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asis..........................., Apuntes de Enfermería comunitaria

mapeo de ascension ...........

Tipo: Apuntes

2024/2025

Subido el 08/07/2025

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NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA LA
ATENCIÓN INTEGRAL
DE SALUD NEONATAL
NTS 214 - MINSA/DGIESP-2024
R.M 545-2024 | MINSA
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NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA LA

ATENCIÓN INTEGRAL

DE SALUD NEONATAL

NTS N° 214 - MINSA/DGIESP-

R.M N° 545-2024 | MINSA

NTS N° 214 - MINSA/DGIESP-

NORMA TÉCNICA

DE SALUD PARA LA

ATENCIÓN INTEGRAL

DE SALUD NEONATAL

R.M. N° 545-2024/MINSA

Dirección General de Intervenciones

Estratégicas en Salud Pública

Ministerio de Salud

Lima – Perú

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NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE SALUD NEONATAL

CESAR HENRY VASQUEZ SANCHEZ Ministro de Salud

ERIC RICARDO PEÑA SANCHEZ Viceministro de Salud Pública

CIRO ABEL MESTAS VALERO Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud

JUAN ENRIQUE ALCÁNTARA MEDRANO Secretario General

CRISTIAN DÍAZ VELEZ Director General de la Dirección General Intervenciones Estratégicas en Salud Pública

JOSE EMILIO ALDANA CARRASCO Director Ejecutivo de la Dirección de Intervenciones por Curso de Vida y Cuidado Integral

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NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE SALUD NEONATAL

PARTICIPANTES Y/O COLABORADORES: Equipo del Ministerio De Salud

Sociedad Científica Peruana de Enfermeras Especialistas en Neonatología – SOCIPEN

COMITÉ DE EXPERTOS EN SALUD NEONATAL

Dr. José Emilio Aldana Carrasco

Lic. Blanca Távara Campos Lic. Liz Milagros Albornoz Ureta Lic. María Del Rosario Adriana Coricaza Rivas Lic. Isabel Jessica Huaringa Santiago Lic. Liz Alejandro Orihuela Lic. Domitila Huamán Baltazar Lic. Marisol Borda Belizario Lic. Susana Hoyos Ortiz Lic. María Elena Flores Ramirez Dr. Jorge Alejandro Medrano Galoc Dr. Mario Izquierdo Hernández

Equipo técnico de la Etapa de Vida Niño Equipo técnico del componente Neonatal Equipo técnico del componente Neonatal Equipo técnico del componente Neonatal Equipo técnico del componente Neonatal Equipo técnico Etapa de Vida Niño Equipo técnico Etapa de Vida Niño Equipo técnico Etapa de Vida Niño Equipo técnico Etapa de Vida Niño Equipo técnico Etapa de Vida Niño Equipo técnico del componente Neonatal

Lic Arminda Gil Castañeda Lic. Vanessa Nahil Naupari Carreño Lic. Elizabeth Tasayco Tercero Lic. Irma Cecilia Grados Guerrero Lic. Fary Mendoza Chumbes Lic. Carmen Echegaray Mitac Lic. Teresa María Nonones Julian Lic Marlene Ordoya Bellido Lic. Piedad Urbano Morales Lic. Lucy Aliaga Ordoñez Lic. Doris Lupe Caballero Aquiño Lic. Juana Molina Salas Lic. Gloria Elizabeth Corcuera Segura Lic. Zulma Verónica Treviño Mariño Lic. Teresa Torres Saldaña Lic. Melva Ramírez Julcarima Lic. Magdalena Gladys Sánchez Fernández

Dra. Rosario Inés López Alguiar Dr. Luis Sandro Florián Tutaya Dr. Marcos Polar Castillo Dr. Richard Muñoz Carrasco Dra. Carmen Rosa Dávila Aliaga Dra. Julia Rosmary Hinojosa Pérez Dra. Nancy Olivares Marcos Dra. Faye Aguilar Aguilar Dra. Karina Hernández Córdova Dr. Julio Sánchez Tonohuye Dra. Lilian Mercedes Díaz Regalado Dra. Irene Guadalupe Valencia Anglas Dra. Carmen Luisa Fernández Sierra Dra. Martina Leonila Zegarra Linares

Presidenta de la Sociedad Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins Hospital Carlos Lanfranco La Hoz Hospital III de Emergencias Grau EsSalud Hospital III de Emergencias Grau EsSalud Hospital III de Emergencias Grau EsSalud Hospital Nacional Dos De Mayo Hospital Nacional Docente Madre Niño San Bartolomé Hospital Nacional Cayetano Heredia Instituto Nacional Materno Perinatal Instituto Nacional Materno Perinatal Instituto Nacional Materno Perinatal Clínica Hogar de la Madre Hospital de Emergencias Pediátricas CMI Santa Luzmila II

Director Ejecutivo de la Dirección de Intervenciones por Curso de Vida y Cuidado Integral.

