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Categorías de Personas en Inmigración: Ciudadanos, Residentes y Indocumentados, Lecture notes of Religion

Las diferentes categorías de personas en materia de inmigración en Estados Unidos, incluyendo a ciudadanos estadounidenses, residentes legales con 'green card', DACA/DAPA y indocumentados. Además, detalla los requisitos y privilegios asociados a cada categoría, como la posibilidad de viajar fuera del país, el riesgo de deportación y la obtención de tarjetas de residencia.

What you will learn

  • ¿Qué significa tener una 'green card' y qué privilegios le otorga?
  • ¿Qué es DACA y DAPA y qué privilegios ofrecen?
  • ¿Qué son las diferentes categorías de personas en materia de inmigración en Estados Unidos?
  • ¿Qué sucede si una persona indocumentada desea viajar fuera del país?
  • ¿Qué privilegios y requisitos tienen los ciudadanos estadounidenses?

Typology: Lecture notes

2021/2022

Uploaded on 09/27/2022

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Vivir en los Estados Unidos
Una Guía para los Jóvenes Inmigrantes
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Vivir en los Estados Unidos

Una Guía para los Jóvenes Inmigrantes

Contenido

  • P AGE 2 IMMIGRANT L EGAL R ESOURCE CENTER
  • Introducción
  • ¿Conoces Tu Estatus Migratorio?
  • 10 Cosas que Cada Joven Indocumentado Debe Saber
  • (Mica o Green Card) Debe Saber 11 Cosas que Cada Joven Con una Tarjeta de Residencia
  • Ciudadanía Estadounidense
  • Cómo Obtener una Green Card (Si Eres Indocumentado)
  • DACA (Acción Diferida para los Llegados en la Infancia)
  • y Residentes Permanentes Legales) DAPA (Acción Diferida para los Padres de Ciudadanos Estadounidenses
  • Participación en Pandillas
  • ¡Cuidado con las Estafas de Inmigración!
  • Deportación y Otros Problemas Migratorios
  • Conoce Tus Derechos
  • La Adopción y Tu Estatus Migratorio
  • o para Que Vengan a los Estados Unidos Ayudar a los Familiares para Obtener un Estatus Migratorio
  • Los Inmigrantes y las Fuerzas Armadas Estadounidenses
  • Votar
  • Números de Seguro Social
  • Trabajar en los Estados Unidos.........................................................................................................
  • Pagar Impuestos (Taxes)
  • Recibir Beneficios Públicos
  • Obtener una Identificación
  • Obtener una Licencia de Conducir
  • Educación Universitaria
  • Bancos y Tarjetas de Crédito..............................................................................................................

P AGE 4 IMMIGRANT L EGAL R ESOURCE CENTER 2015

¿Conoces Tu Estatus Migratorio?

La mayoría de personas se encuentran en una de estas tres categorías: ciudadanos americanos, residentes permanentes legales (los que tienen “ green card ”) o indocumentados. También hay otras categorías, como refugiados, TPS y los titulares de visas U. Muchos jóvenes pueden ser elegibles para el estatus de acción diferida mediante DACA o DAPA. Ve la siguiente página para más información sobre esas categorías.

Las personas que tienen “ green cards ” suelen llamarse “LPRs” (residentes permanentes legales, LPR por sus siglas en ingles).

Para más información sobre cómo obtener una mica (o green card en inglés), ve la sección “Cómo Obtener una Mica ( Green Card) .” Para más información acerca de cómo hacerte ciudadano de los Estados Unidos, ve a la sección “Ciudadanía Estadounidense.”

Ciudadano Estadounidense

Residente permanente (los que tienen una “mica” o Green Card)

DACA/DAPA Indocumentado

Documento Pasaporte de los EEUU o acta de nacimiento

Green card (“tarjeta verde” o mica en español, aunque el color no es verde)

Permiso de trabajo y Tarjeta de Seguro Social

No tiene papeles

¿Pueden deportarte?

