones (a) Cualquier condición peligrosa revelada por los requerimientos de inspección de la Sección 22-2.1 deberá ser corregida antes que la grúa vuelva a operar. Los ajustes y las reparaciones deberán ser realizados solo por personal designado. (b) Los ajustes deberán ser mantenidos para asegurar el funcionamiento de los componentes. Los siguientes son ejemplos: (1) mecanismo operativo funcional; (2) dispositivos de seguridad; (3) sistemas de control. (c) Las reparaciones y los ajustes deberán ser suministrados a medida que la operación lo necesite. Los siguientes son ejemplos: (1) partes críticas de los mecanismos operativos funcionales que estén rajados, rotos, corroídos, doblados o con excesivo desgaste; (2) partes críticas de la estructura de la grúa, que estén rajados, doblados, rotos o excesivamente corroídos; (3) Los ganchos de la grúa que están en las condiciones descriptas en el párrafo 22- 2.1.3 (a) (5), deberán ser sacados de servicio; (4) el fabricante deberá dar las instrucciones para la remover el aire de los circuitos hidráulicos. 22-2.3.4 Lubricación. Todas las partes en movimiento de la grúa, para las que está especificado lubricación, deberán ser lubricadas regularmente de acuerdo con los procedimientos y recomendaciones del fabricante.

(2) La inspección periódica deberá ser realizada por una persona designada. Esta inspección deberá cubrir la longitud total del cable. Solo los alambres superficiales necesitan ser inspeccionados. No deberá intentarse abrir el cable. Cualquier deterioro del que resulte una apreciable pérdida de la resistencia original, tales como los descriptos más abajo, deberá ser señalado y tomar una decisión sobre si el uso del cable podría constituir un peligro. (a) puntos listados en el párrafo 22-2.4.2 (a) (I) (a); (b) reducción del diámetro del cable por debajo del diámetro nominal, debido a pérdidas de sostenimiento del núcleo, corrosión interna o externa o desgaste de los alambres exteriores; (c) alambres severamente corroídos o rotos en las conexiones de los extremos; (d) severamente corroído, roto, doblado, gastado o no instalado adecuadamente en las conexiones de los extremos; (3) Deberá tenerse cuidado cuando se inspeccionan secciones sujetas a rápido deterioro, como las siguientes: (a) secciones en contacto con caballetes, poleas ecualizadoras u otras poleas donde el recorrido del cable está limitado; (b) secciones del cable, en o cerca de las conexiones de los extremos, donde pueden emerger alambres corroídos o rotos. 22-2.4.3 Reemplazo del cable (a) No se pueden dar reglas precisas para determinar el tiempo exacto de reemplazo del cable, puesto que están involucrados muchos factores variables. Una vez que un cable alcanza cualquiera de los específicos criterios de remoción, puede permitirse continuar el trabajo hasta la finalización del turno, de acuerdo con el criterio de una persona calificada. El cable deberá ser reemplazado al finalizar el turno de trabajo, al finalizar el día o hasta la última hora, antes que el equipo sea utilizado por el siguiente turno de trabajo. (b) Los criterios para reemplazar el cable deberán ser los siguientes: (1) para los cables que se desplazan, seis alambres rotos distribuidos aleatoriamente en una capa, o tres alambres rotos en un cordón, en un día; (2) un alambre exterior roto en el punto de contacto con el alma del cable, que emergió de su estructura y produjo una protuberancia o un rizo. Se requiere una inspección adicional de esta sección. (3) desgaste de un tercio del diámetro original de los alambres individuales exteriores; (4) cocas, aplastamiento, jaulas de pájaros, o cualquier otro daño como resultado de la deformación de la estructura del cable; (5) evidencia de daños por calor debidos a cualquier causa; (6) reducción del diámetro nominal mayor que el que se muestra más abajo

Reducción máxima permitida a partir del Diámetro el cable diámetro nominal


hasta 8 mm 0,4 mm mayor que 13 mm 0,8 mm mayor que 19 mm 1,2 mm mayor que 29 mm 1,6 mm mayor que 38 mm 2,4 mm (7) En cables fijos, más de dos alambres rotos en una capa, en secciones alejadas de las conexiones de los extremos (8) El cable de reemplazo deberá tener, al menos, una resistencia igual a la del cable original provisto, o recomendado, por el fabricante de la grúa. Cualquier desviación del tamaño original, grado del acero o tipo de construcción, deberá ser especificado por un fabricante de cable, por el fabricante de la grúa o por una persona calificada. (c) El criterio de remoción de alambres rotos citado en esta norma se aplica a las cables de alambre que operan sobre poleas y tambores de acero. El usuario deberá comunicarse con el fabricante de la grúa o de la polea o del tambor o con una persona calificada, para conocer los criterios de remoción de alambres rotos para cables que operan sobre poleas y tambores hechos con un material diferente al acero. (d) Cables no en uso regular. Todos los cables instalados en una grúa que no ha operado por un período de un mes o más, por estar fuera de servicio o almacenada, deberán ser inspeccionados de acuerdo con el párrafo 22-2.4.3 (b) antes de ponerla en servicio. Esta inspección abarcará todos los tipos de deterioro y deberá ser realizada por una persona designada. (e) Registros de inspección (1) Inspección frecuente – no se requieren registros. (2) Inspección periódica – a fin de establecer una base de datos para juzgar el tiempo adecuado de reemplazo, deberá archivarse un informe fechado de la condición del cable, en cada inspección periódica. Este informe deberá incluir los puntos de deterioro listados en el párrafo 22-2.4.3 (b). 22-2.4.4 Mantenimiento del cable (a) El cable deberá estar almacenado para prevenir daño o deterioro. (b) El desbobinado del cable deberá ser realizado según las recomendaciones de su fabricante y se deberá realizar cuidadosamente, para evitar cocas o inducir un giro. (c) Antes de cortarlo, deberá ligarse el cable a cada costado del lugar donde deba ser