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audiencia de debate por juicio oral y publico, Schemes and Mind Maps of Sports Law

en este documento pueden encontrar la audiencia de debate por juicio oral y publico

Typology: Schemes and Mind Maps

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GUIA DE DEBATE
SECRETARIO:
Señores, buenos días, para este día se convocó al
debate oral y público.
Ruego a la concurrencia ponerse de pie ya que en este momento
hace su ingreso a esta sala los miembros de este Honorable
Tribunal.
I. INSTALACIÓN DEL JUEZ COLEGIADO
Presidente: Pueden sentarse.
Objeto De La Audiencia: en la presente audiencia, se
desarrollará el Debate Oral y Público en el juicio que se
promueve en contra del procesado SERGIO ALEXANDER
SANDOVAL SARMIENTO, causa
: No.
21019-2025-00098, por
el
delito de Femicidio,
tipificado en el
Artículo 6 De La Ley De
Femicidio
y otras formas de violencia contra la mujer. Hecho
producido contra la señora SINDY GABRIELA LIMA AVILA.
II. AL PÚBLICO PRESENTE SE LE DAN LAS
INSTRUCCIONES SIGUIENTES. (Art. 359 CPP)
1.-
Deberán permanecer respetuosos y en silencio
2.-Ninguna persona del público podrá hablar en esta audiencia
a menos que se le autorice
3.-
No se permite el uso de cámaras fotográficas, videos o
grabadoras, armas u otros elementos aptos para molestar u
ofender
4.-
Deberán evitar cualquier acto o comportamiento intimidatorio
provocativo o contrario al decoro
5.-Deberán abstenerse de manifestar de cualquier modo
opiniones con respecto al caso
Caso contrario el Tribunal dará uso al poder de disciplina
conforme al Art. 358 CPP.
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GUIA DE DEBATE

SECRETARIO: Señores, buenos días, para este día se convocó al debate oral y público. Ruego a la concurrencia ponerse de pie ya que en este momento hace su ingreso a esta sala los miembros de este Honorable Tribunal. I. INSTALACIÓN DEL JUEZ COLEGIADO Presidente : Pueden sentarse. Objeto De La Audiencia: en la presente audiencia, se desarrollará el Debate Oral y Público en el juicio que se promueve en contra del procesado SERGIO ALEXANDER SANDOVAL SARMIENTO, causa: No. 21019-2025-00098, por el delito de Femicidio , tipificado en el Artículo 6 De La Ley De Femicidio y otras formas de violencia contra la mujer. Hecho producido contra la señora SINDY GABRIELA LIMA AVILA. II. AL PÚBLICO PRESENTE SE LE DAN LAS INSTRUCCIONES SIGUIENTES. ( Art. 359 CPP) 1.- Deberán permanecer respetuosos y en silencio 2.- Ninguna persona del público podrá hablar en esta audiencia a menos que se le autorice 3.- No se permite el uso de cámaras fotográficas, videos o grabadoras, armas u otros elementos aptos para molestar u ofender 4.- Deberán evitar cualquier acto o comportamiento intimidatorio provocativo o contrario al decoro 5.- Deberán abstenerse de manifestar de cualquier modo opiniones con respecto al caso Caso contrario el Tribunal dará uso al poder de disciplina conforme al Art. 358 CPP.

III. VERIFICACIÓN DE LA PRESENCIA DE LOS SUJETOS

PROCESALES:

Se le ordena al señor secretario solicitar las credenciales y documentos personales de identificación a cada uno de los sujetos procesales. A continuación se procede a verificar la presencia de los Sujetos Procesales llamados a esta audiencia

1. Se encuentra presente el Agente Fiscal del Ministerio Público, Licenciada BRENDA LETICIA CALAN NAJERA. 2. Se encuentra presente el ABOGADO DEFENSOR ROLANDO ALFONSO PALMA RODRIGUEZ. 3. Se encuentra presente el Sindicado SERGIO ALEXANDER SANDOVAL SARMIENTO IV. VERIFICACIÓN DE LOS PERITOS: Se encuentra presente el Doctor propuesto por el MP 1.-Peritos Propuestos Por El Ministerio Público Dr. EDY OLIVERIO HEISTENBERG 2.- Se encuentra presente el testigo Propuesto Por El Ministerio Público señor; Uno: Daniel Ozuna Morelos; presente señor juez; Así mismo el señor; Dos: Walter Aroldo Santos Álvarez