No Sí, si violas ciertas leyes o haces cosas que le permitan a un juez deportarte

Sí, si el gobierno decide que ya no va a permitir que te quedes en EE.UU.

Sí, en cualquier momento

¿Puedes trabajar legalmente?

Sí Sí Sí No

¿Puedes votar? Sí No No No

¿Tienes el derecho de asistir a la escuela?

Sí Sí Sí (pero no puedes obtener colegiatura estatal [ in‐state tuition ] en muchos lugares. En CA sí la puedes obtener bajo AB540).

Sí (pero no puedes obtener colegiatura estatal [ in‐state tuition ] en muchos lugares. En CA sí la puedes obtener bajo AB540).

IMMIGRANT L EGAL R ESOURCE CENTER 2015 PAGE 5

¿Puedes recibir ayuda financiera para estudios universitarios?

Sí Sí No (pero en CA puedes obtener ayuda financiera estatal bajo el Dream Act de CA).

No (pero en CA puedes obtener ayuda financiera estatal bajo el Dream Act de CA).

¿Puedes conseguir una licencia de conducir?

Sí Sí Sí con DACA. Probablemente sí con DAPA.

Depende en el estado (en CA la puedes obtener bajo AB60).

¿Puedes conseguir un número de Seguro Social?

Sí Sí Sí No

¿Puedes ayudar a familiares a inmigrar/ obtener papeles?

Sí Sí, pero con ciertas restricciones (tú puedes ayudar a menos gente, y la lista de espera es más larga que los ciudadanos)

No No

¿Puedes viajar fuera de los EE.UU.?

Sí, no hay restricciones

Sí, pero no por mucho tiempo

Sí, pero sólo con un permiso especial que se tiene que obtener antes de viajar

Si sales, no puedes regresar legalmente

Otras Categorías Migratorias

Estado Especial para Jóvenes Inmigrantes (“ Special Immigrant Juvenile Status ,” o SIJS): Te permite permanecer en el país, trabajar, y obtener una tarjeta de residente ( Green Card ). Debes estar separado de uno o ambos de tus padres debido a problemas en el hogar. Si has sido abandonado, abusado o descuidado por uno o ambos de tus padres y eres indocumentado, debes tratar de solicitar este remedio.

Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA) y la Acción Diferida para los Padres de Ciudadanos Estadounidenses y Residentes Permanentes Legales (DAPA): A pesar de que la acción diferida no te da el derecho a permanecer en EE.UU. de manera permanente, como tener una Green Card , DACA o DAPA te protegerán temporalmente de ser deportado y te permitirán trabajar en EE.UU. Ve las secciones tituladas “Acción Diferida para los Llegados en la Infancia” y “ Acción Diferida para los Padres de Ciudadanos Estadounidenses y Residentes Permanentes Legales” para obtener más información.

IMMIGRANT L EGAL R ESOURCE CENTER 2015 PAGE 7

10 Cosas que Todos los Jóvenes Indocumentados Deben Saber

Si no tienes estatus legal en EE.UU., estás a riesgo de la deportación. Mantén en cuenta estos puntos:

