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nULIDAD DE CONTRATO - GUIÓN, Study notes of Civil Law

EN EL PRESENTE DOCUMENTO SE OBSERVA EL PROCESO QUE SE SIGUE EN LA PRIMERA AUDIENCIA DEL JUICIO ORDINARIO

Typology: Study notes

2020/2021

Uploaded on 01/04/2022

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GUIÓN DE AUDIENCIA PRELIMINAR
I. PRESENTACIÓN y CONTROL DE COMPARECENCIAS
SECRETARIA Se cerciora que estén funcionando los equipos de grabación.
Ubica a los sujetos procesales y sus abogados.
Actor a la derecha de la Autoridad y demandado a la izquierda de la
Autoridad.
Se receptan las CREDENCIALES PROFESIONALES y cédulas de
identidad de los sujetos procesales.
A todos los presentes muy buenas noches soy la abogada Carolina
Elizabeth Moreno Gómez, secretaria de esta unidad judicial.
Señores, parte actora, parte demandada, público presente. Todos por
favor de pie para recibir al señor Juez de la unidad judicial civil, doctor
Eddy Jhoan Palma Armijos.
JUEZ: Ingresa a la sala en la hora señalada
AUDITORIO: Se ponen de pie cuando el señor JUEZ ingresa a la sala
JUEZ:
Buenas noches, señoras y señores, mi nombre es Eddy Palma, Juez de
la Unidad Civil, Mercantil e Inquilinato del Cantón Loja, juez a cargo
del conocimiento a trámite de la presente causa.
Previo a instalar la audiencia preliminar, se informa a todos los
presentes, la prohibición de fotografiar, filmar o transmitir la presente
audiencia, o interrumpir de manera alguna la diligencia, bajo
prevenciones de imponer las sanciones correspondientes.
La presente diligencia será registrada en audio por los equipos de la
judicatura, el registro se archivará bajo custodia de la secretaría.
Señorita secretaria, constate si se encuentran presentes las partes
procesales y todas las personas convocadas para la presente diligencia,
y certifique si nos encontramos en el día y hora señalados para que se
lleve a efecto esta audiencia.
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GUIÓN DE AUDIENCIA PRELIMINAR

I. PRESENTACIÓN y CONTROL DE COMPARECENCIAS SECRETARIA Se cerciora que estén funcionando los equipos de grabación. Ubica a los sujetos procesales y sus abogados. Actor a la derecha de la Autoridad y demandado a la izquierda de la Autoridad. Se receptan las CREDENCIALES PROFESIONALES y cédulas de identidad de los sujetos procesales. A todos los presentes muy buenas noches soy la abogada Carolina Elizabeth Moreno Gómez, secretaria de esta unidad judicial. Señores, parte actora, parte demandada, público presente. Todos por favor de pie para recibir al señor Juez de la unidad judicial civil, doctor Eddy Jhoan Palma Armijos. JUEZ: Ingresa a la sala en la hora señalada AUDITORIO: Se ponen de pie cuando el señor JUEZ ingresa a la sala JUEZ: Buenas noches, señoras y señores, mi nombre es Eddy Palma, Juez de la Unidad Civil, Mercantil e Inquilinato del Cantón Loja, juez a cargo del conocimiento a trámite de la presente causa. Previo a instalar la audiencia preliminar, se informa a todos los presentes, la prohibición de fotografiar, filmar o transmitir la presente audiencia, o interrumpir de manera alguna la diligencia, bajo prevenciones de imponer las sanciones correspondientes. La presente diligencia será registrada en audio por los equipos de la judicatura, el registro se archivará bajo custodia de la secretaría. Señorita secretaria, constate si se encuentran presentes las partes procesales y todas las personas convocadas para la presente diligencia, y certifique si nos encontramos en el día y hora señalados para que se lleve a efecto esta audiencia.

SECRETARIA

Si, señor juez. Se encuentran dentro de la sala de audiencias el abogado Dr. Josué Sebastián Gahona Tinoco, quien representa a la parte actora, la señora María Ligia Arévalo Carrillo. Misma que cuenta con Procuración Judicial. Así mismo la parte demandada, la Ab. Lady Monserrath Ramírez Miranda en representación de la demandada la Sra. Dayanna Valeria Salcedo Piedra, misma que cuenta con Procuración Judicial. Señor Juez, siendo hoy Lunes 15 de Noviembre de 2021 a las 18: certifico que nos encontramos en el día y hora establecidos para la realización de la siguiente audiencia preliminar. Hasta ahí señor juez. II. INSTALACIÓN DE AUDIENCIA JUEZ: Gracias señorita secretaria. Me pregunto si las abogadas tanto de la parte actora como la parte demandada cuentan con cláusula especial para poder transigir en esta audiencia dentro de su procuración judicial SECRETARIA : Sí Señor Juez, aquí están. JUEZ (^) Gracias, señorita secretaria. Constatada la fecha y hora para la presente diligencia, así como la presencia de todas las personas convocadas, declaro instalada legalmente la presente audiencia preliminar conforme lo determina el Art. 79 y 294 del COGEP. La audiencia se desarrollará en dos fases: la primera, de saneamiento y fijación de los puntos de debate y conciliación; la segunda, del anuncio de pruebas y admisibilidad de las mismas, la fijación y señalamiento para la audiencia de juicio. PRIMERA PARTE III. SANEAMIENTO DEL PROCESO, FIJACIÓN DE LOS PUNTOS EN DEBATE Y CONCILIACIÓN

