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Articulos Venezolanos, Study Guides, Projects, Research of Web Design and Development

Articulos Venezolanos para tareas

Typology: Study Guides, Projects, Research

2022/2023

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yeremi-quintero 🇺🇸

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Unidades del Ejército Bolivariano
Artículo 62. Las unidades operativas del Ejército Bolivariano, están conformadas por armas y
servicios, organizadas en grandes comandos, unidades superiores, tácticas, fundamentales,
básicas y elementales necesarias para el cumplimiento de las misiones asignadas, así como, las
unidades destinadas a la participación activa en planes para el desarrollo social, científico,
tecnológico y económico de la Nación.
Instalaciones y Establecimientos de Apoyo
Artículo 63. Las edificaciones y establecimientos de apoyo del Ejército Bolivariano comprenden: los
fuertes, los cuarteles, las bases logísticas, construcciones fijas para los institutos, centros
educativos, unidades de adiestramiento, talleres, depósitos y las demás infraestructuras e
instalaciones necesarias para su funcionamiento.
Funciones del Ejército Bolivariano
Artículo 64. El Ejército Bolivariano ejecutará operaciones militares ordenadas por el Comando
Estratégico Operacional, para la defensa terrestre, mediante operaciones específicas, conjuntas,
combinadas e integrales. Tiene además las funciones siguientes:
1. Contribuir con el análisis, formulación, estudio y difusión del pensamiento militar bolivariano,
registrar, conservar y difundir la memoria histórica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;
2. Formular y desarrollar la doctrina para la planificación y conducción de las operaciones
militares terrestres;
3. Organizar, equipar, adiestrar y conducir las unidades para la planificación y ejecución de las
operaciones militares terrestres y aerotransportadas para la acción específica, conjunta,
combinada e integrales de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Comando Estratégico
Operacional;
4. Formar y Capacitar al personal de Tropa Profesional y Alistada, coadyuvando con el sistema
educativo militar en el cumplimiento de sumisión;
5. Ejecutar actividades de empleo de los medios terrestres y aéreos propios en tareas específicas
rutinarias;
6. Participar en la ejecución de los planes de empleo para la defensa integral de la Nación;
7. Prestar apoyo operacional y de transporte a la Armada Bolivariana, la Aviación Militar
Bolivariana, la Guardia Nacional Bolivariana y la Milicia Bolivariana;
8. Planificar y ejecutar las acciones de preservación de los Sistemas de Armas y equipamiento
asignado, para el cumplimiento de la misión;
9. Realizar operaciones aéreas en apoyo de combate y apoyo de servicio de combate;
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Unidades del Ejército Bolivariano Artículo 62. Las unidades operativas del Ejército Bolivariano, están conformadas por armas y servicios, organizadas en grandes comandos, unidades superiores, tácticas, fundamentales, básicas y elementales necesarias para el cumplimiento de las misiones asignadas, así como, las unidades destinadas a la participación activa en planes para el desarrollo social, científico, tecnológico y económico de la Nación. Instalaciones y Establecimientos de Apoyo Artículo 63. Las edificaciones y establecimientos de apoyo del Ejército Bolivariano comprenden: los fuertes, los cuarteles, las bases logísticas, construcciones fijas para los institutos, centros educativos, unidades de adiestramiento, talleres, depósitos y las demás infraestructuras e instalaciones necesarias para su funcionamiento. Funciones del Ejército Bolivariano Artículo 64. El Ejército Bolivariano ejecutará operaciones militares ordenadas por el Comando Estratégico Operacional, para la defensa terrestre, mediante operaciones específicas, conjuntas, combinadas e integrales. Tiene además las funciones siguientes:

  1. Contribuir con el análisis, formulación, estudio y difusión del pensamiento militar bolivariano, registrar, conservar y difundir la memoria histórica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;
  2. Formular y desarrollar la doctrina para la planificación y conducción de las operaciones militares terrestres;
  3. Organizar, equipar, adiestrar y conducir las unidades para la planificación y ejecución de las operaciones militares terrestres y aerotransportadas para la acción específica, conjunta, combinada e integrales de acuerdo a los lineamientos establecidos por el Comando Estratégico Operacional;
  4. Formar y Capacitar al personal de Tropa Profesional y Alistada, coadyuvando con el sistema educativo militar en el cumplimiento de sumisión;
  5. Ejecutar actividades de empleo de los medios terrestres y aéreos propios en tareas específicas rutinarias;
  6. Participar en la ejecución de los planes de empleo para la defensa integral de la Nación;
  7. Prestar apoyo operacional y de transporte a la Armada Bolivariana, la Aviación Militar Bolivariana, la Guardia Nacional Bolivariana y la Milicia Bolivariana;
  8. Planificar y ejecutar las acciones de preservación de los Sistemas de Armas y equipamiento asignado, para el cumplimiento de la misión;
  9. Realizar operaciones aéreas en apoyo de combate y apoyo de servicio de combate;
  1. Conducir el entrenamiento, preparación y organización de la reserva militar y contribuir con las tareas de entrenamiento de la Milicia Bolivariana;
  2. Contribuir, asesorar y participar en el proceso de adquisición, previo estudio y evaluación de las amenazas de los sistemas de armas requeridos para el cumplimiento de sumisión.
    1. Contribuir con el Sistema de Inteligencia y Contrainteligencia Nacional;
    2. Coadyuvar al desarrollo integral de la Nación a través del proceso productivo de la industria militar, de acuerdo a la legislación aplicable y regulación del Ministerio del Poder Popular para la Defensa;
  3. Las demás que señalen las leyes, reglamentos y otros instrumentos legales. Unidades de la Armada Bolivariana Artículo 65. Las unidades operativas de la Armada Bolivariana están conformadas por grandes comandos, unidades superiores, unidades operativas, unidades especiales, unidades de servicios navales y aeronavales, necesarias para el cumplimento de las misiones que se le asignen o le correspondan, así como, las unidades destinadas a la participación activa en planes para el desarrollo social, científico, tecnológico y económico de la Nación Instalaciones y Establecimientos de Apoyo Artículo 66. Las edificaciones y establecimientos de la Armada Bolivariana comprenden: Las bases navales y aeronavales, estaciones y apostaderos, puestos navales, fluviales y lacustres, comandos fluviales, instalaciones fijas para los institutos, centros educativos, escuelas de formación y capacitación, unidades de adiestramiento, agrupamientos, talleres, depósitos, servicios navales, instalaciones fijas de soporte operacional y logísticos y demás dependencias e instalaciones para su funcionamiento. Funciones de la Armada Bolivariana Artículo 67. La Armada Bolivariana ejecutará operaciones militares ordenadas por el Comando Estratégico Operacional, para la defensa naval, mediante operaciones específicas, conjuntas, combinadas e integrales. Tiene las funciones siguientes:
    1. Contribuir con el análisis, formulación, estudio y difusión de la identidad marítima nacional y del pensamiento naval militar bolivariano, así como registrar, conservar y difundir la memoria histórica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;
    2. Formular y desarrollar la doctrina para la planificación y conducción de las operaciones navales;
  4. Organizar, equipar, adiestrar las unidades para la planificación y ejecución de las operaciones militares navales, aéreas y terrestres para la acción específica, conjunta, combinada e integrales, de acuerdo a los lineamientos establecidos con el Comando Estratégico Operacional;
  1. Realizar actividades preventivas y directas para erradicar los delitos en los espacios acuáticos;
  2. Ejercer actividades, como órganos de investigación penal especial en los espacios acuáticos ante los entes judiciales y administrativos para garantizar la salvaguarda naval;
    1. Ejercer actividades de policía administrativa en materia de guardería ambiental en los espacios acuáticos y en las materias especiales que se requiera su participación;
    2. Conducir junto a la autoridad acuática nacional la regulación y control de la navegación;
  3. Contribuir con los planes estratégicos del Estado, en concordancia con la misión de la Armada Bolivariana;
    1. Garantizar la prestación, optimización y mantenimiento del servicio público de carácter estratégico Sistema Nacional de Ayudas a la Navegación Acuática, ejerciendo soberanía, seguridad y defensa en los espacios acuáticos;
    2. Contribuir, asesorar y participar en el proceso de adquisición, previo estudio y evaluación de las amenazas, de los sistemas de armas requeridos para el cumplimiento de su misión;
    3. En el ejercicio de la autoridad marítima trabajar en conjunto con la administración acuática para la regulación y control de la navegación;
    4. Contribuir con el Sistema de Inteligencia y Contrainteligencia Nacional;
    5. Coadyuvar al desarrollo integral de la Nación a través del proceso productivo de la industria militar, de acuerdo a la legislación aplicable y regulación del Ministerio del Poder Popular para la Defensa;
    6. Fomentar el desarrollo de los intereses marítimos y acuáticos nacionales como parte esencial del poder marítimo y acuático nacional;
  4. Participar activamente en el desarrollo de las actividades marítimas y acuáticas nacionales, en puertos, naves, marinas deportivas, investigación científica, deportes acuáticos, pesca y otros;
    1. Coadyuvar en la generación de políticas de desarrollo del sector acuático nacional;
    2. Las demás que señalen las leyes, reglamentos y otros instrumentos del ordenamiento jurídico. Unidades de la Aviación Militar Bolivariana Artículo 68. Las unidades operativas de la Aviación Militar Bolivariana están conformadas por grandes comandos, las bases aéreas, los grupos aéreos, servicios, centros, escuadrones, escuadrillas y patrullas, además, de las unidades o instituciones aeroespaciales necesarias para el cumplimiento de las misiones que se le asignen, así como, las unidades destinadas a la participación activa en planes para el desarrollo social, científico, tecnológico y económico de la Nación.