  1. Si las autoridades de inmigración (la migra) se te acerca, no firmes ningún papel y no hables con ellos hasta que hables con un abogado.
  2. No te metas en problemas con la ley (las autoridades). En la mayoría de los lugares, la policía u otras agencias de seguridad pública van a compartir tus huellas digitales con las autoridades de inmigración. En algunos lugares, la policía puede dar tu nombre y otra información personal a inmigración. Si cometes algún delito, puede ser más difícil obtener un estatus legal en el futuro.
  3. Si eres acusado de un delito, asegúrate que tu abogado (ya sea un abogado privado o un defensor público) sepa de tu estatus migratorio. Ante la Constitución, tu abogado debe informarte cómo es que tu caso criminal afectará tu caso de inmigración. Informándole a tu abogado sobre tu estatus inmigratorio le permitirá ayudarte mejor.
  4. No salgas de EE.UU. Una vez que salgas del país, no puedes entrar otra vez de manera legal.
  5. Aunque estés trabajando sin papeles debes pagar impuestos (taxes). Esto va a aumentar las oportunidades para poder obtener papeles en el futuro.
  6. Si eres hombre, inscríbete al “ Selective Service ” (servicio militar) cuando cumplas 18 años de edad. Las autoridades de inmigración NO van a ver tus datos. Tal como el pago de impuestos, esto va a facilitar el proceso de legalizarte si tienes la oportunidad de hacerlo en el futuro.
  7. Si tienes la oportunidad de hacerte residente permanente, hazlo. Revisa la sección titulada “Cómo Obtener una mica ( Green Card) .”
  8. Un hijo nacido en EE.UU. no te va a ayudar a legalizarte. Un hijo sólo puede ayudar a su padre o madre a obtener la residencia permanente si el hijo es mayor de 21 años de edad. (Aunque el tener un hijo le puede ayudar a alguien a calificar para DAPA, DAPA no es una tarjeta de residencia o mica ( Green Card ), y es sólo para las personas que tienen hijos ciudadanos estadounidenses que nacieron antes del 20 de noviembre del 2014. Ve la sección titulada “Acción Diferida para los Padres de los Ciudadanos Estadounidenses y Residentes Permanentes Legales”).
  9. No mientas (a una persona o en un formulario) diciendo que eres ciudadano estadounidense si no lo eres. Decir que eres ciudadano

P AGE 8 IMMIGRANT L EGAL R ESOURCE CENTER 2015

estadounidense (americano) sin serlo es algo que el gobierno estadounidense toma muy en serio, y podría afectar tus posibilidades de obtener una tarjeta de residencia en el futuro o ser deportado.

  1. No mientas sobre tu edad. La gente que es menor de los 18 años de edad tiene ciertas protecciones bajo la ley de inmigración, y si tienes menos de 18 años, debes mencionarlo.

P AGE 10 IMMIGRANT L EGAL R ESOURCE CENTER 2015

  1. No te quedes fuera de EE.UU. por mucho tiempo. Si te quedas 6 meses o más fuera del país, esto puede complicar tu situación, y si esperas más de un año antes de regresar, es posible que no te vayan a permitir regresar a EE.UU. Si tienes una buena razón para estar fuera de EE.UU. por mucho tiempo, puedes pedir permisión para hacerlo. Manda una petición antes del viaje si es posible.
  2. Si eres hombre, inscríbete en el “Selective Service” (servicio militar) cuando cumplas 18 años. Esto va a hacer que puedas recibir ciertos beneficios y que puedas solicitar ciudadanía estadounidense.
  3. Si trabajas, paga impuestos (si los debes). Así vas a evitar problemas legales y vas a asegurar que puedas hacerte ciudadano en el futuro. Para más información, revisa la sección titulada “Pagar Impuestos.”
  4. Solicita la ciudadanía estadounidense en cuanto puedas o anima a un padre que vive contigo a que la solicite antes de que cumplas 18 años de edad para que te puedas convertir automáticamente en ciudadano sin tener que hacer la solicitud después. Para más información acerca del porqué y cómo hacerlo, ve la sección titulada “Ciudadanía Estadounidense.”
  5. No mientas (a una persona o en un formulario) diciendo que eres Ciudadano de los EE.UU. si no lo eres. Decir que eres ciudadano estadounidense (americano) sin serlo es algo que el gobierno estadounidense toma muy en serio, y podría afectar tus posibilidades de obtener una tarjeta de residencia en el futuro o ser deportado.

IMMIGRANT L EGAL R ESOURCE CENTER 2015 PAGE 11

Ciudadanía Estadounidense

Es una buena idea solicitar la ciudadanía estadounidense. Una vez que te vuelves ciudadano estadounidense, tú:

 No puedes ser deportado. (Si tienes una tarjeta de residencia (también conocida como “mica” o “ Green Card” en inglés ), aun puedes ser deportado si tienes problemas con la ley).  Puedes ayudar a tus familiares a venir más fácil y rápidamente a EE.UU.  Puedes conseguir trabajos gubernamentales y puedes recibir beneficios del gobierno más fácilmente.  ¡Puedes votar!