Con fundamento en el artículo 372 de nuestro C.P.P. se le informa que junto a usted se encuentra su abogado, con quien podrá consultar lo que desee, durante el curso del debate puede hacer todas las declaraciones que considere pertinentes siempre que se refieran al objeto del debate, si desea hablar se lo dirá a su abogado y el hará la petición al tribunal para que se le escuche. VI. EL JUEZ PRESIDENTE: 1.- Se le concede la palabra a la fiscal del Ministerio Publico para que presente sus alegatos de apertura. 2.- Se le concede la palabra a la defensa para que presente sus alegatos de apertura. VII. ETAPA DE INCIDENTES (Art. 369 C.P.P.) (opcional) PRESIDENTE: Se hace saber a los sujetos procesales que en este momento procede plantear las cuestiones incidentales que consideren pertinentes, para el efecto, se le concede un minuto a cada una de las partes tiene la palabra El Agente Fiscal Del Ministerio Público para presentar incidentes. Si existe tiene que correr audiencia al abogado defensor asÍ. Tiene la palabra para que se pronuncie sobre el incidente planteado

Tiene La Palabra El Abogado Defensor para presentar incidentes. Si existe se le corre audiencia al Fiscal del MP Tiene la palabra para que se pronuncie sobre el incidente planteado Este tribunal resolverá el incidente planteado al momento de la sentencia, (SI EN CASO HUBIERAN INCIDENTES: el tribunal decide definir dicho incidente hasta el momento de la sentencia) Muy bien no habiendo incidentes que plantear daremos paso a la: VIII. DECLARACIÓN DEL ACUSADO (Art. 370 C.P.P.) PRESIDENTE : Señor Secretario conduzca al sindicado al estrado Identificación Del Sindicado (Art. 82 C.P.P.) PRESIDENTE: en este momento procedo a realizarle algunas preguntas, sobre sus generales de ley, las que deberá contestar. Condúzcase únicamente con la verdad Su nombre completo Sobre nombre o apodo Edad Estado civil Profesión u oficio Nacionalidad Fecha y lugar de nacimiento Domicilio Residencia Nombre de su cónyuge

Se le hace saber a usted que tiene el derecho a declarar o de no declarar o guardar silencio en el presente debate, que si decide declarar, no está obligado a declarar contra sí mismo ni contra personas de su familia, dentro de los grados de ley, el debate continuará aunque no declare, y si guarda silencio, el tribunal no lo tomara en su contra. (Art. 370 CPP) Le Pregunto A Usted Señor, SERGIO ALEXANDER SANDOVAL SARMIENTO Si Es Su Deseo Declarar Imputado: NO “No desea declarar,” puede retirarse a su lugar. (Art. 85 del C.P.P.) PRESIDENTE: Puede el acusado retirarse del estrado. IX. RECEPCIÓN DE PRUEBAS PERITOS: en este momento se procede a recepcionar cada una de las pruebas propuestas por las partes**. A. DEL PERITO PROPUESTO POR EL MINISTERIO PÚBLICO

  1. Se le ordena al señor Secretario haga pasar al estrado al perito** , EDY OLIVERIO TOX CAAL médico forense propuesto por el MP. PRESIDENTE :

Advertencia De Ley : se le advierte al perito lo relativo al delito de Falso Testimonio de conformidad con el artículo 460 del Código Penal. “Comete falso testimonio, el perito que en su declaración o dictamen ante autoridad competente o notario, afirme una falsedad, se negare a declarar estando obligado a ello u ocultare la verdad. El responsable de falso testimonio será sancionado con prisión de seis meses a tres años y multa de doscientos cincuenta a cinco mil quetzales. Si el falso testimonio se cometiere en proceso penal en contra del procesado, será sancionado con prisión de dos a seis años y multa de mil a diez mil quetzales. Las sanciones señaladas se aumentarán en una tercera parte si el falso testimonio fuere cometido mediante soborno.” Por las facultades que me otorga la ley le pido ponerse de pie y levantar la mano derecha a la altura del hombro; PROTESTA : “Promete usted como perito decir la verdad ante su conciencia y ante el pueblo de la república de Guatemala.” A CONTINUACIÓN EL JUEZ: a) Identifica al perito con su nombre y el documento personal que lo identifica válidamente. A continuación procedo a realizarle algunas preguntas.  Cual Es su nombre...  Edad...  Estado Civil...  Nacionalidad...  Profesión u oficio...