Hospital Arzobispo Loayza Hospital Arzobispo Loayza Hospital Dos De Mayo Hospital Dos De Mayo Instituto Nacional Materno Perinatal Instituto Nacional Materno Perinatal Instituto Nacional De Salud El Niño - Breña Instituto Nacional De Salud El Niño - San Borja Instituto Nacional De Salud El Niño - San Borja Hospital Santa Rosa Hospital San José Hospital Docente Madre Niño “San Bartolomé” Seguro Social Del Perú – Essalud Seguro Social Del Perú – Essalud

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NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE SALUD NEONATAL

Por un

comienzo

lleno de

salud y

vida

Este documento fue posible gracias a la generosa contribución del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia - UNICEF a través del Ministerio de Salud (MINSA). Los contenidos de este documento son responsabilidad de los autores y no necesariamente reflejan el punto de vista o posición de UNICEF.

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RESOLUCIÓN MINISTERIAL

1. FINALIDAD

2. OBJETIVOS

2.1 Objetivo General 2.2 Objetivos Específicos

**3. ÁMBITO DE APLICACIÓN

  1. BASE LEGAL
  2. DISPOSICIONES GENERALES** 5.1 Definiciones Operativas 5.2 Consideraciones Generales de la Atención Neonatal 6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1 Atención inmediata del recién nacido 6.2 Atención del recién nacido en alojamiento conjunto 6.3 Atención del recién nacido hospitalizado 6.4 Control de crecimiento y desarrollo del recién nacido 6.5 Inmunización del recién nacido 6.6 Seguimiento del recién nacido de riesgo 6.7 Visita domiciliaria 7. COMPONENTES 7.1 Componente de gestión 7.2 Componente de gestión 7.3 Componente de financiamiento 7.4 Calidad de la atención 8. RESPONSABILIDADES 8.1 Nivel nacional 8.2 Nivel regional 8.3 Nivel local 9. ANEXOS 9.1 Anexo Nº 1 check list de materiales e insumos para la atención inmediata del recién nacido.

TABLA DE

CONTENIDOS

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NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE SALUD NEONATAL

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NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE SALUD NEONATAL

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NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE SALUD NEONATAL

  • Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y sus modificatorias.
  • Decreto Supremo N° 020-2014-SA, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal de Salud.
  • Decreto Supremo N° 008-2017-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modificatorias.
  • Decreto Supremo N° 020-2014, SA, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud.
  • Resolución Ministerial N° 633-2023-MINSA, que aprueba el Documento Técnico: Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales para el Sector Salud.
  • Resolución Ministerial N° 884-2022/MINSA, que aprueba la NTS N° 196-MINSA/ DGIESP-2022 “Norma Técnica de Salud que establece el Esquema Nacional de Vacunación”, y sus modificatorias.
  • Resolución Ministerial N° 440-2020/MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N° 108-MINSA/2020/DGIESP: Directiva Sanitaria para la Implementación de la Práctica del Método Canguro.
  • Resolución Ministerial N° 030-2020/MINSA, que aprueba el Documento Técnico “Modelo de Cuidado Integral de salud por Curso de Vida para la Persona, Familia y Comunidad (MCI)”.
  • Resolución Ministerial N° 670-2019/MINSA, que aprueba el Documento Técnico: Petitorio Nacional Único de Dispositivos Médicos Esenciales para el Sector Salud.
  • Resolución Ministerial N° 558-2019/MINSA, que aprueba la NTS N° 154-MINSA/2019/ DGIESP “Norma Técnica de Salud para el Tamizaje Neonatal de Hipotiroidismo Congénito, Hiperplasia Suprarrenal Congénita, Fenilcetonuria, Fibrosis Quística, Hipoacusia Congénita y Catarata Congénita”.
  • Resolución Ministerial N° 426-2019/MINSA, que aprueba la NTS N° 152-MINSA/2019/ DGIESP-V.01 “Norma Técnica de Salud para la Implementación, Funcionamiento y Promoción de Bancos de Leche Humana en el Perú”.
  • Resolución Ministerial N° 251-2019/MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N° 084-MINSA/2019/DGIESP, Directiva Sanitaria que establece la Organización y Funcionamiento de los Comités de Prevención de la Mortalidad Materna, Fetal y Neonatal.
  • Resolución Ministerial N° 537-2017/MINSA, que aprueba la NTS N° 137-MINSA/2017/ DGIESP “Norma Técnica de Salud para el Control de Crecimiento y Desarrollo de la Niña y el Niño Menores de Cinco Años”, y su modificatoria.
  • Resolución Ministerial N° 902-2017/MINSA, que aprueba el Documento Técnico “Catálogo de Procedimientos Médicos y Sanitarios del Sector Salud”, y sus modificatorias.
  • Resolución Ministerial N° 907-2016/MINSA, que aprueba el Documento Técnico: “Definiciones Operacionales y Criterios de Programación y de Medición de Avances de los Programas Presupuestales”, y sus modificatorias.
  • Resolución Ministerial N° 539-2016/MINSA, que aprueba la NTS N° 123-MINSA/ DIGEMID-V.01 “Norma Técnica de Salud que regula las actividades de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios”.
  • Resolución Ministerial N° 609-2014/MINSA, que aprueba la Directiva Administrativa N° 201-MINSA/DGSP-V.01 Directiva Administrativa para la Certificación de Establecimientos de Salud Amigos de la Madre, la Niña y el Niño.
  • Resolución Ministerial N° 260-2014/MINSA, que aprueba la “Guía Técnica para la