¿Ya eres un ciudadano estadounidense? Algunas personas ya lo son pero no se han dado cuenta.

 Si naciste en los EE.UU., eres ciudadano estadounidense automáticamente.  Si naciste en otro país, pero uno de tus padres era ciudadano estadounidense para entonces, es posible que tu también seas ciudadano.  Si uno de tus padres se convirtió en ciudadano estadounidense, y en aquel entonces tú tenías menos de 18 años de edad y ya tenías una mica, es probable que seas ciudadano estadounidense.

Si no estás seguro, habla con un abogado. Estas leyes son complicadas.

OJO: ¡Tener una mica no te hace ser ciudadano estadounidense!

IMMIGRANT L EGAL R ESOURCE CENTER 2015 PAGE 13

Cómo Obtener una Mica (Green Card), Si Eres Indocumentado

¡No esperes! Habla con un abogado de inmigración para saber las opciones que tienes. Las leyes son complicadas, y es importante encontrar a un abogado que tenga experiencia en esta área.

Si estás en cuidado de crianza temporal ( foster care ), en un centro de detención juvenil ( juvenile hall) o bajo libertad condicional juvenil ( juvenile probation ), o estás en algún otro caso juvenil o caso judicial familiar: Pregúntale a tu trabajador social, oficial de libertad condicional, y/o abogado sobre cómo conseguir Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS). Éste te protege de la deportación, te permite trabajar, y te permite obtener una tarjeta de residente (“mica” o Green Card en inglés). Para ver si eres elegible, pregúntale a tu trabajador social, oficial de libertad condicional, y/o a un abogado. Si tienes un abogado que no conoce la ley de inmigración, pídele a tu abogado como obtener ayuda de un abogado que sí tiene experiencia en el asunto.

Para ser elegible para SIJS:

 Debes tener menos de 21 años de edad y no estar casado (puedes tener hijos por ti mismo).  También necesitas tener o abrir un caso en una corte estatal, donde el juez encuentre que: o No puedes reunirte con uno o ambos de tus padres a causa de problemas en el hogar (abuso, negligencia o abandono). o No está en tu mejor interés regresar a tu país de origen.  Ten en cuenta que: o Si eres adoptado o vives con otros miembros de tu familia, aún puede ser posible obtener SIJS. o Si recibes SIJS, no puedes ayudar a tus padres a obtener estatus de inmigración o a venir a EE.UU. después.

P AGE 14 IMMIGRANT L EGAL R ESOURCE CENTER 2015

Toma en cuenta que puedes perjudicar tus posibilidades de obtener una tarjeta de residencia a través de SIJS si cometes delitos o mientes sobre tu estatus migratorio.

Si un familiar tuyo es ciudadano estadounidense o residente permanente legal (que tenga una “mica” o green card en inglés): Es posible que tu pariente te pueda ayudar a conseguir papeles. Si tu pariente tiene una green card , debe ser tu esposo(a) o padre/madre. Si tienes un matrimonio válido con un cónyuge del mismo sexo ( same‐sex marriage ), con un ciudadano estadounidense o residente permanente legal, tu cónyuge puede ayudarte a obtener una mica ( Green Card ). Si tu pariente es ciudadano estadounidense, él o ella puede ser tu esposo(a), padre o madre, o inclusive tu hermano o hermana (siempre y cuando él o ella tenga más de 21 años). Un hijo sólo puede ayudarle a sus padres a inmigrar si el hijo tiene más de 21 años de edad. Es importante recalcar que tíos, tías, primos y otros miembros de la familia no te pueden ayudar a menos de que te adopten formalmente.