en la sien del lado izquierdo, se estima que la muerte de la víctima fue provocada por el golpe en la sien del lado izquierdo provocada por un objeto pesado y contundente. Ratifico mi informe. a) Se le concede la palabra al fiscal del (MP) para que proceda a examinar al profesional: sobre su idoneidad, hechos y comparecencia al tribunal. b) Se le concede la palabra al abogado de la defensa para que proceda a examinar o contra examinar al profesional propuesto por el MP. Doctor puede usted quedarse a escuchar el resto de la audiencia si así lo desea, o bien puede retirarse. B. DEL PERITO PROPUESTO POR EL ABOGADO DEFENSOR 1) Se le ordena al señor Secretario haga pasar al estrado al perito propuesto por el abogado defensor, BERNABE BEB XOL MEDICO FISIOTERAPEUTA PRESIDENTE: ADVERTENCIA DE LEY: se le advierte al perito lo relativo al delito de Falso Testimonio de conformidad con el artículo 460 del Código Penal. “Comete falso testimonio, el perito que en su declaración o dictamen ante autoridad competente o notario, afirme una falsedad, se negare a declarar estando obligado a ello u

ocultare la verdad. El responsable de falso testimonio será sancionado con prisión de seis meses a tres años y multa de doscientos cincuenta a cinco mil quetzales. Si el falso testimonio se cometiere en proceso penal en contra del procesado, será sancionado con prisión de dos a seis años y multa de mil a diez mil quetzales. Las sanciones señaladas se aumentarán en una tercera parte si el falso testimonio fuere cometido mediante soborno.” Favor ponerse de pie, y levantar la mano derecha a la altura del hombro. PROTESTA: “Promete usted como perito decir la verdad ante su conciencia y ante el pueblo de la república de Guatemala.” Pude sentarse. A continuación el Juez: a) Identifica al perito con su nombre y el documento personal que lo identifica válidamente.  Cual Es su nombre...  Edad...  Estado Civil...  Nacionalidad...  Profesión u oficio...  Lugar de nacimiento.

 Domicilio...  Residencia...  Conoce usted al acusado.  Tiene usted parentesco con el...  Tiene usted Enemistad con el acusado

TESTIGOS PROPUESTOS POR EL MINISTERIO PÚBLICO

 2. Se le ordena al señor Secretario haga pasar al estrado al testigo, DANIEL CAL RAX propuesto por el ministerio Publico. ADVERTENCIA DE LEY: Se le advierte al testigo lo relativo al delito de Falso Testimonio de conformidad con el Artículo 460 del Código Penal. “Comete falso testimonio, el testigo que en su declaración o dictamen ante autoridad competente o notario, afirme una falsedad, se negare a declarar estando obligado a ello u ocultare la verdad. El responsable de falso testimonio será sancionado con prisión de seis meses a tres años y multa de doscientos cincuenta a cinco mil quetzales. Si el falso testimonio se cometiere en proceso penal en contra del procesado, será sancionado con prisión de dos a seis años y multa de mil a diez mil quetzales. Las sanciones señaladas se aumentarán en una tercera parte si el falso testimonio fuere cometido mediante soborno.” Favor ponerse de pie y levantar la mano derecha a la altura del hombro. PROTESTA: “Promete usted como testigo, decir la verdad ante su conciencia y ante el pueblo de la república de Guatemala”. Puede sentarse. A continuación el Juez: a) Identifica al testigo con su nombre y el documento personal que lo identifica válidamente. En este momento procedo a realizarle algunas preguntas PRESIDENTE :  Cual Es su nombre...  Edad...

 Estado Civil...  Nacionalidad...  Profesión u oficio...  Lugar de nacimiento.  Domicilio...  Residencia...  Conoce usted al acusado.  Tiene usted parentesco con el...  Tiene usted Enemistad con el acusado Uno: no leer declaración de los testigos art 219 señor testigo lo invto a que declare libremente sobre los hechos que le constan Señor DANIEL CAL RAX, para ratificar, ampliar o modificar su declaración testimonial, en el que usted manifiesta que el día 28 de enero del año dos mil veinticinco, aproximadamente a las veinte horas después de salir del trabajo, usted iba caminando para su casa ubicada en Barrio la Democracia zona 1 de Jalapa y observa que en área poco boscosa y donde existe una pequeña cancha de futbol, a una pareja discutiendo indicando que era el señor Carlos Manuel Mo Coy discutiendo fuertemente con su esposa, y observa al procesado golpeando a la señora Ana Patricia Morales Quijada con una piedra en repetidas ocasiones….. Tiene algo que agregar a) Se le concede la palabra al fiscal del MP para para que proceda a examinar a su testigo sobre su idoneidad, hechos y comparecencia al tribunal. b) Concede la palabra al abogado defensor para que contra- examine al testigo del MP. PRESIDENTE : El interrogatorio ha terminado, Puede usted abandonar la sala o permanecer en ella si así lo desea.