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Implementación de Grupos de apoyo Comunal para promover y proteger la Lactancia Materna”.

  • Resolución Ministerial N° 148-2012/MINSA, que aprueba la Directiva Administrativa N° 190-MINSA/OGEI-V.01 que establece el procedimiento para el registro del Certificado de Nacido Vivo en todos los establecimientos de salud del país.
  • Resolución Ministerial N° 853-2012/MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N° 001-MINSA/DGSP-V.02 “Directiva Sanitaria para la Evaluación de las Funciones Obstétricas y Neonatales en los Establecimientos de Salud”.
  • Resolución Ministerial N° 540-2011/MINSA, que aprueba la Norma Técnica de Salud N° 091-MINSA/DIGEMID-V.01 “Norma Técnica de Salud para la Utilización de Medicamentos No Considerados en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales”, y su modificatoria.
  • Resolución Ministerial N° 707-2010/MINSA, que aprueba la Norma Técnica de Salud N° 084-MINSA/DGSP-V.01 Norma Técnica de Salud de Atención del Recién Nacido Pre término con riesgo de Retinopatía del Prematuro.
  • Resolución Ministerial N° 279-2009/MINSA, que aprueba la NTS N° 078-MINSA/ DGE-V.01 Norma Técnica de Salud que establece el Subsistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica Perinatal y Neonatal.
  • Resolución Ministerial N° 862-2008/MINSA, que aprueba la NTS N° 074-MINSA/DGSP-V. “Norma Técnica de Salud que establece el conjunto de intervenciones articuladas para la reducción de la mortalidad neonatal en el primer nivel de atención de salud, en la familia y la comunidad”.
  • Resolución Ministerial N° 1041-2006/MINSA, que aprueba Trece Guías Técnicas (Doce Guías de Práctica Clínica y una Guía de Procedimientos), relacionadas a la calidad de atención del recién nacido en los establecimientos de salud.

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Foto: Familia junto a su recién nacido.

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NORMA TÉCNICA DE SALUD PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE SALUD NEONATAL

5.1.8. Contrarreferencia: Proceso administrativo-asistencial mediante el cual el establecimiento de salud de destino de la referencia devuelve o envía la responsabilidad del cuidado de un usuario o el resultado de la prueba diagnóstica al establecimiento de salud de origen de la referencia o del ámbito de donde procede el usuario de salud.

5.1.9. Equipo de atención de salud neonatal: Está conformado por los profesionales responsables de la atención integral de salud del recién nacido: Médico pediatra neonatólogo o médico neonatólogo o médico pediatra o médico de familia o médico cirujano; y licenciada en enfermería con o sin especialidad en neonatología, de acuerdo al nivel de atención del establecimiento de salud, según lo estipulado en la Guía Técnica para la Categorización de Establecimientos del Sector Salud, aprobado por Resolución Ministerial N° 076-2014/MINSA o las que hagan sus veces.

5.1.10. Identificación segura del recién nacido: Procedimiento realizado al recién nacido/a para garantizar su identidad desde el momento del nacimiento, en alojamiento conjunto y durante su estancia en cualquiera de los espacios hospitalarios. Especialmente importante para que en la realización de procedimientos diagnósticos y/o terapéuticos de riesgo, se eviten errores o confusiones.

5.1.11. Muerte neonatal: Es la defunción del recién nacido vivo que ocurre en el intervalo comprendido desde su nacimiento hasta cumplidos los 28 días de vida.