Instalaciones y Establecimientos de Apoyo Artículo 69. Las instalaciones y establecimientos de apoyo de la Aviación Militar Bolivariana comprenden: Las bases aéreas, las edificaciones logísticas, las instalaciones fijas para los institutos, centros educativos y de adiestramiento, talleres, depósitos, centros tecnológicos de investigación y desarrollo, así como la infraestructura e instalaciones necesarias, para su funcionamiento. Funciones de la Aviación Militar Bolivariana Artículo 70. La Aviación Militar Bolivariana ejecutará operaciones militares ordenadas por el Comando Estratégico Operacional, para la defensa aeroespacial de interés nacional, mediante operaciones específicas, conjuntas, combinadas e integrales. Tiene las funciones siguientes:

  1. Ejercer la rectoría del pensamiento aeroespacial venezolano;
  2. Contribuir con el análisis, formulación, estudio y difusión del pensamiento militar bolivariano; registrar, conservar y difundir la memoria histórica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;
    1. Proteger el aeroespacio de interés para la República Bolivariana de Venezuela, a través del empleo del potencial aeroespacial de interés nacional;
  3. Ejecutar actividades de empleo de los medios terrestres y aeroespaciales propios en tareas específicas;
    1. Formular y desarrollar la doctrina de empleo del potencial aeroespacial de interés nacional para la planificación y conducción de operaciones militares aeroespaciales de carácter estratégico, operacional y táctico;
  4. Organizar, equipar, adiestrar, entrenar y conducir las unidades para la planificación y ejecución de operaciones aeroespaciales, para la acción específica, conjunta, combinada e integrales, en coordinación con el Comando Estratégico Operacional;
  5. Formar y capacitar al personal de Tropa Profesional y Alistada, coadyuvando con el sistema educativo militar en el cumplimiento de sumisión;
    1. Dirigir el Consejo Aeronáutico y Aeroespacial Nacional;
  6. Participar en la ejecución de los planes de empleo para la defensa integral de la Nación;
    1. Planificar y ejecutar los planes de empleo y desarrollo del poder aeroespacial de interés nacional, bajo los lineamientos del Comando Estratégico Operacional;
    2. Coordinar y ejecutar junto a la Autoridad Aeronáutica Nacional la regulación y control de la navegación aérea y todos aquellos elementos que integren el potencial aeroespacial de interés nacional e internacional;
  1. Coadyuvar al desarrollo integral de la Nación a través del proceso productivo de la industria militar, de acuerdo a la legislación aplicable y regulación del Ministerio del Poder Popular para la Defensa; y
  2. Las demás que señalen las leyes, reglamentos y otros instrumentos del ordenamiento jurídico Unidades de la Guardia Nacional Bolivariana Artículo 71. Las unidades operativas de la Guardia Nacional Bolivariana están conformadas por grandes comandos, unidades superiores, comandos de zona, los destacamentos, grupos, compañías, estaciones, secciones, pelotones, escuadras y puestos de servicios generales especializados y unidades de apoyo necesarias para el cumplimiento de las misiones que se le asignen o le correspondan, así como las unidades destinadas a la participación activa en planes para el desarrollo social, científico, tecnológico y económico de la Nación. Instalaciones y Establecimientos de Apoyo Artículo 72. Las instalaciones y establecimientos de apoyo de la Guardia Nacional Bolivariana comprenden: todas las edificaciones destinadas a los cuarteles, bases logísticas, dependencias administrativas, educativas e infraestructuras necesarias para su funcionamiento Funciones de la Guardia Nacional Bolivariana Artículo 73. La Guardia Nacional Bolivariana ejecutará operaciones militares ordenadas por el Comando Estratégico Operacional para el mantenimiento del orden interno del país, la defensa militar en la seguridad integral de la nación y participar activamente en el desarrollo nacional, mediante operaciones específicas, conjuntas, combinadas e integrales. Tiene las funciones siguientes:
  3. Contribuir con el análisis, formulación, estudio y difusión del pensamiento militar bolivariano; registrar, conservar y difundir la memoria histórica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana;