 Domicilio...  Residencia...  Conoce usted al acusado.  Tiene usted parentesco con el...  Tiene usted Enemistad con el acusado Dos: señor WALTER COY ALVAREZ , para ratificar, ampliar o modificar su declaración testimonial en el que usted manifestó que el 20 de enero del 2015 usted observó al señor Carlos Manuel Mo coy corriendo, como si alguien lo estuviera siguiendo y además observo que llevaba la playera manchada de sangre…… a) Se le concede la palabra al fiscal del MP para que examine a su testigo, sobre su idoneidad, hechos y comparecencia al tribunal. b) Concede la palabra a la defesa para que examine o contra examine al testigo propuesto por el MP. PRESIDENTE: El interrogatorio ha terminado, Puede usted abandonar la sala o permanecer en ella si así lo desea. TESTIGOS PROPUESTOS POR EL ABOGADO DEFENSOR  2. Se le ordena al señor Secretario haga pasar al estrado al testigo, Ovidio Danilo Castro Requena propuesto por el abogado defensor. ADVERTENCIA DE LEY: Se le advierte al testigo lo relativo al delito de Falso Testimonio de conformidad con el Artículo 460 del Código Penal. “Comete falso testimonio, el testigo que en su declaración o dictamen ante autoridad competente o notario, afirme una falsedad, se negare a declarar estando obligado a ello u ocultare la verdad. El responsable de falso testimonio será sancionado con prisión de seis meses a tres años y multa de doscientos cincuenta a cinco mil quetzales.

Si el falso testimonio se cometiere en proceso penal en contra del procesado, será sancionado con prisión de dos a seis años y multa de mil a diez mil quetzales. Las sanciones señaladas se aumentarán en una tercera parte si el falso testimonio fuere cometido mediante soborno.” Favor ponerse de pie y levantar la mano derecha a la altura del hombro. PROTESTA: “Promete usted como testigo, decir la verdad ante su conciencia y ante el pueblo de la república de Guatemala”. Puede bajar la mano. Siéntese A continuación el Juez: a) Identifica al testigo con su nombre y el documento personal que lo identifica válidamente. PRESIDENTE:  Cual Es su nombre...  Edad...  Estado Civil...  Nacionalidad...  Profesión u oficio...  Lugar de nacimiento.  Domicilio...  Residencia...  Conoce usted al acusado.  Tiene usted parentesco con el...  Tiene usted Enemistad con el acusado Uno: no se lee se declara libremente señor OVIDIO COY CATROA REQUENA, para ratificar, ampliar o modificar su declaración testimonial, en el que usted manifiesta que el día sábado 20 de enero del año dos mil quince, aproximadamente a las trece horas don Carlos Manuel Mo Coy llego a su tienda

PROTESTA: “Promete usted como testigo, decir la verdad ante su conciencia y ante el pueblo de la república de Guatemala”. A continuación el Juez: a) Identifica al testigo con su nombre y el documento personal que lo identifica válidamente. PRESIDENTE:  Cual Es su nombre...  Edad...  Estado Civil...  Nacionalidad...  Profesión u oficio...  Lugar de nacimiento.  Domicilio...  Residencia...  Conoce usted al acusado.  Tiene usted parentesco con el...  Tiene usted Enemistad con el acusado Dos: Señor Náser Ruiz de la Rosa, para ratificar, ampliar o modificar su declaración testimonial, en el que usted manifiesta que el día sábado 20 de enero del año dos mil quince, aproximadamente a las trece horas se encontraba en una tienda denominada el Tigre ubicada en la entrada principal del Bario la Liberta de Cobán, A.V. junto a su amigo Carlos Manuel Mo Coy ya que había regresado de trabajar en Huehuetenango y lo invitó a tomar una gaseosa en dicho lugar, pero solo estuvieron en el lugar solo media hora, porque recibió una llamada que le aviso que su esposa estaba fallecida.

a) Se le concede la palabra al abogado defensor para que examine al testigo propuesto; sobre su idoneidad, hechos y comparecencia al tribunal. b) Se le concede la palabra al fiscal del MP para que contra examine, al testigo propuesto por la defensa técnica. PRESIDENTE: El interrogatorio ha terminado, Puede usted abandonar la sala o permanecer en ella si así lo desea. Prueba conducente de la prueba documetal

  1. PRUEBAS DOCUMENTAL Propuesta por el Ministerio Público se le ordena al vacal dos del tribunal a) Uno: Prevención Policial contenida en oficio número dos mil doscientos setenta y dos guión dos mil quince, ref. DOGA/uws lV de fecha veintiocho de enero de dos mil quince suscrita por Miguel Ángel Vásquez, encargado de la subestación cincuenta y uno guión cincuenta y dos de la Policía Nacional Civil de Cobán Alta Verapaz; mediante la cual se inicia la persecución penal. b) Dos: Dictamen pericial número CAV guion dos mil once guion cero cero doscientos ocho, INACIF dos milquince guion cero cero nueve mil trescientos setenta y cuatro de fecha diez de febrero del año dos mil quince, rendido por el perito profesional de la medicina del área de patología y clínica forense del Instituto Nacional de Ciencias Forenses, doctor Edy Oliverio Tox Caal , que contienen reconocimiento médico forense practicado sobre la señora Ana Patricia Morales