5.1.12. Muerte neonatal evitable: Muerte neonatal ocurrida en un recién nacido con peso de 2500 gramos a más, mayor o igual a 37 semanas de gestación y sin malformación congénita letal.

5.1.13. Nacido vivo: Se considera nacido vivo al producto de la concepción que después de su expulsión o extracción completa del cuerpo de la madre, llora, respira o da señal de vida como latidos del corazón, pulsaciones del cordón umbilical o movimientos efectivos de los músculos de contracción voluntaria, tanto si se ha cortado o no el cordón umbilical y esté o no desprendida la placenta, independientemente de la duración del embarazo.

5.1.14. Período neonatal: El período neonatal comienza desde el nacimiento y termina a los 28 días después del nacimiento.

5.1.15. Peso al nacer: Es el peso del recién nacido constatado por un medio estandarizado de medida; se expresa en gramos.

5.1.16. Pinzamiento y corte precoz del cordón umbilical: Procedimiento que se realiza en los primeros 60 segundos tras el parto, pinzando y seccionando el cordón umbilical y que separa física y definitivamente al recién nacido de su madre.

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5.1.17. Pinzamiento y corte oportuno del cordón umbilical: Procedimiento que se realiza pinzando y seccionando el cordón umbilical, y que separa física y definitivamente al recién nacido de su madre, transcurrido entre 1 a 3 minutos desde el parto o cuando han cesado las pulsaciones del cordón. Es conocido también como corte tardío de cordón umbilical.

5.1.18. Oxigenoterapia: Es el suministro de oxígeno suplementario, cuando el pulmón es insuficiente para suplir las necesidades de oxígeno en los tejidos del organismo. Fase I: Administración de oxígeno por flujo libre, cánula binasal, máscara y casco cefálico. Fase II: Administración de oxígeno por cánula de alto flujo, ventilación no invasiva (CPAP, ventilación nasal). Fase III: Ventilación mecánica convencional y ventilación de alta frecuencia.

5.1.19. Recién nacido o neonato: Nacido vivo producto de una gestación, en el periodo que abarca desde el momento del nacimiento hasta los 28 días de vida.

5.1.20. Recién nacido de alto riesgo: Recién nacido que tiene mayor probabilidad de presentar alteraciones o complicaciones, fundamentalmente, sensoriales y del neurodesarrollo durante su infancia. Son niños con necesidades asistenciales diferentes a las previstas en los programas diseñados para niños sanos en el primer nivel de atención.

5.1.21. Recién nacido en estado crítico: Situación en la cual el recién nacido está en riesgo momentáneo o continuo de perder la vida o de tener un deterioro importante por una condición patológica o desfavorable, configurando un estado de gravedad persistente que requiere atención, monitorización, tratamiento oportuno y continuo.

5.1.22. Recién nacido normal o sano: Todo recién nacido con peso mayor o igual a 2,500 g hasta 3,999 g, cuya edad gestacional es igual o mayor de 37 semanas y menor de 42 semanas, nacido de parto eutócico o distócico y que no presenta patología o alguna manifestación clínica detectada.

5.1.23. Recién nacido pretérmino: Recién nacido antes de 37 semanas de edad gestacional.

5.1.24. Recién nacido a término: Recién nacido de 37 a 41 semanas de edad gestacional.

5.1.25. Recién nacido post término: Recién nacido de 42 semanas a más de edad gestacional.

5.1.26. Recién nacido vigoroso: Recién nacido que al momento del nacimiento llora, tiene buen esfuerzo respiratorio y buen tono muscular.

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5.2. CONSIDERACIONES GENERALES DE LA ATENCIÓN NEONATAL

5.2.1. A La DIRESA, GERESA, DIRIS, unidades ejecutoras y/o las que hagan sus veces, Gobiernos Locales, ESSALUD, la Sanidad de las Fuerzas Armadas, la Sanidad de la Policía Nacional de Perú, privados y mixtos en cuyos establecimientos de salud brinden atención neonatal, en coordinación con los directores o quienes hagan sus veces en los establecimientos de salud, les corresponde:

  • Priorizar y gestionar la disponibilidad y permanencia laboral de los profesionales integrantes del equipo de atención de salud neonatal necesarios, que garantice la atención del recién nacido en todos los establecimientos de salud de su jurisdicción según el nivel de atención.
  • Gestionar la atención prioritaria y oportuna de todo recién nacido sano, o el recién nacido prematuro o con alguna complicación, y, de ser necesaria, la atención en otro establecimiento de salud de mayor capacidad resolutiva, realizar la referencia.
  • Gestionar el equipamiento e infraestructura necesarios para la atención del recién nacido en los establecimientos de salud de su jurisdicción.
  • Implementar la atención inmediata del recién nacido dentro de sala de partos y centro quirúrgico, de corresponder, en establecimientos de salud que consignen en su cartera de servicios la atención de parto, fomentando la NO separación del recién nacido y su madre.
  • Priorizar y gestionar la dotación del kit de reanimación neonatal básico y avanzado en todo establecimiento de salud que consigne en su cartera la atención de partos, para la atención oportuna de todo recién nacido que requiera reanimación.
  • Implementar y monitorear la implementación de todos los documentos normativos orientados a la salud neonatal.
  • Implementar ambientes para el fomento de la lactancia materna en los establecimientos de salud del primer, segundo y tercer nivel de atención.
  • Todo recién nacido prematuro es tamizado para identificar retinopatía de la Prematuridad (ROP) antes de ser dado de alta; los casos diagnosticados con ROP reciben atención oportuna, continua y de calidad en establecimientos de salud con capacidad resolutiva para el diagnóstico, tratamiento, seguimiento, control y rehabilitación de ROP y sus secuelas.
  • Asegurar la participación de la madre, el padre o un familiar acompañante durante toda la atención del recién nacido en el marco de la atención centrada en la familia. El establecimiento de salud provee los recursos necesarios, como material de protección personal (mandilón, gorro, mascarilla, botas) de ser necesario.
  • Fortalecer el seguimiento de todos los recién nacidos (durante el periodo neonatal que comprende desde el nacimiento hasta los 28 días de vida), a través de la atención médica, control de crecimiento y desarrollo, visita domiciliaria y seguimiento del recién nacido de alto riesgo, de corresponder en el marco de sus competencias.
  • Las acciones de promoción de la salud, como higiene de manos, lactancia materna, inmunizaciones, pautas de crianza, entre otras, son realizados por el personal de la salud del establecimiento de salud.

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  • Salvaguardar el vínculo afectivo entre el recién nacido y su madre y la práctica de la lactancia materna exclusiva, su promoción, protección y el apoyo en toda circunstancia, inclusive en situaciones de pandemia con las medidas preventivas correspondientes, salvo contraindicación médica fundamentada.
  • Cumplir con las estrictas medidas de bioseguridad y prevención de las Infecciones Asociadas a la Atención de Salud (IAAS) en toda atención neonatal.
  • Analizar toda muerte neonatal, según lo dispuesto en la Directiva Sanitaria Nº 084-MINSA-2019-DGIESP, Directiva Sanitaria que establece la Organización y Funcionamiento de los Comités de Prevención de la Mortalidad Materna, Fetal y Neonatal, aprobado con Resolución Ministerial Nº 251-2019/MINSA o la que haga sus veces.
  • Mantener el orden y la buena comunicación entre el equipo de atención materna y el equipo de atención de salud neonatal, lo cual asegura un parto y un nacimiento exitosos.
  • Supervisar la implementación del tamizaje neonatal universal en los recién nacidos, en concordancia con la NTS N° 154-MINSA/2019/DGIESP “Norma Técnica de Salud para el Tamizaje Neonatal de Hipotiroidismo Congénito, Hiperplasia Suprarrenal Congénita, Fenilcetonuria, Fibrosis Quística, Hipoacusia Congénita y Catarata Congénita”, aprobada con Resolución Ministerial Nº 558-2019/MINSA o la que haga sus veces.
  • Supervisar el cumplimiento estricto de todas las actividades y procedimientos contenidas en la presente norma.

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6. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

6.1. Atención inmediata del recién nacido

  • La atención inmediata del recién nacido es responsabilidad del equipo de atención de salud neonatal, según su categoría o nivel de complejidad del establecimiento de salud.
  • El tiempo promedio de duración de la atención inmediata del recién nacido sano es de 3 horas y se prolonga en caso de presentarse alguna complicación o si se realizó maniobras de reanimación cardiopulmonar (RCP).
  • Todo recién nacido que recibió maniobras de (RCP es estabilizado, monitoreado y evaluado con mayor frecuencia hasta ser trasladado a hospitalización o referido al establecimiento de salud de mayor capacidad resolutiva.
  • Durante la permanencia en el establecimiento de salud, el recién nacido es evaluado y monitoreado periódicamente.
  • Para la atención inmediata del recién nacido, tener en consideración el principio de anticipación, intervenciones en la primera hora de vida y la segunda hora de vida (posterior al contacto piel a piel).

6.1.1. Atención inmediata del recién nacido: Principio de anticipación Consiste en la preparación y valoración perinatal, previamente a suscitarse el parto, por parte del equipo de atención de salud neonatal.

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