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Prescripciónes de inscripcion de bienes inmuebles
Typology: Schemes and Mind Maps
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JUAN FRANCISCO MARROQUIN RIVAS , de cincuenta y cinco años de edad, casado, guatemalteco, Comerciante, con domicilio en el departamento de Guatemala, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación, con Código Único de Identificación número: dos mil quinientos noventa y uno espacio setenta y seis mil quinientos setenta y cinco espacio dos mil doscientos once (2591 76575 2211), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala; actuando bajo la dirección y procuración del Abogado Jorge Valenzuela Alvarado. Con el debido respeto comparezco ante usted a SOLICITAR LA CANCELACION POR PRESCRIPCION DE LA PRIMERA Y SEGUNDA HIPOTECA DE LA FINCA IDENTIFICADA CON EL NUMERO FINCA DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS (296), FOLIO DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS (296), DEL LIBRO SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO E (681E), DE GUATEMALA, y para el efecto: EXPONGO: 1.- Que soy legítimo propietario de la finca inscrita en el Registro General de la Propiedad al número FINCA DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS (296), FOLIO DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS (296), DEL LIBRO SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO E (681E), DE GUATEMALA. 2.- Que, en el asiento de la finca detallada anteriormente, consta además un gravamen hipotecario (primera y segunda
Inscripción) a favor de AMABILIA ELVIRA LINARES NAVAS , por la cantidad de VEINTICINCO MIL QUETZALES EXACTOS (Q.25,000.00). Gravamen anotado el día VEINTE de mayo del dos mil once y con vencimiento el día veinte de abril del dos mil doce, de acuerdo a la escritura número uno autorizada el día veintiséis de abril del dos mil once por el Notario WILLIAMS ESTUARDO PINAL POLANCO, documento presentado el cuatro de mayo del dos mil once, en el caso de la hipoteca número uno; y por la cantidad de VEINTE MIL QUETZALES EXACTOS (Q.20,000.00), gravamen anotado el día DOS de junio del dos mil once y con vencimiento el dos de junio del dos mil doce, de acuerdo a la escritura número cuatro autorizada el tres de junio del dos mil once por el Notario WILLIAMS ESTUARDO PINAL POLANCO, documento presentado el doce de abril del dos mil doce. Y en virtud de que ha transcurrido el plazo que la ley determina, y complementando los requisitos que la misma ley exige para solicitarle la cancelación por prescripción del gravamen detallado en el punto anterior, ofrezco las siguientes: PRUEBAS 1.- Copia sin valor legal del historial completo de la FINCA DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS (296), FOLIO DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS (296), DEL LIBRO SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO E (681E), DE
4.Se realice la CANCELACION POR PRESCRIPCION DE LA INSCRIPCION HIPOTECARIA NUMERO UNO Y DOS, HIPOTECA QUE PESA SOBRE LA FINCA DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS (296), FOLIO DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS (296), DEL LIBRO SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO E (681E), DE GUATEMALA , con base a lo presentado en el apartado de pruebas. Acompaño original y duplicado. Guatemala, dos de mayo de abril del dos mil veintitrés. EN SU PROCURACION Y AUXILIO