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ejemplos para poder tener un acuerdo reparatorio
Tipo: Apuntes
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Acuerdo reparatorio, art.187 Control sobre los acuerdos reparatorios CNPP Procederán los acuerdo reparatorio únicamente en los casos siguientes: I.Delitos que se persiguen por querella, por requisito equivalente de parte ofendida o que admiten el perdón de la víctima o el ofendido. II.Delitos culposos, o III.Delitos patrimoniales cometidos sin violencia sobre las personas Art.172 ,Amenazas Al que amenacé a otro con causarle daño en alguno de sus bienes jurídicamente tutelados o en los de un tercero con quién el ofendido tenga vínculos de amor, amistad, parentesco o gratitud o el que por medio de amenazas trate de impedir que otro haga lo que tiene derecho a hacer, se le impondrá prisión de tres meses a dos años y multa de 10 a 40 días. Si la amenazador cumple su amenaza, además, se aplicará la punibilidad del delito que resulte, el cual podrá ser motivo de averiguación por separado, sin prejuicio de decretar su acumulación cuando sea procedente. Este delito se perseguirá por querella de parte ofendida. ºEste artículo procede a un acuerdo reparatorio debido a que no hay violencia, y es un delito de querella. Art.191,Difamacion Al que mediante comunicación dolosa a otro, impute a una persona física o colectiva un hecho qué causa esta descrédito, deshonra o afecto y su reputación, se le impondrá prisión de tres meses a dos años con multa de 15 a 150 días. ºProceda a un acuerdo reparatorio porque es un delito de querella sin violencia Art.213, Fraude Al que por medio del engaño o aprovechandose del error en qué se encontrare el pasivo del delito, obtenga ilícitamente alguna cosa ajena o alcanza un lucro indebido para sí o para otro ,se le impondrá la punibilidad prevista en el artículo 203 de este código más una mitad, conforme el monto de lo defraudado. ºProcede a un acuerdo reparatorio porque es un delito de querella y está dentro de los parámetros Suspensión Condicional del Proceso, art.192 Procedencia CNPP La suspensión condicional del proceso, a solicitud del imputado o del Ministerio público con acuerdo de aquel, procederá en los casos en qué se cubren los requisitos siguientes: I.Que el auto de vinculación a proceso del imputado se haya dictado por delito cuya medida aritmética dile a pena de prisión no exceda de 5 años II.que no exista oposición fundada de la víctima y ofendido, y