JUEZ:

De la lectura de la demanda y contestación, a la misma, el objeto de la controversia se determina en lo siguiente En la parte Actora, la Sra.María Ligia Arévalo Carrillo, demanda:

a) La declaratoria de NULIDAD ABSOLUTA DEL

CONTRATO constante en la Escritura pública celebraba el 21 de enero del 2021 ante el Notario Segundo Del Cantón Loja.

b) En caso de dictar la nulidad, se disponga que el inmueble

regrese a sus propietarios con todas las prestaciones.

c) El pago de costas procesales en caso de Oposición y los

honorarios de mi defensor. La Demandada, por su parte señala: a) Se niegue las pretensiones de la parte actora por carecer de fundamentos legales, considerando que la Escritura Pública cumple con todos los requisitos establecidos en el Art. 29 de la Ley Notarial. b) Al momento en que se verifique que lo alegado por la parte actora es errónea con respecto a la falsedad de la Escritura Pública, se sanciona de mala fe y deslealtad procesal conforme la ley, tal como reza en el Art. 173 del COGEP. JUEZ ¿Existe alguna objeción respecto del punto de controversia? ABOGADO PARTE ACTORA No tengo objeciones que realizar, señor Juez. DEMANDADA: Estoy de acuerdo con los puntos de debate, señor juez. JUEZ: No existiendo objeciones de las partes, el objeto de la controversia del presente proceso se fija en la forma antes señalada.

JUEZ En este estado se concede la palabra a las partes para que realicen sus alegatos iniciales. Tiene la palabra la parte ACTORA. ABOGADO ACTOR Muchas Gracias honorable juez, la razón por la cual nos encontramos en controversia el día de hoy es la siguiente, resulta que en el año 2003 los padres de mi defendida, los señores AGUSTO AREVALO CARRION Y ROSA CARRILLO OJEDA, conocen a la señora DAYANA VALERIA SALCEDO PIEDRA quien mantuvo una supuesta amistad con los señores antes mencionados. El día 11 de enero de 2021 la señora ROSA CARRILLO, a pesar de estar con un estado delicado de salud tanto mental como físico, otorgó un poder especial a su esposo el señor AGUSTO AREVALO, esto frente al notario segundo del Cantón Loja. Posteriormente, el día 21 de enero del mismo año, el señor AGUSTO AREVALO realizó una venta simulada a favor de la señora VALERIA DAYANA SALCEDO PIEDRA, quien aprovechándose de la avanzada edad y poca lucides de los señores quienes a la fecha tienen 93 y 90 años respectivamente se apropió de una casa ubicada en la ciudad de Loja, en las calles 24 de mayo entre 10 de Agosto y Rocafuerte, Y NUNCA REALIZÓ EL PAGO RESPECTIVO, y no existe prueba como tal de que se realizó conforme a ley el contrato, es màs señor juez tengo que agregar que el estado de salud físico y mental de los señores son de conocimiento público y evidente. Los hechos suscitados causaron gravamen a la potencial heredera, la señora MARIA LIGIA AREVALO CARRILLO, lo cual no es justo y por tanto existe causa ilícita en el contrato celebrado por supuesta compra-venta por lo cual se encuentra viciado de NULIDAD DE ABSOLUTA. Por tanto señor juez solicito que se declare mediante sentencia la NULIDAD ABSOLUTA DEL CONTRATO y que se disponga que el inmueble materia de controversia regrese a sus propietarios con todas las prestaciones. Hasta aquí mi intervención señor Juez, le devuelvo la palabra. JUEZ Se concede la palabra a la parte demandada para que proceda a realizar sus alegatos iniciales. Abogada, tiene la palabra. PARTE DEMANDADA Gracias, señor juez. El día 21 de Enero del 2021 se celebró el contrato de compraventa

CONCILIACIÓN

JUEZ:

La Constitución de la República y la ley promueven la utilización y aplicación del diálogo como medio para la construcción de consensos, de tal manera que los acuerdos a los que se lleguen propendan a obtener resultados, ganar para ambas partes, por lo que en virtud de lo expuesto es en este momento en que se invita a ustedes para que puedan conciliar. Dejando constancia que las manifestaciones de dirección de la audiencia, incluso la proposición de fórmulas de arreglo entre las partes y las ordenadas para el cumplimiento de las actividades previstas en la misma, en ningún caso significarán prejuzgamiento. Concedo la palabra a la parte actora para que se pronuncie respecto a lo planteado. ABOGADO ACTOR: Señor juez, por parte de mi defendida, no está dispuesta a conciliar algo que es evidente que esta VICIADO DE NULIDAD DE CONTRATO, tal como lo establece claramente el articulo 1698 del còdigo Civil el cual especifica lo siguiente:”La nulidad producida por un objeto o causa ilícita, y la nulidad producida por la omisión de algún requisito o formalidad que las leyes prescriben para el valor de ciertos actos o contratos, en consideración a la naturaleza de ellos, y no a la calidad o estado de las personas que los ejecutan o acuerdan, son nulidades absolutas”. Hasta aquí mi intervención. JUEZ ¿Parte demandada? ABOGADA DEL DEMANDADO Honorable Juez, mi cliente al haber adquirido el bien inmueble materia de la Litis, conforme la ley lo establece, no está dispuesto a llegar a ningún acuerdo conciliatorio puesto que la compraventa fue totalmente legal. JUEZA: No existiendo la posibilidad de un acuerdo conciliatorio, continuamos con el proceso. Recordándoles que se puede llegar a un acuerdo en cualquier instancia procesal. ADMISIBILIDAD DE PRUEBA