Si vives o vivías en un hogar abusivo: Puede ser que tengas opciones bajo la Ley de Violencia Contra las Mujeres (VAWA, por sus siglas en inglés). Esta ley te ayuda si tu padre, madre, esposo o esposa es ciudadano estadounidense o tiene una mica ( green card ) pero no está dispuesto a ayudarte arreglar tu estatus migratorio. Si eres elegible, puedes obtener papeles sin tener que pedir ayuda de tu padre/madre o esposo(a) abusivo. Inclusive si tu padre o madre fue abusada y tú no, tú quizá puedas obtener tus papeles de inmigración. Tú debes haber vivido con el padre o esposo abusador en algún momento, y si la persona abusadora es tu padre o madre, tú debes tener menos de 25 años de edad. El abuso no tiene que ser físico (puede ser verbal o emocional también).

Si fuiste victima de un crimen: Es posible que seas elegible para una visa “T” o “U,” y después de algunos años puedas obtener una “mica” ( green card ). La visa T es para personas que han sido víctimas de trata (tráfico de personas), lo cual generalmente significa que han sido obligados a trabajar, como en asuntos laborales o en trabajo sexual. Si eres menor de 18 años, puedes calificar para una visa T basada en tráfico sexual, incluso si no fuiste obligado a hacer el trabajo sexual. La visa U es para las personas que han sido víctimas de delitos graves en EE.UU., como violencia doméstica, abuso, ataque físico, violación sexual, secuestro, etc. Tienes que ayudar a la policía a investigar el crimen.

Mediante un empleador: Un empleador también puede patrocinar a un empleado para que reciba una visa de trabajo o una mica ( green card ). Habla con un abogado antes de hablar con tu empleador.

P AGE 16 IMMIGRANT L EGAL R ESOURCE CENTER 2015

Un joven puede solicitar DACA ahora si él o ella:

 Tiene al menos 15 años de edad al momento de enviar su solicitud (a menos que él o ella tenga un caso en la corte de inmigración, una orden final de deportación o una orden de salida voluntaria);  Tenía menos de 31 años de edad el 15 de junio del 2012 (es decir, nació después del 15 de junio de 1981);  Vino a los Estados Unidos antes de cumplir los 16 años de edad;  Ha vivido continuamente en los Estados Unidos desde el 15 de junio del 2007, hasta la fecha;  Estuvo físicamente presente en los Estados Unidos el 15 de junio del 2012, y al momento de mandar su solicitud de DACA;  Era indocumentado(a) el 15 de junio del 2012;  Está actualmente yendo a la escuela, se ha graduado u obtenido un certificado de la preparatoria ( high school diploma ), ha obtenido un certificado de GED, o es un veterano de la Guardia Costera o de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos; y  No ha sido condenado (como adulto) por un delito grave (felonía), delito menor significativo, tres o más delitos menores (“misdemeanor” en inglés), y no representa una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.

Hubieron dos cambios principales anunciados para DACA el 20 de noviembre del

  1. El primero eliminó el “límite de edad” que requería que jóvenes indocumentados hubieran nacido después del 15 de junio de 1981. Esto significa que ahora los jóvenes indocumentados no pueden ser “demasiado viejos” para solicitar DACA, siempre y cuando cumplan con todos los demás requisitos. El segundo cambio permite que las personas que han estado aquí desde del 1 de enero del 2010 (en lugar del 15 de junio del 2007) también puedan solicitar DACA. Actualmente estos cambios están detenidos debido a un caso judicial.

IMMIGRANT L EGAL R ESOURCE CENTER 2015 PAGE 17

DAPA (Acción Diferida para los Padres de Ciudadanos

Estadounidenses y Residentes Permanentes Legales)

¿Qué es DAPA y cuáles son los beneficios?