  4. Formular y desarrollar la doctrina que permita conducir las operaciones militares exigidas para el mantenimiento del orden interno del país, en coordinación con los demás componentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, los organismos de seguridad ciudadana y el poder popular; asimismo, ejecutar las operaciones militares ordenadas por el Comando Estratégico Operacional, para asegurar la defensa integral de la Nación;
  5. Organizar, equipar, adiestrar y conducir las unidades para la planificación y ejecución de las operaciones militares exigidas para el mantenimiento del orden interno del país, para la defensa militar y participación activa en el desarrollo integral de la Nación, de manera específica, conjunta, combinada e integral;
  6. Ejecutar actividades de empleo de unidades de orden público y de policía administrativa general y especial, de conformidad con la ley respectiva;
  1. Formar y capacitar al personal de Tropa Profesional y Alistada, coadyuvando con el sistema educativo militar en el cumplimiento de sumisión; 6.Ejercer actividades ante el ente rector como órgano de investigación penal, policía administrativa especial en materia de: resguardo nacional, resguardo minero, guardería ambiental para el ecosocialismo, seguridad y orden público, seguridad vial, seguridad fronteriza, seguridad rural, seguridad de instalaciones básicas y estratégicas, puertos y aeropuertos, seguridad penitenciaria, control migratorio, investigaciones penales, financieras e informáticas, antiextorsión, secuestro y antiterrorismo, antidrogas, custodia y vigilancia de las instalaciones y del patrimonio de los poderes públicos nacionales; de policía administrativa general y en apoyo aórganos de protección civil y administración de desastres, participar con los demás Componentes en las operaciones en los espacios marítimos, costeros, fluviales y lacustres, entre otras funciones que determinen las leyes de la República;
    1. Ejercer actividades preventivas de infracciones o delitos;
  2. Ejercer actividades de policía administrativa y de investigación penal ante los organismos judiciales y administrativos en los procedimientos establecidos en la normativa legal vigente;
    1. Planificar, coordinar y ejecutar las acciones de articulación social necesarias para el desarrollo integral de la Nación;
  3. Participar en la ejecución de los planes de empleo para la defensa integral de la Nación;
  4. Prestar apoyo operacional y de transporte al Ejercito Bolivariano, la Armada Bolivariana, la Aviación Militar Bolivariana y la Milicia Bolivariana;
  5. Planificar y ejecutar las acciones para preservar y mantener los sistemas de armas y equipamiento requeridos para el cumplimiento de sumisión;
  6. Contribuir, asesorar y participar en el proceso de adquisición, previo estudio y evaluación de las amenazas, de los sistemas de armas requeridos para el cumplimiento de la misión;
  7. Conducir el entrenamiento, preparación y organización de la reserva militar y contribuir con las tareas de entrenamiento de la Milicia Bolivariana;
    1. Contribuir con el Sistema de Inteligencia y Contrainteligencia Nacional;
  8. Coadyuvar al desarrollo integral de la Nación a través del proceso productivo de la industria militar, de acuerdo a la legislación aplicable y regulación del Ministerio del Poder Popular para la Defensa;
    1. Las demás que señalen las leyes, los reglamentos y otros instrumentos legales} Concepto
  1. Contribuir con el Comando Estratégico Operacional, en la elaboración y ejecución de los Planes de Defensa Integral de la Nación y movilización nacional;
  2. Participar y contribuir en el desarrollo de la tecnología e industria militar, sin más limitaciones que las previstas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás leyes;
  3. Orientar, coordinar y apoyar en las áreas de su competencia a los Consejos Comunales, a fin de coadyuvar en el cumplimiento de las políticas públicas;
    1. Contribuir y asesorar en la conformación y consolidación de los Comités de Defensa Integral de los Consejos Comunales, a fin de fortalecer la unidad cívicomilitar;
    2. Recabar, procesar y difundir la información de los Consejos Comunales, instituciones del sector público y privado, necesaria para la elaboración de los planes, programas, proyectos de Desarrollo Integral de la Nación y Movilización Nacional;
  4. Contribuir con el Sistema de Inteligencia y Contrainteligencia Nacional;
  5. Coadyuvar al desarrollo integral de la Nación a través del proceso productivo de la industria militar, de acuerdo a la legislación aplicable y regulación del Ministerio del Poder Popular para la Defensa;
    1. Las demás que le señalen las leyes y reglamentos.