JUEZA:

En este momento corresponde dar paso a las partes para que realicen el anuncio de sus pruebas. Abogado de la parte actora, tiene la palabra. ABOGADA PARTE ACTORA Gracias señora jueza, en cuanto al orden en el cual se practicará la prueba, las pruebas son de naturaleza DOCUMENTAL y , TESTIMONIAL, en cuanto a las pruebas documentales me remito a lo siguiente: 1.- Escritura pública celebrada el 21 de enero del 2021 ante el NOTARIO SEGUNDO de la ciudad de Loja, inscrita el 25 de enero del 2021, en el Registro de la Propiedad de la ciudad de Loja. 2.- Certificado de gravámenes emitido por el señor Registrador de la Propiedad del cantón Loja. 3.- Certificado médico de la señora ROSA CARRILLO OJEDA.

  1. Certificado médico del señor AGUSTO AREVALO CARRION Prueba TESTIMONIAL: 1.- Testimonio del señor AGUSTO AREVALO CARRION, ecuatoriano, con cédula de ciudadanía número 1103184807, domiciliado en la ciudad de Loja. 2.- Testimonio de la señora ROSA CARRILLO AREVALO, ecuatoriana, con cédula de ciudadanía número 1106578935, domiciliada en la ciudad de Loja. 3.- Declaración de parte de MARIA LIGIA CARRILLO AREVALO. 4.- Declaración de parte de la señora DAYANNA VALERIA SALCEDO PIEDRA. Hasta aquí señor juez todo en cuanto tengo que alegar sobre las pruebas.
  1. Testimonio de la Sra. Isabel Marcia Miranda Reino, con número de cédula 0602130411. A la mencionada testigo se le realizarán preguntas con respecto al contrato de compraventa que se realizó el día 21 de enero de 2021 entre los señores Augusto Arévalo Carrillo y Rosa Carrillo Arévalo y mi cliente, la señora Dayanna Valeria Salcedo Piedra., puesto que fue uno de los testigos al momento de celebrar dicho contrato. JUEZA: Se pone en consideración de las partes si tienen algo que objetar con respecto a lo anunciado por las partes. ¿Parte actora? ¿Parte demandada? PARTE ACTORA Señora Jueza, en cuanto a las pruebas, me gustaría que se desestime el testimonio del Dr. Anthonny Didi Ramírez Miranda Notario de la Notaría Primera de la ciudad de Loja, al no tener relación alguna dentro de los hechos narrados y su testimonio no tendría lugar dentro de la causa. Gracias señor Juez. PARTE DEMANDADA Gracias señor juez, en relación a la prueba documental anunciada por la parte actora, específicamente sobre los certificados médicos realizados a los señores Augusto Arévalo Carrillo y Rosa Carrillo Arévalo es improcedente puesto que no existe nexo causal con los hechos, considerando que para alegar una incapacidad psicológica por parte de los vendedores, se debe realizar una valoración psiquiátrica a través de un médico especialista, para así poder alegar su capacidad o incapacidad psicológica. Le devuelvo la palabra señor juez. JUEZA Se tomará en cuenta lo manifestado por la parte actora y demandada, continuamos con el desarrollo de la presente audiencia.

JUEZ:

CALIFICAR LA

ADMISIBILIDA

D DE LAS

PRUEBAS

De la prueba que se me ha hecho conocer que se encuentra presentada y anunciada en las respectiva demanda y contestación por ser útil, pertinente y conducente al objeto de controversia, se admite a la parte actora como prueba documental y pericial:

Sobre la admisibilidad de la prueba de la parte demandada se acepta las pruebas:

JUEZA Con el auto interlocutorio emitido, ¿tienen algo que objetar las partes? ¿Parte Actora? PARTE ACTORA No, señor juez. PARTE DEMANDADA No, señor juez. JUEZA Se convoca a las partes procesales a la audiencia de juicio para cuyo objeto se señala el día lunes 22 de noviembre del 2021 a las 18H30, quedando notificados en persona con las resoluciones adoptadas en esta audiencia. La señorita secretaria se dignará incorporar el audio de esta audiencia así como el acta respectiva al expediente de esta causa. Señorita secretaria, infórmeme la hora por favor. SECRETARIO Son las 19h00 señora jueza. JUEZA Siendo las 19h00 se declara concluida la presente audiencia