DAPA, también llamado “Acción Diferida para los Padres de Ciudadanos Estadounidenses y Residentes Permanentes Legales,” es un nuevo programa anunciado por el presidente Obama el 20 de noviembre del 2014. DAPA protege de la deportación por tres años a ciertas personas indocumentadas que son padres de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales. Si eres elegible para DAPA, puedes solicitar un permiso para trabajar legalmente en los EE.UU. y un número de seguro social válido.

¿Quién es elegible para la DAPA?

Los inmigrantes indocumentados que son padres de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales (titulares de una tarjeta de residencia (mica) o Green Card en inglés)) y han estado viviendo en los Estados Unidos desde el 1 de enero del 2010, pueden ser elegibles para DAPA. Un inmigrante indocumentado puede solicitar protección contra la deportación en base a su elegibilidad para DAPA, incluso si las autoridades de inmigración están tratando de deportarlo, en algunos casos, o incluso si ya tiene una orden de deportación. Si la persona es detenida por las autoridades de inmigración, él o ella puede pedir ser liberado en base a su elegibilidad para DAPA, y después solicitar DAPA.

IMMIGRANT L EGAL R ESOURCE CENTER 2015 PAGE 19

Participación en las Pandillas

¡Advertencia! Asegúrate de hablar con un abogado antes de solicitar cualquier beneficio de inmigración si crees que alguien, como un oficial de la escuela o de la policía, pudo haberte puesto en una lista o base de datos de pandillas por estar involucrado con una pandilla ( gang ) o por asociarte con pandilleros ( gang members ). Algunos jóvenes son puestos en listas de pandillas por error o incluso por juntarse con personas que podrían ser miembros de una pandilla. Tú puedes ser una prioridad para las autoridades de inmigración simplemente por estar asociado con amigos o miembros de tu familia que son parte de una pandilla. Asegúrate de hablar con un abogado si has estado involucrado o tenido relaciones con una pandilla, ya que mandar solicitudes de inmigración podría ser peligroso.

Cuando hables con un abogado, asegúrate de mencionar si:

 Alguna vez fuiste acusado de estar en una pandilla o cuestionado sobre ser parte de una pandilla por la policía, empleados de la escuela, inmigración, o cualquier otra persona;  Te pusieron en una lista de pandillas (por ejemplo, la escuela, el condado, el departamento de policía, etc.) o te nombraron en un mandato judicial antipandillas;  Vives en un barrio que tiene mucha actividad de pandillas, o tienes miembros cercanos (amigos o familiares) que son parte de una pandilla;  Has dicho a los agentes de inmigración o policía que eres o fuiste parte de una pandilla  Estas o estuviste involucrado de alguna manera con una pandilla;  Nunca fuiste detenido, encarcelado, o apareciste frente a un juez en la corte;  Tuviste o tienes tatuajes relacionados con pandillas;  Alguna vez has publicado algo relacionado con las pandillas en los medios sociales (por ejemplo, Facebook, Twitter, Instagram, etc.)

Además de perjudicar tu caso de inmigración, las pandillas pueden ser muy peligrosas, violentas, y crear graves consecuencias para los jóvenes que están involucrados en ellas. Los pandilleros se exponen a si mismos y a miembros de su familia a la violencia de otras pandillas incluso la muerte. Estar involucrado en una pandilla también puede resultar en consecuencias penales. Hay leyes que establecen sanciones estrictas para los delitos relacionados con las pandillas. Algunos incluyen multas muy grandes y sentencias de 15 o más años por delitos de arma, venta de drogas y violencia relacionada con las pandillas.

P AGE 20 IMMIGRANT L EGAL R ESOURCE CENTER 2015

Si tú o un amigo están involucrados en una pandilla, salir de ella no es imposible. Hay cosas que se pueden hacer y organizaciones que te pueden ayudar a salir de una pandilla. Llama a la Línea de Esperanza (“Hope” en inglés) al 1‐800‐442‐HOPE:la línea está abierta las 24 horas del día, siete días a la semana, y la línea directa tiene personas que pueden hablar contigo acerca de tu situación y te pueden ayudar a encontrar recursos locales para salirte de la pandilla.